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De acuerdo con las prácticas contables generalizadas en el sector asegurador, las entidades de seguros consolidadas abonan a resultados los importes de las primas en el momento de la emisión de la correspondiente póliza de seguros y cargan a sus cuentas de resultados el coste de los siniestros en el momento de su conocimiento. Estas prácticas contables, obligan a las entidades aseguradoras a periodificar al cierre de cada ejercicio los importes abonados a sus cuentas de pérdidas y ganancias y no devengados a esa fecha.

Las periodificaciones más significativas realizadas por las entidades consolidadas en lo que se refiere a los seguros directos contratados por ellas son: primas no consumidas, prestaciones, seguros de vida cuando el riesgo de la inversión lo asumen los tomadores del seguro, participación en beneficios y extornos.

La corrección de asimetrías contables se aplica a las operaciones de seguros que:  Se encuentran inmunizadas financieramente,

 referencian su valor de rescate al valor de los activos asignados de forma específica,  prevén una participación en los beneficios de una cartera de activos vinculada,  se caracterizan porque el tomador asume el riesgo de inversión.

La corrección consiste en reconocer simétricamente las variaciones experimentadas en el valor razonable de los activos clasificados en las categorías de “Activos financieros disponibles para la venta” y “Otros activos financieros a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias”.

La contrapartida de dichas variaciones ha sido la provisión de seguros de vida, cuando así lo exige el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y demás normativa aplicable, o bien una cuenta de pasivo (con saldo positivo o negativo) por la parte no registrada como provisión de seguros de vida que se presenta en el epígrafe “Otros pasivos” del pasivo del balance consolidado.

Las provisiones técnicas correspondientes a las cesiones a reaseguradores, que se calculan en función de los contratos de reaseguro suscritos y por aplicación de los mismos criterios que se utilizan para el seguro directo, se presentan en el balance consolidado en el epígrafe “Activos amparados por contratos de seguro o reaseguro” (Nota 14).

2.20 Provisiones y pasivos contingentes

Al tiempo de formular las cuentas anuales de las entidades consolidadas sus respectivos Administradores diferencian entre:

 Provisiones: saldos acreedores que cubren obligaciones presentes a la fecha del balance surgidas como consecuencia de sucesos pasados de los que pueden derivarse perjuicios patrimoniales para las entidades, que se consideran probables en cuanto a su ocurrencia y concretos en cuanto a su naturaleza pero indeterminados en cuanto a su importe y/o momento de cancelación.

 Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización está condicionada a que ocurra, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de las entidades consolidadas.

Las cuentas anuales consolidadas del Grupo recogen todas las provisiones significativas con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga que atender la obligación es mayor que de lo contrario. Los pasivos contingentes no se reconocen en las cuentas anuales consolidadas sino que se informa sobre los mismos conforme a los requerimientos de la normativa vigente (Nota 27.1).

Las provisiones, que se cuantifican con la mejor información disponible sobre las consecuencias del suceso que las justifica y son reestimadas si existe nueva información o al menos anualmente, se utilizan para afrontar las obligaciones específicas para las cuales fueron originalmente reconocidas, procediéndose a su reversión, total o parcial, cuando dichas obligaciones dejan de existir o disminuyen.

La contabilización de las provisiones que se consideran necesarias de acuerdo a los criterios anteriores se registra con cargo o abono al epígrafe “Provisiones o reversión de provisiones” de la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada.

Al cierre del ejercicio se encontraban en curso distintos procedimientos judiciales y reclamaciones entablados contra las entidades consolidadas con origen en el desarrollo habitual de sus actividades. Tanto los asesores legales del Grupo como sus Administradores entienden que la conclusión de estos procedimientos y reclamaciones no producirá un efecto significativo en las cuentas anuales consolidadas de los ejercicios en los que finalicen.

2.21 Estados de ingresos y gastos reconocidos consolidados

De acuerdo con las opciones establecidas en el apartado 81 de la NIC 1, el Grupo ha optado por presentar de manera separada, por una parte un estado que muestra los componentes del resultado consolidado (“Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada”) y un segundo estado que, partiendo del resultado consolidado del ejercicio, muestra los componentes de los restantes ingresos y gastos del ejercicio reconocidos directamente en el patrimonio neto (“Estado de ingresos y gastos reconocidos consolidado”).

En el “Estado de ingresos y gastos reconocidos consolidado” se presentan los ingresos y gastos generados por el Grupo como consecuencia de su actividad durante el ejercicio, distinguiendo aquellos registrados como resultados en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada del ejercicio y los otros ingresos y gastos, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente, directamente en el patrimonio neto consolidado.

Asimismo, en los ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto se distingue entre aquéllos que no se reclasificarán a resultados y aquéllos que podrán ser reclasificados a resultados.

Con carácter general, los ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio se presentan por su importe bruto, mostrándose su correspondiente efecto impositivo en la rúbrica “Impuesto sobre beneficios”. La partida que mantiene un importe más relevante entre los ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto es la relacionada con los activos financieros disponibles para la venta, la cual se desglosa en: a) Ganancias (pérdidas) por valoración: recoge el importe de los ingresos, netos de los gastos originados en el ejercicio, reconocidos directamente en el patrimonio neto. Los importes reconocidos en el ejercicio en esta partida se mantienen en ella, aunque en el mismo ejercicio se traspasen a la cuenta de pérdidas y ganancias.

b) Importes transferidos a la cuenta de pérdidas y ganancias: recoge el importe de las ganancias o pérdidas por valoración reconocidas previamente en el patrimonio neto, aunque sea en el mismo ejercicio, que se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias.

c) Otras reclasificaciones: recoge el importe de los traspasos realizados en el ejercicio entre partidas de ajustes por valoración conforme a los criterios establecidos en la normativa vigente.