Chapter 2 Financial Loss, Welfare Gain: A Story of Hybrid Vehicle Consumption
2.5 Model Specification
2.6.4 Conditional Unobservable Preferences
A pesar de que, como se ha podido observar a lo largo de este capítulo, las instituciones republicanas en América Latina ya tienen dos siglos de evolución, la tarea de construcción del Estado nacional aún se encuentra pendiente por concluir; prueba de ello es que la figura que conocemos como Estado nunca ha ejercido, realmente, los monopolios clásicos como la coerción legitima, la justicia, la tributación y el control efectivo del territoriov.
De ese modo, para autores como García y Espinosa, cuando los Estados latinoamericanos implementan instituciones modernas pensadas bajo el imaginario europeo, estas tienden si no a fracasar a ser ineficientes, debido a que no están pensadas para regular realidades complejas «que no se adecúan a los valores y a las previsiones consagradas en el derecho moderno. (García Villegas & Espinosa, 2014)
Lo anterior se debe a que el Estado, bajo la concepción eurocéntrica, surge y evoluciona en respuesta a una serie de necesidades y demandas que nacen de la organización de los procesos productivos, de la distribución de los recursos y del excedente que genera la sociedad. En ese sentido el Estado ejerce su monopolio sobre los medios de coerción a través de una serie de interacciones con sectores de la sociedad, con otros Estados y actores relevantes; gracias a ese proceso histórico se van configurando los prototipos de Gobierno, la estructura de clases en la sociedad, los modelos productivos, la capacidad de orientar o regular los mercados de bienes y servicios, las distintas formas de ciudadanía y la consolidación de la comunidad imaginada que constituye la Nación.
Así las cosas, Oszlak, (2013) ha desarrollado un marco analítico, el cual parte de reconocer que en las sociedades bajo un modelo económico de mercado es necesario organizar en primer término un pacto político que fija las reglas sobre el ejercicio del poder. En la práctica ese pacto se conoce
como Constituciones Políticas, cuyo propósito es definir el marco de los derechos, deberes, libertades, potestades y su ejercicio, por lo tanto, de su adecuada operación surgen el grado de consenso y legitimidad que hacen posible el normal funcionamiento de las instituciones
Por ende, en lo que concierne al aspecto económico, existe un pacto funcional que no solo determina el modelo de desarrollo de las fuerzas productivas de la sociedad, sino que también organizan las actividades de producción o de regulación de las fuerzas económicas; en él participan los empresarios privados, la comunidad internacional, el mercado, las organizaciones sociales de distinto orden y, obviamente, el Estado.
Un tercer aspecto da lugar al llamado pacto distributivo, el cual busca establecer quiénes son los son los ganadores y perdedores en la distribución de los ingresos y la riqueza. También determina sobre quiénes recaen los costos, quiénes se apropian de los beneficios y en qué proporción (Oszlak y Serafinoff, 2011). Por consiguiente, será bajo ese marco que se definirán derechos y obligaciones, bajo un escenario de desigualdades más o menos pronunciadas, según el país que se analice; además, la incidencia de los primeros dos pactos sobre el último es definitiva para determinar el grado de amplitud y de profundidad de la democracia y su funcionalidad.
Por consiguiente, del análisis de los procesos históricos que se han analizado en los apartados anteriores puede observarse cómo a lo largo del proceso de formación, aún inacabado, del Estado nación en Colombia se han definido y redefinido los pactos político, funcional y redistributivo, lo que explica las agendas pendientes en materia de gobernabilidad democrática, desarrollo sostenible y de una reducción en las brechas de desigualdad que existen en la sociedad colombiana, entre distintos sectores poblacionales, temas que fueron expuestos ampliamente durante las negociaciones de los acuerdos de paz, realizadas en La Habana (Cuba), y que dieron cuenta, con absoluta claridad, de una sociedad fragmentada, en la que existen clivajes acumulativos de
desigualdad en términos de ingresos, activos, acceso al conocimiento, con un marcado tinte étnico y regional.
Si bien el sistema de alternancia política implementado por el Frente Nacional fue relativamente exitoso en resolver la crisis que había surgido en el campo político, el precio que debió pagar el sistema fue muy alto, dado que cada vez se hizo más cerrado y excluyente. Ahora bien, lo más grave fue que el fenómeno bipartidista que ha acompañado el proceso de construcción de Colombia aún no ha sido superado; aún los partidos tradicionales conservan el monopolio del poder político a escala nacional, e impactan en la manera como opera el sistema político y su capacidad de responder a las necesidades y aspiraciones de los distintos grupos poblacionales, que se han ido generando con el proceso paulatino de modernización, urbanización y los intentos de promover el desarrollo económico del país.
Por consiguiente, La violencia exacerbó los procesos normales de migración del campo a la ciudad, y produjo un crecimiento acelerado y no controlado de los centros urbanos, los cuales no tuvieron tiempo ni siquiera para pensar, menos para diseñar e implementar, planes encaminados a satisfacer las necesidades de las poblaciones recién llegadas, y generar procesos dinámicos de crecimiento económico.
El gobierno de Gustavo Rojas Pinilla, medianamente consciente de la cantidad de personas afectadas por la violencia, creó una Oficina de Rehabilitación y de Socorro con la cual el Estado logró hacer una presencia mínima en los departamentos más afectados, e inauguró un modelo de comprensión y de enfoque de solución de los problemas estructurales que están a la base de los conflictos sociales, incluidos los conflictos armados.
En términos de sociología política, tanto la muerte del líder popular Jorge Eliécer Gaitán como el fracaso del proyecto populista llevado a cabo por el general Gustavo Rojas Pinilla, sellaron una
gran diferencia entre la política colombiana y la de los demás países de América Latina, de tamaño similar a Colombia, como Argentina, México, Chile, Perú y Venezuela, dado que en el país se nota la usencia del populismo, tal como se dejó entrever en las elecciones presidenciales llevadas a cabo en el 2018. Por populismos se entiende una alianza de sectores industriales organizados alrededor de un hombre fuerte, capaz de incorporar las necesidades materiales, e incluso de identidad, de las clases subordinadas del naciente proletariado urbano.
Foto No 18. En su tesis de grado como abogado (1924), Gaitán se declaró socialista, e introdujo postulados marxistas en su interpretación de la realidad. El gaitanismo es considerado uno de los mejores ejemplos de movilizacion política, compuesta por los sectores excluidos. Fenómeno
Foto No. 19. En las demás fotos se pueden observar imágenes de la campaña de Jorge Eliécer Gaitán a la Presidencia de Colombia. Fueron donadas por Gustavo Velosa al Museo Nacional.
Foto tomada por la autora (Claudia Fino).
La ausencia de populismo en Colombia puede explicar la falta de legitimación del sistema político y la incapacidad del Estado para reducir los niveles de violencia, que aún prevalecen, para la solución de los conflictos que acompañan los procesos de desarrollo de la economía de mercado en las zonas periféricas del país.
Conclusión
Múltiples han sido las causas, los escenarios de conflictividad y los fines de la violencia en Colombia; esos factores no se han logrado superar en razón a las escasas herramientas institucionales, la ausencia de voluntad administrativa, la invisibilización constante en que se ha mantenido a los habitantes de las zonas rurales ubicadas en las periferias y las mínimas voluntades políticas de quienes tienen la capacidad institucional para promover y plantear salidas a las diferentes problemáticas detonadoras del conflicto social y armado.
Como quedó expuesto a lo largo de este acápite, el conflicto agrario se agudizó hasta tal punto de ser hoy considerado como el elemento que dio origen al conflicto armado colombiano hace ya 60 años (Reyes, 2016a), y el causante de cinco punto seis (5.6) millones de personas desplazados, que debieron reubicarse en la ciudad capital (Bogotá) y en ciudades intermedias como Cali, Medellín y Bucaramanga. (Ibáñez y Querubín, 2004)
Ha sido el escenario antes descrito el sustrato base para que en Colombia la violencia sea el mecanismo para presionar, demandar reformas sociales y para rechazar no solo el dominio territorial (Reyes, 2008a), sino para exigirle al Estado que garantice a la población campesina, la cual ha sido la mayor víctima de la orfandad institucional y la indiferencia estatal, las condiciones mínimas de vida que otorga el estatus de ciudadano.
Prueba de la deficiente presencia del Estado en las zonas periféricas es la negativa a realizar censos agrarios por 40 años (Reyes, 2016b), la ausencia de voluntad administrativa y política para lograr una Oficina de Registro e Instrumentos Públicos actualizada y coherente con los registros que reposan en las Oficinas de Catastro y en el Instituto Agustín Codazzi; la supresión del Derecho Agrario y de la jurisdicción agraria en el país, pero, sobre todo, la injustificada desidia del Estado colombiano para formular una política laboral rural que reconozca las realidades y dinámicas propias del campo y contribuya a procesos incluyentes para la población campesina.
Pese a la prolífica legislación que en Colombia se ha dado en materia agraria, la ausencia de voluntad política del Ejecutivo y la poca e inefectiva actividad de la Rama Judicial, han imposibilitado la desarticulación de los latifundios y el acceso a la tierra en condiciones que garanticen el goce efectivo de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la población campesina y avanzar hacia la construcción de un Estado moderno, justo y respetuoso de los Derechos Humanos. (Ordoñez, 1988b)
Por lo tanto, la orfandad institucional en la que ha permanecido cerca del 85 % del territorio nacional (García y Espinosa, 2013), que se sintetiza en niveles no tolerables de victimización de la población campesina, violación de derechos mínimos laborales que se articulan con el quebrantamiento constante de sus Derechos Fundamentales, producto de una violencia que no ha servido para corregir las injusticias estructurales, pero que sí ha sido terreno fértil tanto para el
fortalecimiento del crimen organizado como para todas las conductas predatorias de enriquecimiento mafioso, violento y paramilitar. (Reyes, 2008c)
Así las cosas, en el capítulo subsiguiente se abordará el segundo tema, que compone la triada propuesta en esta tesis: el trabajo rural, el cual, desde una perspectiva propia del derecho comparado, se demostrará el inmenso atraso que Colombia tiene en lo referente al reconocimiento de la figura, los derechos y garantías del trabajador rural, produciéndose de esa forma situaciones de desempleo, aislamiento y exclusión social, término que si bien se asocia más con el medio urbano, se presenta también en los territorios rurales, el Estado es ineficiente o incapaz de garantizar un sistema democrático, jurídico legal, que pueda velar por la integración social de todos los ciudadanos; también, cuando el Estado no es competente para promover y generar un mercado de trabajo que garantice la integración económica; o cuando el Estado no puede cumplir con las obligaciones propias del Estado del bienestar.
Desocupados. Antonio Berni.
CAPÍTULO 3
El trabajo rural en el derecho comparado: Uruguay, Argentina y Brasil
RESUMEN
Tanto el artista como el abogado están obligados a vivir con los ojos abiertos. En esta obra, Antonio Berni, padre del realismo social, retrata la situación de Argentina cuando pasaba por una grave crisis económica en la década de los 30; a pesar de los grandes recursos naturales con los que contaba ese país para la época, la desocupación, el hambre y las «ollas populares» hacían parte de su realidad.
Si bien el investigador jurídico y académico no puede recrear la realidad social en una sola imagen, como lo hace el artista, sí puede replantearse los esquemas y las instituciones de un país, y, a la usanza del artista, imaginar y formular una realidad diferente.
Capítulo III
El trabajo rural en el derecho comparado: Uruguay, Argentina y Brasil
«El derecho no es como el fuego, que arde de la misma forma en Persia y en Grecia». (Aristóteles)
Introducción
Según el informe presentado en diciembre de 2017 por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en el año 2015 ciento setenta y ocho (178) millones de personas se situaban en condición de pobreza. Sin embargo, pese a que el coeficiente de Gini1 se redujo de
cero punto quinientos treinta y ocho (0.538) en el 2002 a cero punto cuatrocientos sesenta y siete (0.467) en 2016, la CEPAL sostiene que en tanto el acceso a la protección social continúe llegando solo a una porción reducida de la sociedad, la desigualdad y la pobreza continuarán siendo una constante en los países que conforman tanto Latinoamérica como el Caribe. (CEPAL, 2017a)
Ahora bien, la situación en la que permanece la población rural de América Latina y el Caribe es aún más preocupante, puesto que, debido al alto nivel de informalidad laboral, la debilidad de las instituciones pertenecientes a esa rama, los elevados déficits de trabajo decente, las desigualdades de tipo étnico y racial, la diferencia de coberturas pensionales entre población rural y urbana, la baja y precaria producción de pequeñas unidades agrícolas, la deficiente distribución
de la tierra y los bajos índices de escolaridad, contribuyen a que más de la mitad de la población rural en América Latina y el Caribe aún viva en la pobreza. (Rossel, 2012)
En el marco de lo anterior, resulta válido afirmar que el derecho a un trabajo en condiciones dignas es fundamental para lograr el disfrute de otros derechos que se relacionan directamente con la subsistencia del ser humano, tales como la alimentación, la vivienda, la educación, el acceso a los servicios públicos y hospitalarios; por lo tanto, el derecho al trabajo cobra cada vez mayor importancia, a medida que la tendencia general de los Gobiernos es la implementación de políticas neoliberales que buscan la reducción del Estado, mediante la sustracción de la prestación de servicios básicos.
Vale la pena destacar que existen legislaciones que han intentado hacer frente a las desigualdades registradas en sus territorios, mediante la creación de sistemas jurídicos laborales de carácter agrario, con las cuales se abordan temas relacionados con la protección y previsión socialvi, a partir del reconocimiento de las dinámicas propias del mundo agrícola. Algunas veces
dichas protecciones o previsiones se acercan a las contempladas en el ordenamiento laboral general de cada país, otras veces se introducen medidas especiales como, por ejemplo, la instauración de un salario mínimo rural, que se determina por diferentes variables, como la ubicación territorial del trabajador y el tipo de labor desempeñada.
De ese modo los países que han desarrollado una legislación laboral especial, en materia agraria, buscan igualar los Derechos Laborales de los trabajadores agrícolas con los derechos de los trabajadores urbanos, haciendo énfasis en las modalidades de contratación, incorporación a la seguridad social, formas de remuneración y negociación colectiva, para garantizar a los trabajadores agrarios, en una instancia de protección legal, que se encuentre ajustada a las recomendaciones expedidas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que se protejan
los Derechos Fundamentales de la población agraria, y así mejorar su calidad de vida al evitar que sistemas paralegales sean utilizados para evadir las obligaciones del empleador.
Por lo anterior, el objetivo de este capítulo es apreciar tanto las diferencias y las semejanzas, como los defectos y los aciertos, que tienen los sistemas jurídico laborales de tipo agrario expedidos por Uruguay, Argentina y Brasil, de tal modo que permita reflexionar sobre la necesidad y los alcances del derecho laboral rural del futuro, en relación con los temas que, necesariamente, tendrán que ser considerados si, realmente, se desea dar cumplimiento al punto número uno del «Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera», o para salir del estado de caos inconstitucional en el que se encuentra la población campesina colombiana, debido al abandono institucional.
Por tal razón, si bien el estudio se centra en los tres países tomados como muestra, se harán, de manera paralela, comentarios sobre el desarrollo que a la fecha en Colombia han tenido las instituciones del Derecho Laboral escogidas para ser contrastadas en el este acápite.
Ahora bien, de acuerdo con los trabajos de la Escuela alemana Juscamparatista y la de Análisis Económico del Derecho (AED), el capítulo responderá a cinco etapas propuestas Galeano (2011) las cuales deben seguirse por el investigador que pretenda realizar un estudio comparado del derecho:
1. Elección del tema o problema en común.
2. Descripción de las instituciones jurídicas vinculadas con la comparación, tanto en los sitios de producción como en los sitios de recepción (formantes normativos, jurisprudenciales y doctrinales).
4. Identificación de analogías y diferencias en las soluciones adoptadas por los diferentes sistemas estudiados.
5. Presentación de conclusiones como resultado de la comparación consistente en tipos de trasplantes jurídicos, su eficacia o eficiencia, función de derecho comparado que evidencia.