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Contributions and Implications for Future Research

6. Discussions: Contributions, Future Research, and Limitations

6.1. Contributions and Implications for Future Research

Los derechos humanos, las libertades fundamentales de las personas y la seguridad jurídica es

un deber del Estado, garantizar el ejercicio y su respeto por medio de las instituciones

públicas y privadas sin escatimar recurso alguno.

Los organismos nacionales encargados de la defensa de los derechos humanos, deben ser los

primeros en salir al paso y proponer una reforma de la ley para exigir un servicio adecuado

por parte de defensores públicos especializados en las diferentes materias procesales, y no se

vulneren derechos fundamentales de hombres y mujeres en el Ecuador.

El numeral 6 del Artículo 120 de la Constitución de la República establece las atribuciones y deberes que tiene la Asamblea Nacional entre las que está “Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio”, esto significa que existe todas las herramientas necesarias para mejorar la ley y garantizar el ejercicio de los

derechos a la defensa y el de libertad personal.

La normativa se innova día a día, porque no recurrir a una reforma del Código Orgánico de la

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público, o aplicarse en lo posible las mismas exigencias para ser juez, como lo determina el numeral 3 del Artículo 175 del código Orgánico de la Función Judicial que dice; “haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia

universitaria en ciencias jurídicas por un lapso mínimo de diez años”.

En los concursos de méritos y oposiciones para defensores públicos, debería convocarse por

especialidades, todo con la finalidad que la Defensoría Pública tenga en su conjunto a

protectores de derechos muy letrados en las diferentes materias procesales, en las que impere

la capacidad y el profesionalismo.

Debe ponerse mucho énfasis en la aplicación de la acción afirmativa o discriminación positiva

para los grupos de atención prioritaria; que entre ellos están las personas privadas de libertad

y las personas de escasos recursos económicos, que necesitan de un servicio preferencial y

especializado, para que prime la justicia y las penas sean aplicadas en proporción al delito

cometido, y no se vulneren de los derechos a la defensa y de libertad conferidos en la

Constitución de la República e instrumentos internacionales.

Los servicios legales con defensores públicos especializados representan un impacto social y

económico sustancial en el presupuesto de los usuarios de la Defensoría pública, porque

mientras más eficiente sea la representación de los defensores públicos, más pronto se

60 CONCLUSIONES GENERALES

 El interés de la investigación concluye con resultados que permite una identificación de la falencia en la representación por parte de los defensores públicos en la ciudad de

Otavalo.

 Que el derecho a la defensa está conferida en la Constitución de la República, el Código Orgánico de la Función Judicial, la Ley Orgánica de Garantías

Jurisdiccionales y Control Constitucional, la Convención Americana Sobre los

Derechos Humanos y más instrumentos internacionales.

 Que la defensa del derecho a la libertad personal no significa patentar la impunidad, sino que este derecho se defienda conforme a disposición legal tomando en cuenta el

principio de proporcionalidad de la pena.

 Que la fortaleza de las instituciones públicas del Estado no está en sus edificaciones, sino en el recurso humano que la conforman, con personas que dedican su tiempo con

mucha responsabilidad por su vocación de funcionario al servicio de la colectividad.

 Que el derecho a la defensa es indispensable en todo proceso judicial y más apremiante e imprescindible en el proceso penal, porque la falta de representación de

un profesional del derecho ocasiona la vulneración de derechos fundamentales.

 Que el Consejo Nacional de la Judicatura, tiene la potestad de la dirección y administración de los organismos de la Función Judicial, debe hacer con mucha

responsabilidad y compromiso, no con el gobernante sino con los mandantes, porque

la justicia es la columna vertebral de los pueblos que viven y se desenvuelven en un

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 Que la ciudadanía tiene que empoderarse de los servicios establecidos en la normativa, que el Estado solventa no como una generosidad, sino como un compromiso de un

Estado Parte de los organismos internacionales, que velan por cumplimiento de los

62 RECOMENDACIONES GENERALES

 Hacer llegar misivas por parte de los usuarios sobre los inconvenientes que se presenta en la Defensoría Pública con respecto de deficiencia en la representación e

intervención en la defensa por parte de los defensores públicos en la ciudad de

Otavalo.

 Crear conciencia en los funcionarios de la Defensoría Pública, la sociedad en general de la ciudad de Otavalo, para que se mejore el rol que cada uno desempeña, a través

del conocimiento y profesionalismo del funcionario y la sociedad para que mejore el

conocimiento sobre sus derechos.

 Realizar constantemente evaluaciones a los defensores públicos y que la permanencia en su puesto de trabajo responda a méritos en base al conocimiento de la normativa

que cada día es constante en los cambios.

 Motivar a los defensores públicos con incentivos que propicie la superación en sus conocimientos; académicos, técnicos y científicos para que el servicio que se presta

en la Defensoría Pública se refleje en fortalecimiento de la institución y la credibilidad

de la ciudadanía

 Revisar los reclamos realizados al Consejo de la Judicatura en contra de la Defensoría Pública por parte de los usuarios y dar un tratamiento especial para analizar y formular

alternativas de solución que beneficie a la ciudadanía y por ende a la institución.

 Socializar en cada una de las dependencias públicas sobre los servicios que prestan, así también proporcionar material en el cual se informe sobre la responsabilidad que

tiene la Defensoría Pública en la defensa de los derechos de las personas, cuando no

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 Exhortar al Consejo Nacional de la Judicatura que tome la iniciativa de aplicar mejores medios para la selección de los defensores públicos, para que se garantice la

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