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Creating Empathy Introduction Introduction

Esta doble dimensión, creación judicial alemana, en América ha sido utilizada por la Corte Constitucional de Colombia. Así, Serrano y Vázquez al citar parte de la sentencia de la acción de tutela T-1, 247,553, de 5 de junio de 2008 reproducen y explican:

En sede de tutela se busca evitar el desconocimiento del derecho y cuando ello no resulta factible, por cuanto el daño se ha consumado [como ocurrió en el caso que se examina]86 entonces debe protegerse la dimensión objetiva de los derechos viola-

dos87. […] No se busca, por consiguiente, reparar el daño que como tal sufre el sujeto

con ocasión del desconocimiento de sus derechos constitucionales [para efectos de lo cual existen las acciones pertinentes por la vía ordinaria]. Se pretende, más bien, evitar que estas situaciones de violación protuberante y generalizada de derechos se repitan adoptando medidas que, en suma, pretenden la protección de los derechos constitucionales fundamentales (Serrano y Vázquez, 2013, p. 12).

Cualquier acto que atente contra la paz, necesariamente afectará en sus dos dimensiones los derechos humanos.

Conclusiones

El conflicto en el caso colombiano es muy particular y diferenciado, tan solo en sus antecedentes evidenciamos que lo acontecido durante la Conquista y la Colonia originó capítulos de violencia que no culminaron de forma adecuada, produciendo múltiples enfrentamientos fruto de ese evento. Así, los intereses enfrentados después de la independencia originaron la división bipartidista del país que solo se terminó de manera clara con la Constitución de 1991; conflicto bipartidista que ocasionó el levantamiento guerrillero de las FARC-EP, el ELN, el EPL, el M-19, entre otros grupos subversivos alimentados por las corrientes 86 La muerte de un niño por falta de atención médica.

comunistas de la antigua URSS y la revolución cubana. Estos grupos, que en sus orígenes combatían la violencia promovida por el Estado colombiano conserva- dor, generaron con posterioridad el surgimiento de grupos de autodefensa que, con la entrada del narcotráfico, se consolidarían como las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Con este pequeño relato se demuestra cómo el conflicto colombiano se gene- ra por la insatisfacción de las víctimas al no ser tratadas adecuadamente por parte del Estado, además sobresale la heterogeneidad de estos enfrentamientos, pues no nos encontramos frente a un combate entre dos ejércitos como se presentaba en las guerras de antaño; en la realidad colombiana estamos ante un enfrentamiento entre varios actores, que no solo utilizan armas no convencionales, sino que su mismo accionar es diverso y poco ortodoxo, generando que sean miles los colom- bianos que de algún modo sean víctimas de esos conflictos.

Cada una de estas víctimas, por su misma condición, es acreedora de los derechos de la verdad, la justicia y la reparación; derechos que deben ser materia- lizados por el Estado, debido a que desde 1945 los Estados tienen la obligación principal de garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos a cada una de la personas sujetas a su jurisdicción, obligación estipulada en un sinnúmero de instrumentos jurídicos internacionales; sin embargo, como se evidencia en el caso colombiano, con la presencia de un conflicto interno tan diferenciado es difícil que el Estado en verdad cumpla con esos deberes, razón por la cual, ante la impotencia de salvaguardar la dignidad de sus asociados, está obligado a cumplir con un deber secular a dicha obligación consistente en garantizar los derechos que se mencionaron al inicio de este párrafo. Ya cercanos a la firma de un acuer- do de paz que generará en el país un estado de posconflicto, donde se aplicará necesariamente una justicia transicional, para que esta cumpla con las demandas internacionales y, sobre todo, regionales, específicamente por la Corte IDH al momento de garantizar el cumplimiento de los artículos uno y dos de la CADH, es necesario incluir en dicha justicia a cada una de las víctimas con medidas de reparación, verdad y justicia, con el fin de que legitimen ante la comunidad inter- nacional el posconflicto que se avecina.

Como resultados del derecho comparado realizado con el avance legislativo en materia de víctimas en México se evidencia cómo Colombia, de forma ju- risprudencial y legal, estipula los mismos derechos que la comunidad regional

y universal demanda para la satisfacción de los derechos de las víctimas; sin embargo, con la posibilidad de un posconflicto es indispensable crear políticas de inclusión que contengan y ejecuten todos estos preceptos.

Lo anterior se logrará con la destinación de mayores recursos a los centros de memoria histórica, y con la inclusión de políticas en camino a determinar, como primera medida, la cifra real de víctimas, aumentando el capital humano de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), prolife- rando su desconcentración y logrando que dicha unidad tenga sedes en cada uno de los departamentos de Colombia para poder, en el terreno, lograr consolidar dicha cifra real, además de lograr que los dos millones de víctimas ya inscritas en el Registro Único de Víctimas sean atendidas con medidas de satisfacción; medi- das urgentes e inmediatas pero no definitivas. Es necesario que los acuerdos que se logren se consoliden con los mecanismos con los cuales las víctimas tengan en los procesos de justicia transicional una participación especial en la que se pueda evidenciar el cumplimiento de los derechos de verdad y justicia, y como resultado de estos se logre, con la participación activa de los actores en la comisión, la re- paración, restitución, indemnización y demás medidas integrales de satisfacción, con lo cual en verdad se logrará que no se repitan dichos acontecimientos, pues estos actores se integrarán debidamente en la sociedad.

Iván Mauricio Gaitán Gómez

Este capítulo aborda de manera académica los desafíos en cuanto a asistencia humanitaria en Colombia, una vez firmado un acuerdo de paz estable y duradero. Colombia, como país víctima de un sinnúmero de guerras civiles durante los siglos XIX y XX, y de un conflicto armado interno por más de cincuenta años, tiene como agravante una sociedad estratificada, con altos índices de concentra- ción de tierra y riqueza en pocas manos, con una infinidad de necesidades básicas insatisfechas, particularmente en las zonas rurales y perímetros urbanos, donde la división de clases sirvió para lo ocurrido en el pasado y alimentó la histórica crisis humanitaria.

De igual forma y transversal al conflicto armado interno, el descuido y des- precio de la clase gobernante durante procesos de explotación de tierra e indus- trialización agrícola relativizaron el desarrollo rural, cruzándose con los imagi- narios culturales de que trabajar se constituye en un castigo, y que ser campesino nunca fue sinónimo de emprendimiento y desarrollo.

* El presente capítulo es fruto de un proceso de investigación llevado a cabo por el docente dentro de la cátedra de Economía, Paz y Desarrollo, de la Facultad de Economía de la Universidad Católica de Colombia, realizado igual- mente ante la invitación del grupo de investigación de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho a reflexionar sobre el escenario del posacuerdo al que se enfrentará Colombia. Se debe aclarar que este documento se escribió en noviembre de 2015, es decir, varios meses antes de la potencial firma del Acuerdo de Paz.

Por lo anterior, de darse la firma de un acuerdo de paz estable y duradero, Colombia se enfrenta a redefinir la asistencia humanitaria en el posacuerdo, a identificar de manera clara las zonas de crisis humanitaria y a posibilitar la in- clusión y el desarrollo rural para erradicar las verdaderas causas de las guerras civiles y la confrontación armada en el país.

En medio siglo Colombia no había tenido una oportunidad tan clara de lograr la firma de un acuerdo para la terminación del conflicto armado interno como la que actualmente se experimenta. Desde 1964, año en que se conformaron las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), la guerrilla más anti- gua del mundo, el Estado colombiano, luego de tres años de diálogos, una mesa de negociaciones en La Habana, con Noruega y Cuba como garantes, y Chile y Venezuela como países acompañantes, se han logrado acordar seis puntos, para alcanzar un acuerdo de paz para el país88. El Acuerdo general para la terminación

del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, preparado desde febrero 23 a agosto 26 de 2012, entre las FARC y el Gobierno nacional, fue fir- mado por todos los negociadores plenipotenciarios delegados por las partes el 26 de agosto de 2012, en presencia de los países garantes y acompañantes. Este acuerdo abrió paso a una negociación por fases con temas que las partes conside- raron básicos para la solución negociada al conflicto, y planteó, sin duda alguna, un desglose de temáticas que resultarán claves para el desarrollo del país en una etapa de posconflicto.

Pese a los considerables avances, los asuntos humanitarios parecieran diluirse y no concretarse en el interior de la agenda, un tema que inquieta a expertos ana- listas, y, por supuesto, a las víctimas, las organizaciones de la sociedad civil y los organismos internacionales.

Frente a este desafío, se indagó a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Oacnudh), la Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados (Acnur), la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento Forzado (Codhes) y la Universidad Jorge Tadeo Lozano con su Observatorio de Construcción de Paz y su Cátedra Alexander von 88 El proceso de paz comprende tres fases: fase exploratoria, fin del conflicto y construcción de paz. Los puntos acordados a la fecha son: el acuerdo general para la terminación del conflicto, desarrollo agrario, participación polí- tica, fin del conflicto, drogas ilícitas y víctimas; los puntos restantes de la agenda son: implementación, verificación y refrendación, y construcción de una paz estable y duradera.

Humboldt que el primer semestre de 2014 se dedicó a “el papel de los asuntos humanitarios en el postconflicto armado”, para que el lector asuma una lectura crítica y cuente con bases conceptuales para la discusión que plantea el presente artículo.

A continuación se describe, a manera de marco conceptual, la acción humani- taria y los asuntos humanitarios. Del mismo modo, se intenta dar un marco legal internacional sobre los asuntos humanitarios, para asumir que estos son y deben ser parte fundamental de los acuerdos de paz que se logren en cualquier conflic- to armado, máxime si el país es miembro de la Organización de las Naciones Unidas, y si resulta ser signatario de la mayoría de tratados y convenciones en materia humanitaria, como lo es Colombia por tradición en su política exterior.

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