5 Templating the construction
5.1 Micelles
5.1.2 CTB binding to the micelles
Pese a la deriva económica y social de nuestro país y la ineficacia de la política de empleo y el reparto de su gasto, la atención no estaba puesta en esto sino en el aspecto puramente económico y de control del déficit público, hecho que unido al necesario y desproporcionado aumento en materia de prestaciones por desempleo, afectó gravemente a la financiación de las políticas activas de empleo.
2.3.1. Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo.
Acabamos de mencionar la existencia de una notable evolución con respecto a la Ley Básica de Empleo, pero esto no significa que la Ley de Empleo careciera de la necesidad de modificaciones y adaptaciones mucho más concretas, es más, resulta cuanto menos sorprendente que pese a la importancia reconocida a las políticas activas de empleo, las profundas deficiencias en el funcionamiento de nuestro mercado laboral
186 Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de
inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo; la referencia a “matizados” la hacemos en base a que esta prestación combina en su naturaleza de forma necesaria políticas activas y pasivas.
187 Es una de las consecuencias del fenómeno del desarrollo local mal entendido, aquel que busca o cree
positivo tener una cantidad elevada de habitantes pese a que sus condiciones sociales y económicas no sean adecuadas.
CAPÍTULO IV: LA “PASIVIDAD” DE LA POLÍTICA DE EMPLEO FRENTE A SU “ACTIVACIÓN” Y EFECTIVA TERRITORIALIZACIÓN.
Página 68 y una crisis que como hemos podido apreciar, ha hecho elevarse los datos de desempleo hasta cifras insostenibles económica y socialmente, se tardara tanto en realizar una reforma de este matiz en España desde la aprobación de la Ley de Empleo en 2003. Aunque es algo que se encuentra en clara consonancia con la importancia otorgada a las políticas activas de empleo en España.
Nos gustaría destacar de esta reforma dentro de los objetivos, las dos novedades que incluye: proporcionar servicios individualizados a la población activa, pero también a las empresas para contribuir a la mejora de su competitividad y el fomento del emprendimiento, así como la mejora en la atención y al acompañamiento, en línea con la apuesta y la importancia dada a este tipo de iniciativas.
En cuanto al fenómeno del desarrollo local, originariamente fue positivo que se reconociera esta dimensión de actuación en la política de empleo, escasa, pero al menos se identificaba el papel de las áreas locales. El problema está en que si la anterior normativa era limitada al respecto ya que existían iniciativas al respecto previas a la Ley de Empleo que iban más allá, la reforma sólo añade la posibilidad de participación de las áreas locales, sin que exista voluntad de posibilitar un mayor auge del ámbito local.
Para finalizar esta breve revisión de la reforma, se añade un artículo dedicado a los principios generales de las políticas de empleo, una “modificación” y redacción más adecuada sobre la identificación y ámbitos de las políticas de empleo, así como referencias a la Estrategia Española de Empleo y al Plan Anual de Política de Empleo.
2.3.2. Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
El análisis de las “modificaciones” realizadas por este RDL en la Ley de Empleo los encontramos en el “Título Preliminar. De la política de empleo” y dentro del Título II, el “Capítulo II. Las políticas activas de empleo”.
En cuanto al Título Preliminar, los “cambios” los encontramos en relación a los artículos cuatro bis y ter, donde la Estrategia Española de Empleo dejará paso a la Estrategia Española de Activación para el Empleo y el Plan Anual de Política de Empleo cambia su denominación en el artículo cuatro ter del singular al plural. En realidad hemos de decir que la comparación de la redacción anterior y la actual es muy similar en cuanto a estas medidas, con lo que los cambios y el alcance de los mismos son más que limitados al no aparecer ningún cambio real de fondo.
De manera específica la Estrategia Española de Activación para el Empleo establece seis ejes donde “se integrarán los objetivos en materia de políticas de activación para el empleo y el conjunto de los servicios y programas desarrollados por los Servicios Públicos de Empleo”, son los siguientes: Orientación188; Formación189; Oportunidades
188 Comprende las actuaciones de información, orientación profesional, motivación, asesoramiento,
diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje, búsqueda de empleo, intermediación laboral y, en resumen, las actuaciones de apoyo a la inserción de las personas beneficiarias.
189 Incluye las actuaciones de formación profesional para el empleo, dirigidas al aprendizaje, formación,
recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral.
de empleo190; Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo191; Emprendimiento192; y Mejora del marco institucional193. Pero lo cierto es que no difieren de los ámbitos ya existentes, además, al tratarse los contenidos como “estratégicos y estructurales” tenemos la sensación de que la reforma de la Ley de Empleo carece de la debida atención y empuje a la dimensión local de la política de empleo que redunde en su efectiva territorialización, en consonancia con la escasa deferencia que este ámbito ha recibido por parte de la legislación de empleo, con lo que pese a ser una actuación reconocida en el seno de la Unión Europea y con una cierta tradición en España incluso antes de su reconocimiento expreso –como veremos más adelante–, en la actualidad se ve relegada a formar parte del eje dedicado al emprendimiento para cerrar su redacción.
En cuanto a los Planes Anuales de Política de Empleo, se añade a la previsión de los servicios y programas de políticas activas de empleo –antes denominados acciones y medidas– la intermediación laboral que se proponen llevar a cabo tanto las comunidades autónomas como el Servicio Público de Empleo Estatal.
Para finalizar, el capítulo dedicado a las políticas activas de empleo –Capítulo II del Título II– modifica brevemente la definición de éstas, no el contenido, a la hora como hemos visto, de denominar las iniciativas a implementar; mientras que cambia el artículo 25 que pasa a denominarse “Desarrollo de las políticas activas de empleo”, donde remite los ámbitos de actuación a los ejes del artículo 4 bis y señala el establecimiento de contenidos comunes de aplicación a todo el territorio nacional, estableciéndose en su desarrollo medidas especialmente dirigidas a personas con discapacidad.