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Dirección de Capacitación

Jefatura de Unidad Departamental Administración Presupuestal Subdirección de Escalafón

Jefatura de Unidad Departamental

Reclutamiento, Selección e Inducción de Personal Análisis y Valuación de Puestos

Subdirección de Diagnóstico y Educación Jefatura de Unidad Departamental

Diagnóstico de la Capacitación y Vinculación Académica Enseñanza Abierta

Subdirección de Programación y Evaluación de la Capacitación Jefatura de Unidad Departamental

Programación de la Capacitación Seguimiento y Evaluación de la Capacitación Dirección de Servicio Público de Carrera

Subdirección de Capacitación Profesional Permanente Jefatura de Unidad Departamental

Investigación y Planeación

Desarrollo Didáctico, Recursos Educativos y Evaluación Difusión y Apoyo Operativo a las Actividades de Capacitación

Formación Profesional

Subdirección de Estudios Técnicos Jefatura de Unidad Departamental Análisis y Desarrollo

Información y Registro Supervisión Programática Dirección de Relaciones Laborales

Subdirección de Normatividad Laboral Jefatura de Unidad Departamental Lo Contencioso.

Seguimiento de las Condiciones Generales de Trabajo Subdirección de Prestaciones

Jefatura de Unidad Departamental Prestaciones Económicas Prestaciones Sociales Programas Especiales Apoyo para la Vivienda

Subdirección de Operación y Control de Centros de Desarrollo Infantil Jefatura de Unidad Departamental

Servicios Educativos Operación

Subdirección de Seguridad e Higiene Líder Coordinador de Proyectos

Líder Coordinador de Proyectos “B” Enlace

Enlace “B” Enlace “A”

ATRIBUCIONES

Con fundamento en los Artículos 7, 37 y 101 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal de fecha 28 de diciembre de 2000 y reforma del 6 de agosto de 2001, corresponde a la Dirección General de Política Laboral y Servicio Público de Carrera, lo siguiente:

Artículo 37.- Son atribuciones generales de los titulares de las Unidades Administrativas a que se refiere el presente capítulo:

• Acordar con el titular de la Dependencia o de la Subsecretaría, Tesorería del Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del Distrito Federal a la que estén adscritos, según corresponda, el trámite y resolución de los asuntos de su competencia;

• Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar, el desempeño de las labores encomendadas y a las Unidades Administrativas y Unidades de Apoyo Técnico Operativo a su cargo;

• Supervisar el desempeño de las labores encomendadas a Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo adscritos a ellos, conforme a los planes y programas que establezca el titular de la Dependencia correspondiente;

• Recibir en acuerdo ordinario a los Directores de Area y Subdirectores y, en Acuerdo extraordinario, a cualquier otro servidor público subalterno;

• Formular dictámenes, opiniones e informes que le sean solicitados por la Dependencia o Subsecretaría, Tesorería del Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del Distrito Federal a la que estén adscritos, o por cualquier otra Dependencia, Unidad Administrativa y Organo Desconcentrado de la Administración Pública, en aquellos asuntos que resulten de su competencia;

• Ejecutar las acciones tendientes a la elaboración de los anteproyectos de Presupuesto que les correspondan, con apoyo de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo encargadas de la administración de su sector;

• Elaborar proyectos de creación, modificación y reorganización de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo adscritos a ellos y someterlos a la consideración del titular de la Dependencia, Subsecretaría, tesorería del Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del Distrito Federal que corresponde;

• Asesorar técnicamente en asuntos de su competencia, a los servidores públicos del Distrito federal;

• Substanciar y resolver los recursos administrativos que conforme a las disposiciones jurídicas deban conocer; • Tramitar ante las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo

encargadas de la administración de su sector, los cambios de situación laboral del personal a ellos adscrito o a sus Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, así como acordar, ejecutar y controlar los demás asuntos relativos al personal, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;

• Coordinar y vigilar las prestaciones de carácter social y cultural, así como las actividades de capacitación del personal, de acuerdo a las normas y principios establecidos por la autoridad competente;

• Promover programas de excelencia y calidad, tendientes a incrementar la productividad de sus Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo y mejorar la calidad de vida en el trabajo;

• Formular los planes y programas de trabajo de Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo a su cargo, considerando en ellos las necesidades y expectativas de los ciudadanos, así como mejorar los sistemas de atención al público;

• Conceder audiencia al público, así como acordar y resolver los asuntos de la competencia de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo a su cargo;

• Ejercer sus atribuciones coordinadamente con las demás Dependencias, Unidades Administrativas, Organos Político Administrativos, Organos Desconcentrados y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de la Administración Pública, para mejorar el despacho de los asuntos de su competencia;

• Expedir, en su caso, copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos sobre asuntos de su competencia;

• Proponer al titular de la Dependencia de su adscripción, la celebración de convenios en el ámbito de su competencia, para el mejor ejercicio de sus atribuciones, con apoyo en los lineamientos generales correspondientes; y

• Las demás que les atribuyan expresamente los ordenamientos jurídico administrativos aplicables; las que sean conferidas por sus superiores jerárquicos y las que correspondan a las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo que les adscriban.

Artículo 101.- Corresponde a la Dirección General de Política Laboral y Servicio Público de Carrera:

• Imponer, reducir y revocar las sanciones administrativas a que se haga acreedor el personal, de conformidad con las disposiciones aplicables y sin perjuicio de las que les competa imponer a otras autoridades;

• Revisar las faltas en que incurran los trabajadores, así como dictaminar, en su caso, las sanciones a que se hagan acreedores, y dar vista a la Contraloría General cuando estas faltas pudieran constituir infracciones administrativas;

• Coordinar las funciones del Secretario Técnico del Grupo de Estudios sobre Relaciones Laborales y del Comité Técnico Consultivo de Unidades de Recursos Humanos;

• Proponer la designación de los representantes en la Comisión Mixtas de Escalafón y Seguridad e Higiene, así como las reglas de su actuación y la forma en que habrá de mantenerse la relación con estas y con las demás comisiones que se integren y con el Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal;

• Participar en la formulación de las Condiciones Generales de Trabajo, difundirlas entre el personal y vigilar su cumplimiento;

• Administrar los Centros de Desarrollo Infantil al servicio de los hijos de las madres trabajadoras, proporcionándoles servicios médicos, pedagógicos, psicológicos, nutricionales y de trabajo social, durante la jornada laboral;

• Dictar normas para el funcionamiento de las Estancias Infantiles de las demarcaciones territoriales de los Órganos Político Administrativos.

• Emitir normas, lineamientos y asesorar a las Dependencias, Unidades Administrativas, Organos Político Administrativos, Organos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública en materia de relaciones laborales.

• Diseñar, coordinar su implementación y evaluar el Sistema del Servicio Público de Carrera, así como de sus programas ejecutándose en el ámbito de su competencia, desarrollar, operar y evaluar las políticas de desconcentración de los recursos humanos;

• Coadyuvar con la Dirección General de Administración de Personal en la elaboración del proyecto de Catálogo General del Servicio Público de Carrera considerando la opinión del Consejo Directivo del Sistema Integral del Servicio Público de Carrera y el tabulador de los Servidores Públicos de Carrera de la Administración Pública del Distrito Federal;

• Vigilar que las plazas del Sistema del Servicio Público de Carrera sean ocupadas conforme a las normas y políticas aplicables;

• Participar, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo, operación, actualización y difusión con el apoyo de las Dependencias, Organos Político Administrativos y los Organos Desconcentrados, del modelo, estructura, proceso y movimientos escalafonarios;

• Diseñar y aplicar el marco global las políticas y los programas correspondientes al desarrollo del personal y en lo concerniente a su reclutamiento, selección e inducción;

• Normar, desarrollar, operar y evaluar el sistema general de capacitación del personal y enseñanza abierta, así como promover, difundir y evaluar los programas de servicio social y prácticas profesionales.

• Opinar sobre los programas de contratación de los prestadores de servicios profesionales de la Administración Pública cuyo nivel sea equivalente al del personal técnico operativo;

• Participar con la Dirección General de Administración de Personal, en el diseño y elaboración de los lineamientos para la contratación, supervisión y evaluación del personal eventual;

• Opinar sobre las modificaciones o adiciones a los catálogos de puestos, tabuladores y mecanismos de aplicación de remuneraciones, incentivos y estímulos al personal;

• Opinar sobre el funcionamiento de los subsistemas de planeación y organización de la administración de sueldos y salarios al personal;

• Tramitar y gestionar el pago a la representación sindical autorizada y en general a terceros, de las cantidades correspondientes a las retenciones hechas por su cuenta al personal;

• Coadyuvar con la Dirección General de Administración de Personal, en la elaboración de los sistemas informáticos para el seguimiento, actualización, evaluación y aplicación de conceptos nominales, incidencias y movimientos que afecten las percepciones y deducciones del personal; y

• Formular y conducir las políticas y lineamientos para el otorgamiento de las prestaciones económicas y/o en servicios al personal.

FUNCIONES

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