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6. METADATA TO SUPPORT DATA QUALITY

6.4. Discussion of metadata categories

6.4.2. Data-element Level Metadata (Data Dictionary)

LaNcIa Y SoBarrIBa

formulada y rendida la cuenta general de la mancomunidad de municipios de Lancia y Sobarriba

correspondiente al ejercicio de 2020, comprendiendo los estados y cuentas anuales que establecen los artículos 208 y siguientes del real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas Locales, y las reglas 45 y siguientes de la orden haP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada por orden Eha/ 4040/2004, de 23 de noviembre, ha sido informada favorablemente por la comisión informativa de hacienda y cuentas, en sesión de fecha 26 de febrero de 2021.

De conformidad con lo que establece el artículo 212 del citado real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la cuenta general, con el informe de la comisión especial a que se refiere el apartado anterior, será expuesta al público por plazo de 15 días durante los cuales los interesados podrán examinarla y presentar reclamaciones, reparos u observaciones. Examinados estos por la comisión especial y practicadas por ésta cuantas comprobaciones estime necesarias emitirá nuevo informe.

a 1 de marzo de 2021.–El Presidente, carlos carmelo gutiérrez gutiérrez.

Administración Local

mancomunidades de municipios

SaN EmILIaNo – SENa DE LuNa

Por resolución de Presidencia nº.- 2021-00005, de fecha 25 de febrero de 2021, se han aprobado las Bases, que se insertan a continuación, y la simultánea convocatoria para la provisión mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, de 1 plaza de conductor-peón-recolector vacante en la mancomunidad de municipios de San Emiliano-Sena de Luna (León)

BaSES ProcESo SELEccIóN Para cuBrIr uNa PLaZa EN régImEN DE PErSoNaL LaBoraL fIJo caTEgoría DE coNDucTor-PEóN-rEcoLEcTor

1. Normas generales.

Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de personal laboral fijo, conductor-peón- recolector, por el sistema de acceso libre.

a las presentes pruebas les será de aplicación: el real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función Pública modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de Ingreso del Personal al Servicio de la administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles del Estado, así como lo dispuesto en las Bases de la presente convocatoria.

El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición por el sistema de acceso libre.

Salvo en los casos excepcionalmente previstos legalmente, todos los plazos establecidos en la convocatoria se entenderán referidos a días hábiles.

El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura en el anexo II de esta convocato- ria.

La publicación de la presente convocatoria se realizará en el BoLETíNofIcIaL DE LaProvINcIa

DELEóN, en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en la sede electrónica de la mancomunidad:

https://mancomunidadsanemilianosenadeluna.sedelectronica.es 2. Funciones básicas:

• conducir cualquier tipo de vehículo (camión, furgoneta, furgoneta pluma, camioneta, camioneta con volquete, etc.…) por una ruta prefijada: urbana, rural, talleres, etc.… Para ello utilizará tanto los mecanismos automáticos como mecánicos con los que cuenta el camión. Efectuará el proceso de captura de contenedores y la descarga de la basura en la tolva desde la cabina utilizando el sistema de carga automático y si éste falla lo hará a pie de calle accionando los mandos manualmente.

• recoger la basura que está en el suelo junto a los contenedores que corresponden a su ruta e introducir ésta en los contenedores.

• Limpiar y recoger los restos de basura que haya en el suelo junto a los contenedores (in- troduciéndola en éstos), dejando el área de aportación limpia.

• Limpiar las áreas de aportación de basura, reordenando ésta y recogiendo los residuos valorizables cuando le corresponda.

• Descargar los residuos recogidos en centros de transferencia y/o en instalaciones de tratamiento final.

• Trasladar los residuos al punto de descarga que se establezca, determinar su peso, mediante el pesaje antes y después de la descarga.

• Se deberá prensar los residuos, llevando a cabo esta operación mediante el accionamiento de la maquinaria que a tales efectos se utiliza, gabarras y/o auto compactadores.

• Limpiar las zonas donde ha efectuado la descarga, bien de la gabarra y/o auto compactador, de basura y limpieza y retirada de elementos extraños, incluidas bolsas de basura, palas, pallets, etc. del área donde están ubicados las gabarras y/o auto compactadores.

asimismo, cuando sea preciso tanto para contenedores de superficie como para contenedores soterrados reubicará los contenedores en la forma y posición adecuadas para proceder a realizar su captura, así como para dejarlos debidamente alineados. Y con los sistemas de protección y frenado correctamente posicionados.

• Traslado de los camiones cuando proceda, para llevarlos a talleres mecánicos, para pasar inspecciones técnicas de vehículos, etc.

• coordinar el equipo de trabajo (uno o dos cargadores).

• realizar el parte de producción volcando en éste diariamente la información que la entidad requiera para la correcta gestión de la recogida de basura en el formato que se establezca. • vigilancia y cuidado de los vehículos a utilizar:

• .Supervisión, antes de su utilización, y después del estado general del vehículo asignado, rellenando los «check list» a su disposición, de forma que quede garantizado que el vehículo sale a efectuar sus tareas en las condiciones mecánicas y de seguridad correctas. Dar cuenta del estado en que el vehículo termina la jornada rellenando los partes a su disposi- ción.

– Llenado del depósito de combustible, controlar los niveles de aceite motor, hidráulico, líquido de embrague, de dirección y de refrigeración, purga del circuito de frenado, estado de los neumáticos, sistema de alumbrado, así como de los elementos de captura y descarga de contenedores, dar parte de las deficiencias y subsanar las que procedan. – Limpieza interna de la cabina, del chasis, de la caja, de la tolva y del elevador, etc.… al finalizar la jornada.

– comunicar con la Policía municipal, compañeros y superiores las dificultades de todo tipo para el normal desarrollo de la actividad.

– En caso de siniestro, golpes, el conductor efectuará un parte de accidentes completo que refleje con claridad lo sucedido, motivos del incidente (croquis, descripción detallada de éste, etc.).

– gestión del accidente ante la autoridad competente. En situaciones extremas, modificar la ruta preestablecida comunicándolo al superior de la forma más rápida posible. • responsabilidad sobre medios de trabajo utilizados, propiedad de la empresa.

• realizar, así mismo, otras tareas que se le encomienden, por ser tareas similares o acordes con la cualificación requerida para el puesto.

• mantenimiento y limpieza de contenedores, mobiliario (sillas y mesas para préstamo) e instalaciones.

• En las rutas de recogida, será preciso descargar todos y cada uno de los contenedores verdes (de rechazo), independientemente del nivel de llenado de los mismos.

• En función de las necesidades del servicio y las peticiones justificadas de los ayuntamientos, se prestarán servicios en domingos y festivos.

• En general, cumplir con las tareas e instrucciones que provengan del superior que estén dirigidas a efectuar con eficiencia y calidad la prestación de forma integral y completa de los servicios prestados por la mancomunidad.

3. Requisitos de las personas aspirantes.

como requisitos de admisión al proceso selectivo se establecen los siguientes:

a) Tener la nacionalidad española o cualquier otra a la que las normas del Estado atribuyan iguales derechos a efectos laborales en la administración Pública.

b) Poseer o estar en condiciones de obtener a la fecha de finalización del período de presentación de la instancia el título de educación secundaria obligatoria o equivalente. c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad, y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Todos los requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta que finalice el proceso selectivo y en el momento de la firma del contrato correspondiente.

– adaptaciones de tiempo y/o medios por discapacidad.

Las personas aspirantes que posean un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán indicarlo en la casilla correspondiente de la solicitud. asimismo, deberá indicar en su solicitud las posibles adaptaciones en tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

El Tribunal calificador adoptará las medidas necesarias para que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de personas participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo hayan indicado en su solicitud, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

a tal efecto el Tribunal calificador, podrá solicitar un informe y, en su caso, colaboración de los órganos Técnicos de la administración laboral o sanitaria o de los órganos competentes de la administración Pública competente.

4. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud que figura como anexo I de esta convocatoria.

4.1 Plazo y lugares de presentación de la solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Castilla y León. La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido constituye causa de exclusión del proceso selectivo.

4.2 Las solicitudes podrán presentarse en:

a. registro general de la mancomunidad de municipios San Emiliano-Sena de Luna, calle magistrado Quirós, s/n, 24145 Sena de Luna (León).

b. cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas. a saber: “artículo 16.4 Ley 39/2015: Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la administración u organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.

b) En las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca (artículo 21 reglamento de correos)

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extran- jero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.” 4.3 Documentación que se adjuntará a la solicitud:

- copia cotejada con el original o copia electrónica autentica del Documento Nacional de Identidad o documentación acreditativa correspondiente.

(Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar la fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten alguna de las circunstancias previstas en la base 2.1.1 de la convocatoria en virtud de las cuales puede participar en la presente convocato- ria.)

- copia cotejada con el original o copia electrónica auténtica del carnet de conducir clase c.

- copia cotejada con el original u originales de los méritos que se aleguen para participar en el proceso, en los términos en los que se describen en estas Bases.

5. Relación de personas admitidas y excluidas.

una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la mancomunidad, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales

de las personas admitidas y excluidas se publicarán en el BoLETíNofIcIaL DE LaProvINcIa DELEóN

y en el tablón de anuncios de la mancomunidad (sede electrónica o físico).

Las personas aspirantes que figuren en la lista de personas excluidas o las que no figuren en las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas, dispondrán de un plazo cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución que aprueba las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Transcurrido el plazo de subsanación, se dictará resolución y se hará pública la relación definitiva

de personas admitidas al proceso selectivo en el BoLETíNofIcIaL DE LaProvINcIa DELEóNy en el

tablón de anuncios de la mancomunidad (sede electrónica o físico).

Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa, a los efectos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección se realizará a través del sistema de concurso - oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en esta convocatoria.

La publicación del anuncio de celebración de los ejercicios, así como la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la sede electrónica de la mancomunidad y/o tablón de anuncios físico, además de en cualquier otro lugar que el Tribunal considere, en su caso, para su mejor difusión.

6. Tribunal

La composición del Tribunal se ajustará a lo establecido en el artículo 60 TrEBEP. Se constituirá atendiendo a los principios de imparcialidad, profesionalidad y especialidad, en función de la disponibilidad de recursos, tendiendo a la paridad entre hombres y mujeres. Tendrá la consideración de órgano colegiado y, como tal, estará sujeto a las normas contenidas en los artículos 15 y ss. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público -LrJSP-.

En cumplimiento del principio de especialidad, al menos la mitad más uno de sus miembros habrá de poseer una titulación correspondiente a las áreas de conocimiento exigidas para participar y la totalidad de ellos igual o superior nivel académico. En ningún caso podrá estar integrado ex- clusivamente por personal en activo perteneciente al mismo cuerpo, escala o categoría de las plazas que se convoquen.

a efectos de lo dispuesto en el art. 30 y en el anexo Iv del real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, el órgano de selección que actúe en esta prueba selectiva, tendrá la categoría segunda.

En la misma resolución en la que se apruebe la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se fijará la composición del tribunal a efectos de poder promover la recusación de sus miembros.

El órgano de selección podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, para aquellas pruebas que lo requieran, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el Tribunal con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del Tribunal.

El órgano de selección estará compuesto por un Presidente/a, cuatro vocales, actuando todos ellos con voz y voto y por un Secretario/a del Tribunal que desarrollará las tareas de gestión. Todos sus miembros deberán estar en posesión de una titulación igual o superior a la exigida a los aspirantes y pertenecer al mismo grupo de titulación o superiores; no obstante, en ningún caso estará constituido mayoritariamente por miembros en activo del mismo cuerpo o la misma escala para los que deba efectuarse la selección.

No podrán formar parte del Tribunal los funcionarios o personal laboral fijo que hayan impartido cursos o trabajos para la preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.

La Presidencia podrá requerir a los miembros del órgano de selección una declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público. Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán comunicarlo a la Presidencia en el plazo

entre la conclusión de una y el comienzo de la siguiente. Los anuncios respecto del lugar y hora donde deban celebrarse las restantes, únicamente se publicarán en el tablón de anuncios de la mancomunidad alojado en la sede electrónica y/o en el tablón de anuncios físico y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas. Estos anuncios deberán publicarse como mínimo con 12 horas de antelación cuando se trate del mismo ejercicio y de 48 horas cuando se trate de un nuevo ejercicio. No obstante, el Tribunal, a expresa instancia de todos los aspirantes presentes, podrá reducir los intervalos mínimos indicados.

Los aspirantes que serán convocados en llamamiento único quedarán decaídos en su derecho cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, aun cuando se deba a causas justificadas. Tratándose de pruebas orales u otras de carácter individual y sucesivo, el Tribunal podrá apreciar las causas alegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto de aspirantes.

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer apellido que comience por la letra «B» de conformidad con la resolución de 21 de julio, de la Secretaria de Estado de función de Pública, por la que se pública el resultado del sorteo a que se refiere el reglamento general de Ingreso del Personal al servicio de la administración del Estado.

El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de éste, de otro documento oficial que acredite su identidad.

8. Proceso selectivo.

El proceso selectivo contará de dos fases, una de oposición y una de concurso siendo necesario superar la primera para que se entre la fase de concurso y se valoren los méritos de los candida- tos.

8.1 - fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.

Las materias comunes y específicas que forman el temario son las que figuran en el anexo II de las presentes Bases conforme a lo establecido en el artículo 8 del real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración Local.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir a las pruebas provistos del DNI o, en su defecto pasaporte y bolígrafo.

La realización de las pruebas será eliminatoria, calificándose hasta un máximo de treinta puntos en total, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de la mitad de la puntuación máxima en cada una de ellas.

La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.

El contenido de los ejercicios de carácter práctico y de los ejercicios tipo test deberá ser elaborado de forma conjunta el Tribunal calificador el mismo día del examen e inmediatamente antes de su realización.

Primer ejercicio: test (valoración máxima 10 puntos). consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 20 preguntas tipo test, más preguntas adicionales de reserva, que añadirá el Tribunal en previsión de posibles anulaciones, con respuestas alternativas basadas en el temario contenido en el anexo II de esta convocatoria y con una única respuesta correcta.

con una duración máxima de 60 minutos. El ejercicio se calificará con 0,5 puntos por cada