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3. Chapter Three: Methodology

3.3 Data generation

3 3 4 7

TOTAL TOTAL

6 11

Figura 6: Distribución de guardas y guardas de los menores alojados en la Casa Juvenil Miraflores.

Fuente: Listado Menores internos en la Casa Juvenil Miraflores (Marzo 2014), de la Sección de Centros. Elaboración propia.

Las edades de los menores alojados están comprendidas entre los 13 años y los 17, es decir, son menores nacidos entre los años 1997 y 2001. (Figura 7)

2001 2000 1999 1998 1997

Chicas Chicos Chicas Chicos Chicas Chicos Chicas Chicos Chicas Chicos

1 1 1 1 2 3 3 2 0 3

TOTAL TOTAL TOTAL TOTAL TOTAL

2 2 5 5 3

Figura 7: Distribución de años de nacimiento de los menores alojados en la Casa Juvenil Miraflores.

FUENTE: Listado Menores internos en la Casa Juvenil Miraflores (Marzo 2014), de la Sección de Centros. Elaboración propia.

Los menores que se encuentran actualmente en el centro han ingresado entre los años 2012 y 2014, siendo el 2013 el principal año de ingreso. (Figura 8)

2012 2013 2014

Chicas Chicos Chicas Chicos Chicas Chicos

1 3 4 7 1 0

TOTAL TOTAL TOTAL

4 11 1

Figura 8: Distribución de año de ingreso de los menores alojados en la Casa Juvenil Miraflores.

Fuente: Listado Menores internos en la Casa Juvenil Miraflores (Marzo 2014), de la Sección de Centros. Elaboración propia

C.- INGRESO DEL MENOR EN EL CENTRO

El ingreso en el centro se realiza por medio de los diferentes equipos de los centros de menores, quienes proponen a la Sección de Centros de la Consejería la derivación del menor a la Casa Juvenil Miraflores. Esta propuesta va acompañada de una serie de documentos utilizados para la valoración, que es realizada por la comisión de valoración. Esta comisión está compuesta por personal de la Sección de Centros, de la Casa juvenil Miraflores y del centro de procedencia del menor, y son quienes deciden sobre el caso.

El ingreso se realiza mediante una resolución motivada del titular de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda. Solo en caso de urgencia, el titular de la unidad administrativa podrá acordar el ingreso, dando cuenta inmediatamente al titular de la Consejería.

D.- REGLAS BÁSICAS DE LA VIDA EN EL CENTRO

Los menores alojados en Miraflores se comportan de acuerdo a las siguientes reglas:

 Observar las normas higiénicas y de salud que afecten a su propia persona y aquellas con las que conviva.

 Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y de salud que afecten a su propia persona y aquellas con las que conviva.

 Se prohíbe la tenencia de objetos que puedan resultar lesivos para el menor u otras personas.

 Se evitarán las agresiones contra la propia persona o contra los demás.

 Mantener el buen uso de material individual o colectivo.

 Cada menor se responsabiliza de la limpieza y orden de su habitación y de espacios comunes, atendiendo a la organización de la vida en el grupo.

 Se prohíbe intercambiar o compartir sustancias, objetos o útiles que comporten riesgo de transmisión de enfermedades.

 Se prohíbe la utilización y apropiación indebida de cualquier bien ajeno.

 Mantener un comportamiento que permita convivencia armónica.

 Todas las personas alojadas tienen los mismos derechos y deberes, pero cada menor es único y no proceden las comparaciones entre compañeros.

 El dinero, alhajas u otros objetos de valor propiedad de los menores quedan en depósito, administrados o custodiados por el educador.

E.-REGLAS GENERALES DE RELACIÓN DE LOS MENORES CON EL PERSONAL. Las relaciones interpersonales se rigen por las siguientes reglas:

 Actitud de mutuo respeto.

 Cuando el menor considera que está siendo sometido, él mismo u otro menor, a situaciones de injusticia, podrá hacerlas manifiestas a través de los conductos oportunos, sin adoptar nunca posiciones de falta de respeto o malos modos.

F.- REGLAS GENERALES DE RELACIÓN ENTRE MENORES. - Actitud de mutuo respeto.

- Se evitará cualquier tipo de agresión física o verbal. - Se respetará la intimidad de cada individuo.

- Se prohíben las apuestas, ventas o intercambio de cualquier tipo.

- Se respetará el descanso, la actividad, la forma de ser, la enfermedad o cualquier otra circunstancia particular de cada compañero y compañera.

- El tono de voz debe ser adecuado a cada momento, procurando evitar los ruidos innecesarios que puedan causar molestia o alteración en el clima de convivencia. - No está permitido mantener relaciones sexuales dentro del centro.

G.-PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.

Los criterios sobre el régimen sancionador son flexibles, acordes con los procesos generales de trabajo y los momentos concretos del menor. Los procesos educativos deben ser considerados de forma global, teniendo en cuenta multitud de variables que conllevan una variedad de respuestas tan amplia como las diferentes situaciones a abordar, respetando la necesaria flexibilidad de la vida cotidiana.

Cuando un menor incumple la normativa, el educador, de forma consensuada con el equipo educativo, pone en conocimiento del menor la sanción impuesta por su conducta en un plazo no superior a cinco días desde el problema surgido, escuchando previamente las razones de su comportamiento y su disposición de intentar compensar el daño. Las sanciones alternativas que el chaval pueda proponer son valoradas a fin de generar la mejor disposición al cumplimiento del castigo.

Durante el tiempo que dura la sanción, el educador y el menor revisan semanalmente la evolución del cumplimiento de ésta, lo que puede originar algún cambio favorable o desfavorable.

Las faltas graves o muy graves, así como las sanciones impuestas, se reflejan en el diario general y en el registro individual del menor

DETERMINACIÓN DE FALTAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS.