6 What RDAs require for evaluation
6.2 Delivering the PSAs
RESOLUCIÓN N.º 5812/MCGC/13
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013
VISTO:
El Expediente Nº 6.703.108/13, las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "Rompiente", representado en este acto por la señora Silvia Aguado, DNI Nº 28.030.628, CUIT/CUIL Nº 27-28030628-8, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Rompiente Clown";
Que PROTEATRO ha asignado al grupo "Rompiente", en concepto de contribución la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA ($8.560.-), conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;
Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013,
EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "Rompiente", representado en este acto por la señora Silvia Aguado, DNI Nº 28.030.628, CUIT/CUIL Nº 27-28030628-8, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Rompiente Clown", por una contribución de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA ($8.560.-) y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor de la señora Silvia Aguado.
Artículo 4º.- La representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- La representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO), quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N.º 5815/MCGC/13
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013
VISTO:
El Expediente Nº 6.324.855/13, las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el señor Mirko Mescia, DNI Nº 94.769.145, CUIT/CUIL Nº 20-94769145-8, responsable del proyecto especial denominado "Puntos de Oído";
Que PROTEATRO ha asignado al proyecto especial denominado "Puntos de Oido", en concepto de contribución la suma de PESOS VEINTE MIL ($20.000.-), conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;
Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013,
EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el señor Mirko Mescia, DNI Nº 94.769.145, CUIT/CUIL Nº 20-94769145-8, responsable del proyecto especial denominado "Puntos de Oído", por una contribución de PESOS VEINTE MIL ($20.000.-) y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor del señor Mirko Mescia.
Artículo 4º.- El representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- El representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO), quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N.º 5822/MCGC/13
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013
VISTO:
El Expediente Nº 6.704.041/13, las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "El Experimento de Próspero", representado en este acto por la señora Marina Sol Bordigoni, DNI Nº 31.999.366, CUIT/CUIL Nº 27-31999366-0, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "El Experimento de Prospero";
Que PROTEATRO ha asignado al grupo "El Experimento de Próspero", en concepto de contribución la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL CIEN ($32.100.-), conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;
Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013,
EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "El Experimento de Próspero", representado en este acto por la señora Marina Sol Bordigoni, DNI Nº 31.999.366, CUIT/CUIL Nº 27-31999366-0, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "El Experimento de Prospero", por una contribución de PESOS TREINTA Y DOS MIL CIEN ($32.100.-) y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor de la señora Marina Sol Bordigoni. Artículo 4º.- La representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- La representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO), quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N.º 5823/MCGC/13
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013
VISTO:
El Expediente Nº 6.703.442/13, las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "Saveritos", representado en este acto por la señora Stella Maris Brandolín, DNI Nº 11.331.716, CUIT/CUIL Nº 27-11331716-2, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Saverio, Mi Cruel";
Que PROTEATRO ha asignado al grupo "Saveritos", en concepto de contribución la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTE ($29.120.-), conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;
Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013,
EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "Saveritos", representado en este acto por la señora Stella Maris Brandolín, DNI Nº 11.331.716, CUIT/CUIL Nº 27-11331716-2, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Saverio, Mi Cruel", por una contribución de PESOS VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTE ($29.120.-) y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor de la señora Stella Maris Brandolín. Artículo 4º.- La representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- La representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO), quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N.º 5825/MCGC/13
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013
VISTO:
El Expediente Nº 6.324.342/13, las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con la señora María Rosario Poggi, DNI Nº 30.980.620, CUIT/CUIL Nº 23-30980620-4, responsable del proyecto especial denominado "Primer Festival de Unipersonales"; Que PROTEATRO ha asignado al proyecto especial denominado "Primer Festival de Unipersonales", en concepto de contribución la suma de PESOS VEINTIDOS MIL ($22.000.-), conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio; Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013,
EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con la señora María Rosario Poggi, DNI Nº 30.980.620, CUIT/CUIL Nº 23-30980620-4, responsable del proyecto especial denominado "Primer Festival de Unipersonales", con un plazo de vigencia de un (1) año, por una contribución de PESOS VEINTIDOS MIL ($22.000.-) y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor de la señora María Rosario Poggi. Artículo 4º.- La representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- La representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO), quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N.º 5826/MCGC/13
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013
VISTO:
El Expediente Nº 6.476.053/13, las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "Iván y Los Perros" representado en este acto por el señor Mariano Stolkiner, DNI Nº 23.235.815, CUIT/CUIL Nº 20-23235815-8, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Iván y Los Perros";
Que PROTEATRO ha asignado al grupo "Iván y Los Perros", en concepto de contribución la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL ($28.000.-), conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;
Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013,
EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "Iván y Los Perros" representado en este acto por el señor Mariano Stolkiner, DNI Nº 23.235.815, CUIT/CUIL Nº 20-23235815-8, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Iván y Los Perros", por una contribución de PESOS VEINTIOCHO MIL ($28.000.-), y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor del señor Mariano Stolkiner.
Artículo 4º.- El representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- El representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO), quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N.º 5829/MCGC/13
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013
VISTO:
El Expediente Nº 6.322.527/13, las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "El Desvío", representado en este acto por el señor Mariano Nicolás Zucchi, DNI Nº 31.476.565, CUIT/CUIL Nº 20-31476565-7, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Pollera Pantalón";
Que PROTEATRO ha asignado al grupo "El Desvío", en concepto de contribución la suma de PESOS DOCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($12.840.-), conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;
Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nº 156 y Nº 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 412-GCBA-10 y lo normado por la Ley Nº 4.013,
EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO) con el grupo "El Desvío", representado en este acto por el señor Mariano Nicolás Zucchi, DNI Nº 31.476.565, CUIT/CUIL Nº 20-31476565-7, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Pollera Pantalón", por una contribución de PESOS DOCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($12.840.-) y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor del señor Mariano Nicolás Zucchi. Artículo 4º.- El representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- El representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (PROTEATRO), quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N.º 5830/MCGC/13
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013
VISTO: