3.2 Road condition factors
4.1.2 Detection method computation
GLOSARIO DE TÉRMINOS PERSONAL DOCENTE
PERSONAL DOCENTE ORDINARIO: Profesionales que ingresan mediante concurso de oposición, traslado o reincorporación, esta última situación en caso de profesores que se hayan separado de la ULA, teniendo la condición de ordinarios, dedicados a la enseñanza, la investigación y la extensión.
PROFESOR INSTRUCTOR: Primer estrado en el sistema de escalafón docente; requiere un mínimo de dos años en el ejercicio de sus funciones para optar al escalafón siguiente.
PROFESOR ASISTENTE: Segundo estrado en el sistema de escalafón docente; requiere un mínimo de cuatro años en el ejercicio de sus funciones para optar al escalafón siguiente.
PROFESOR AGREGADO: Tercer estrado en el sistema de escalafón docente; requiere un mínimo de cuatro años en el ejercicio de sus funciones para optar al escalafón siguiente.
PROFESOR ASOCIADO: Cuarto estrado en el sistema de escalafón docente; requiere un mínimo de cinco años en el ejercicio de sus funciones para optar al escalafón siguiente.
PROFESOR TÍTULAR: Quinto y último estrado en el sistema de escalafón docente; los profesores titulares permanecen en esta categoría hasta que soliciten el beneficio de jubilación.
PERSONAL DOCENTE ESPECIAL: Pertenecen a este grupo los auxiliares docentes y de investigación, los investigadores y docentes libres, los profesores contratados y los profesores invitados y visitantes.
PERSONAL DOCENTE CONTRATADO: Profesionales que ingresan mediante concurso de credenciales, para prestar sus servicios en la docencia y la investigación, suscribiendo al efecto un contrato de trabajo por tiempo determinado sujeto a prórrogas anuales y consecutivas.
DOCENTE LIBRE: Miembro especial del personal docente y de investigación que, por el valor de sus trabajos, investigaciones o méritos en su labor profesional, es contratado temporalmente para dictar cursos, dirigir seminarios o realizar trabajos de investigación.
AUXILIAR DOCENTE: Miembro especial del personal docente y de investigación que, careciendo de título universitario, posee conocimientos y méritos especiales que los capacitan para cumplir labores de enseñanza o investigación en determinadas áreas.
Universidad de Los Andes
Vicerrectorado Administrativo
Dirección de Servicios de Información Administrativa (DSIA)
PROFESOR HONORARIO: Son aquellas personas a quienes el Consejo Universitario, en atención a relevantes méritos científicos, culturales y profesionales les otorgue tal distinción, a proposición de la Asamblea de la Facultad o Núcleo y de acuerdo al reglamento respectivo; agrega la Ley de Universidades que los profesores honorarios no tendrán obligaciones docentes ni de investigación.
PROFESOR JUBILADO: Son aquellos miembros del personal docente y de investigación que hayan cumplido veinte años de servicios y tengan 60 o más años de edad, o aquellos de cualquier edad que hayan cumplido 25 años de servicios y soliciten acogerse al beneficio de jubilación, el cual debe ser aprobado por el Consejo Universitario. Los profesores jubilados pueden continuar prestando sus servicios a la Institución, acogiéndose en este caso a lo previsto en las normas sobre jubilados activos.
PROFESOR VISITANTE: Son las personas de reconocidos méritos y experiencia en el área de su profesión o campo de trabajo y que así sean reconocidos por la universidad, sus facultades, escuelas o demás unidades académicas, así como los miembros del personal docente y de investigación de otra universidad o instituto de educación superior nacional o extranjero y que sean invitados para que desarrollen en la Universidad de Los Andes actividades de docencia o investigación inherentes a su especialidad.
DEDICACIÓN: Tiempo de servicio determinado en función del número de horas semanales que presta todo miembro del personal docente y de investigación en universidades públicas o privadas, institutos y colegios universitarios y puede ser a dedicación exclusiva, tiempo completo, medio tiempo y tiempo convencional. DEDICACIÓN EXCLUSIVA: Personal docente que debe permanecer en ambientes universitarios 40 horas semanales. Es incompatible con cualquier otra actividad remunerada fuera de la universidad, independientemente del horario,
salvo los emolumentos por derecho de autor o de conformidad con el reglamento de obvenciones y subvenciones.
TIEMPO COMPLETO: Personal docente que debe permanecer en ambientes universitarios 35 horas semanales. Es incompatible con cualquier otra actividad remunerada dentro de la universidad. Fuera de esta, el Consejo Universitario podrá autorizar la realización de otra actividad a solicitud del Consejo de Facultad o Núcleo, si las labores están vinculadas con las de la Institución, que se cumplan fuera del horario de trabajo en la universidad y hasta un máximo de 10 horas semanales.
MEDIO TIEMPO: Personal docente que debe permanecer en ambientes universitarios 18 horas semanales y no puede desempeñar otras actividades ni dentro ni fuera de la universidad que exija una dedicación a tiempo completo.
Universidad de Los Andes
Vicerrectorado Administrativo
Dirección de Servicios de Información Administrativa (DSIA)
PROFESOR A TIEMPO COMPLETO EQUIVALENTE (PTCEq)
Se obtiene sumando todos los profesores a dedicación exclusiva, los profesores a tiempo completo, la mitad de los profesores a medio tiempo y la cuarta parte de los profesores a tiempo convencional.
GLOSARIO DE PERSONAL NO DOCENTE. PERSONAL DIRECTIVO:
Son miembros de la comunidad universitaria designados por las autoridades para ocupar cargos de director o coordinador en dependencias de la universidad. PERSONAL ADMINISTRATIVO:
Trabajadores que laboran en la universidad y que realizan actividades inherentes a su cargo. PERSONAL OBRERO:
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES CUADRO Nº 13 Y GRÁFICO N° 5 VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN ACTIVO SEGÚN CONDICIÓN JURÍDICA
Dirección de Servicios de Información Administrativa PERSONAL DOCENTE JUBILADO Y PENSIONADO, JUBILADO ACTIVO AÑOS 2004 A 2013
CONDICIÓN JURÍDICA AÑO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013
PDI Contratado Activo 498 488 523 618 688 701 648 620 602
670
PDI Ordinario Activo 1.984 1.963 1.964 1.929 1.954 1.975 2.020 1.979 1.949
1928
TOTAL ACTIVOS 2.482 2.451 2.487 2.547 2.642 2.676 2.668 2.599 2.551
2598
PDI Jubilado y Pensionado 1.426 1.482 1.529 1.611 1.692 1.730 1.763 1.824 1.879
1914
TOTAL ACTIVOS Y NO ACTIVOS 3.908 3.933 4.016 4.158 4.334 4.406 4.431 4.423 4.430
4512
PDI Jubilado Activo 96 74 126 150 152 153 156 162 154
151
AÑO 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012
2013
% PDI Contratado del total de activos 20% 20% 21% 24% 26% 26% 24% 24% 24%
26%
% PDI Ordinario del total de activos 80% 80% 79% 76% 74% 74% 76% 76% 76%
74%
% PDI Jub. Y Pens. del total activos + pasivos 36% 38% 38% 39% 39% 39% 40% 41% 42%
42%
FUENTE: Nómina hasta el año 2005; Oficina de Asuntos Profesorales (OAP) a partir del año 2006.