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6. House of Quality in use

6.3. Determining the customer needs

Modalidad: Sin modalidad. Costo del pliego: $ 0.-

CIRCULAR MODIFICATORIA N° 1

1) Todos los bienes incorporados al Servicio quedan como propiedad del Estado, o se pueden retirar quedando como propiedad del concesionario?

El ARTÍCULO 23.- RESTITUCIÓN DE LOS BIENES AL FINAL DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO establece que: “Expirado el término del servicio, todos los bienes afectados al mismo, así como las mejoras edilicias, tecnológicas o de cualquier tipo que introduzca en los bienes de la Unidad Turística, quedarán incorporados al patrimonio estatal, sin que ello le otorgue derecho a reclamo o compensación alguna. El adjudicatario queda obligado a restituir al Ministerio la totalidad de los bienes entregados, junto con los bienes muebles incorporados y las mejoras y/o refacciones complementarias ejecutadas, si existieren, en perfectas condiciones de uso y conservación, dentro de los DIEZ (10) DÍAS corridos de vencido el contrato o comunicada su eventual rescisión. La empresa adjudicataria tendrá derecho a retirar en el plazo antes mencionado, todos aquellos bienes muebles de su propiedad que fueren incorporados a la prestación del servicio, los cuales deberán constar en un Acta, previamente, con la conformidad de ambas partes para su retiro”.

Por lo expuesto, la empresa prestadora del servicio (el objeto de la presente licitación es la contratación de un servicio, no concesionar bienes del Estado Nacional) podrá retirar los bienes muebles de su propiedad, conforme la cláusula del PGBC antes citada.

2) Respecto de los servicios, se paga la electricidad que consumen las maquinas o la iluminación de todo el hotel? a) Como se calcula el consumo? b) Hay que pagar el combustible de la caldera? c) Ante un corte de agua, como se soluciona? El tanque de la unidad esta reparado?

El Art. 41.15. PAGO DE SERVICIOS establece: “El adjudicatario abonará todos los gastos de electricidad, agua, gas, y sus derivados, que se consuman en las instalaciones objeto del servicio, siempre que estos consumos tengan causa y/o título en el servicio contratado. El adjudicatario deberá realizar todas las mejoras, por sí o a través de las empresas licenciatarias del servicio público, necesarias para instalar medidores para los servicios antes mencionados. En caso que la instalación de los mencionados medidores fuera imposible o antieconómica, a pedido del adjudicatario o a opción del Ministerio de Turismo, la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas estimará los consumos en los cuales el adjudicatario incurrirá para la prestación del servicio. A este efecto, al momento de toma de posesión de las mismas, se registrará el estado de los medidores y existencias; e igual procedimiento se efectuará al finalizar el servicio, labrándose las actas correspondientes. En el caso de inexistencia o salida de servicio de medidores de consumo en las instalaciones concedidas, el adjudicatario se obliga a instalarlos a su costo, tramitando ante la suministradora del servicio el pago del medidor aprobado y el del consumo. En los casos de producirse demoras o inconvenientes en su tramitación, el Ministerio efectuará las retenciones correspondientes sobre la base de los medidores instalados o, en su defecto, aplicando el cuadro promedio de consumo elaborado por la Administración de la Unidad Turística para tal fin en base a los antecedentes comparativos de consumos interanuales para el período estacional de que se trate. La habilitación o rehabilitación de los servicios, y sus costos de instalación o reposición, serán a cargo del adjudicatario. El Ministerio no asume ninguna responsabilidad por la interrupción, anulación y/o deficiencias en los suministros de los servicios de provisión de energía eléctrica, agua, gas y otros inconvenientes generados por las empresas prestadoras correspondientes”.

Conforme la cláusula antes citada, el Oferente solo deberá pagar el consumo de servicios públicos que insuma la prestación del servicio de limpieza y atención de cuarto, no estando incluido en el mismo la iluminación de todo el hotel o el combustible de caldera.

En caso que el consumo de electricidad, agua o cualquier otro servicio público que sea utilizado por el Oferente para la prestación del servicio de limpieza y atención de cuarto no pueda ser medido, el mismo será estimado por la la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas, conforme lo expuesto en la cláusula antes citada.

#F5361666F# #I5361667I#

La torre tanque de la Unidad Turística en Chapadmalal no se encuentra en funcionamiento.

En caso de un corte de agua en el hotel, el Oferente deberá arbitrar los medios para cumplir en debida forma el servicio de limpieza y atención de cuarto.

3) Cual es el plazo para efectuar consultas?

Podrán efectuarse hasta las 18:00 del día 17/08/2017 como se establece en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Ahora podrán hacerse hasta el día y horarios expresados en la presente modificación

4) Como se cotizan los diferentes servicios? Por mes y luego se anualiza? Deben promediarse en la cotización los meses de alta y baja temporada?

El ARTICULO 7°.- FORMA DE COTIZACION establece: “La presente contratación deberá cotizarse en moneda nacional, completando la planilla de cotización que, como “Anexo - Planilla de Cotización” se adjunta al presente. Se deberá consignar precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecidas en las cláusulas particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresando en letras y números”. A su vez, el ARTICULO 34.- CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS OFERTAS establece: “Además de lo indicado precedentemente, el oferente deberá: 34.1. Cotizar por la totalidad de los servicios del renglón único ofertado, considerándose inadmisible la propuesta que difiera de esta pauta de cotización;...”.

Por ello, el Oferente deberá cotizar el monto total por renglón de los servicios objeto de la licitación, por todo el plazo de duración del contrato.

5) El balance económico con corte 30/06/2017 es necesario adjuntarlo en la fecha de presentación de licitación ya que es un periodo corto para la confección y certificación del mismo?. Si contamos con balance certificado al 30/12/2016 el cual si se presentará.

El ARTÍCULO 38.- CRITERIO DE SELECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS es claro al establecer: “Deberán presentarse los dos últimos estados contables anuales auditados y certificados por los Consejos profesionales pertinentes y corte de balance al mes anterior a la fecha de presentación de ofertas, si han transcurrido más de seis (6) meses de la fecha de cierre del mismo”.

Por lo expuesto, si han transcurrido más de seis (6) meses de la fecha del cierre del estado contable anual, corresponderá la presentación de un balance de corte al mes anterior a la fecha de presentación de las ofertas. 6) Cantidad de colchones puntualmente debemos proveer los colchones nosotros?

Los colchones son provistos por el MINISTERIO DE TURISMO, no estando el oferente obligado a su provisión. 7) Horarios de las personas asignadas por tarea: ENCARGADA DE MUCAMA (1), MUCAMAS (CONFIRMAR CANTIDAD), PEONES (2), ROPERIA (1), LIMPIEZA DE COMEDOR (1).

En el ANEXO XIII -DOTACIÓN MÍNIMA DE PERSONAL QUE DEBERÁN AFECTAR LOS ADJUDICATARIOS PARA LA CORRECTA PRESTACIÓN DEL SERVICIO-, se estableció la siguiente cantidad mínima de personal y su horario: Hotel 7: 1 mucama cada 40 plazas ocupadas.

1 encargada de mucamas. 2 peones.

1 persona para ropería.

1 persona para limpieza de comedor.

Hoteles 1 y 2: 1 mucama cada 20 plazas ocupadas. 1 encargada de mucamas.

1 peón.

1 persona para ropería.

1 persona para limpieza de comedor.

El personal indicado cumplirá el horario de mañana de 07:00 a 14:00 horas y la cantidad mínima de mucamas será de cuatro (4) independientemente de las plazas ocupadas.

El personal que efectúe tareas por la tarde cumplirá el horario de 14:00 a 21:00 horas, y la guardia será de 1 mucama y 1 peón para Hoteles 1 y 2; y 2 mucamas y 1 peón para Hotel 7.

8) ítem A) Pag. 37 Art. 15- Bombillas de bajo consumo: las mismas las proveeremos nosotros o el hotel?, el pliego menciona un “RECAMBIO” NO PROVISION DE LAS MISMAS, no queda claro, en la misma página debajo de lo nombrado anteriormente habla de la reparación de artefactos de calefacción y aire acondicionado: la persona (PEON SEGÚN PLIEGO) debe ser técnico o matriculado?.

En las ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS SERVICIOS CARACTERISTICAS PARTICULARES DEL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL (SERVICIOS DE ATENCION DE HABITACIONES, LIMPIEZA GENERAL, CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES), A. SERVICIO DE HABITACIONES Y LIMPIEZA GENERAL, en su punto 15 se estableció: “15. En oportunidad de cambios de contingentes, debe procederse al rasqueteado, encerado, lustrado, repaso de mobiliario, aberturas, herrajes, vidrios, marcos, artefactos de iluminación con el correspondiente recambio de bombillas eléctricas de bajo consumo, cuando las existentes queden inutilizadas, repaso o reparación de artefactos de calefacción y/o aire acondicionado si los hubiere”.

La provisión de lámparas de bajo consumo para el recambio que el oferente deberá realizar, en caso de detectar lámparas quemadas, será a cargo del MINISTERIO DE TURISMO. Sin perjuicio de ello, en caso que el MINISTERIO DE TURISMO no tuviere dichas lámparas en stock para ser provistas, podrá solicitarse al Oferente la provisión

de estos elementos como parte del Plan de Mantenimiento, debiendo el oferente cotizar de forma previa dichos elementos y luego facturados conforme lo establece el pliego para el mencionado Plan de Mantenimiento.

Las Reparaciones que impliquen la intervención de personal con título habilitante según la normativa nacional, provincial o municipal, conllevarán de forma necesaria la intervención de un técnico con incumbencia en la materia. 9) En cuanto al mantenimiento de espacios verdes: habrá que proveer desmalezadora, bordeadora o minitractor o lo provee el hotel?.

El corte de césped y arreglos de flores y canteros en un radio mínimo de CINCUENTA (50) metros de los hoteles e instalaciones asignados en el presente servicio de limpieza, forma parte del servicio de limpieza general (Especificaciones Técnicas de Servicios, Apartado A, Punto 22), debiendo el oferente contar con todos los elementos necesario para la realización de dichas tareas.

El mantenimiento de otros espacios verdes que excedan los antes mencionados (Especificaciones Técnicas de Servicios, Apartado A, Punto 22), deberán ser incluidos como mantenimiento de espacios verdes dentro del Plan de Mantenimiento, tareas que solo son realizadas a pedido específico del MINISTERIO DE TURISMO, previa cotización de las mismas en cada oportunidad.

10) CARRO SUGERIDO PARA EL TRASLADO DE SABANAS Y TOALLAS ídem para RESIDUOS GENERALES o los provee el HOTEL?

Los elementos para el traslado de ropa blanca, así como también de residuos, o cualquier otro elemento necesario para la prestación del servicio de limpieza y atención de cuarto deben ser provistos por el oferente. El MINISTERIO DE TURISMO no proveerá elemento alguno relacionado al servicio de limpieza y atención de cuarto.

11) Pág. 53 Menciona EJ: HOTEL 2 y especifica 600 plazas y en Pág. 59 menciona 900 plazas, no quedan claras las cantidades de plazas o a que se refieren con plazas, si a colchones, personas que pueden habitar el hotel. El ARTICULO 16.- RENGLONES establece: El servicio comprende CUATRO RENGLONES que incluyen el servicio de limpieza integral y servicios de desinsectación conexos de habitaciones, sanitarios, áreas comunes interiores y exteriores, y espacios verdes de los establecimientos hoteleros. (Conforme Anexo XIV, XV y XVII).

Hotel N° 1: 160 Plazas Hotel N° 2: 280 Plazas Hotel N° 7: 600 Plazas

De forma previa al inicio del contrato, la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas dependiente de la SECRETARIA DE TURISMO, podrá modificar los Hoteles objeto de la presente licitación, siempre que dicha modificación no importe una variación de las plazas hoteles objeto del servicio de limpieza integral y servicios de desinsectación conexos, ni del monto del contrato. Esta prerrogativa deberá ser informada al adjudicatario con la antelación suficiente que le permita organizar los servicios contrato en debida forma.

12) Solicitamos aclarar la frecuencia del servicio de fumigación: a) Trimestral, b) Mensual, c) Toda vez que se produzcan cambios de ocupación (Especificaciones Técnicas A 13/14).

c) toda vez que se produzcan cambios de ocupación

13) Solicitamos especificar en que consiste el “REFUERZO” en la limpieza de tanque?.

Deberá hacerse una limpieza obligatoria al inicio y al final del servicio, y refuerzos cada 2 meses

14) Que cantidad de tanques de reserva de agua existen en los hoteles involucrados en la licitación para el servicio en la Unidad Turística Chapadmalal y cuales son sus correspondientes capacidades?.

HOTEL 1: 1 Tanque de 25.000 litros HOTEL 2: 1 Tanque de 25.000 litros

HOTEL 7: 3 Tanques en total: 1 de 25.000 y 2 de 15.000 litros cada uno

15) Ante una eventual rotura y/o desprendimiento de postigones, a cargo de quién estará la reposición?

Ante una rotura y/o desprendimiento de postigones, el MINISTERIO DE TURISMO será responsable de su reparación y/o reposición. Sin perjuicio de ello, el oferente deberá incluir el mantenimiento de postigones dentro del Plan de Conservación.

16) EL PLAN DE CONSERVACION, con que modalidad se factura? Esta dentro o fuera del alcance del contrato? El Plan de Conservación se encuentra dentro del alcance del contrato. El mismo deberá presupuestarse y eventualmente facturarse conforme lo establecido en el Punto B de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS.

17) El precio a cotizar de cada uno de los cuatro renglones, cual de las siguientes alternativas debe tomarse? a) un precio Anual (total contrato) b) Precio Unitario por turista por día c) Precio mensual (fijo para todos los meses del contrato)

Se deberá consignar precio unitario y cierto total, en números, con referencia a la unidad de medida establecidas en las cláusulas particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresando en letras y números

18) En el punto de referencias bancarias del pliego, necesitaría saber que se entiende por “fecha en que se extiende la certificación a pedido del Ministerio de Turismo”

Hace referencia a la fecha con la que la entidad bancaria emite el certificado solicitado por la empresa para ser presentado en la Licitación.

De acuerdo a las consultas precedentemente respondidas los siguientes artículos quedarán compuestos con las siguientes modificaciones: (VER LO RESALTADO EN AMARILLO Y SUBRRAYADO)

ARTICULO 7°.- FORMA DE COTIZACION.

La presente contratación deberá cotizarse en moneda nacional, completando la planilla de cotización que, como “Anexo -Planilla de Cotización” se adjunta al presente. Se deberá consignar precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecidas en las cláusulas particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresando en letras y números.

Los oferentes podrán cotizar uno o más renglones de la presente licitación. La adjudicación de uno y/o todos los renglones -a opción del MINISTERIO- se realizará a favor de la oferta más conveniente teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. (cfr: art. 15 Decreto 1023/2001). ARTÍCULO 22.- TÉRMINO DEL SERVICIO:

22.1. El plazo del servicio es por el lapso de DOCE (12) meses desde la notificación de la Orden de Compra. 22.2. PRÓRROGA: La presente podrá ser prorrogada por única vez y por un plazo igual o menor a la del presente contrato (Artículo 100 del Decreto 1030/16).

22.3 De forma previa al inicio del contrato, la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas establecerá los meses en que será prestado el servicio durante el lapso contractual, teniendo en cuenta la estacionalidad de los hoteles en los que se llevan adelante los Programas de Turismo Social.

Esta determinación no podrá importar una variación de las servicios contratados ni del monto del contrato. Esta prerrogativa deberá ser informada al adjudicatario con la antelación suficiente que le permita organizar los servicios contrato en debida forma.

ARTÍCULO 27.- APERTURA Y CIERRE DE LOS HOTELES - PLAZO DE ENTREGA BIENES:

La apertura o cierre total o parcial de los hoteles, serán dispuestos por el Ministerio de acuerdo con la demanda, los usos alternativos, la programación de contingentes y las eventuales refacciones, mejoras y/o tareas de mantenimiento que pudiera realizar el Ministerio, lo que será comunicado a la empresa adjudicataria con una anticipación de CINCO (5) días hábiles de la fecha de inicio de dichos trabajos.

Al producirse la apertura y cierre de los hoteles, el adjudicatario procederá a efectuar la limpieza general de los espacios que fueron concedidos, conforme a las normas vigentes, según se detalla en el Anexo XVI para este tipo de prestaciones.

La empresa no prestará servicios mientras el hotel se encuentre cerrado, salvo por expresa solicitud de la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas y/o de la Administración de la Unidad Turística.

ARTÍCULO 34.- CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS OFERTAS: Además de lo indicado precedentemente, el oferente deberá:

34.1. Cotizar por la totalidad de los servicios del renglón o renglones ofertados, considerándose inadmisible la propuesta que difiera de esta pauta de cotización;

ARTÍCULO 35.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS:

Recibidas las propuestas oportunamente, la Comisión Evaluadora procederá a analizar la información contenida en la oferta. La Comisión o la Unidad Operativa de Contrataciones podrá requerir de los proponentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de defectos formales que considere necesarios, éstos deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios dentro del plazo de TRES (3) días hábiles, y si no se cumpliera en término con dicho requerimiento, se tendrá por desestimada la propuesta con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.

Una vez analizada la información de la propuesta; la Comisión emitirá un dictamen de evaluación, el que será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes; los cuales podrán impugnar dicho dictamen dentro de los TRES (3) días de notificados

ARTÍCULO 38.- CRITERIO DE SELECCION Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS:

Deberán presentarse los dos últimos estados contables anuales auditados y certificados por los Consejos profesionales pertinentes y corte de balance al mes anterior a la fecha de presentación de ofertas, si han transcurrido más de seis (6) meses de la fecha de cierre del mismo. Se calcularán los siguientes indicadores, tanto para el último ejercicio cerrado como así también, en el balance de corte especial (de corresponder su presentación): a) Índice Liquidez Corriente: Activo Corriente / Pasivo Corriente mayor o igual a 1

b) Índice de Solvencia: Activo Total / Pasivo Total mayor o igual a 1.20

c) Índice Prueba Acida: Activo Corriente menos Bienes de Cambio / Pasivo Corriente mayor o igual a 0.70 d) Pasivo Exigible: Pasivo Corriente / Activo Total menor o igual a 0.40

e) Patrimonio Neto mayor o igual a $ 7.000.000.-

El Oferente PARA CALIFICAR, deberá arrojar valores aceptables para los Índices indicados en los apartados a) y b) y en el valor expresado en el punto e) y, en por lo menos uno (1) de los Índices de los apartados c) y d).

Los requisitos patrimoniales antes mencionados son solo exigibles al adjudicatario del Renglón N° 1 - “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA E HIGIENE Y ATENCION DE HABITACIONES, ESPACIOS INTERIORES Y EXTERIORES PARA LA UNIDAD TURISTICA CHAPADMALAL - PROV DE BUENOS AIRES”.

Finalmente, la adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el MINISTERIO para cada renglón, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta (cfr: art. 15 Decreto 1023/2001), salvo que el MINISTERIO optare por adjudicar todos los renglones a un solo oferente.

ARTÍCULO 39.- ANTECEDENTES DE PRESTACIONES EN EL RUBRO:

Los Oferentes del Renglón N° 1 deberán acreditar antecedentes de operación de hoteles o cadena de hoteles y/o la prestación de servicios de limpieza que se hayan ejecutado de forma ininterrumpida en los últimos tres (3) años. Para los Renglones N° 2, 3 y 4 deberá acreditarse contar con las autorizaciones administrativas necesarias para prestar dichos servicios.

Los participantes que formularen oferta para todos los renglones, podrán cumplir con las previsiones para los Renglones N° 2, 3 y 4 con el compromiso escrito de contratar a empresas que cuenten con todas las autorizaciones administrativas necesarias para prestar dichos servicios.

ARTICULO 41. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:

41.4. Mantener el Patrimonio Neto Mínimo y relación de solvencia establecidas en el presente PGBC durante toda la vigencia de la relación contractual. El adjudicatario actualizará anualmente los planes económico-financieros. Esta información deberá ser presentada CUARENTA Y CINCO (45) días antes del vencimiento de cada año de prestación del servicio, en caso de prórroga del plazo del servicio;

ARTICULO 51.- FACTURACION:

51.6.- El adjudicatario deberá facturar los servicios prestados de forma mensual, en los meses en que será prestado el servicio durante el lapso contractual, conforme la determinación que la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas haga de forma previa al inicio del contrato.

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