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DEVS-DOC In Collaborative and Distributed Modeling and Simulation

7. CONCLUSION AND FUTURE WORK

7.2. Future Work

7.2.5. DEVS-DOC In Collaborative and Distributed Modeling and Simulation

Entre la Sra. Susana Rosa Leoni de Pérez Millán, D.N.I. 6.055.578, con domicilio real en la calle Jacinto Díaz 172, localidad y partido de San Isidro, representada en este acto por el Sr. Exequiel Pérez Millán, D.N.I. 25.965.624, conforme el poder general de administración que en copia simple se acompaña, en adelante denominado “EL LOCADOR” y por la otra la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Gustavo Posse, DNI N° 16.345.447, cuya firma es refrendada para este acto por la Sra. Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Rosa García Minuzzi, con domicilio en Av. Centenario N° 77, San Isidro, en adelante denominado “LA LOCATARIA”, en su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en consideración:

Que con fecha 30 de Abril de 2015 las partes celebraron un contrato de locación en relación al inmueble sito en la calle Diego Palma n° 83 de la Localidad y Partido de San Isidro.

Que dicho contrato vence indefectiblemente el día 31 de Marzo de 2017. Que es intención de las partes renovar por un año el mencionado contrato. Por lo expuesto “LAS PARTES” convienen

PRIMERA: Prorrogar el contrato de locación celebrado con fecha 30 de Abril de 2015, por el término de doce (12) meses, contados a partir del 1 de Abril de 2017 hasta el día 31 de Marzo de 2018.

SEGUNDA: Las partes fijan el precio total de la locación por dicho período en la suma de pesos doscientos cincuenta mil cuatrocientos cuarenta y seis ($250.446), pagaderos de la siguiente manera: la suma de pesos diecinueve mil seiscientos cuarenta y tres ($19.643) para los meses de Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto y Septiembre; y la suma de pesos veintidós mil noventa y ocho ($22.098) para los seis meses restantes, pagaderos por adelantado y entre los días primero a décimo de cada mes, en la Tesorería de la Municipalidad de San Isidro, sito en Avenida Centenario 77, Piso Primero.

TERCERA: Ratificar los términos del contrato celebrado con fecha 30/04/2015, en cuanto no sean modificados por el presente.

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, firman las partes dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro, a los 16 días del mes de Marzo de 2017.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Apoderado General, Exequiel Pérez Millán

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Ref. Expte. N° 10125-D-2016 –Cuerpo 4.-

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO

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VISTO, los presentes actuados; y Considerando:

QUE, a los fines de la fiscalización de la obra “BACHEO CON CONCRETO ASFÁLTICO DE DISTINTAS CALLES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”, Licitación Pública N° 24/2016 y de la realización de todas las tareas inherentes a las mismas, se procede en el presente caso a la designación de un representante técnico, dado que, para el volumen de las obras programadas, el personal técnico municipal ordinariamente previsto, resulta insuficiente para cumplir eficientemente dichas tareas;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Desígnase Inspector Técnico de la obra: “BACHEO CON ************* CONCRETO ASFÁLTIVO DE DISTINTAS CALLES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”, a partir del Decreto N° 426/2017 de adjudicación, a la Empresa BAIRES ING. S.R.L., con domicilio en la Avenida Callao N° 232 – Piso 2°, Oficina 3, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 2º.- El profesional designado en el artículo precedente, percibirá en ************* concepto de única remuneración, el Dos Por Ciento (2%) del monto de obra adjudicada, ejecutada y debidamente certificada. Dicho importe será deducido a la empresa contratista.-

ARTÍCULO 3º.- La presente designación, se realiza a efectos de que el profesional ************* proceda a:

- Revisión y visación de las Especificaciones Técnicas y Particulares para la construcción de la obra.

- Verificación de los términos contractuales.

- Visación de modificaciones y/o incrementos de obra y cálculos de los costos respectivos. - Recepción provisoria y definitiva de los trabajos.

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Ref. Expte. N° 10125-D-2016 –Cuerpo 4.-

//…

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N° 3613-T-2017

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

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VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. presentó la documentación correspondiente a la obra: “INSTALACIÓN DE CAÑERÍA SUBTERRÁNEA” en las calles Blanco Encalada entre Av. Bernabé Márquez y Laprida, Blanco Encalada entre Darragueira y Gascón, Laprida entre Blanco Encalada y Uspallata, Obispo Terrero entre Blanco Encalada y Uspallata, Darragueira entre M. Paz y Blanco Encalada, Malabia entre M. Paz y Blanco Encalada, Gascón entre M. Paz y Blanco Encalada y Blanco Encalada entre Gascón y Obispo Terrero, jurisdicción de este Partido;

QUE, a fojas 57 la Subdirección de Redes, presta conformidad al plano de fojas 9, como asimismo establece las condiciones técnicas que deberán tenerse en cuenta para la ejecución de los trabajos;

QUE, se encuentra debidamente notificado, respecto de los requisitos establecidos en los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo I) y a la Ordenanza N° 7132;

QUE, en virtud de lo expuesto, deberá confeccionarse el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa TELECOM ARGENTINA S.A., a realizar la ************* obra “INSTALACIÓN DE CAÑERÍA SUBTERRÁNEA” en las calles Blanco Encalada entre Av. Bernabé Márquez y Laprida, Blanco Encalada entre Darragueira y Gascón, Laprida entre Blanco Encalada y Uspallata, Obispo Terrero entre Blanco Encalada y Uspallata, Darragueira entre M. Paz y Blanco Encalada, Malabia entre M. Paz y Blanco Encalada, Gascón entre M. Paz y Blanco Encalada y Blanco Encalada entre Gascón y Obispo Terrero, jurisdicción de este Partido, conforme plano de fojas 9 e

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Ref.: Expte. N° 3613-T-2017

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informe técnico de fojas 57 que forman parte del presente Decreto, por un monto de obra equivalente a Pesos Quinientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Cinco Pesos con Noventa y Cinco Centavos ($ 569.505,95).-

ARTÍCULO 2°.- Los trabajos deberán ser ejecutados en el término de cuarenta (40) ************* días hábiles. Las normas de trabajos en la vía pública se ajustarán a los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo 1) y a la Ordenanza N° 7132. En caso de necesitarse interrupciones totales y/o parciales del tránsito vehicular, el autorizado de berá concurrir a la Secretaría de Tránsito de la Comuna para la implementación del permiso correspondiente, como a su vez si fuera necesaria la poda de árboles y/o recortes de raíces, la empresa deberá solicitar el permiso correspondiente ante la Dirección de Arbolado Urbano de esta Municipalidad.-

ARTÍCULO 3°.- Características de la obra: Tendido de 604 mts. de cañería de PE tipo ************* tritubo de 40 mm de diámetro y la construcción de seis (6) cámaras tipo DV4 y dos (2) DV5, según memoria descriptiva de fojas 6 y plano de fojas 9. Al terminar las obras, se procederá a su relleno y compactado, entregando las mismas en su condición original, de acuerdo a las reglas del arte.-

ARTÍCULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas ************* – Subdirección de Redes, quien, previa iniciación de los trabajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa TELECOM ARGENTINA S.A.-

ARTÍCULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-

ARTÍCULO 6°.- La empresa deberá presentar, en el momento de notificarse del presente ************* Decreto, el comprobante del depósito realizado en la Tesorería

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Ref.: Expte. N° 3613-T-2017

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Municipal, en concepto de Inspección de Obra (según Ordenanzas 7682/7683 modificatorias de la Ordenanza Fiscal e Impositiva), por el importe del cuatro por ciento (4%) del monto de obra y, con carácter previo a la iniciación de los trabajos, la correspondiente garantía de obra equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de obra.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N° 3612-T-2017

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

8 9 9

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. presentó la documentación correspondiente a la obra: “INSTALACIÓN DE CAÑERÍA SUBTERRÁNEA” en las calles Elcano entre Sarmiento y Gral. Alvear y Gral. Alvear entre Elcano y Madero, jurisdicción de este Partido;

QUE, a fojas 52 la Subdirección de Redes, presta conformidad al plano de fojas 9, como asimismo establece las condiciones técnicas que deberán tenerse en cuenta para la ejecución de los trabajos;

QUE, se encuentra debidamente notificado, respecto de los requisitos establecidos en los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo I) y a la Ordenanza N° 7132;

QUE, en virtud de lo expuesto, deberá confeccionarse el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa TELECOM ARGENTINA S.A., a realizar la ************* obra “INSTALACIÓN DE CAÑERÍA SUBTERRÁNEA” en las calles Elcano entre Sarmiento y Gral. Alvear y Gral. Alvear entre Elcano y Madero, jurisdicción de este Partido, conforme plano de fojas 9 e informe técnico de fojas 53 que forman parte del presente Decreto, por un monto de obra equivalente a Pesos Seiscientos Cincuenta y Dos Mil Trescientos Noventa y Nueve con Treinta y Un Centavos ($ 652.399,31).-

ARTÍCULO 2°.- Los trabajos deberán ser ejecutados en el término de veinte (20) ************* días hábiles. Las normas de trabajos en la vía pública se ajustarán a los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo 1) y a la Ordenanza N° 7132. En caso de necesitarse interrupciones totales y/o

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Ref.: Expte. N° 3612-T-2017

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parciales del tránsito vehicular, el autorizado de berá concurrir a la Secretaría de Tránsito de la Comuna para la implementación del permiso correspondiente, como a su vez si fuera necesaria la poda de árboles y/o recortes de raíces, la empresa deberá solicitar el permiso correspondiente ante la Dirección de Arbolado Urbano de esta Municipalidad.-

ARTÍCULO 3°.- Características de la obra: Tendido de 449 mts. de cañería de PE tipo ************* tritubo de 40 mm de diámetro y la construcción de tres (3) cámaras tipo DV4 y una (1) DV5, según memoria descriptiva de fojas 6 y plano de fojas 9. Al terminar las obras, se procederá a su relleno y compactado, entregando las mismas en su condición original, de acuerdo a las reglas del arte.-

ARTÍCULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas ************* – Subdirección de Redes, quien, previa iniciación de los trabajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa TELECOM ARGENTINA S.A.-

ARTÍCULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-

ARTÍCULO 6°.- La empresa deberá presentar, en el momento de notificarse del presente ************* Decreto, el comprobante del depósito realizado en la Tesorería Municipal, en concepto de Inspección de Obra (según Ordenanzas 7682/7683 modificatorias de la Ordenanza Fiscal e Impositiva), por el importe del cuatro por ciento (4%) del monto de obra y, con carácter previo a la iniciación de los trabajos, la correspondiente garantía de obra equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de obra.-

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Ref.: Expte. N° 3612-T-2017

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ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N° 3610-T-2017

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

9 0 0

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. presentó la documentación correspondiente a la obra: “INSTALACIÓN DE CAÑERÍA SUBTERRÁNEA” en la calle J. B. de La Salle 653 entre Primera Junta y Del Barco Centenera, jurisdicción de este Partido;

QUE, a fojas 56 la Subdirección de Redes, presta conformidad al plano de fojas 9, como asimismo establece las condiciones técnicas que deberán tenerse en cuenta para la ejecución de los trabajos;

QUE, se encuentra debidamente notificado, respecto de los requisitos establecidos en los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo I) y a la Ordenanza N° 7132;

QUE, en virtud de lo expuesto, deberá confeccionarse el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa TELECOM ARGENTINA S.A., a realizar la ************* obra “INSTALACIÓN DE CAÑERÍA SUBTERRÁNEA” en la calle J. B. de La Salle N° 653 entre Primera Junta y Del Barco Centenera, jurisdicción de este Partido, conforme plano de fojas 9 e informe técnico de fojas 56 que forman parte del presente Decreto, por un monto de obra equivalente a Pesos Trescientos Nueve Mil Treinta y Un Pesos con Sesenta y Cuatro Centavos ($ 309.031,64).-

ARTÍCULO 2°.- Los trabajos deberán ser ejecutados en el término de veinticuatro (24) ************* días hábiles. Las normas de trabajos en la vía pública se ajustarán a los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo 1) y a la Ordenanza N° 7132. En caso de necesitarse interrupciones totales y/o

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Ref.: Expte. N° 3610-T-2017

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parciales del tránsito vehicular, el autorizado de berá concurrir a la Secretaría de Tránsito de la Comuna para la implementación del permiso correspondiente, como a su vez si fuera necesaria la poda de árboles y/o recortes de raíces, la empresa deberá solicitar el permiso correspondiente ante la Dirección de Arbolado Urbano de esta Municipalidad.-

ARTÍCULO 3°.- Características de la obra: Tendido de 324 mts. de cañería de PE tipo ************* tritubo de 40 mm de diámetro y la construcción de seis (6) cámaras tipo DV4, según memoria descriptiva de fojas 6 y plano de fojas 9. Al terminar las obras, se procederá a su relleno y compactado, entregando las mismas en su condición original, de acuerdo a las reglas del arte.-

ARTÍCULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas ************* – Subdirección de Redes, quien, previa iniciación de los trabajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa TELECOM ARGENTINA S.A.-

ARTÍCULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-

ARTÍCULO 6°.- La empresa deberá presentar, en el momento de notificarse del presente ************* Decreto, el comprobante del depósito realizado en la Tesorería Municipal, en concepto de Inspección de Obra (según Ordenanzas 7682/7683 modificatorias de la Ordenanza Fiscal e Impositiva), por el importe del cuatro por ciento (4%) del monto de obra y, con carácter previo a la iniciación de los trabajos, la correspondiente garantía de obra equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de obra.-

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Ref.: Expte. N° 3610-T-2017

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ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N° 3604-E-2017

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

9 0 1

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE la empresa EDENOR S.A. presentó la documentación correspondiente a la obra: “TENDIDO DE CSMT” en las calles Wilde entre Amancio Alcorta y Los Ceibos, Los Ceibos entre Wilde y Av. Avelino Rolón, Pichincha entre Godoy Cruz y Wilde, Wilde entre Pichincha y J. M. Moreno, J. M. Moreno entre Wilde y M. Granada, M. Granada entre J. M. Moreno y Colectora Oeste Panamericana y Wernicke entre Wilde y Thames, jurisdicción de este Partido;

QUE, dado el programa de modernización y ampliación del radio de servicios de EDENOR S.A. en distintos sectores del Partido, se hace necesaria la renovación y extensión de redes subterráneas y aéreas;

QUE, a fojas 22 la Subdirección de Redes, presta conformidad al proyecto N° PR116-OIEM-01513 de fojas 6 a 8 y Memoria Descriptiva de fojas 2;

QUE, se encuentra debidamente notificado, respecto de los requisitos establecidos en los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo I) y a la Ordenanza N° 7132;

QUE, en virtud de lo expuesto, deberá confeccionarse el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa EDENOR S.A., a realizar la obra “TENDIDO ************* DE CSMT” en las calles Wilde entre Amancio Alcorta y Los Ceibos, Los Ceibos entre Wilde y Av. Avelino Rolón, Pichincha entre Godoy Cruz y Wilde, Wilde entre Pichincha y J. M. Moreno, J. M. Moreno entre Wilde y M. Granada, M. Granada entre J. M. Moreno y Colectora Oeste Panamericana y Wernicke entre Wilde y Thames, jurisdicción de este Partido, según se especifica en el informe técnico de fojas 22

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Ref.: Expte. N° 3604-E-2017

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que forma parte del presente Decreto, conforme al proyecto PR116-OIEM-01513 planos de fojas 6 a 8 y Memoria Descriptiva de fojas 2, por un monto de obra equivalente a Pesos Cinco Millones Quinientos Cincuenta Mil Seiscientos Ocho con Veintitrés Centavos ($ 5.550.608,23).-

ARTÍCULO 2°.- Los trabajos deberán ser ejecutados en el término de sesenta (60) días ************* corridos. En caso de necesitarse interrupciones totales y/o parciales del tránsito vehicular, el autorizado deberá concurrir a la Secretaría de Tránsito de la Comuna para la implementación del permiso correspondiente, como a su vez si fuera necesaria la poda de árboles y/o recortes de raíces, la empresa deberá solicitar el permiso correspondiente ante la Dirección de Arbolado Urbano de esta Municipalidad.-

ARTÍCULO 3°.- Características de la obra: Tendido de 2214 mts. de CSMT de 3 x ************* 185/50 mm² Al/Cu, según memoria descriptiva de fojas 2 y planos de fojas 6 a 8. Se ejecutará bajo las normas de trabajo en la vía pública –Decretos n° 1455/1985, 874/2001 y sus Anexos 1 y 2, 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo 1) y a la Ordenanza N° 7132.-

ARTÍCULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas ************* – Subdirección de Redes, quien, previa iniciación de los trabajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa EDENOR S.A.-

ARTÍCULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-

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Ref.: Expte. N° 3604-E-2017

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ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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Ref.: Expte. N° 3608-T-2017

SAN ISIDRO, 5 de abril de 2017.-

DECRETO NÚMERO:

9 0 2

VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:

QUE la empresa TELECOM ARGENTINA S.A. presentó la documentación correspondiente a la obra:“INSTALACIÓN DE CAÑERÍA SUBTERRÁNEA” en la calle Tres de Febrero entre Jorge Newbery y Clark, jurisdicción de este Partido;

QUE, a fojas 54 la Subdirección de Redes, presta conformidad al Plano de fojas 9, como asimismo establece las condiciones técnicas que deberán tenerse en cuenta para la ejecución de los trabajos;

QUE, se encuentra debidamente notificado, respecto de los requisitos establecidos en los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo I) y a la Ordenanza N° 7132;

QUE, en virtud de lo expuesto, deberá confeccionarse el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa TELECOM ARGENTINA S.A., a realizar la ************* obra “INSTALACIÓN DE CAÑERÍA SUBTERRÁNEA” en la calle Tres de Febrero entre Jorge Newbery y Clark, jurisdicción de este Partido, conforme Plano de fojas 9 e informe técnico de fojas 54 que forman parte del presente Decreto, por un monto de obra equivalente a Pesos Cuarenta y Siete Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco con Sesenta y Tres Centavos ($ 47.645,63).-

ARTÍCULO 2°.- Los trabajos deberán ser ejecutados en el término de seis (6) días ************* hábiles. Las normas de trabajos en la vía pública se ajustarán a los Decretos N° 1455/1985, 874/2001 (Anexos 1 y 2), 3117/2014 (Anexo 2) y 1858/2016 (Anexo 1) y a la Ordenanza N° 7132. En caso de necesitarse interrupciones totales y/o

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Ref.: Expte. N° 3608-T-2017

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parciales del tránsito vehicular, el autorizado deberá concurrir a la Secretaría de Tránsito de la Comuna para la implementación del permiso correspondiente, como a su vez si fuera necesaria la poda de árboles y/o recortes de raíces, la empresa deberá solicitar el permiso correspondiente ante la Dirección de Arbolado Urbano de esta Municipalidad.-

ARTÍCULO 3°.- Características de la obra: Tendido de 44 mts. de cañería de PE tipo

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