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• Certificado de venta: por el traspaso de la propiedad la municipalidad cobra este certificado. Corresponde abonar $ 2,25 por cabeza.
• Guía de traslado: se cobra cuando el ganado sale del partido donde se encuentra ubicada la explotación agropecuaria. Se debe abonar $ 2,40 por cabeza vendida.
• Formularios y precintos: se cobra cada formulario y los precintos que van en los camiones jaulas, se considera un pago de $ 2,00 por cada transacción que se realiza.
5.3.2. Tasas
• Senasa: cada movimiento de hacienda debe ir acompañado del DTA, por el cual SENASA cobra un arancel de $0,90 por cabeza declarada más $1,00 por la emisión de dicho documento.
• Instituto de Promoción de Carne Vacuna Argentina (IPCVA): se cobra por todo animal que va a faena. La contribución obligatoria a cargo del propietario del animal que se destine a faena es equivalente a la suma en pesos de hasta veinte céntimos por ciento (0,20%) del valor índice de res vacuna en plaza de faena, publicado en el Boletín Oficial por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía, por animal de la especie bovina con destino a faena. Mientras que la contribución obligatoria a cargo del establecimiento frigorífico que realice la operación de faena del animal es equivalente a la suma en pesos de hasta nueve céntimos por ciento (0,09%) del valor índice de res vacuna en plaza de faena ($1,25), publicado en el Boletín Oficial por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía, por animal faenado.
• En el caso de las operaciones realizadas en el Mercado de Liniers S.A, la industria en la cual será faenada la hacienda debe enfrentar el pago de una tasa de expedición de guía que asciende a $0,63 por cabeza y de un derecho de extracción de hacienda que asciende a $3,14 por cabeza.
Tesis de Magíster en Economía Agraria y Administración Rural (U.N.S) – Lic. Marianela De Batista 5.3.3. Costo de transporte
Los costos de transporte adquieren gran importancia en la comercialización de carne en la República Argentina. El SENASA regula el transporte de hacienda en pie, los vehículos deben estar inscriptos en el Registro Nacional de Medios de Transporte Automotor de animales vivos, para lo cual deben cumplir con la Resolución SENASA 97/1999 que trata de los requisitos técnicos que debe cumplir el vehículo.
El movimiento de la hacienda en pie se realiza por medio de camiones jaulas. La capacidad de un camión de hacienda de 31 m2 de caja (13 metros de largo por 2,4 metros de ancho) es la siguiente:
Tabla 56. Capacidad de carga de un camión de hacienda de 31 m2 de caja.
Peso cabeza Número de cabezas Kilogramos Transportados
120 90 10.800 150 60 9.000 170 55 9.350 200 50 10.000 240 45 10.800 280 40 11.200 360 36 12.960 400 32 12.800 450 31 13.950 500 28 14.000 630 22 13.860
Fuente: Vernet. Manual de Consulta Agropecuario 2007-2008.
A continuación se presentan las tarifas sugeridas por el Transporte de Hacienda en pie, teniendo en cuenta el tamaño de la jaula y la distancia a recorrer.
Tabla 57. Flete de hacienda en pie por jaula.
Km 31 mts. 10 877,95 20 991,15 30 1.105,51 40 1.218,65 50 1.332,21 60 1.445,78 70 1.559,34 80 1.672,91 90 1.786,47 100 1.900,04 110 2.013,60 120 2.127,17 130 2.240,74 140 2.354,30 150 2.467,87 160 2.581,43 170 2.695,00 180 2.808,56 190 2.922,13 200 3.035,69 210 3.149,26 220 3.262,83 230 3.376,39 240 3.489,96 250 3.603,52
Fuente: Federación Argentina de Entidades
Empresarias del Autotransporte de Cargas.
La Federación Argentina de Entidades del Autotransporte de Cargas, sugiere que a partir de los 300 kilómetros recorridos el costo del transporte por kilometro sea de $11,36.
Tabla 58. Flete de hacienda en pie por kilometro recorrido.
Km 31 mts.
$ por km 11,36
Fuente: Federación Argentina de Entidades
Tesis de Magíster en Economía Agraria y Administración Rural (U.N.S) – Lic. Marianela De Batista 6. ESTIMACIÓN DE LOS RESULTADOS ECONÓMICOS
Se realiza un análisis económico de la actividad ganadera para cada uno de los sistemas productivos definidos en la región bajo estudio desarrollados en el Capítulo III, apartados 5.2; 5.3; 5.4; 5.5; 5.6; teniendo en cuenta los canales de comercialización por los cuales pueden ser efectuadas las transacciones a lo largo de todo el eslabón. De modo de determinar la contribución de la actividad ganadera a los resultados económicos de las explotaciones agropecuarias del Sudoeste Bonaerense.
6.1. Supuestos
• De la caracterización de los sistemas productivos efectuada en capítulos anteriores surge que el régimen de tenencia de la tierra predominante en todos los casos es el correspondiente a la propiedad, con lo cual se supone para el análisis económico que los establecimientos agropecuarios son explotados por sus propietarios.
• Se considera el valor del arrendamiento según datos brindados por el Centro Regional de Estudios Económicos de Bahía Blanca (CREBBA). Este se estima para el Sector Patagónico y la Pampa Austral durante el 2011 en 25 kg. de carne de novillo. ha-1. año-1 libre de mejoras, mientras que para la Pampa Semiárida y la Pampa Deprimida – noroccidental del sistema de ventania es de 30 kg. de carne de novillo. ha-1. año-1 libre de mejoras. El valor promedio del índice sugerido por el Mercado de Liniers S.A. para arrendamientos de establecimientos agropecuarios durante el 2011 asciende a $8,38 kg.
• Para el caso de las labores necesarias para la implantación de los recursos forrajeros se supone que las mismas se desarrollan a través de la prestación de los servicios por parte de un tercero. Las tarifas surgen de los valores sugeridos por la Federación Argentina de Contratistas de Máquinas Agrícolas.
• El propietario del establecimiento es el responsable del manejo y la gestión del establecimiento agropecuario, contando con la colaboración de un peón dedicado únicamente a las actividades ganaderas. Para determinar el costo de la remuneración del peón del establecimiento se considera que este cuenta con cinco años de antigüedad. Asimismo, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario7 ha fijado que el salario básico para un peón general a partir de Septiembre de 2010 es de $2.210,078. El adicional por antigüedad es de 1% por año. El premio por reducción del ausentismo es de 10% sobre el salario básico y el premio a la permanencia del 12% sobre el mismo monto. Mientras que en el caso del propietario del establecimiento se considera el salario básico para la categoría encargado de establecimiento agropecuario, el cual según la Comisión Nacional de Trabajo Agrario asciende a $ 2.835,58 mensuales. Considerando que cuenta con una antigüedad de 15 años en la actividad.
Las contribuciones patronales están compuestas por los siguientes conceptos: Jubilación (10,17% sobre suma remunerativa); Obra Social (6% sobre suma remunerativa); Asignación familiar (4,4% sobre suma remunerativa); INSSJyP (1,5% sobre suma remunerativa); Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) (1,5% sobre suma remunerativa); ART (suma variable: 5% sobre suma remunerativa; suma fija: $12 mes-1); Seguro de Vida Obligatorio (suma fija: $50 año-1). Además corresponde una indemnización por despido de un sueldo por cada año trabajado, aumentada en un 20% por la indemnización complementaria siempre y cuando la antigüedad sea menor a 10 años.
Para determinar los días netos laborables se considera que el año cuenta con 52 semanas, de las cuales el peón y el encargado trabajan seis días a la semana (lunes a sábado). De los 312 días laborables, tanto el empleado como el encargado cuentan con 15 días de vacaciones, en promedio 3 días por enfermedad y 5 días por permisos varios. Además existen 15 feriados nacionales.
• En referencia al asesoramiento de profesionales externos al establecimiento, el productor cuenta con los servicios de un Contador Público, un Ingeniero Agrónomo y un Médico Veterinario. Los dos primeros prestan asesoramiento tanto para la agricultura como para la
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Información disponible en la página web de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE). Dirección URL: http://www.uatre.org.ar/
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Las condiciones laborales del peón rural consideradas para la determinación del costo de la mano de obra no contempla el contenido de la Ley Nº26.727 que reforma el Estatuto del Peón Rural como consecuencia de que la misma fue promulgada por el Poder Ejecutivo de la Nación Argentina en el mes de Enero de 2012 periodo no contemplado para las estimaciones económicas desarrolladas en el presente trabajo.
Tesis de Magíster en Economía Agraria y Administración Rural (U.N.S) – Lic. Marianela De Batista ganadería, mientras que el veterinario solo asesora en aspectos vinculados a la ganadería. Los honorarios del Contador Público se estiman en función de los Honorarios Mínimos establecidos por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires para un Contador Público que presta solo asesoramiento permanente en tareas de media complejidad, el cual se establece en $29.170 anuales. En el caso del Ingeniero Agrónomo se considera el arancel estipulado por el Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica por día de trabajo, con lo cual el costo anual se estima en $11.880. Mientras que en el caso del Médico Veterinario se considera el valor establecido por el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires como honorario mínimo que debe percibir un profesional que asesora a un tercero, el cual de manera anual se estima en $24.037.
• Para la determinación de los costos de oportunidad sobre el capital invertido, en el caso de la inversión en activos corrientes se considera una tasa promedio, la cual surge del promedio de las tasas ofrecidas durante el 2011 por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para inversiones en plazo fijo a 30 días, del 16% anual. Mientras que en el caso de las inversiones en activos no corrientes la tasa promedio surge del promedio de las tasas ofrecidas durante el 2011 por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para inversiones en plazo fijo a 365 días, la cual se estima en un 18% anual. Ambas tasas son adoptadas como tasas representativas de la aversión al riesgo del empresario y la barrera de salida del negocio.
• Para el cálculo de las depreciaciones correspondientes a activos generales y específicos, como así también el costo de oportunidad de la inversión se supone que los mismos se encuentran en la mitad de su vida útil.
• El monto imponible sobre el que se calculan los intereses vinculados a la inmovilización del capital, se determina calculando el promedio entre el valor de la inversión al inicio del ejercicio (valor a nuevo deducidas las amortizaciones acumuladas) y el valor al cierre (valor al inicio del ejercicio menos la cuota de amortización anual).
• Se considera para todos los canales de comercialización el mismo precio de venta, en el caso de las ventas de animales de cría el valor de mercado de referencia son las cotizaciones de la hacienda comercializada en remates ferias de la zona, mientras que en el caso de las ventas de animales gordos se toma como valor de referencia las cotizaciones del Mercado de Liniers.
• En el caso de los planteos productivos donde los animales son cedidos de una sub- actividad a otra para continuar el periodo de crecimiento, se emplean precios de transferencia internos, tomando como valor de referencia los precios de mercado según sea la categoría que se transfiera.
• Dentro de los costos variables pueden registrarse costos cuyo comportamiento no está vinculado a los aumentos por kilo que experimente el animal sino que se cuantifican por cabeza, sin importar el peso de la hacienda, pero que se generan por decisión de continuar el crecimiento vegetativo de la categoría precedente a ser engordada, criada o mantenida en el rodeo. Forman parte de ellos vacunas (mancha, aftosa, etc.), antiparasitarios, transporte, costo de comercialización, rubros que son considerados complementarios de los costos asignados a los kilos a producir y que, por obedecer a una decisión de continuar el ciclo vegetativo del animal a engordar pueden computarse como un costo por kilo de la categoría precedente (Rudi, 2005).
• El objetivo general del presente trabajo de investigación es analizar la contribución de la actividad ganadera al resultado económico de las explotaciones agropecuarias del SO Bonaerense, en consecuencia el análisis económico correspondiente a la actividad agrícola no forma parte del objeto de estudio de esta investigación.
• Para la determinación del resultado por tenencia de inventarios, la medición de los animales (bienes) existentes se realiza al cierre del periodo respecto a su incorporación al patrimonio de la empresa. Considerando como incorporación al patrimonio de la empresa el inicio del periodo de medición (Julio).
• Como consecuencia del trayecto que recorren los animales hasta llegar a su destino se considera una tasa de desbaste del 3% sobre el peso vivo de los animales.
• En los estados de resultados para cada una de los canales de venta, los resultados por producción de la actividad ganadera se expondrán en sus dos componentes, determinando el Ingreso bruto por producción. Posteriormente se presentarán los costos variables totales (producción, comercialización y financiación, según corresponda), con el objetivo de determinar
Tesis de Magíster en Economía Agraria y Administración Rural (U.N.S) – Lic. Marianela De Batista la contribución marginal. Seguidamente, se presentan los costos fijos directos de la actividad ganadera los cuales se deducen de la contribución marginal, determinando el valor de la contribución semi-neta. La cual en caso de ser positiva indica que la actividad ganadera logra cubrir la totalidad de sus costos directos, pudiendo contribuir a afrontar los costos fijos indirectos, llamados costos de la estructura productiva. Caso contrario, la actividad se encuentra por debajo de su punto de equilibrio específico, es decir, en zona de pérdidas. A continuación se presentan los conceptos que conforman los costos fijos de la estructura productiva, los cuales se deducen de la contribución semi-neta generada por la actividad ganadera, si la misma es capaz de cubrir la totalidad de los mismos el resultado neto es positivo, esto indica que sin considerar a la actividad agrícola la empresa está percibiendo beneficios. En caso de que la actividad ganadera no logre cubrir la totalidad de sus costos directos y los costos correspondientes a la estructura productiva, para que la empresa se encuentre en zona de beneficios la actividad agrícola debería cubrir la totalidad de sus costos directos y aquellos que no fueron cubiertos por la actividad ganadera.
6.2. Análisis económico del Sector Patagónico