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Discussion, Conclusions, and Recommendations

↔ Calidad del servicio.

↔ Uniformidad en el servicio.

↔ Continuidad del servicio.

↔ Evitar interrupciones del servicio.

↔ Descuentos por fallas en la prestación del servicio de aseo.

↔ Facturación y cobros oportunos.

↔ Prevención de incendios.

↔ Información y capacitación al usuario. Las personas prestadoras del servicio de aseo deberán

contar con la información completa y actualizada de sus usuarios, en especial de los datos sobre su identificación, de la modalidad del servicio que reciben, cantidad de residuos que generan los grandes generadores, estado de cuentas y demás información que sea necesaria para el seguimiento y control del servicio.

↔ Oficina de reclamos. Disponer de una oficina especial para recibir, atender, tramitar y resolver

todo tipo de peticiones, quejas y reclamos que presenten los usuarios y/o suscriptores de conformidad con lo establecido en la Ley 142 de 1994.

↔ Relaciones con la comunidad. La persona prestadora deberá desarrollar planes y programas

orientados a mantener activas y cercanas relaciones con los usuarios del servicio.

↔ Obtención de permisos y licencias ambientales cuando haya lugar a alguna modificacion.

5.4.1.2. Responsabilidades de los usuarios

Los siguientes aspectos y componentes inherentes al servicio público de aseo, se reconocen como responsabilidades a cargo de los usuarios o generadores, pero con el acompañamiento, la capacitación y la asesoría constante por parte de la entidad prestadora del servicio, pues tal como lo dispone el Decreto 1713 de 2002 en su artículo 110: “Calidad del servicio de aseo. Las personas prestadoras del servicio de aseo deberán prestar un servicio de calidad de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de este decreto. Las personas prestadoras no serán responsables por fallas en la calidad del servicio derivadas de la falta de colaboración del usuario o de casos fortuitos, pero deberá darle solución en el menor tiempo posible”, de igual manera éste trabajo conjunto debe ir siempre orientado al cumplimiento de las actividades contenidas en los proyectos de manejo integral de los residuos sólidos:

Producción de los residuos sólidos. Ésta es una responsabilidad del usuario, pero su

comportamiento y la tendencia creciente o no de la generación guarda una estrecha relación con la implementación de programas enfocados al fomento de una cultura de la no basura, adelantada por parte del municipio en cabeza de la entidad prestadora del servicio.

Separación de los residuos sólidos. Debido a que ésta es una acción que se adelanta en el punto de origen o generación su responsabilidad recae sobre el usuario, el cual debe contar con la información suficiente y pertinente por parte de la entidad prestadora del servicio.

Almacenamiento en viviendas y edificaciones y Presentación de los residuos sólidos. Éstas

son obligaciones del usuario y están sujetas a lo dispuesto en los proyectos de manejo integral de residuos sólidos adelantados por el municipio, los programas para la prestación del servicio de aseo y a las demás obligaciones establecidas por las autoridades ambientales y de servicios públicos.

Almacenamiento y recolección de residuos generados en puntos de ventas en áreas públicas.

Los vendedores estacionarios localizados en áreas públicas, debidamente autorizados, deben mantener limpios los alrededores de sus puestos, tener recipientes accesibles al público para el almacenamiento de los residuos generados en su actividad y presentarlos para su recolección. 5.4.1.3. Responsabilidades en el manejo de residuos especiales

Los residuos de carácter especial que tienen presencia en el municipio de San José de la Montaña, son:

Escombros. Como se mencionó anteriormente ésta es una responsabilidad de los generadores,

sin embargo el municipio a través de la entidad prestadora del servicio debe coordinar las acciones correspondientes en el marco del proyecto de manejo integral de los residuos sólidos que se venga adelantando en la localidad.

Poda de césped y jardines. La entidad prestadora de San José de la Montaña se encarga de ésta

labor, generalmente tiene lugar la recolección y el transporte de éstos los mismos días en los cuales se recogen los residuos sólidos de naturaleza orgánica, con el fin de ser integrados al programa de compostaje.

Lavado de vías y áreas públicas. La entidad prestadora de San José de la Montaña se encarga

de ésta labor, generalmente tiene lugar la recolección y el transporte de éstos el mismo día en el cual se recogen los residuos sólidos inservibles, con el fin de ser dispuestos en el relleno sanitario.

Hospitalarios y similares. A los residuos de carácter peligroso se le da un manejo interno desde

el momento de su generación hasta su disposición final, ésta responsabilidad está a cargo de la institución de salud E.S.E. Hospital Laureano Pino, en cuánto a los residuos de carácter no peligroso son clasificados de acuerdo a su naturaleza y entregados a la entidad prestadora del servicio público de aseo para ser integrados a alguno de los programas de aprovechamiento o ser finalmente transportados hasta el rellano sanitario.

5.4.2. Participación de otra(s) persona(s) en el manejo de los residuos sólidos

Con el fin de lograr un mejor manejo de los residuos sólidos municipales y en adaptación y concordancia con las necesidades, limitaciones y obligaciones, además de la entidad prestadora de San José de la Montaña, se da la intervención de las siguientes entidades:

La E.S.E. Hospital Laureano Pino, en relación con el manejo de los residuos hospitalarios de naturaleza especial o peligrosa.

Tabla 32 – Identificación de empresas o personas responsables del manejo de los residuos sólidos en el municipio de San José de la Montaña

Nombre de la empresa o persona Naturaleza jurídica N° documento de constitución P Al S Pr R T Ap DF Tipo de residuos maneja Secretaría de Planeación e Infraestructura Física Pública - X X X X X X X Ordinarios E.S.E. Hospital

Laureano Pino Pública - X X X X X X X

Hospitalarios Peligrosos

5.4.3. Obligaciones y compromisos de la persona(s) prestadora(s) del servicio de aseo

y la entidad territorial ante organismos de control

 Cumplir con el marco regulatorio definido para el sector, por parte de la Comisión de

Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en términos de la regulación de

monopolios en la prestación de los servicios públicos, la reglamentación secundaria del

sector, el establecimiento de criterios de eficiencia, los modelos e indicadores para la

evaluación de la gestión de las Empresas de Servicios Públicos y las definiciones de las

metodologías tarifarias.

 Facilitar la inspección, el control y la vigilancia de la Empresa, por parte de la

Superintendencia de Servicios Públicos sobre el cumplimiento de normas y actos

administrativos, la toma de posesión y liquidación de Empresa si a ello hubiere lugar y

brindar el apoyo para la participación efectiva de los usuarios.

 Reportar resultados confiables y oportunos a los entes de control.

5.4.4. Operador del servicio de aseo

Actualmente, el único operador del servicio público domiciliario de aseo en el municipio de

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