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Es la autoridad técnica dentro de su laboratorio como tal, está supeditado al RTE, asume la responsabilidad de que todas las actividades de calibración sean realizadas de conformidad a lo establecido en la norma NTE INEN-ISO/IEC 17025.

Normalmente, es el responsable de la supervisión técnica y funcional del laboratorio siendo el soporte para el RTE, además, de la ejecución de las calibraciones. Sus funciones son básicamente las siguientes:

 Revisión de procedimientos técnicos e instrucciones.

 Revisión de programas de mantenimiento, verificación y calibración.

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Instrucciones de su área de competencia.

 Puesta a punto de los Procedimientos Técnicos.

 Mantenimiento al día de la documentación técnica.

 Mantenimiento de equipos e instalaciones.

 Manejo de objetos de calibración (recepción, codificación, almacenamiento, manipulación, etc). Al interior del laboratorio.

 Coordina la realización de calibraciones a clientes y calibraciones internas que se le encomienden de acuerdo con los procedimientos establecidos, dentro del laboratorio.

 Realización de las calibraciones a clientes y calibraciones internas que se le encomienden de acuerdo con los procedimientos establecidos, dentro del laboratorio.

 Recopila e informa de requerimientos en su laboratorio.

 Supervisión de los resultados de las calibraciones.

 Es el responsable de la recepción de equipo a ser calibrado.

 Cumplir con las responsabilidades que se le asignen en los distintos documentos del Sistema de Calidad.

En su ausencia, esta función será sustituida por otro TC

4.2 Dependencia Funcional

La dependencia funcional de cada puesto es la que se refleja en el organigrama que se presenta en el Anexo I de éste capítulo.

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4.3 Conflictos de interés

Considerando el campo de acción del LACEM se han identificado las actividades en las que se podrían generar conflictos de interés, relacionadas directamente a la ejecución del trabajo como:

- Recepción de la solicitud de trabajo. - Programación de la calibración. - Realización de la calibración. - Elaboración del informe. 4.4 Salvaguardias

Con el fin de proteger los intereses y derechos de sus clientes, y para asegurar su independencia, imparcialidad, integridad, seguridad y confidencialidad, en LACEM se ha tomado las siguientes medidas: a) LACEM no realizará actividades que puedan comprometer su

independencia en su función de calibración, garantizando su actuación como LACEM., libre de intereses distintos a su buen quehacer técnico.

b) La remuneración del personal del Laboratorio encargado de realizar calibraciones no dependerá del número de ensayos realizados ni de sus resultados.

c) El personal que presta servicios en LACEM, no ejercerá actividades de carácter productivo, comercial, etc. que pudieran tener influencia sobre el resultado de su actuación.

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independientemente del carácter que tenga (documental, verbal, del equipamiento, etc.), será tratada como confidencial.

e) El acceso tanto a la información como a las dependencias del laboratorio esta únicamente consentido para personal autorizado.

f) En los casos en que sea posible y conveniente, el tratamiento e identificación de los objetos de calibración se hará de forma que se desconozca su procedencia por el personal técnico del laboratorio. Se prestará especial atención al tratamiento confidencial frente a otros clientes.

g) No se podrá reproducir total o parcialmente ninguna información facilitada por el cliente, para fines distintos de los propios de la calibración, sin su autorización expresa. La generada en la actuación calibradora requerirá la autorización del laboratorio. h) Las calibraciones se realizarán conforme a procedimientos

establecidos.

i) No se aceptarán calibraciones cuya viabilidad o resultados previsibles puedan poner en peligro la integridad e independencia de juicio de LACEM

j) Los documentos del Sistema de Gestión de la Calidad de LACEM. son de su propiedad, debiendo ser tratados confidencialmente y no pudiendo ser reproducidos sin su autorización.

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Si existiese cambio de personal clave en LACEM., este cambio debe ser informado al organismo acreditador.

Con el fin de garantizar los puntos anteriormente citados, la Gerencia del Laboratorio solicitará al personal que labora en LACEM., la declaración de salvaguardia correspondiente (formato

F-MC0201).

Para garantizar que dentro de la organización no se tenga Conflictos de Interés, o presión por alguno de los miembros del mismo que afecte el sistema, se firma la declaratoria de liberación de conflictos de interés (formato F-MC0202).

La identificación de otros posibles puntos que generen conflictos de interés dentro y fuera de LACEM., y su control es responsabilidad del RCA.

4.5 Comunicación Interna.

LACEM mantendrá una comunicación fluida entre todos su personal, utilizaran como medio de comunicación el correo electrónico y también a través de reuniones periódicas.

4.6 Protección de la Información.

El LACEM garantiza la protección de la información que genera y recibe de la siguiente forma:

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Soporte Físico:

 Toda información confidencial generada o recibida por el LACEM en soporte físico será almacenada por el RCA, en los respectivos armarios que dispondrán de llave para el acceso. Soporte Electrónico:

 Toda la información generada por el LABSA es centralizada en el computador del RCA o RTE, quién es el responsable de brindar acceso al personal autorizado del LACEM al archivo electrónico del laboratorio. La información es restringida, y está disponible únicamente para lectura.

 Los computadores del LACEM se encuentran en red y cada uno disponen de una clave personal de acceso.

 La transferencia de información electrónicamente, se realizara en formato PDF.

5. ANEXOS

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4.1.3 CAPÍTULO 3

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