Mecanismos de control para verificar situación tributaria vigente: https://zeus.sii.cl/cvc/stc/stc.html
Mecanismo de control para Avalúo Fiscal: https://zeus.sii.cl/avalu/br/brh110.htm
Tutor Alumno: indicar Rut, nombre completo y fecha de nacimiento del integrante del grupo familiar que actuaría de tutor en caso de requerirlo, sólo para programa Beca Indígena Educación Básica. Se excluyen del cálculo de IPC tanto para los postulantes como renovantes los ingresos percibidos por:
• Becas de Mantención de JUNAEB y otros beneficios educacionales de cualquier integrante del grupo familiar.
• Subsidios Monetarios del Estado tales como: subsidio único familiar, subsidio de cesantía, bono de escolaridad, ingreso ético familiar, bono bodas de oro, asignación familiar y pensiones asistenciales (Ancianidad y/o Invalidez);
• Descuentos de haberes: Aguinaldos y bono termino de conflicto.
• Descuentos legales: imposiciones previsionales, de salud, seguro de cesantía, impuesto único y retenciones judiciales.
• Descuentos legales Fuerzas de Orden: Hospital de Carabineros, Hospital imponente, Fondo Retiro, Fondo Desahucio, Revaluación pensión, Impuesto único.
• Descuentos legales FFAA: Revaluación pensión, Fondo Retiro, Cotización de salud, Desahucio militar, Impuesto único, Mutualidad Seguro Colectivo, Aporte fiscal curativo y preventivo.
No se considerará ningún otro descuento fuera de los señalados. Ej.: Cooperativas de consumo, préstamos de consumo, casas comerciales, adelantos, etc.
Para el caso de aquellos estudiantes que presenten un ingreso per cápita inferior al límite mínimo de la tabla de IPC de la Pauta de Evaluación Socioeconómica (E. Media: $16.983 y E. Superior: $71.785) se deberá consignar el máximo de puntaje establecido en la PES.
Elaborado por: DB. Equipo UB Revisado por: Jefe DB Aprobado por: DN
Del mismo modo, aquellos estudiantes pertenecientes a Instituciones de Protección se deberá consignar en sistema informático el monto mínimo de $16.983.
Para el caso de aquellos grupos familiares que vivan exclusivamente de subsidios del estado, se deberá registrar en el sistema informático, el total líquido a pagar correspondiente al mes anterior a la postulacion o renovacion
Los ingresos procedentes de aportes de parientes - terceros (parientes u otras personas no integrantes del grupo familiar), deberán ser consignados en los ingresos del jefe de familia.
No se aceptarán Declaraciones Simples ni Declaraciones Juradas ante Notario.
Para aquellas personas que no tienen como acreditar ingresos se solicitará una Declaración de Gastos Mensuales, la cual deberá ser completada obligatoriamente por el/la profesional Asistente Social en conjunto con el/la jefe/a de hogar en visita domiciliaria. Ejemplo: jardinero, costurera, peluquera, gasfíter, etc., que no otorga boleta de servicios. La renta o Declaración de Gastos Mensuales debe corresponder al mes anterior a la postulación o renovación.
No se aceptarán Declaraciones Simples ni Declaraciones Juradas ante Notario.
En la declaración de gastos se debe excluir los ingresos percibidos y acreditados por otro(s) integrante(s) del grupo familiar, los que serán evaluados en la categoría que le(s) corresponda.
Para aquellas personas mayores de 18 años que no se encuentren estudiando e indiquen que no poseen ingresos ni se encuentran efectuando actividad remunerada alguna deberan presentar Certificado de afiliación a AFP o Certificado de Cotizaciones obligatorias de últimos 12 meses.
Se validan los ingresos para el caso de los estudiantes que cursan Educación Superior, y que han sido evaluados en base al proceso de acreditación socioeconómica instruido por el MINEDUC para el programa de Becas y Fondo Solidario de Crédito Universitario, proceso que permite comprobar la condición socioeconómica de los estudiantes declarado en el FUAS, a través de las Instituciones de Educación Superior (IES). Teniendo como respaldo la copia de la documentación presentada por el estudiante en el proceso antes mencionado, en función del calculo de ingreso per cápita descrito por cada uno de las categorías identificadas (TRABAJADOR DEPENDIENTE - TRABAJADOR DEPENDIENTE – OTROS) de ingreso definidas en el presente manual. En caso contrario se deberá validar en base a lo establecido en el presente Manual.
CATEGORIA TRABAJADOR DEPENDIENTE
Liquidaciones de sueldo Formula calculo
Cálculo de ingresos integrante grupo
familiar
Se considerarán las últimas 3 liquidaciones anteriores al mes de postulación o renovación del estudiante, efectuando los descuentos legales (imposiciones previsionales, de salud, seguro de cesantía, impuesto único, y retenciones judiciales) y/o aguinaldos y/o bono termino de conflicto
El cálculo del ingreso mensual se obtiene:
Elaborado por: DB. Equipo UB Revisado por: Jefe DB Aprobado por: DN total haberes – descuentos legales y/o aguinaldo =
ingreso mes
Documentos Liquidaciones de sueldo
Certificado de Cotizaciones obligatorias de últimos 12 meses solo para educación superior
Link de validación y/o verificación de la
información y/o antecedentes
Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar situación tributaria vigente: https://zeus.sii.cl/cvc/stc/stc.html
Formatos
Sólo se deben restar los descuentos legales, éstos son:
AFP (13%)
FONASA o ISAPRE (7%) Impuesto único Seguro cesantía Retenciones judiciales Sólo se deben restar
aguinaldos: Fiestas Patrias - Navidad
Elaborado por: DB. Equipo UB Revisado por: Jefe DB Aprobado por: DN CATEGORIA TRABAJADOR DEPENDIENTE
Liquidaciones de sueldo FFAA y de Orden Formula calculo
Cálculo de ingresos integrante grupo
familiar
Se considerarán las últimas 3 liquidaciones anteriores al mes de postulación o renovación del estudiante, efectuando los descuentos legales (hospital de Carabineros , Hospital imponente, Fondo Retiro, Fondo Desahucio, Revaluación pensión e impuesto único) y aguinaldos
El cálculo del ingreso mensual se obtiene:
total haberes – descuentos legales = ingreso mes
Documentos
Liquidaciones de sueldo
Certificado de Cotizaciones obligatorias de últimos 12 meses para aquellos que se encuentren en educación superior.
Link de validación y/o verificación de la
información y/o antecedentes
Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar situación tributaria vigente: https://zeus.sii.cl/cvc/stc/stc.html
Elaborado por: DB. Equipo UB Revisado por: Jefe DB Aprobado por: DN Formatos
CATEGORIA TRABAJADOR INDEPENDIENTE
Honorarios Formula calculo
Cálculo de ingresos integrante grupo familiar
Se considerarán todas las boletas de honorarios emitidas durante los tres meses
anteriores al mes de postulación o
renovación del estudiante,
El cálculo del ingreso mensual se obtiene:
total honorarios – 10% retención = ingreso boleta
suma de total de ingresos boleta = ingreso mes
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