6.2 Enhancing Simple Molybdate Conversion Coatings for Zinc Surfaces
6.2.1 The Effect of Acids Used to Adjust pH
La antinomia de la Razón Práctica consiste en la posibilidad o no del enlace entre virtud y felicidad. No hay una conexión analítica entre virtud y felicidad. En el mundo empírico puede perfectamente no darse conexión alguna entre virtud y felicidad. La salida de esta antinomia está en los postulados de la razón práctica, libertad, inmortalidad y Dios.
Como lo único bueno que hay en el mundo es la buena voluntad y la buena voluntad no es buena por lo que consigue, por sus fines, sino por sí misma, surge la posibilidad entonces como hemos señalado, de que no funcione el cálculo racional de la felicidad y que los más sabios no sean siempre los más felices.
"Estos postulados no son dogmas teóricos, sino presupuestos que tienen necesariamente sólo valor práctico. Consecuentemente no amplían el conocimiento especulativo (teórico), sino que dan a las ideas de la razón práctica en general realidad objetiva (por su relación con lo práctico)..." CRPr. Los postulados de la razón práctica determinan que las ideas de Dios, libertad e inmortalidad tienen "objetos", pero son objetos fenoménicos cuya existencia es garantizada sólo por la aprehensión de la ley moral. Desde el imperativo categórico y desde la éitica kantiana podemos deducir los tres postulados de la razón práctica.
Los tres postulados de la razón práctica son los siguientes:
1. El hombre es libre. Esto se deriva de la autonomía de la razón práctica. 2. Dios existe. Es necesario que alguien sancione las conductas inmorales y premie las morales. Se trata de realizar la conexión entre virtud y felicidad. Sólo Dios lo puede conseguir.
3. El hombre es inmortal. Una vida santa, de acuerdo constantemente con el imperativo categórico es imposible en la Tierra en un tiempo finito. Sólo una vida eterna, en un tiempo infinito puede producir la santidad.
El postulado de la libertad ha quedado expuesto a propósito de la autonomía de la voluntad.
He aquí el argumento por el que Kant intenta establecer la conexión entre el imperativo categórico y el postulado de la inmortalidad del hombre: "La adecuación completa de la voluntad con la ley moral es la santidad, una perfección que ningún ser racional es capaz de lograr en ningún momento de su existencia. Dado, sin embargo, que se requiere como algo prácticamente necesario, puede hallarse solamente en un progressus que se sigue hasta la infinitud...Sin embargo, este progreso infinito es posible sólo si suponemos una existencia infinitamente última del mismo ser racional (la cual es llamada la inmortalidad del alma)"
La idea de Dios no tiene objetividad teórica. La tesis se sigue de forma inconfundible de la posición del idealismo trascendental. Cuando Kant califica de postulado de la razón práctica a la tesis de que "Dios existe", está implicando que la ley moral le da objetividad práctica.
El argumento ético de la existencia de Dios hace uso de la concepción del sumo bien que implica la moralidad completa y "la felicidad que es igual que aquella". Como seres morales debemos exigir no sólo una situación ideal en la que todos los seres racionales sean santos, sino también otra en la que sus estados anímicos se caractericen por la intensidad y clase de felicidad que merezcan. Lo que debe ser, debe ser posible, pues toda obligación moral implica la libertad (moral) de realizarlo.
"Debemos tratar de promover el sumo bien (que, por lo tanto, ha de ser posible). En consecuencia, debemos postular la existencia de una causa de la naturaleza toda, que sea distinta de la naturaleza y que contenga el fundamento...de la proporcionalidad exacta de la felicidad y la moralidad." CRPr. Kant muestra que Dios, el ideal de la razón pura es esa causa. Su argumento consiste en que el bien supremo no es realizable si Dios no existe...Dado que como él mismo insiste, la posibilidad de realizar el sumo bien implica la posibilidad de que el hombre logre la santidad, el argumento ético de la existencia de Dios está ligado al argumento de la inmortalidad del hombre. 9. El materialismo moral trascendental.
Los sujetos humanos corpóreos son la materia o contenido de la ética. El imperativo categórico como ley ética fundamental de una ética con contenidos materiales trascendentales se enuncia así: "debo obrar de tal modo que mis acciones puedan contribuir a la preservación en la existencia de los sujetoshumanos, y yo entre ellos, en cuanto son sujetos actuantes y capaces deactividades éticas y racionales". Las acciones, actividades u operaciones éticas (forma) de la buena voluntad, cuando se orientan a la preservación de la existencia están dotadas de una materia bien precisa: las subjetividades individuales corpóreas. Y esto por la muy trivial razón de que los sujetos
capaces de realizar acciones éticas tienen cuerpo y necesitan del mismo y de todos sus órganos para obrar.
La vida humana sólo puede tener valor absoluto, si hay efectivamente vida humana, y sólo para los miembros de la especie humana. Hay que admitir una materia como contenido de los imperativos éticos: la preservación de los individuos humanos, no ya como seres racionales exclusivamente, sino como seres dotados de cuerpo y de actividades operatorias.
Se hace necesario aquí distinguir entre normas éticas y normas morales. Se diferencian en la fuerza de obligar al sujeto que tienen.
La ética tiende al análisis psicológico, individual e interno de la estructura del comportamiento moral, con el objetivo explícito de forjar un auténtico carácter (o ethos personal), un modo de ser recto, configurado ciertamente por la práctica habitual del sujeto humano corpóreo que se hace a sí mismo y se soporta autónomamente.
Los deberes éticos configuran el comportamiento humano individual por referencia a un sistema de normas que pretende tener una validez universal, porque obligan a todos y cada uno de los hombres distributivamente considerados. Aunque la conducta del sujeto ético está enmarcada en un contexto familiar, social, político e histórico determinado, parece trascender esas esferas y remitir al derecho autónomo de la conciencia subjetiva a determinarse de acuerdo con su razón y su libertad soberanas. Los deberes éticos tienen una dirección individualista. La fuerza de obligar de las normas éticas estriba en el plano etológico-psicológico. Tenemos ética gracias a la educación. Gracias a la educación el individuo se identifica con sus normas éticas.
Las actividades éticas son formalmente trascendentales en cuanto se dirigen a la preservación del otro, no en cuanto tal otro distinto de mí, ni a mí mismo en cuanto soy yo mismo, sino a cualquiera bajo la razón formal de subjetividad corpórea existente.
La moral tiende al análisis de la conducta social, pública. La conducta se analiza en el ámbito público, colectivo, comunitario. Aquí priman el consenso y la solidaridad. Los deberes morales atañen también al comportamiento individual, pero advierten también contra las tentaciones de la conciencia subjetiva que olvida sus condiciones reales y sociales de existencia. El moralista sabe que tales condiciones son las que crean, sancionan y legitiman las propias normas morales.
Así pues, las normas morales se nos imponen externamente, pero buscan el bien común a través de la preservación de los individuos que constituyen la comunidad. Esta moral cívica, nacida sin duda por razones funcionales de la solidaridad comunitaria del grupo, se dirige también al sujeto humano operatorio, pero en tanto se define atributivamente como miembro de una clase grupal, ciudadana o estatal. La fuerza de obligar de las normas morales procede no tanto del individuo cuanto del control social, de la presión social del grupo.
El mal ético por excelencia es el asesinato y la profesión que tiene como
tarea la preservación de la vida humana, la medicina es la profesión ética por excelencia.
No basta con que haya un organismo vivo para que exista vida humana ni tampoco que uno conserve la lucidez mental con un cuerpo totalmente imposibilitado para actuar. Esto es lo que se plantea desde la perspectiva de la
eutanasia clínica. Se plantean mucho más que el aborto las máximas
dificultades a la hora de conjugar la materia de los sujetos éticos con su forma. Lo mismo pasa con el suicidio que atenta contra el principio de la preservación de la individualidad corpórea.
La principal virtud ética es la fortaleza que se expresa en el individuo
como firmeza y para con los demás en la generosidad. Son las virtudes de la amistad y la fraternidad. Se rigen por el principio de a cada cual según sus necesidades. La cuestión extrema que se plantea en el ámbito de la ética es la
de la eutanasia clínica. La conclusión del materialismo moral trascendental es
que cabe admitir la eutanasia clínica en algunas ocasiones.
La principal virtud moral es la justicia. Según la moral el principio es a
cada cual según su trabajo o a cada cual lo suyo. La cuestión extrema que se
plantea en el ámbito de la moral es la de la pena de muerte. La conclusión del
materialismo moral trascendental es que la pena de muerte no es pena, debería llamársela mejor "eutanasia procesal para los asesinos".
Análisis del problema de la eutanasia procesal para los asesinos desde la perspectiva de la ética.
Respecto al tema de la eutanasia procesal para los asesinos hay que decir que es un error infantil pensar que los principios éticos sean incondicionales y absolutos. Hay que tener en cuenta los demás principios o normas morales con los cuales ha de estar necesariamente vinculado en symploké. Es cierto que, en el caso de un criminal, que supondremos encerrado entre rejas, e incapacitado para atacarme de nuevo, no cabría justificar la aplicación de la "pena de muerte" en nombre del principio de legítima defensa. Pero, ¿no cabría invocar algún otro principio ético? Sin duda: podríamos invocar el principio de la generosidad. A este efecto hay que comenzar, en efecto, por denunciar el carácter confuso y oscuro del concepto de "pena de muerte".
Si este concepto conserva algún significado es en el supuesto de que se acepte la supervivencia del alma del ajusticiado, puesto que entonces podría afirmarse que el sujeto (el alma del "compuesto hilemórfico") sufre la pena de perder el cuerpo (una suerte de "pena de mutilación", pero no de muerte total). Pero solamente los animistas podrían apelar al argumento del "alma en pena". Ahora bien, si dejamos de lado el animismo, el concepto mismo de pena de muerte se nos revela como un absurdo. La pena de muerte será pena, a lo sumo, para los familiares o amigos del difunto. Descartada, por motivos éticos, la idea
de la pena como venganza; descartada la justificación de la pena en función de la intimidación de otros posibles delincuentes (puesto que ello no está probado), a fin de defender a la sociedad de un peligro cierto, habrá que tener en cuenta, sobre todo, el principio de la subordinación de la pena a la rehabilitación del delincuente, a fin de reinsertar a éste en la sociedad, y ello en el intervalo de tiempo más breve posible. La política progresista por lo demás es la política penitenciaria y penal de atenuación de las penas a los delincuentes. Se trata de concebir la pena como un instrumento para conseguir la reinserción social del delincuente Ahora bien: desde este fundamento perderá toda justificación el intento de encontrar una "compensación penal" al crimen horrendo, mediante la exigencia del cumplimiento de la totalidad de las penas (exigencia que sólo podría fundarse en la venganza, salvo suponer que el criminal es irrecuperable). Porque propiamente, desde la hipótesis de la prisión rehabilitadora (hipótesis que se funda en la equiparación del delincuente con un enfermo y, correspondientemente, de la cárcel con un hospital) lo que habría que pedir no sería tanto el "cumplimiento íntegro de la condena" ni la reclusión vitalicia del delincuente en el hospital, sino precisamente la utilización de las técnicas más avanzadas para la recuperación del delincuente, para la curación del enfermo en el intervalo de tiempo más corto posible. Una vez curado, rehabilitado, podría nuestro asesino ser puesto en libertad y reinsertado en la sociedad.
Desde una perspectiva humanista y progresista, no hay por qué pedir penas definidas para los delincuentes o duraciones temporales definidas para tales penas. No hay entonces por qué pedir el cumplimiento íntegro de las penas. Si los progresos de la medicina y de la sociología o psicología permitieran reconciliar a un delincuente en una semana, en un día, ¿No sería acaso una crueldad retenerle en prisión tres años o tres meses o tres días?
Frente a esto, desde una perspectiva materialista no se ve por qué suponer que quienes defienden la institución de la pena de muerte atenten contra los derechos humanos. Desde esta perspectiva, cuando consideramos al asesino como persona responsable, la "interrupción de su vida" como operación consecutiva al juicio, puede apoyarse en el principio ético de la generosidad, interpretando tal operación no como pena de muerte, sino como un acto de generosidad de la sociedad para con el criminal convicto y confeso.
En efecto, el autor considerado responsable de crímenes horrendos, o bien tiene conciencia de su maldad, o bien no la tiene en absoluto, e incluso, como si fuera un imbécil moral, se siente orgulloso de ella. En el supuesto de que fuese un imbécil moral sería necesario conseguir, mediante un tratamiento pedagógico adecuado, que el criminal alcanzase la conciencia plena de su culpa, y cuando la hubiera adquirido habría que aplicarle el mismo principio que utilizamos ante el criminal ya consciente de su culpa: que, por hipótesis, la conciencia de una culpa tan enorme habrá de significar una carga tan insoportable para el actor que el hecho de mantener en la vida al criminal (impidiéndole incluso el suicidio)
constituirá la forma de venganza más refinada. Sólo mediante una "muerte dulce" podríamos aliviar al criminal de la carga de su culpa.
Por supuesto, descartamos la aplicación a nuestro caso de la hipótesis de la rehabilitación: suponemos que el crimen horrendo compromete de tal modo la "identidad" del criminal —en gran medida por la representación que de ella tendrán también las demás personas— que su culpa no pueda ser expiada. La eutanasia procesal para asesinos es el límite de la libertad humana según entendemos desde el materialismo moral trascendental. No le aplicaremos la eutanasia, por motivos de ejemplaridad ("para que el crimen no se repita"), sino por motivos de su propia personalidad responsable, una e irrepetible. En el supuesto alternativo de que el criminal imbécil moral fuese resistente a todo género de recuperación de la conciencia de su culpa, habría que sacar las consecuencias, destituyéndole de su condición de persona. Las consecuencias de esta situación cualquiera puede extraerlas con el simple recurso de las reglas de la lógica.
Si operamos con las normas morales desde la sociedad civil, también se hace necesaria la eutanasia procesal para asesinos o ejecución capital. Si operamos desde las normas políticas o jurídicas, también se hace necesaria la pena de muerte o ejecución capital por pura necesidad de lograr la eutaxia política.
Análisis de la eutanasia procesal para los asesinos desde la perspectiva de la moral.
Todo hombre puede libremente cometer un crimen horrendo, pero debe saber que su crimen es horrendo y que por eso es intolerable. Por eso el criminal no es rehabilitable. No tiene solución. Si se postula la cadena perpetua, entonces es porque implícitamente se sostiene que no tiene remedio alguno. Por lo tanto, es más coherente pedir la muerte y además es más compasivo matarlo que torturarlo con su encierro en prisión durante el resto de su vida y privado de su libertad. Sólo queda la muerte. Si la sociedad le perdona es que en el fondo el crimen horrendo no es tal, sino que es más bien algo sin importancia. Veamos: si el crimen es horrendo, no hay rehabilitación posible. Si hay rehabilitación, no hay crimen horrendo, todo puede ser. Todo es posible, todo está permitido porque todo puede ser perdonado. Por definición un crimen horrendo no tiene solución.
La sociedad tiene que rechazar el crimen horrendo si no quiere envilecerse en su propio agnosticismo. Si el criminal comete el crimen horrendo, está condenado a suicidarse como vimos más arriba. Si hay rehabilitación, perdón, olvido del crimen horrendo, eso significa que la sociedad lo permite y tolera todo.
Se trata de evitar que el criminal horrendo, por el hecho de vivir demuestre con su existencia el reconocimiento por parte de la sociedad de
personas que todo es posible.
Es decir, se trata de establecer límites que se tienen como infranqueables. Desde esta perspectiva la idea de reintegración del criminal horrendo en la sociedad es una aberración que hay que tratar de impedir. El objetivo de la ejecución capital no es pues castigar ni tampoco disuadir, sino precisamente demostrar que no se admite siquiera la posibilidad de que una persona normal pueda cometer un crimen horrendo y seguir viviendo. En cierto modo se trata de tener piedad ante unos individuos que no son capaces de suicidarse. La pena de muerte es un medio para evitar la reinserción social del autor de crímenes horrendos que lo han convertido precisamente en una persona de grado cero. La liberación de tal individuo ofrecería a la sociedad la demostración de la posibilidad de que cualquier crimen puede ser cometido sin que por ello el hombre asesino deje de ser persona.
Si muchos defienden la eutanasia aplicada a un decrépito físico, la decrepitud ética o moral, mucho más importante políticamente que la orgánica, requiere un tratamiento análogo por lo menos. No se ve entonces por qué precisamente no se podría aplicar igualmente a un decrépito moral o ético o político.
Sólo es reversible esta decrepitud ética o moral cuando precisamente no es reconocido el crimen cometido como crimen horrendo o mortal.
Sin embargo, en sucesos recientes como la masacre que tuvo lugar en Julio de 2011 en Noruega por la acción directa de Anders Behring Breivik, los mandatarios noruegos manifiestan como solución la necesidad de incrementar la educación democrática de los ciudadanos a fin de prevenirlos contra doctrinas antidemocráticas, atribuyendo al autor de la masacre estar enfermo, loco.
Implícitamente suponía reconocer que la culpa del crimen horrendo era de ideologías antidemocráticas que causan nefastos efectos en sujetos psicópatas y narcisistas, que se manifiestan por la «débil educación democrática». Pero esto es tanto como defender un idealismo histórico donde son las ideas antidemocráticas en general las causantes de tales crímenes o de las guerras. Por el contrario, una visión materialista no pondrá el acento en las ideas sobre las razas o culturas como causa de crímenes terroristas o de sucesos bélicos, sino que afirmará que las mismas razas o culturas institucionalizadas, en tanto que moldean a los individuos, son la causa de tales actos.
Sin embargo, tras los juicios del proceso de Nuremberg que juzgó los