3 METHODS
3.7 Epidemiological Concepts
3.7.4 Effect modification
BANCARIA
No. DE CUENTA CONTRATO DE APERTURA Y CARTA DE CANCELACIÓN
ESTADOS DE CUENTA FALTANTES 3 Baja California BBVA
Bancomer
10893616 No Presentó Enero a Diciembre 3 Durango Bancrecer 143651965 No Presentó Enero a Diciembre 3 Guerrero Bancrecer 150697680 No Presentó Enero a Marzo y de Agosto a Diciembre 3 Nuevo León BBVA
Bancomer
103916715 No Presentó Enero a Marzo y de Agosto a Diciembre 3 San Luis Potosi Banco Mercantil
del Norte, S.A.
662016438 No Presentó Enero a Marzo y de Agosto a Diciembre 3 Yucatán Bancrecer 3280141449476 No Presentó Enero a Diciembre
Por lo tanto, al no presentar el partido los 60 estados de cuenta o, en su caso, el contrato de apertura o el aviso de cancelación de las 6 cuentas bancarias, la observación se consideró no subsanada por lo que el partido incumplió lo establecido en los artículos 38, párrafo 1, inciso k) del Código federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 1.2, 16.5, inciso a) y 19.2 del Reglamento de la materia. Se localizó el registro de 5 cuentas bancarias con un saldo inicial en cero, de las cuales no se conocía si éstas fueron aperturadas al inicio del ejercicio en revisión o, en su caso, si las mismas correspondían a cuentas aperturadas en 2002 y que al final de ese ejercicio su saldo final era cero. A continuación se detallan las cuentas bancarias observadas.
ESCRITO DE FECHA 7 DE JULIO DE 2004 LOCALIZACIÓN INSTITUCIÓN BANCARIA No. DE CUENTA ESTADOS DE CUENTA PRESENTADOS ESTADOS DE CUENTA FALTANTES CONTESTACIÓN DOCUMENTACIÓN Y/O ESTADOS DE CUENTA PRESENTADOS ESTADOS DE CUENTA FALTANTES
Chihuahua Banco Mercantil del Norte, S.A.
619010736 Marzo a Diciembre
Enero y Febrero
“En respuesta a esta observación le informamos que efectivamente estas cuentas fueron aperturadas en el ejerció 2003 y por tal motivo le envió el contrato original de la Institución 8anorte con el N°
de cuenta 437017492 en el estado de Colima”.
Enero y Febrero
Coahuila Banco Mercantil del Norte, S.A..
624014081 Marzo a Diciembre
Enero y Febrero
“SE ANEXA El REGISTRO DE FIRMAS DE LA APERTURA CON FECHA 03-03-03”.
Fecha apertura 3- 03-03 Colima Banco Mercantil
del Norte, S.A.
437017492 Marzo a Diciembre Enero y Febrero Fecha de apertura 7-03-03 Yucatán Banco Mercantil
del Norte, S.A.
154805951 Marzo a Diciembre
Enero y Febrero
Asimismo le informamos que no contamos por el momento con el contrato de la cuenta 154805951 aperturada en el estado de Yucatán en el mes de marzo del 2003 por lo que el saldo inicial en ceros indicado en el estado de cuenta del mes de marzo es una imprecisión de parte de la institución financiera, por no incluir en dicho estado la leyenda APERTURA DE CUENTA, por otra parte según testimonio del personal del banco, esta situación se da porque la cuenta se abre con cero pesos y no pueden generar por sistema un estado de cuenta inexistente al inicio de la apertura”.
Enero y Febrero
Jalisco Banco Mercantil del Norte, S.A.
4990 8673 Marzo a Diciembre Enero y Febrero NINGUNO Enero y Febrero
Por lo antes expuesto, se solicitó al partido político que presentara el contrato de apertura de las cuentas bancarias mencionadas o, en su caso, los estados de cuenta faltantes, así como, las aclaraciones que a su derecho convinieran. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, párrafo 1, inciso k) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, 1.2, 16.5, inciso a) y 19.2 del Reglamento citado, que a la letra establecen:
Artículo 38
“1. Son obligaciones de los partidos políticos nacionales: (...)
k) Permitir la práctica de auditorias y verificaciones que ordene la comisión de consejeros a que se refiere el párrafo 6 del artículo 49 de este Código, así como entregar la documentación que la propia comisión les solicite respecto a sus ingresos y egresos;
Artículo 1.2
“Todos los ingresos en efectivo que reciban los partidos políticos deberán depositarse en cuentas bancarias a nombre del partido político, que serán manejadas mancomunadamente por quienes autorice el encargado del órgano de finanzas de cada partido. Los estados de cuenta respectivos deberán conciliarse mensualmente y se
remitirán a la- autoridad electoral cuando ésta lo solicite o lo establezca
el presente Reglamento. El Secretario Técnico de la Comisión de Fiscalización podrá requerir a los partidos políticos que presenten los documentos que respalden los movimientos bancarios que se deriven de sus estados de cuenta”.
Artículo 16.5
“Junto con el informe anual deberán remitirse a la autoridad electoral: a) Los estados de cuenta bancarios correspondientes al año de ejercicio de todas las cuentas señaladas en el presente Reglamento,
remitidas anteriormente a la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización;
(...)”.
Artículo 19.2
“La Comisión de Fiscalización, a través de su Secretario Técnico, tendrá en todo momento la facultad de solicitar a los órganos responsables de las finanzas de cada partido político que ponga a su disposición la documentación necesaria para comprobar la veracidad de lo reportado en los informes a partir del día siguiente a aquel en el que se hayan presentado los informes anuales y de campaña. Durante el periodo de revisión de los informes, los partidos políticos tendrán la obligación de permitir a la autoridad electoral el acceso a todos los documentos originales que soporten sus ingresos y egresos, así como a su contabilidad, incluidos sus estados financieros...”.
La solicitud antes citada fue notificada al partido político mediante oficio No. STCFRPAP/720/04 de fecha 23 de junio de 2004, recibido por el partido en la misma fecha.
Al respecto, mediante escrito de fecha 7 de julio de 2004, el partido manifestó lo que a la letra se señaló en el cuadro anterior.
Por lo que se refiere a la columna “documentación y/o estados de cuenta presentados”, el partido presentó 2 contratos de apertura por lo que no procede la presentación de los estados de cuenta solicitados, razón por la cual, la observación se consideró subsanada.
Por lo que respecta a la columna “Estados de cuenta faltantes” el partido no proporcionó 6 estados de cuenta o, en su caso los contratos de apertura de 3 cuentas bancarias en los que se pudiera verificar la fecha de inicio de operaciones bancarias. Por tal razón, la observación se consideró no subsanada por lo que el partido incumplió lo establecido en los artículos 38, párrafo 1, inciso k) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 1.2, 16.5, inciso a) y 19.2 del Reglamento de la materia.
Se localizaron estados de cuenta bancarios que reportaban un saldo final, sin embargo, el partido no presentó los estados de cuenta posteriores al último entregado. A continuación se detallan las cuentas observadas:
ESCRITO DEL 7-07-03