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The effects of BIC and TPMPA on CeL mIPSCs

5. THE SYNAPTIC DISTRIBUTION OF TWO GABA

5.2.1. The effects of BIC and TPMPA on CeL mIPSCs

a) La nueva regulación produce la separación vertical de actividades de los sectores, sea que se produzca tanto jurídica como contablemente porque incrementa la transparencia del sistema y posibilita que éste funcione con una dualidad de régimen jurídico: regulación y competencia.

b) Donde hay mercado no hace falta regular, o la regulación es mínima, caso de los agentes que operan en el mismo, su autorización o habilitación está circunscrita a condiciones objetivas, regladas, de ingreso; pero dejando la mayor libertad a la gestión empresarial privada, tanto en lo que hace a planificación de producción, opciones de costes, elección de fuentes de energía primaria etc., todo lo cual implica asunción del riesgo empresario.

c) Se reduce la intervención estatal en la gestión, devolviendo a las empresas (principio de subsidiariedad) el protagonismo en la toma de decisiones y asunción de riesgos.

En las actividades sometidas a las reglas del mercado se conduce a una correcta asignación de recursos a corto y largo plazo, los precios reflejan los costes reales, las empresas toman decisiones y asumen riesgos, la asunción de riesgos y la buena gestión se optimizan por la obtención de ganancias.

En un modelo de estas características, abierto, plural, competitivo, la planificación de nuevas inversiones deja de ser una decisión pública centralizada y la nuevas inversiones serán consecuencia del aumento de la demanda y, asimismo, las alzas de precios indicarán la necesidad del ingreso de nuevos operadores.

d) La planificación estatal no es coactiva, sino meramente indicativa e informativa a los fines de aportar información a los agentes, para sus tomas de decisiones.

43 ARIÑO ORTIZ, Gaspar y LÓPEZ DE CASTRO, Lucía: El Sistema Eléctrico: Regulación y

Esto implica un difícil equilibrio entre mercado y regulación, que acompañará siempre a estos sectores. La competencia es el medio prioritario y la regulación es subsidiaria, sólo interviene para defender la competencia y/ o para sustituirla cuando existan elementos de monopolio natural y/ o para intervenir en la preservación del sistema ante falencias de los operadores asignados por el modelo para asegurar la fiabilidad de los suministros, cuestión de vital importancia ante la evidencia de la crisis de California,44

e) Debe haber regulación y la función del regulador en estos casos cambia: no se trata como hasta ahora de ser gestores en la sombra, sino de promocionar el mercado, de establecer condiciones para que la competencia funcione.45

f) El medio instrumental, el soporte necesario del mercado, impone el acceso a la red en condiciones de igualdad para todos los operadores. Al margen de quien sea el titular de la misma, la red es el mercado; allí se produce el encuentro entre la oferta y la demanda.46

44 JORDI DOLAER, I Clara.Ponencia desarrollada en el Club Español de la Energía, Los

Mercados de Electricidad : El caso de California, Madrid 15 de Febrero del 2001. En su trabajo el autor, quien es Consejero de la Comisión Nacional de Energía destaca: “ En California hay que achacar al regulador cierta culpa, por no prestar atención a las señales que en materia de precios se dieron en Agosto del 2000 y que han desembocado en Diciembre del 2000 en la situación actual... En otra parte de su disertación destaca citando el caso argentino...por ejemplo en la Argentina , en los que la obligación de suministro está en cabeza del distribuidor y con ello se quiere asegurar que en este nuevo modelo, la liberalización sea a “la medida del sector eléctrico” pero no que quede en manos de nadie, como ha ocurrido en California. De igual modo señala PORTER David, quien es Director de Política y Comunicación del Reino Unido en el mismo evento en su ponencia, indicando que los erorres surgen de un colapso en la capacidad de generación y transmisión, para asumir el gran crecimiento de la demanda de energía, señala que en los últimos diez años no se han construido nuevas plantas producto de una regulación medioambiental, muy comlicada, de lagos y costosos procedimientos para la autorización, por otra parte el diseño de mercado no ha provisto incentivos a la construcción de nuevas plantas, relegando eneteramente en el mercado la fiabilidad del suministro.

45 HESSE, Marta: Regulación del Sector Eléctrico Objetivos y Principios, informe realizado en 1987, siendo entonces presidenta de la FERC, destacando dos principios básicos a) en mercados competitivos la regulación es la defensa del mercado y no defender de la competencia a las empresas. b) en mercados que no pueden ser competitivos, los precios sometidos a la regulación deben reflejar los costes económicos para que se tomen las decisiones empresariales adecuadas, ARIÑO ORTIZ, ob. cit. pág. 497.

g) En las actividades no sometidas a la competencia la regulación ha de proteger a los consumidores; los precios regulados han de reflejar los costes reales, para transmitir señales sobre la adecuada toma de decisiones empresariales, tanto operativas como de inversión .

La regulación en la línea del cómo se gestiona o se asegura lo principal , aquello que en mi criterio participa de los rasgos, digamos más precisamente del espíritu de la categoría del servicio público, la fiabilidad de los suministros, su continuidad y el aseguramiento de standards que por diversos medios, permitan el acceso al servicio a todos. Que no excluya en otros términos de su prestación a aquellos que se encuentran marginados del mercado, lo que depende de la calidad de la regulación, que debe contener los mecanismos necesarios para que los sectores con mercado que indican las pautas a los regulados, funcionen con normalidad, ya que la formación inicial de precios se transmite a los segmentos regulados tales como el transporte y la distribución.

Para ello el Gobierno debe crear entes independientes para la regulación. No hay margen para un Estado ausente o para una regulación minimalista, cuando existe la responsabilidad de dar cobertura a la demanda presente y futura de la sociedad; lo que requiere este diseño es de un plan estratégico, más informativo que vinculante.

V.3. Conclusión:

El cambio de modelo se resume en el paso de un sistema de remuneración en base a costes, a una remuneración en base a precios en la generación, donde se buscan señales económicas a través de las fuerzas del mercado, propiciando en lo posible la eficiente asignación de recursos.47

Las técnicas de la neo regulación, en especial de regulación civil, a medida que se cuenta con mayor información y coordinación, producto de la experiencia, deben ser intensificadas y un límite provisional de este trabajo es indagar cuánto, en el momento actual de desarrollo del sistema eléctrico, puede ser regulado por

técnicas privadas y cuánto por regulación administrativa. En otros términos, cuáles son los límites provisionales de la regulación.

Esta temática de estudio para los juristas debe partir de considerar qué modelo asume el sistema eléctrico de su país.