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DISPOSICIÓN N.° 13/SAISSP/15

Buenos Aires, 26 de marzo de 2015

VISTO:

La Ley Nº 70, el Decreto Nº 67/10, las Resoluciones N° 2/ISSP/13, N° 77/ISSP/13, Nº 59/MHGC/15, Nº 74/MHGC/15 y N° 3/SECLYT/15, la Disposición N° 36/DGCG/15 y, el Expediente Electrónico N° 1028786/MGEYA/SGISSP/15, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 70, estableció los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto Nº 67/10, definió el marco normativo que rige la asignación de fondos con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión a reparticiones del Gobierno de la Ciudad que impliquen pago de obligaciones, ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y las condiciones para su aprobación;

Que la Resolución Nº 74/MHGC/15, modificó parcialmente la reglamentación del Decreto Nº 67/10, con motivo de la implementación de una nueva funcionalidad dentro del Sistema Informático de Gestión y Administración Financiera (SIGAF), orientada a simplificar el procedimiento de rendición de fondos mediante la incorporación de validaciones y mejoras a los controles existentes;

Que por su parte, la Resolución Nº 59/MHGC/15 determinó los montos de las cajas chicas de las diversas Jurisdicciones y Reparticiones, conforme el Anexo II que, a todos sus efectos, forma parte integrante de dicho acto administrativo;

Que a su vez, la Resolución Conjunta Nº 3/SECLYT/15 estableció el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común, estipulando asimismo que la carga de los datos necesarios de los comprobantes se realizará en el módulo SIGAF; Que por el Artículo 2 de la Resolución N° 2/ISSP/13, fue designado Secretario Académico del Instituto Superior de Seguridad Pública, el Dr. Gabriel Esteban Unrein; Que asimismo, mediante la Resolución N° 77/ISSP/13 fueron designados como Responsables de la Administración y Rendición de los Fondos asignados en concepto de Caja Chica Común de la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, el Dr. Gabriel Esteban Unrein (D.N.I. N° 20.343.251), el Dr. Carlos Horacio Aostri (D.N.I. Nº 12.370.398) y el Sr. Eduardo Adolfo Salas (D.N.I. Nº 16.454.501); Que en cumplimiento de la normativa vigente, toda repartición deberá presentar la rendición de cuenta firmada por el máximo responsable de la misma donde conste la aprobación de los gastos mediante el dictado del acto administrativo pertinente;

Que llegados a esta instancia, corresponde expedirse acerca de los gastos efectuados por la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, en lo que respecta a la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones que ellos han importado, de conformidad con el procedimiento previsto en el Anexo III de la Disposición N° 36/DGCG/15;

Que analizados los gastos relativos a la primera rendición de la Caja Chica Común de la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al ejercicio 2015, corresponde proceder a su aprobación con los alcances señalados en el párrafo precedente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO ACADÉMICO

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA DISPONE

Artículo 1.- Aprobar los gastos efectuados por la Caja Chica Común de la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, relativos a la primera rendición del Ejercicio 2015, por la suma total de pesos diecisiete mil novecientos cincuenta y cuatro con 25/100 ($ 17.954,25.-) y las Planillas que como Anexo III IF-2015-4502141-SGISSP y Anexo III IF-2015-4502610-IF-2015-4502141-SGISSP, confeccionadas de conformidad con lo previsto respectivamente en los Anexos X y XI de la Disposición Nº 36/DGCG/15, forman parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein

DISPOSICIÓN N.° 19/DGPPD/15

Buenos Aires, 19 de marzo de 2015

VISTO:

La Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 281/GCABA/10, las Resoluciones 5/SECRH/2010 y 6/MMGC/15 y las Disposiciones 10/DGPPD/15, 12/DGPPD/15, 13/DGPPD/15, 14/DGPPD/15, 15/DGPPD/15, 16/DGPPD/15, 17/DGPPD/15, 18/DGPPD/15 y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 38 de la Ley N° 471 regula la jornada de trabajo del Personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por su parte, el Decreto N° 281/GCABA/10 instruyó a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaría de Modernización de la Gestión Pública, a elaborar en forma conjunta, el Régimen General y Único de Control de Asistencia, Puntualidad y Presentismo del Personal comprendido en el artículo 4° del Capítulo II de la Ley N° 471, designados para cumplir funciones en la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, la Resolución 5/SECRH/10 establece, en su Anexo I Art. 4° Inciso 2, que “los agentes que por la modalidad de trabajo o por razones de servicio desempeñen habitualmente tareas fuera de la oficina de la repartición, el RESPONSABLE los eximirá, por escrito y de manera fundada con firma del Director General o funcionario de rango equivalente, del registro en la Planilla de Registro de Asistencia“;

Que, la Resolución 6/MMGC/15 establece, en su Anexo I Art. 6, que "La vigencia de la eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en la cual fue otorgada. En el caso de continuar la eximición de firma se deberá realizar un nuevo Acto Administrativo que disponga el nuevo período de eximición...";

Que, mediante la Disposición 10/DGPPD/15 se eximió de la firma diaria en la Planilla de Registro de Asistencia, por el período comprendido entre el 2 de marzo y el 31 de diciembre del 2015, a los agentes Jorge Raúl ALZUGARAY, CUIL 23-18286197-9; Claudia LELEZ, CUIL 23-22046416-4; Gabriel Agustín SODIKMAN, CUIL 20-12493436-3; Jorge Eduardo BERGALLI FLORES, CUIL 20-05274284-7; Laura LUGO, CUIL 27-21131652-2; Héctor Ángel BONAFINI, CUIL 20-10373034-0; Adolfo Germán CHORNOMORETZ, CUIL 20-28906896-2;

Que, en vistas de que un error informático en el Generador de Documentos Electrónicos (GEDO) ha obstaculizado la efectiva numeración de la citada norma y por consiguiente su posterior publicación, resulta necesario dejarla sin efecto y dictar una nueva Disposición;

Que, por error de interpretación de la normativa vigente se procedió, mediante las Disposiciones Nº 12/DGPPD/15, 13/DGPPD/15, 14/DGPPD/15, 15/DGPPD/15, 16/DGPPD/15, 17/DGPPD/15 y 18/DGPPD/15, a sancionar un nuevo acto administrativo de eximición de firmas para cada uno de los agentes arriba mencionados reiterando las eximiciones otorgadas en la Disposición 10/DGPPD/15; Que conforme a ello deviene necesario dictar el acto administrativo que deje sin efecto la Disposición 10/DGPPD/15 y las Disposiciones 12/DGPPD/15, 13/DGPPD/15, 14/DGPPD/15, 15/DGPPD/15, 16/DGPPD/15, 17/DGPPD/15, 18/DGPPD/15;

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE POLITICAS DE PREVENCION DEL DELITO DISPONE:

Artículo 1°.- Déjese sin efecto las Disposiciones 10/DGPPD/15, 12/DGPPD/15, 13/DGPPD/15, 14/DGPPD/15, 15/DGPPD/15, 16/DGPPD/15, 17/DGPPD/15 y 18/DGPPD/15.

Artículo 2°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Dirección Operativa Auditoría y Contralor de la Dirección General Control de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ventura Barreiro

DISPOSICIÓN N.° 20/DGPPD/15

Buenos Aires, 19 de marzo de 2015

VISTO:

La Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nº 2593, los Decretos 1988/GCBABA/00, 660/GCABA/11 y 396/GCABA/12, las Resoluciones Nros. 2.777/MHGC/10, 2.778/MHGC/10, 2.779/MHGC/10, 5/SECRH/2010 y 6/MMGC/15, las Disposiciones 37/DGPPD/14 y 40/DGPPD/14 y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 38 de la Ley N° 471 regula la jornada de trabajo del Personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por su parte, el Decreto N° 281/GCABA/10 instruyó a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaría de Modernización de la Gestión Pública a elaborar en forma conjunta el Régimen General y Único de Control de Asistencia, Puntualidad y Presentismo del Personal comprendido en el artículo 4° del Capítulo II de la Ley N° 471, designados para cumplir funciones en la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Decreto 1988/GCABA/00, se creó la Dirección General de Políticas de Seguridad y Prevención del Delito;

Que, por Decreto N° 660/GCABA/11, se aprobó la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por Decreto N° 396/GCABA/12, se modifico la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, creándose cargos para los niveles de Gerente Operativos y Subgerentes Operativos;

Que, entre las Responsabilidades Primarias estipuladas por la normativa vigente para esta Dirección General, se encuentra la de desarrollar políticas de prevención del delito en grupos de riesgo en el marco del sistema de prevención del delito, así como también, la de administrar los recursos y coordinar las acciones necesarias para la realización de las actividades en la vía pública que realizan las distintas áreas de la Dirección General;

Que, en el marco de las responsabilidades primarias anteriormente mencionadas, se crearon los Programas “Escuelas Seguras, Senderos Seguros“, "Espacios más Seguros", "Participación y Promoción de los Derechos de los Jóvenes" y "Prevención Mayor" por Disposición 37/DGPPD/14, y por Disposición 40/DGPPD/14 el Programa “Prevención Social de la Violencia y el Delito“;

Que, el agente Jorge Raúl ALZUGARAY, CUIL 23-18286197-9, FM 448.196 y la agente Claudia LELEZ, CUIL 23-22046416-4, FM 334.750 cumplen funciones de supervisión en el Programa “Prevención Mayor“;

Que, el agente Gabriel Agustín SODIKMAN, CUIL 20-12493436-3, FM 439.025 cumple funciones de supervisión en el Programa “Prevención Social de la Violencia y el Delito“;

Que, el agente Jorge Eduardo BERGALLI FLORES, CUIL 20-05274284-7, FM 208.930, y la agente Laura LUGO, CUIL 27-21131652-2, FM 439.011, cumplen funciones de supervisión en el Programa “Escuelas Seguras, Senderos Seguros“; Que, el agente Héctor Ángel BONAFINI, CUIL 20-10373034-0, FM 297.265, cumple funciones de supervisión en el área de Realización de Encuestas del Sistema de Información para la Prevención Comunitaria del Delito y la Violencia (SIPREC), creado mediante la Ley 2593 complementada por la Ley 2883;

Que, el agente Adolfo Germán CHORNOMORETZ, CUIL 20-28906896-2, FM 448178, cumple funciones como chofer en la repartición a mi cargo;

Que, la Resolución 5/SECRH/10 establece, en su Anexo I Art. 4° Inciso 2, que “los agentes que por la modalidad de trabajo o por razones de servicio desempeñen habitualmente tareas fuera de la oficina de la repartición, el RESPONSABLE los eximirá, por escrito y de manera fundada con firma del Director General o funcionario de rango equivalente, del registro en la Planilla de Registro de Asistencia“;

Que, la Resolución 6/MMGC/15 establece, en su Anexo I Art. 6, que "La vigencia de la eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en la cual fue otorgada. En el caso de continuar la eximición de firma se deberá realizar un nuevo Acto Administrativo que disponga el nuevo período de eximición...";

Que, los agentes que se detallan en el Anexo I cumplen tareas fuera de la oficina de la repartición en la prosecución de las acciones y responsabilidades antes descriptas; Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE POLITICAS DE PREVENCION DEL DELITO DISPONE:

Artículo 1°.- Exímase de la firma diaria en la Planilla de Registro de Asistencia, por el período comprendido entre el 2 de marzo y el 31 de diciembre del 2015, a los agentes detallados en el Anexo Nº 4507317/DGPPD/15 que se adjunta a la presente Disposición, debiendo cumplimentar dicho trámite presentando el formulario "PLANIFICACION HOJA DE RUTA" al personal responsable de Presentismo en forma semanal.

Artículo 2°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Dirección Operativa Auditoría y Contralor de la Dirección General Control de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ventura Barreiro

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