Cerca de medio siglo que inicia con el gobierno de la Segunda República, un breve periodo de modernidad y progreso, que apenas pudo pasar de la teoría a la praxis por el estallido y la duración de la guerra civil (1936-39), y concluye con el final de la dictadura (1975). A esta etapa corresponde la primera ley de reforma del sistema educativo (Ley General de Educación y Financiamiento de la
Reforma Educativa, de 1970).
Durante la Dictadura de Franco (1936-1975): desde una visión retrospectiva, tiene una anómala duración en el tiempo (cuarenta años), y destaca el hilo conductor de una ideología que estructura todos los entramados constituyentes del país: política, social, económica, administrativa, religiosa y, por supuesto, educativa.
En los primeros años, marcados por la inmediatez de las consecuencias (y los orígenes) de la guerra civil y la urgencia por fijar las bases estructurales del nuevo gobierno, el interés en la educación es instrumentalista, como correa de transmisión de la ideología que el régimen deseaba inocular en la sociedad. Proliferan decretos y órdenes ministeriales con una idea monolítica: la educación debe ser
católica y patriótica, con una politización de la educación desde la orientación doctrinaria de todas las
materias, y la subsidiariedad del Estado en educación, que delega la tarea en manos de la Iglesia. Se rechazaron todos los avances de la República relativos a renovación de métodos pedagógicos e interés por la mejora del nivel intelectual de la enseñanza, o la educación mixta.
En la década de los 50, progresivo -aunque leve y tímido- aperturismo hacia el bloque anti- comunista, derivado de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945). Se observa una cierta apertura en el mundo de la enseñanza, persisten la confesionalidad y el predominio de la Iglesia, pero remiten el patriotismo y la preponderancia del adoctrinamiento político sobre lo técnico-pedagógico. La década de los 60: marcada por el desarrollismo; el turismo, en menor medida la emigración, y el significativo desembarco de multinacionales norteamericanas son puentes de ideas y estilos de vida mucho más avanzados.
En Educación se promulga una ley que recoge esta evolución, y supone la primera gran reforma del sistema educativo del siglo XX: Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE), de 4 de agosto de 1970: se aprobó en el tardofranquismo y estuvo vigente hasta 1980. Reguló y estructuró todo el sistema educativo. Sus planteamientos, en consonancia con los postulados europeos de la época, se inscribían en la tradición educativa liberal, y se recogerían en la Constitución Española de 1978 (Ministerio de Educación Cultura y Deporte, 2004), y contemplan: el reconocimiento de derechos y oportunidades desde la igualdad, la no discriminación y la integración.
Se diseñó un sistema unitario y flexible, con educación obligatoria y gratuita de los 6-14 años de edad (Puelles Benítez, 2008); un sistema educativo estructurado en 4 niveles: preescolar, Educación General Básica (EGB), Enseñanzas Medias o Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y el Curso de Orientación Universitaria (COU); entre otras medidas.
3. De 1978 a nuestros días
A mediados del siglo XIX, las palabras de Gil de Zárate fueron premonitorias: La enseñanza en
España se asemeja a una interminable tela de Penélope en la que se tejen y destejen sin cesar las más diversas reformas educativas.
Se enmarca en la época democrática, y comprende el gobierno de X Legislaturas, en una alternancia de dos partidos con fundamentos ideológicos contrapuestos que se han reflejado e imprimido en Educación, en el contenido de siete Leyes Orgánicas, porque la Educación no es un
LasAACC en elámbito educativodela CAPV
3.1. La Constitución Española de 1978 recoge los principios fundamentales del Sistema Educativo actual; define a España como un Estado social y democrático de derecho, y establece un nuevo marco político-administrativo y legislativo, equiparable al entorno europeo; propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político (Cabrejas de las Heras, 2003). En el Título I, artículo 27, se recogen los derechos y deberes fundamentales, y la educación se considera uno de los derechos esenciales que los poderes públicos deben garantizar a todos los ciudadanos. Entre los principios que propugna: el derecho de todos a la educación; la libertad de enseñanza; y el objetivo de la educación será el pleno desarrollo de la personalidad, en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
Desde la Constitución de 1978, el Sistema Educativo español ha experimentado un proceso de transformación: la Administración del Estado ha transferido funciones, servicios y recursos a las diferentes Comunidades Autónomas (CC. AA.). El 1 de enero de 1981, Cataluña y País Vasco fueron las primeras CC. AA. que recibieron los medios y recursos para ejercer sus competencias en educación; el 1 de enero de 2000, concluyó el proceso descentralizador con Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura y Murcia.
Este modelo descentralizado de Administración del sistema educativo español distribuye las competencias entre el Estado, las CC. AA., las Administraciones Locales y los centros docentes.
3.2. De 1977 a 1982, la primera legislatura en democracia, con gobierno de Unión de Centro Democrático (UCD).
– Ley Orgánica 5/1980, de 19 de Junio del Estatuto de Centros Escolares (LOECE): la primera ley Orgánica en democracia, marcada por la constitución y el intento de golpe de estado; fue recurrida por la oposición ante el Tribunal Constitucional; no entró en vigor.
3.3. El gobierno del PSOE (1982-1996): abarca las Legislaturas II, III, IV y V; durante este periodo se aprueban las siguientes leyes:
– Ley 13/1982 de Integración Social de los Minusválidos de 7 de abril, establece los principios de normalización, integración y sectorización de los servicios, integración y atención individualizada en relación con las personas con necesidades educativas especiales (NN.EE. Especiales). Se cumplimentó con el Real Decreto de Ordenación de la Educación Especial (334/1985 de 6 de marzo) y la creación del Centro Nacional de Recursos del MEC para la Educación Especial, que no establece un desarrollo legislativo equitativo para la atención educativa especial a los estudiantes superdotados.
– Ley Orgánica 8/1985 reguladora del Derecho a la Educación de 3 de julio (LODE), en su título preliminar garantiza una oferta gratuita en los niveles de enseñanza obligatoria (de 6-14 años) e impide discriminaciones en el ejercicio de la libertad de enseñanza y en el acceso a los niveles superiores de educación.
– Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo de 3 de octubre, (LOGSE). Su preludio está en el Libro Blanco de la Reforma del Sistema Educativo (1989).
La LOGSE (1990) pone fin a la LGE (1970) y otorga una gran capacidad de gestión educativa a las CC. AA.. Se asienta en la Constitución y en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella y en la LODE. Una ley muy ambiciosa al acometer, al mismo tiempo, numerosas transformaciones necesarias para modernizar el sistema educativo, sus principales objetivos fueron:
- Ampliar la educación obligatoria y gratuita de los 14 a los 16 años, coincidente con la edad laboral legal, que implica ofrecer y asumir 10 años de formación general.
- Establecer una nueva estructura de las etapas educativas: Educación Infantil: primera etapa, no obligatoria. Educación Primaria: con escolarización obligatoria, de 6-12 años de edad, comprende 6
LasAACC en elámbito educativodela CAPV
educativos, la función directiva, la innovación y la investigación, la orientación, la inspección y la evaluación del sistema educativo.
- Determinar los aspectos básicos del currículo: con una formación común para todo el alumnado, y distintos niveles de decisión en su diseño: nacional, autonómico y específico de los centros educativos; los objetivos educativos en términos de capacidad de los estudiantes ; modificó el sistema de evaluación; concedió una especial importancia al aprendizaje de procedimientos y actitudes; y se establecieron contenidos transversales vinculados a la educación en valores, en todas las áreas curriculares, entre otros.
- Conseguir una mayor equidad, desde la compensación de las desigualdades, y a partir de 4 iniciativas: acciones de carácter compensatorio; oferta de educación infantil, en especial en ámbitos desfavorecidos; adaptación de las enseñanzas a las necesidades del alumnado con más dificultades; y política de becas y ayudas al estudio. El apoyo explícito a la compensación de desigualdades en educación, desde la normalización e integración del alumnado, introduce el concepto necesidades
educativas especiales.
- Favorecer un amplio ejercicio de competencias en materia de educación por parte de las CC.AA. Se refuerza la diversidad y la identidad cultural, lingüística y educativa de cada C.A.
– Ley Orgánica de 9/1995 de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG), fue rechazada de pleno por los sindicatos de profesores, porque consideraban que abría la puerta a la privatización de la enseñanza pública.
3.4. De 1996-2004: Gobierno del Partido Popular (PP), de 1996 a 2004 – Legislaturas VI y VII–. A este periodo corresponde la Ley Orgánica 10/2002 de Calidad de la Educación, de 23 de diciembre (LOCE), fue derogada por el siguiente cambio político en el gobierno.
3.5. De 2004 a 2011:
Los resultados electorales pasan el gobierno al PSOE – Legislaturas VIII y IX –. Se implementa la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, de 3 de Mayo (LOE): pensada para lograr un consenso no alcanzado, persigue la estabilidad del Sistema Educativo; en cierto modo, es una ley-puente que asume principios, criterios y estructuras de las leyes que deroga (LOGSE, LOPEG y LOCE). Entre sus principios están: la calidad y equidad, y el compromiso de colaboración conjunta con familia, centros y docentes, administraciones y sociedad. Sus características son:
- Colaboración con los objetivos de la Unión Europea: capacitación de los docentes, entorno de aprendizaje abierto, expansión del sistema al exterior: idiomas, movilidad, y cooperación, entre otras.
- Los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas suponen el 55% del horario escolar de las CC. AA. que tengan lengua oficial y el 65% para las que no lo tengan.
- La enseñanza básica comprende 10 cursos de escolaridad obligatoria y gratuita, de los 6-16 años de edad; incluye la educación primaria y secundaria obligatoria.
- La ordenación de las etapas educativas: no hay cambios sustanciales; pero en Educación Secundaria se contemplan diferentes posibilidades organizativas y de apoyos para favorecer las oportunidades de promoción (con 2 asignaturas pendientes, programa de diversificación curricular, programas de refuerzo, entre otras) y se contempla la repetición de un curso, excepcionalmente de dos, en caso de no haberlo hecho en Primaria; todas ellas son medidas para facilitar el proceso educativo al alumnado con menor consecución de logro académico.
- En la atención a la diversidad, diferencia entre estudiantes con necesidades educativas especiales (asociados a discapacidades) y específicas (ej. AACC), todos ellos serán escolarizados en centros ordinarios (vs. segregados), acorde con los principios de normalización e inclusión.
LasAACC en elámbito educativodela CAPV
3.6. De 2011 a 2015:
En la Legislatura X, los comicios dan el poder al PP. Durante este gobierno, a pesar de la polémica y la fuerte oposición de todos los grupos políticos y entornos educativos, se aprueba la cuarta reforma global de la estructura del Sistema Educativo, desde 1970: Ley Orgánica 8/2013 para la Mejora de la Calidad Educativa de 9 de diciembre (LOMCE). Respecto a la oferta formativa del Sistema Educativo, la LOMCE no introduce ninguna modificación en lo establecido por la LOE de 2006.
Los principales objetivos, en consonancia con los de Europa 2020, son: reducir la tasa de abandono temprano de la educación; mejorar los resultados educativos acordes con criterios internacionales (tasa comparativa de estudiantes excelentes, y titulados en Educación Secundaria Obligatoria); mejorar la empleabilidad, y estimular el espíritu emprendedor de los estudiantes (Sanz Gómez, 2014).
Establece el Programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento en la Educación Secundaria (ESO), la Formación Profesional Básica, y la transformación del 4º curso de ESO en un curso propedéutico, con dos trayectorias diferenciadas para la anticipación de los itinerarios hacia Bachillerato y Formación Profesional.
Los principios fundamentales son: el aumento de la autonomía de centros, el refuerzo de la capacidad de gestión de sus direcciones, las evaluaciones externas de fin de etapa, la racionalización de la oferta educativa y la flexibilización de las trayectorias.
Incorpora nueva terminología: las Competencias: como la capacidad para hacer algo, y hacia la adquisición de destrezas que se planteen en la vida diaria, son las siguientes: Comunicación Lingüística, Competencia Matemática y Competencia Básica en Ciencia y Tecnología, C. Digital, Aprender a aprender, CC. Sociales y Cívicas, Sentido de Iniciativa y espíritu Emprendedor, Conciencia y Expresiones Culturales. De ellas, se otorga especial relevancia las Competencias Lingüística, Matemática y Científica, que serán evaluadas en 3º y 6º de Primaria.
Evaluaciones (Reválidas): externas de fin de etapa, con carácter formativo y diagnóstico, homologables a las que se realizan en el ámbito internacional y centradas en el nivel de adquisición de competencias. Pruebas nacionales comunes al finalizar 6º de Primaria, 4º de ESO y 2º de Bachillerato, diseñadas por la administración central previa consulta a las CC.AA., será necesario superar las dos últimas para obtener los títulos correspondientes.
1.2.2. Los niveles organizativos del Sistema Educativo
Tras la aprobación de la Constitución Española de 1978, se inició un proceso de descentralización en materia educativa, por el que la Administración del Estado transfirió funciones, servicios y recursos a las CC.AA.; así, el Sistema Educativo en España se estructura en tres niveles organizativos, cada uno asume sus funciones y competencias, y la labor coordinada de todos permite el complejo funcionamiento total. Estos tres niveles son los siguientes: central, autonómico y local.