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Electronic Health Record (EHR) System Services Module

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B. Elective Inpatient & Outpatient Procedures

3.68 Electronic Health Record (EHR) System Services Module

I. Introducción

El presente Manual de Procedimientos tiene como objetivo dar a conocer los principales procesos y procedimientos que se realizan en la oficina del (la) Enlace Municipal del Programas Sociales.

Un manual de procedimientos es el documento que contiene la descripción de actividades que deben seguirse en la realización de las funciones de una unidad administrativa. El manual incluye además los cargos y unidades administrativas que intervienen precisando su responsabilidad y participación. En él se encuentra registrada la información básica referente al funcionamiento del área, sirviendo al mismo tiempo como herramienta de consulta diaria para facilitar el conocimiento y desempeño de los procedimientos para el buen desarrollo de los programas que corresponden a la Secretaria General en tiempo y forma.

El contenido del presente manual quedará sujeto a modificaciones cada vez que la normatividad aplicable y/o tareas al interior de las unidades administrativas de la Secretaria, signifiquen cambios en sus atribuciones y en su estructura a fin de que siga siendo un instrumento actualizado, eficaz y eficiente.

II. Presentación de Procedimientos

I. Enlace Municipal de Programas Sociales

1. Apoyo en fechas de pago de los Programas Prospera y +65 Pensión para Adultos Mayores.

2. Pre Registro Seguro de Vida para Jefas de Familia. 3. Prueba de supervivencia.

I. Enlace Municipal de Programas Sociales Nombre del

Procedimiento Apoyo en fechas de pago de los Programas Prospera y +65 Pensión para Adultos Mayores.

Objetivo Favorecer el desarrollo de capacidades

relacionadas con la alimentación, salud y educación de las familias beneficiadas.

Fundamento legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Publicada del 5 de febrero de 1917. Vigente. Ley General de Desarrollo Social

Publicada el 20 de Enero de 2004. Vigente.

Ley de Desarrollo Social del Estado de Puebla, Publicada el 12 de junio del 2015. Vigente.

Políticas de operación 1. El Enlace Municipal coordina acciones con las autoridades locales para brindar buen servicio a los beneficiarios

2. El Enlace Municipal solicita el apoyo de uso de medios de difusión (radio) y perifoneo.

3. El Enlace Municipal es la encargada de coordinar acciones con la Secretaria de Desarrollo Social. 4. El Enlace Municipal es la encargada de coordinar acciones con los responsables de área, encargados de las mesas de atención.

5. El Enlace Municipal debe permanecer durante todo el desarrollo de las jornadas de pago en las sedes de entrega de recursos económicos.

6. El Enlace Municipal turna a las autoridades locales los calendarios de entrega de recursos que llegan de la Secretaria de Desarrollo Social.

Tiempo promedio de

II. Descripción del Procedimiento

Paso Responsable Actividad Formato

Inicio del Procedimiento

1. SEDESOL Envía calendario de pago. Calendario 2. Enlace Municipal

de Programas Sociales

Realiza oficios para publicación de calendario y actividades que corresponden en cada sede. Oficio I 3. Enlace Municipal de Programas Sociales Pega el calendario en el

periódico mural del municipio. Calendario 4. Enlace Municipal

de Programas Sociales

Solicita a través de oficios a la Coordinación de Eventos Especiales, mobiliario y agua para los beneficiarios.

Oficio II 5. Eventos

Especiales Recibe oficio y agenda eventos en las sedes. Oficio II 6. Enlace Municipal

de Programas Sociales

Realiza oficio de solicitud de resguardo de 2 oficiales, para cada sede. Dirigido al Director de Seguridad Pública.

Oficio III

7. Dirección General de Seguridad Pública

Recibe oficio y agenda. Oficio III 8. Enlace Municipal

de Programas Sociales

Asiste y brinda apoyo en las sedes en el interior del municipio.

Final del Procedimiento

I. Enlace Municipal de Programas Sociales Nombre del

procedimiento Pre Registro Seguro de Vida para Jefas de Familia. Objetivo Asegurar a las mujeres jefas de familia de 12 a 68 años

de edad que se encuentren en estado de pobreza y no tengan servicios de seguridad social para que, en caso de fallecer sus hijas e hijos puedan iniciar o continuar sus estudios.

Fundamento legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Publicada el 5 de febrero de 1917. Vigente. Ley General de Desarrollo Social

Publicada el 20 de enero de 2004. Vigente.

Ley de Desarrollo Social del Estado de Puebla Publicada el 12 de junio del 2015. Vigente.

Políticas de operación 1. Es responsabilidad del Ejecutivo Federal, la aplicación de los montos económicos que determine se apliquen a este rubro a través de la Secretaria de Desarrollo Social Federal.

2. El Enlace Municipal será quien coordine acciones con las autoridades locales.

3. El Enlace Municipal utilizara medios de difusión cuando hay jornadas de Pre registro.

4. El Enlace Municipal se encargara de recorrer las zonas prioritarias del Municipio.

5. El Enlace Municipal se encargar de coordinar acciones con las autoridades Educativas.

6. El Enlace Municipal se encargara de Brindar atención personalizada en la oficina que alberga a esta coordinación.

7. El Enlace Municipal se encargara de mantener al día un banco de datos con el Pre Registro de las Jefas de Familia.

8. El representado registrado puede acceder al beneficio una vez que la persona afiliada haya fallecido.

9. Los requisitos para acceder al beneficio son: a) Tutor: IFE, CURP Acata de Nacimiento y comprobante de domicilio.

b) Beneficiario: Acta de Nacimiento, CURP, constancia de estudios con fotografía.

Tiempo Promedio de

II. Descripción del Procedimiento

Paso Responsable Actividad Formato

Inicio del Procedimiento 1. SEDESOL Emite formatos de pre

registro para jefas de familia que habitan en las zonas de atención prioritaria

Pre registro de Seguro de Vida

2. Enlace Municipal de Programas Sociales

Recibe formato de Pre

registro y lo fotocopia. Pre registro de Seguro de Vida 3. Enlace

Municipal de Programas Sociales

Coordina el recorrido a las Juntas Auxiliares para aplicar los formatos. N/A 4. Enlace Municipal de Programas Sociales Realiza el levantamiento de Pre registro conforme al Programa de seguro de vida de jefas de familia

Pre registro de Seguro de Vida

5. Enlace

Municipal de Programas Sociales

Envía el levantamiento de los

Pre registros a SEDESOL. Pre registros 6. SEDESOL Recibe todos los formatos de

Pre registro en original. Pre registro de Seguro de Vida

7. Tutor En caso de que su jefa de

familia llega a fallecer. Se presenta con el tutor registrado para dar trámite al beneficio de Seguro de Vida para los hijos en orfandad materna.

Final del Procedimiento

I. Enlace Municipal de Programas Sociales Nombre del

Procedimiento Prueba de Supervivencia

Objetivo Comprobar que los beneficiarios del Programa +65 Pensión para Adultos Mayores estén activos.

Fundamento legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Publicada el 5 de febrero de 1917. Vigente. Ley General de Desarrollo Social

Publicada el 20 de enero de 2004. Vigente.

Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Pensión para Adultos Mayores, para el ejercicio fiscal 2015.

Ley de Desarrollo Social del Estado de Puebla Publicada el 12 de junio del 2015. Vigente.

Políticas de operación 1. El (la) Enlace Municipal es el (la) encargado (a) de coordinar acciones con los promotores regionales de SEDESOL.

2. El (la) Enlace Municipal es el (la) encargado (a) de canalizar a los beneficiarios a ventanilla del Programa +65 Pensión para Adultos Mayores. 3. El (la) Enlace Municipal brindara atención

derivada del programa en la oficina correspondiente.

4. El beneficiario deberá presentar los siguientes requisitos para la prueba de supervivencia:

a) Credencial del INE.

b) Comprobante de domicilio vigente. c) Comprobante de última prueba de supervivencia.

d) Tarjeta bancaria

5. Esta prueba se realizará cada 6 meses. Tiempo Promedio de

II. Descripción del Procedimiento

Paso Responsable Actividad Formato

Inicio del Procedimiento

1. SEDESOL Avisa al Enlace Municipal

sobre la apertura de ventanilla para la realización de prueba de vida.

N/A

2. Enlace Municipal de Programas Sociales

Recibe aviso de ventanilla para canalizar a los adultos mayores.

N/A

3. Enlace Municipal de Programas Sociales

Da el aviso por medio de radio, perifoneo e informando a los jueces de paz en comunidades sobre la apertura de ventanilla para la realización de prueba de vida.

N/A

4. Interesado Recibe aviso y acude a

ventanilla. N/A

5. SEDESOL Comprueba la supervivencia mediante huella digital y fecha.

Final del Procedimiento

I. Enlace Municipal de Programas Sociales Nombre del

Procedimiento Apoyo en el Programa Gestor Voluntario.

Objetivo Coadyuvar en la realización de actividades que contribuyan a mejorar la salud y la autoestima de la población beneficiaria del programa Pensión para Adultos Mayores + 65.

Fundamento legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Publicada el 5 de febrero de 1917. Vigente. Ley General de Desarrollo Social

Publicada el 20 de enero de 2004. Vigente.

Ley de Desarrollo Social del Estado de Puebla Publicada el 12 de junio del 2015. Vigente.

Políticas de operación 1. El Enlace Municipal se encarga de promover y fomentar la participación social de la población beneficiaria en el programa para mejorar su calidad de vida.

2. El Enlace Municipal será el vínculo entre SEDESOL y la población.

3. Los Gestores Voluntarios deberán participar en los talles de formación y capacitación.

4. Los Gestores Voluntarios brindaran apoyo para la realización de trámites y servicios.

5. Los Gestores Voluntarios serán los encargados de difundir la información de los programas de SEDESOL.

Tiempo Promedio de

II. Descripción del Procedimiento

Paso Responsable Actividad Formato

Inicio del Procedimiento 1. SEDESOL Mediante asamblea. Realiza la

elección del gestor voluntario y se asienta en un acta.

Acta 2. Gestor

voluntario Acepta y realiza sus funciones. N/A

3. SEDESOL Envía aviso de talles de

capacitación del gestor voluntario, Enlace Municipal de Programas Sociales. Calendario 4. Enlace Municipal de Programas Sociales

Recibe las fechas y horarios de los talleres de capacitación y notifica la recepción. N/A 5. Enlace Municipal de Programas Sociales

Informa a los gestores para que

asistan a las capacitaciones. N/A 6. Gestor

voluntario Asiste a su capacitación. Final de Procedimiento

IV. Glosario de Términos

Prospera. Oficialmente PROSPERA Programa de Inclusión, que es un programa que articula y coordina la oferta institucional de programas y acciones de política social, incluyendo aquellas relacionadas con el fomento productivo, generación de ingresos, bienestar económico, inclusión financiera y laboral, educación, alimentación y salud, dirigida a la población que se encuentre en situación de pobreza, bajo esquemas de corresponsabilidad que les permitan a las familias mejorar sus condiciones de vida y aseguren el disfrute de sus derechos sociales y el acceso al desarrollo social con igualdad de oportunidades.

Pensión para Adultos Mayores +65. Programa que atiende a nivel nacional a las personas adultas mayores de 65 años en adelante, otorgando apoyos económicos y de protección social.

SEDESOL. Secretaria de Desarrollo Social

D.S.G.P. Director General de Seguridad Pública del Municipio de Chignahuapan, Puebla.

Prueba de vida: Prueba derivada del Programa Pensión para Adultos Mayores dónde se verifica la existencia de vida del beneficiado.

Gestor. Miembro de un colegiado, que se dedica a promover y activar toda clase de asuntos de particulares, sociedades o corporación en oficinas públicas.

PAJA. Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas. PET. Programa de Empleo Temporal.

PPAM. Programa Pensión para Adultos Mayores.

Enlace Municipal de Programas Sociales. Oficina de la Administración Pública Municipal, que sirve de vínculo para las Delegaciones Estatales de los programas de asistencia social del Gobierno Federal.

Seguro de Vida para Jefas de Familia. Programa del Gobierno Federal que busca contribuir a dotar de esquemas de seguridad social que proteja el bienestar socioeconómico de la población en situación de carencia o pobreza, mediante la incorporación de jefas de familia en condición vulnerabilidad social a un seguro de vida.

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