Chapter 4 Error Rate Analysis of Different Configurations of C-
4.4 Result And Analysis
4.4.2 Error Rate for Single Rail with Conventional Pull-Up
Art. 20.- El Comité Ejecutivo de la Federación Barrios de
Cotacachi (FEBAC) está compuesto de la siguiente forma: a) Presidente/a;
b) Vicepresidente/a;
c) Secretario/a de actas y comunicaciones; d) Tesorero/a;
e) Tres vocales principales; f) Tres vocales suplentes; g) Un prosecretario/a; y,
h) Un equipo técnico de apoyo, si fuere necesario.
Art. 21.- Serán elegidos de entre los representantes
barriales que asistan a la asamblea general, por ende votarán los representantes barriales.
Art. 22.- Los miembros del Comité Ejecutivo durarán en sus
funciones dos años, pudiendo ser reelegidos para un nuevo período por una sola ocasión, por lo tanto el traspaso de poder de las dignidades será cada dos años, para lo cual deberá llamarse a elecciones.
Art. 23.- El Presidente/a de la Federación de Barrios de
Cotacachi será el Presidente/a del Comité Ejecutivo.
Art. 24.- El Comité Ejecutivo sesionará ordinariamente cada
15 días y extraordinariamente cuando crea conveniente por asuntos importantes a tratarse, quien convoque será el Presidente/a y estará dirigido por el Presidente/a o quien lo subrogue legalmente, y el quórum será de la mitad más uno de sus miembros. Las resoluciones se lo harán por mayoría simple.
Art. 25.- Los miembros del Comité Ejecutivo que faltaren a
tres sesiones continuas de manera injustificadas serán removidos del cargo o función y el orden de sucesión será el establecido en el presente estatuto.
Art. 26.- El Comité Ejecutivo es la autoridad institucional
después de la asamblea general por lo tanto sus deberes y atribuciones son:
a) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y demás resoluciones adoptadas por la asamblea general y por los organismos de la Federación de Barrios de Cotacachi (FEBAC);
b) Preparar las sesiones tanto de la asamblea general y del Comité Ejecutivo;
c) Dirigir y orientar los trabajos de la Federación de Barrios de Cotacachi (FEBAC) y sus filiales designando para el efecto, empleados/as o comisiones que estimare conveniente;
d) Resolver los problemas urgentes, tanto de sus afiliados como de asuntos administrativos de lo que informará a la asamblea general;
e) Conocer los informes mensuales, trimestrales y anuales, de la Presidencia, Tesorería y de las comisiones para aprobarlos y poner a consideración de la asamblea general;
f) Dar unidad y orientación de afinidad a los comités barriales;
g) Conocer en primera instancia cualquier situación de los barrios asociados, y tomar las providencias necesarias para hacer valer sus derechos;
h) Autorizar al Presidente/a la celebración de contratos en cualquier rama, acorde a las necesidades de la Federación de Barrios de Cotacachi (FEBAC) y la disposición de recursos económicos, por el tiempo y condiciones que se requieran;
i) Autorizar al Presidente/a sobre la cantidad de cien dólares;
j) Presentar un informe anual a la Municipalidad, a la Asamblea Cantonal y a la Confederación Nacional de Barrios del Ecuador (CONBADE);
k) Delegar a través del Presidente/a, funciones administrativas y manejo de recursos humanos y económicos para el desarrollo de planes, programas o proyectos de cooperación con instituciones públicas y privadas, al Director/a o Gerente contratado/a; y, l) Aceptar herencias, legados o donaciones hechas a favor
de la Federación de Barrios de Cotacachi, con beneficio de inventario.
CAPITULO VII
DE LOS MIEMBROS DEL COMITE EJECUTIVO DEL PRESIDENTE/A
Art. 27.- Son deberes y atribuciones del Presidente/a:
a) Convocar y presidir las asambleas generales y del Comité Ejecutivo, asistiendo a las mismas, con derecho a voto;
b) Firmar con el Secretario/a de actas y comunicaciones, las actas de la Federación y también de las comisiones que dirija, al igual que los acuerdos; y,
c) Firmar con el Tesorero/a y autorizar gastos hasta la cantidad de cien dólares, que con la debida oportunidad hará conocer a la asamblea general;
d) Representar judicial, extrajudicial y socialmente a la Federación de Barrios de Cotacachi en todo acto público y privado;
e) Velar por el cumplimiento de las disposiciones y normas que establezcan el estatuto y reglamentos;
f) Intervenir y vigilar todas las actuaciones del Comité Ejecutivo;
g) En caso de ausencia o enfermedad debidamente justificada el Presidente/a deberá encargar el cargo al Vicepresidente/a;
h) Presentar los informes trimestrales de actividades al Comité Ejecutivo y los informes de actividades anuales a la asamblea general;
i) Presentar por escrito al Comité Ejecutivo los proyectos tendientes a mejorar condiciones de cualquier índole a favor de las organizaciones barriales;
j) En caso de existir empate en alguna resolución del Comité Ejecutivo o de la asamblea general, el voto del Presidente/a será dirimente;
k) Coordinar con cada comité barrial la identificación y priorización de obras y proyectos de acuerdo al plan de desarrollo barrial;
l) Interesarse por organizar y reorganizar el mayor número de comités barriales urbanos, procurando resolver las dificultades que existieren en los mismos;
m) Abrir una cuenta corriente o de ahorros con el Tesorero/a de la Federación, en cualquier institución financiera de la ciudad y manejar los fondos en forma conjunta con el Tesorero/a;
n) Participar anualmente en el proceso del Presupuesto Participativo Municipal;
o) Implementar políticas de autogestión para ejecutar programas y proyectos de beneficio social;
p) Participar con voz y voto mediante su representante en las empresas de servicio público o en los consejos intersectoriales de la asamblea de unidad cantonal y otros que fueren promovidos por la Municipalidad; q) Delegar con conocimiento del Comité Ejecutivo,
aperturas de cuentas bancarias o de ahorros para el manejo de recursos inherentes a planes, programas o proyectos a los directores/as, coordinadores/as o gerentes junto con los contadores/as o tesoreros/as, manteniendo en este caso una función de supervisión del manejo de los recursos de las cuentas delegadas; y,
r) Entregar de manera obligatoria copias de la documentación requerida por las filiales mediante solicitud escrita.
DEL VICEPRESIDENTE/A
Art. 28.- Son deberes y atribuciones del Vicepresidente/a:
a) Subrogar al Presidente/a en caso de ausencia temporal o definitiva o cuando éste se encuentre impedido de ejercer su dignidad, ya sea por renuncia o fallecimiento o cuando así lo fuere necesario, con todas sus atribuciones y deberes;
b) Colaborar en la buena marcha de la Federación de Barrios de Cotacachi (FEBAC) y promulgar los principios, fines y objetivos de la misma; y,
c) En caso de ausencia temporal o definitiva, justificada o no, la Vicepresidencia asumirá el Primer/a Vocal Principal.
DEL SECRETARIO/A DE ACTAS Y COMUNICACIONES
Art. 29.- Son deberes y atribuciones del Secretario/a de
actas y comunicaciones:
a) Estar presentes en todas las sesiones, de carácter ordinario y extraordinario ya sea en asamblea general o del Comité Ejecutivo, y suscribir con el Presidente/a las convocatorias;
b) Redactar las actas de las sesiones, oficios y comunicaciones requeridas para el buen funcionamiento de la Federación de Barrios de Cotacachi (FEBAC); c) Intervenir con voz y voto en las sesiones de la asamblea
general y Comité Ejecutivo de la Federación de Barrios de Cotacachi;
d) Firmar con el Presidente/a todas las comunicaciones, acuerdos, actas y oficios;
e) Llevar la correspondencia oficial y realizar las citaciones para los diferentes organismos de la federación;
f) Presentar las actas cuando lo soliciten los diferentes organismos de la federación;
g) Entregar el archivo a su cargo ordenadamente al Secretario/a que le suceda en sus funciones;
h) Conferir copias de los documentos a su cargo en forma certificada, previa solicitud por escrito al Presidente/a y su respectiva autorización;
i) Llevar un registro y archivo de las organizaciones barriales filiales, con su respectiva Directiva;
j) En caso de ausencia temporal o definitiva, justificada o no, asumirá las funciones el prosecretario/a; y,
k) Las demás atribuciones que le señale el estatuto y reglamentos pertinentes.
DEL TESORERO/A Art. 30.- Son deberes del Tesorero/a
a) Recaudar las cuotas, multas y otras determinadas por la asamblea general;
b) Velar por el buen manejo de los ingresos de los fondos de la Federación de Barrios;
c) Llevar cuenta documentada de las recaudaciones e inversiones de los fondos de la FEBAC;
d) Facilitar información económica previa autorización del Presidente/a a quienes soliciten de forma escrita; e) Firmar con el Presidente/a, cualquier recibo ya sea de
ingreso o egresos de la Federación de Barrios de Cotacachi (FEBAC);
f) Llevar inventario de los bienes provenientes de herencias, donaciones, legados y adquisiciones que se hicieren a favor de la Federación de Barrios de Cotacachi (FEBAC);
g) Presentar garantía cuando la asamblea general o el Comité Ejecutivo lo requiera;
h) En caso de ausencia temporal o definitiva, justificada o no del Tesorero/a, el reemplazó se elegirá de entre los vocales, debiendo subrogarle a éste el respectivo Vocal suplente;
i) Firmar cuentas financieras con el Presidente/a de la FEBAC y/o directores/as, coordinadores/as, gerentes de proyectos y/o delegar dicha firma al personal administrativo contratado manteniendo en este caso la función de supervisión; y,
j) Firmar con el Presidente/a los retiros o egresos de la cuenta corriente o de ahorros que maneje la federación, y/o supervisar el manejo de recursos de cuentas con firmas de responsabilidad distintas a las suyas.
Art. 31.- DE LOS VOCALES.- Son funciones de los
vocales integrar la comisión a la que fueren designados/as y estarán normadas en el reglamento interno. En el caso de ausencia temporal o definitiva del Vocal principal asumirá sus funciones el Vocal suplente.
CAPITULO VIII