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Estimates based on information on the expected age of retirement

Section I Charts and tables

V. The economic behaviour of households

V.4. The decision to retire

V.4.2. Regression analysis of retirement decisions

V.4.2.1 Estimates based on information on the expected age of retirement

La Empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, a fin de conseguir una óptima ejecución de las labores de conservación, para lo que habrá de contar, como mínimo, con los siguientes medios humanos adecuados a tal fin.

a) Personal Técnico y Operativo.

Se designará un responsable máximo de la empresa, por cada zona, que será el interlocutor oficial con el Ayuntamiento de Fuenlabrada.

En la plantilla de la Empresa adjudicataria deberá figurar como mínimo y expresamente con dedicación exclusiva a estos trabajos el personal técnico y operativo que se indica a continuación:

− 1 Técnico de grado superior / medio en las ramas Agronómica / Forestal con dedicación exclusiva para los trabajos de conservación y limpieza por cada zona. − 1 Técnico de grado superior / medio en las ramas Agronómica / Forestal especialista

en la gestión de SISTEMAS DE GESTIÓN, INVENTARIOS Y GIS por cada zona. − 1 Técnico de grado superior / medio en las ramas Agronómica / Forestal contratado

por las contratas como personal subrogable, con salario acorde a los convenios vigentes y % de jornada proporcional al porcentaje que la contrata asuma del servicio, cuya descripción de obligaciones aparecerán en el Anexo 3.

En ningún caso podrán tener el carácter de simples asesores, sino que permanentemente han de encontrarse afectos a la dirección y organización de los trabajos.

Cualquier cambio que se produjera en este personal por los motivos que fuesen, durante el periodo de licitación, deberá ponerse en conocimiento del Excelentísimo Ayuntamiento de Fuenlabrada.

b) Encargados y capataces.

Deberán conocer perfectamente la parte de aplicación práctica de este Pliego de Condiciones Técnicas teniendo la cualificación profesional necesaria (formación reglada o no reglada, años de experiencia, etc.). En este grupo deberá haber como mínimo:

− 2 encargados por Zona.

c) Oficiales, jardineros y personal auxiliar:

El personal se distribuirá según las necesidades de mantenimiento de cada parque o zona verde, de manera que cada uno de ellos tendrá su ratio específico según sus características y las indicaciones de los Técnicos municipales, pudiendo trasladarse personal de un parque y zona verdes a otro de los incluidos en este contrato, si así fuera necesario para la realización de trabajos especiales y sin que por ellos se resientan las labores de mantenimiento, siempre con la aprobación de los Técnicos municipales.

No obstante lo anterior, el adjudicatario vendrá obligado a mantener un personal mínimo en cada zona, que deberá ser explicitado en la oferta correspondiente.

d) Personal de guardia

Existirá un retén de guardia que tendrá como misión fundamental hacer frente sin demora a las situaciones de emergencia producidas en las horas no laborables.

Cada turno de retén por zona constará, como mínimo, de un equipo formado por: − Un oficial.

− Una cuadrilla de operarios formada por un mínimo de dos personas.

Este equipo actuará en los casos de emergencia y deberá estar en conexión directa y continua con los Servicios Técnicos Municipales y con Policía Local.

e) Normas generales sobre el personal

El servicio estará cubierto los 365 días del año para lo cual se realizarán los siguientes turnos de trabajo:

 Sábados, domingos y festivos en horario de mañana principalmente, considerándose la jornada de 7 horas. El personal mínimo para este servicio será: • Para el ámbito inicial del contrato dos brigadas de 2 operarios con vehículo cada una para cada zona.

En cualquier caso los licitadores deberán reflejar en sus ofertas los horarios y jornadas de trabajo de los distintos servicios.

Cumpliendo estas normas, el adjudicatario vendrá obligado a mantener el personal que defina en la oferta.

Se notificará al organismo municipal del que dependa la conservación los nombres, categorías y demás circunstancias personales, de los operarios que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a que se refiere el presente Pliego, debiéndose expresamente autorizar su incorporación.

El personal de la Empresa adjudicataria, antes descrito, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento de Fuenlabrada, debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo, haciendo constar en los contratos de personal que realice con posterioridad a la licitación, expresamente esta circunstancia.

La Empresa adjudicataria deberá cumplir en todo momento el Convenio Colectivo Estatal de Jardinería en vigor, asumiendo cualquier coste derivado de negociación colectiva a su costa.

Todos los operarios irán provistos de uniforme y este cumplirá todas las normas establecidas en la ley de Seguridad y Salud en el trabajo en vigor: calzado reforzado, protecciones contra cortes, etc. Y una tarjeta de identidad. El modelo de uniforme se fijará por el Servicio de Parques y Jardines y deberá ser usado en todo momento con decoro y limpieza.

La Empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones sociales ante el Ayuntamiento de Fuenlabrada, siendo caso de resolución del contrato de la conservación estar al descubierto en las cuotas de la Seguridad Social.

Asimismo, las Empresas adjudicatarias contratarán todo el personal que el servicio requiera con las modalidades de contratación legalmente establecidas.

Cualquier incremento o disminución de la plantilla de la empresa adjudicataria afectas al servicio deberá ser autorizado expresamente por el Servicio de Parques y Jardines.

Es absolutamente obligatorio realizar la sustitución de vacaciones de todo el personal adscrito al servicio (desde los técnicos al peón). Con el objeto de cubrir los absentismos

menos previsibles la empresa adjudicataria deberá incorporar a la plantilla, a partir del 15 de abril de cada año los peones necesarios con el objeto de que dicho absentismo sea reducido hasta los niveles que sean considerados como razonables por los Servicios Técnicos Municipales, siendo estos quienes darán el visto bueno para finalizar el 30 de octubre del mismo año con este personal de refuerzo a petición de la empresa adjudicataria. La sustitución del personal por vacaciones o absentismo podrá efectuarse con personal de la categoría peón al tratarse de personal contratado por un corto periodo de tiempo y entenderse que la cualificación del personal que se sustituye será complementada por el resto de personal de plantilla.

En el caso de la sustitución de vacaciones, esta será por categorías de peón.

En el caso de ausencias por enfermedad o accidente, cuando estas supongan un periodo

superior a 30 días (un mes), se considerará una baja de larga duración por lo que la

empresa adjudicataria deberá sustituir por nuevos puestos en plantilla de forma transitoria, y en caso de ser inferiores a este periodo, se deberán anotar en los partes de control respectivos y recuperar esas jornadas a partir del 15 de abril de cada año tal y como anteriormente se ha indicado.

La Empresa adjudicataria deberá realizar cursos de formación periódicos para el personal, de forma que exista un proceso continuo de mejora en el desarrollo de los programas de gestión. En este sentido los licitadores deberán presentar en sus ofertas un Plan de Formación Continua del todo el personal.

La sustitución de las bajas, suplencias de vacaciones, etc. que no se ajusten a lo fijado en párrafos anteriores podrán ser objeto de sanción.

Los licitadores incluirán en su oferta una proposición cuantitativa y cualitativa del personal necesario, que justificarán en su magnitud y composición por categorías profesionales así como su organización para la buena ejecución de las labores de conservación.

El párrafo anterior incluye aquellos profesionales y mandos intermedios o personal laboral que formen parte del equipo técnico, administrativo y de servicios, indirectos y generales, con todo el detalle de composición, titulación, formación y asignación de funciones así como de aquellos servicios personales o sociales que puedan proponerse contratar.

Una vez revisados y aceptados por los Servicios Técnicos competentes los equipos humanos adscritos a la contrata, se confeccionará una lista única de categorías, especialidades, asignación física a puestos, núcleos o unidades de trabajo, que se considerará el documento de arranque inicial de la concesión a los efectos de cualquier control.

En todo momento o con aviso previo, el Ayuntamiento de Fuenlabrada podrá hacer las comprobaciones y controles que crea necesarios del personal asignado a cada Zona para su adecuado seguimiento.

Los licitadores no podrán proponer ofertas alternativas elaboradas sobre la base de una plantilla inferior a la explicitada en este pliego.

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