501 Pieza de ejecución 106/2008
Jesús Sevillano Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria-Gasteiz, hago saber:
Que en autos Pieza ejecución 106/2008 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Carmen Daubagna Arregui contra herencia yacente o herederos legales de María del Carmen Vargas Díez sobre cantidad, se ha dictado la siguiente:
Decreto número 43/1013
Secretario judicial que lo dicta: Jesús Sevillano Hernández En Vitoria-Gasteiz, a 28 de enero de 2013.
Antecedentes de hecho
Primero.- Por resolución de fecha 6 de octubre de 2008 se acordó en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor María del Carmen Vargas Díez a fin de dar cumplimiento forzoso a lo resuelto en sentencia recaída en los mismos. Durante la tramitación de la presente ejecución falleció la ejecutada, conti- nuándose el procedimiento frente a la herencia yacente o herederos legales de María del Carmen Vargas Díez.
Segundo.- El importe del principal, intereses legales y costas provisionalmente calculados que aún están pendientes de pago asciende, respectivamente, a 3.538,92 euros y 793,49 euros.
Tercero.- Se dio audiencia por 15 días al Fondo de Garantía Salarial a fin de que señalase nuevos bienes del deudor sobre los que hacer traba o instase lo que a su derecho conviniese, resultando infructuoso cuanto se practicó en relación a lo que dicho Organismo interesó.
calculados para intereses y costas, se declara insolvente, por ahora, al deudor herencia yacente o herederos legales de María del Carmen Vargas Díez, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Firme la declaración de insolvencia, hágase constar en el Registro correspondiente (artículo 276.5 de la LJS) y archívense provisio- nalmente las actuaciones.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de impugnarla: mediante recurso de revisión ante el Juez, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, por escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido (apartados 1 y 2 del artículo 188 de la LJS).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito), consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª de la LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los sindicatos, quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comu nidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Lo decreto y firmo. Doy fe.
Y para que le sirva de notificación a herencia yacente o herederos legales de María del Carmen Vargas Díez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOTHA.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
En Vitoria-Gasteiz a 29 de enero de 2013.– EL SECRETARIO JUDICIAL.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE VITORIA-GASTEIZ502 Pieza de ejecución 18/2013
Jesús Sevillano Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria-Gasteiz, hago saber:
Que en autos Pieza ejecución 18/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Bruno Ferreiro De Dios contra Mefabi SL sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente:
Auto
Magistrado que lo dicta: Juana María Rodríguez Garlito En Vitoria-Gasteiz, a 22 de enero de 2013.
Antecedentes de hecho
Primero.- El 29 de noviembre de 2012 se ha dictado por este Juzgado Sentencia, que ha alcanzado el carácter de firme, cuyo fallo es el que sigue:
3.- Notifíquese esta resolución a las partes, a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículos 252 y 23 de la LJS).
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición ante el Juez, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de expresar la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despachada según lo previsto en el apartado 4 del artículo 239 de la LJS.
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la LJS).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo BANESTO (Banco Español de Crédito), consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª de la LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, los sindicatos, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
Y para que le sirva de notificación a Mefabi SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOTHA.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
En Vitoria-Gasteiz a 29 de enero de 2013.– EL SECRETARIO JUDICIAL.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE VITORIA-GASTEIZ514 Pieza de ejecución 109/2012
Jesús Sevillano Hernandez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria-Gasteiz, hago saber:
Que en autos Pieza ejecución 109/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Joaquin Justino Martins contra Pavimentos Bedua SL sobre reclamación de cantidad, se ha dictado el siguiente:
AUTO
Magistrado que lo dicta: Juana María Rodríguez Garlito En Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2013.
Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 188.3 de la LJS). Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
Firma magistrado Firma secretario judicial
Y para que le sirva de notificación a Pavimentos Bedua SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOTHA. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
En Vitoria-Gasteiz a 29 de enero de 2013.– EL SECRETARIO JUDICIAL.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE VITORIA-GASTEIZ515 Pieza de ejecución 115/2012
Jesús Sevillano Hernandez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria-Gasteiz, hago saber:
Que en autos Pieza ejecución 115/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Joaquin Justino Martins contra Pavimentos Bedua SL sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente:
AUTO
Magistrado que lo dicta: Juana María Rodríguez Garlito En Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2013.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- En el presente proceso se ha interpuesto por el Fondo de Garantía Salarial, recurso de revisión contra el decreto de 7 de diciembre de 2012.
Admitido a trámite el recurso, se ha dado traslado a las demás partes personadas por plazo común de tres días sin que se haya presentado escrito alguno.
PARTE DISPOSITIVA
Se estima el recurso de revisión interpuesto por el Fondo de Garantía Salarial, contra el decreto de 07/12/2012, dejando sin efecto la declaración de insolvencia acordada en el mismo.
Se decreta la suspensión de la presente ejecución con efectos del 6 de septiembre de 2012.
Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 188.3 de la LJS). Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
Firma Magistrado Firma Secretario Judicial
Y para que le sirva de notificación a Pavimentos Bedua SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOTHA. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
En Vitoria-Gasteiz a 29 de enero de 2013.– EL SECRETARIO JUDICIAL.
de lo Social número 2 de Vitoria-Gasteiz, hago saber:
Que en autos Social ordinario 440/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Beatriz Fernández Ávila contra Haurren Geroa SL sobre materias laborales individuales, se ha dictado la siguiente:
Fallo
Que, estimando la demanda formulada por el Letrado Oscar Urretxo Fernández de Betoño, en nombre y representación del Sindicato ELA y de Beatriz Fernández Ávila, frente a la mercantil Haurren Geroa, SL, debo condenar a la empresa demandada a que abone a la demandante las siguientes cantidades:
727,65 euros netos, en concepto de mitad de la paga de verano de 2011;
1.470,87 euros netos, en concepto de paga de Navidad de 2011. Más el diez por ciento de interés por mora en el pago por cada una de dichas cantidades y calculado en proporción anual desde la fecha de su devengo respectivo hasta la de esta Sentencia.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de supli- cación, por lo que la misma es firme desde la fecha de su dictado (artículo art. 191.2 g) de la LJS).
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación a Haurren Geroa SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOTHA. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
En Vitoria-Gasteiz a 29 de enero de 2013.– LA SECRETARIO JUDICIAL.