Chapter 3: Development of the Methodology for a Case-Control Study
3.4 Exclusion Factors
Machala, 20 de enero de 2015 Ing.
Raquel Ximena Guzmán Recalde DIRECTORA PROVINCIAL EL ORO SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Presente.-
De mi consideración:
He realizado la auditoría de cumplimiento al Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva dentro de la Dirección Provincial El Oro del Servicio de Rentas Internas, correspondiente al período 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014.
La Administración Tributaria es responsable de difundir y velar por el cumplimiento del Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva dentro de su organización, así como de mantener y actualizar el Código de Ética Institucional para que sea aplicado por todos sus funcionarios.
Mi obligación es expresar conclusiones sobre cada uno de los temas de la auditoría de cumplimiento realizada con base en los procedimientos que se ha considerado necesarios para la obtención de evidencia suficientemente apropiada, con el propósito de obtener una seguridad razonable de las conclusiones sobre la adopción por parte del Servicio de Rentas Internas Regional El Oro hacia el Código de Ética.
Dadas las limitaciones inherentes de cualquier estructura de control interno, por efecto del muestreo obligatorio pueden ocurrir errores o irregularidades y no ser detectados; así también las proyecciones de cualquier evaluación del control interno para periodos futuros están sujetas al riesgo de que el control interno se pueda tornar inadecuado por los cambios en sus elementos.
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El presente examen de auditoría se efectuó de acuerdo con las Normas Internacionales de auditoria emitidas por el Comité Internacional de Prácticas de Auditoría del Consejo de la Federación Internacional de Contabilidad, Normas Ecuatorianas de Auditoría, aplicables a la auditoría sobre cumplimiento de leyes. Estas normas requieren que el examen sea planificado y ejecutado para obtener certeza razonable de que la información y la documentación se haya ejecutado de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, políticas y demás normas aplicables.
La auditoría de cumplimiento verificó la sujeción a las leyes y regulaciones aplicables a la entidad, en especial al Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva y del Código de Ética de las Servidoras y los Servidores del Servicio de Rentas Internas.
En nuestra opinión, la aplicación del Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva
y del
Código de Ética de las Servidoras y los Servidores del Servicio de Rentas Internas se cumple integralmente.Debido a la naturaleza de la acción de control efectuada, los resultados se encuentran expresados en los comentarios, conclusiones y recomendaciones que constan en el presente informe.
Hallazgo (1): Falta de sesiones mensuales del Comité de Ética Regional.
El Comité de Ética de la Dirección Provincial El Oro del Servicio de Rentas Internas durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014 no sesionó todos los meses, tal como lo establece el Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva
y el
Código de Ética de las Servidoras y los Servidores del Servicio de Rentas Internas.De acuerdo Art. 19 de Capítulo IV del Código de Ética de las Servidoras y los Servidores del Servicio de Rentas Internas, el Comité de Ética Regional deberán realizar por lo menos una vez al mes sesiones para conocer asuntos inherentes al Código de Ética. Así mismo lo establece el Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva en el Capítulo VII que dispone se reúnan una vez por mes de forma ordinaria.
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De la entrevista realizada a la única funcionaria miembro de Comité de Ética que aún labora en la Dirección Provincial El Oro del SRI, informa que se debe a diversas labores que debían realizar los miembros del comité que impidieron se den las sesiones de forma mensual.
Recomendación (1): A la Directora Provincial:
- Dispondrá y vigilará que el Comité de Ética Provincial realice sus sesiones al menos una vez al mes, para que revise los asuntos inherentes al cumplimiento del Código de Ética por parte de los funcionarios de la entidad.
Hallazgo (2): No se ha renovado el Comité de Ética Regional.
No se ha renovado el Comité de Ética de la Dirección Regional El Oro del Servicio de Rentas Internas, el mismo que se desintegró desde inicios del año 2014. Sin embargo el Código de Ética de las Servidoras y los Servidores del Servicio de Rentas Internas establece que las funciones del Comité de Ética Regional deben ser renovadas cada dos años.
De la revisión efectuada, se detectó que desde inicios del año 2014, el Comité de Ética de la Dirección Provincial El Oro del Servicio de Rentas Internas no está correctamente conformado, debido a la renuncia de tres de sus miembros.
Recomendación (2): A la Directora Provincial:
- Dispondrá al Área de Talento Humano de la Dirección Provincial, para que proceda con la convocatoria a todos los funcionarios para que elijan al servidor que los represente dentro del Comité de Ética.
- Designará a dos funcionarios de la Dirección Provincial para que sean miembros del Comité de Ética.
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- Verificará que se conforme el Comité de Ética Provincial de acuerdo a lo establecido en el Código de Ética.
Hallazgo (3): Falta de organización de expedientes del Comité de Ética.
No se archiva correctamente la información de las Sesiones realizadas por el Comité de Ética durante el 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014. Esta documentación se debe almacenar y organizar correctamente, ya que cada Actas de Sesiones del Comité de Ética debe encontrarse en un expediente de responsabilidad del Secretario de la Comisión Regional.
Debido a la renuncia de varios miembros del Comité de Ética, entre ellas la Secretaria del Comité, no se ha podido organizar correctamente los expedientes de las sesiones realizadas en el período analizado.
Recomendación (3): A la Directora Provincial:
- Gestionará a que organicen correctamente los expedientes de las Sesiones del Comité de Ética Provincial.
- Verificará que exista un responsable del control y custodia de las actas generadas por las sesiones del Comité de Ética Provincial.
- Dispondrá que ante la renuncia de algunos de sus miembros del Comité de Ética, los expedientes deben quedar correctamente archivados.
Hallazgo (4): Falta de suscripción de una carta de compromiso por parte de los funcionarios del SRI.
Los funcionarios del Servicio de Rentas Internas no han suscrito una carta de compromiso, la misma que menciona el Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva en su Capítulo VI. De la Responsabilidades y Compromisos del Servidor/a y Trabajador/a Público/a. En esta carta de compromiso, el funcionario asume la responsabilidad de cumplir con el contenido y las formas de aplicación del Código de Ética.
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La Unidad de Talento Humano de la Provincial El Oro únicamente informa a sus funcionarios a que deben aplicar el Código de Ética de las Servidoras y los Servidores del Servicio de Rentas Internas.
Recomendación (4): Al Director Provincial:
- Gestionará para que la Dirección Nacional del Servicio de Rentas Internas aplique la suscripción de una carta de compromiso en la que los funcionarios asuman la aplicación del Código de Ética.
Atentamente,
Vanessa Cabrera Carrión. AUDITOR
82 Seguimiento o monitoreo de las recomendaciones.