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Contents SUMMARY

2. Research question and objective

4.3 Experiment 1 Pilot study

En la línea de lo recientemente planteado, la evaluación de avances y retrocesos a la luz de los elementos esenciales o componentes fundamentales de la democracia, como lo establece la CDI en los

12El Art. 110 de la Carta de la OEA establece: “… El Secretario General podrá llevar a la atención

de la Asamblea General o el Consejo Permanente cualquier asunto que, en su opinión, pudiese afectar la paz y la seguridad del Continente o el desarrollo de los Estados Miembros…”.

artículos 3 y 4,13se estima que proveerá a los países y a las organizaciones internacionales con mayor información para identificar áreas vulnerables que requieren atención. Esto ayudaría, asimismo, a ordenar las prioridades para el uso de recursos nacionales e internacionales para tratar dichas áreas y contribuir a prevenir rupturas de la democracia.

Estos procesos de evaluación constituirían mecanismos de interacción permanente con los Estados miembros para darle un seguimiento periódico a los procesos de fortalecimiento de la institucionalidad democrática y detectar temprana y oportunamente cualquier problema que tenga el potencial de convertirse en una amenaza para la institucionalidad democrática. Asimismo, permitiría a la OEA trabajar con los países en cada una de las áreas deficitarias con programas de cooperación destinados a corregir las fallas y hacer progresar la democracia en sus aspectos concretos, tales por ejemplo, separación y balance entre los poderes del Estado, poder legislativo dotado de capacidad política y técnica propia, justicia profesional y plenamente independiente; límites claros al ejercicio del poder; normas claras y estables en el proceso democrático, fortalecimiento de los partidos políticos, desarrollo de mecanismos de control ciudadano, etc. Constituirían un verdadero barómetro de la democracia a través del cual se pueda poner de relieve que el proceso de gobernabilidad democrática en un Estado pueda estar amenazado, o advierta tendencias, actos o circunstancias que atentan contra los elementos esenciales de la democracia.

En resumen, estos mecanismos de seguimiento para la promoción de la democracia, tendrían la ventaja de crear un espacio ad hoc para la presentación y debate de los programas que lleva adelante la OEA y también para dialogar sobre los problemas específicos que se presentan en diversas áreas: observaciones electorales; prevención anticipada de las crisis políticas a través de gestiones del Secretario General o de Misiones Técnicas de la OEA; legislación para los partidos políticos y las garantías para llevar adelante actividades políticas en general; la promoción de los valores ciudadanos y la gobernabilidad democrática; entre otros. No se trataría de un mecanismo para efectuar denuncias o críticas sino un espacio para el intercambio de “buenas” y “malas” experiencias y debatir propuestas y posibles cursos de acción, de modo tal que se coadyuve a visualizar las deficiencias y las fortalezas de las distintas experiencias prácticas existentes. Asimismo, a través de los resultados de estos mecanismos, podrían concertarse programas subregionales de cooperación para la promoción de los valores y las instituciones democráticas.

En relación a la creación de un sistema de alertas tempranas se han sugerido una variedad de propuestas. Entre ellas:

a. La elaboración y entrega de informes periódicos, tal vez anuales, sistematizados y actualizados sobre el estado de la democracia y que permitan identificar temprana y oportunamente las amenazas que acechan contra los procesos de gobernabilidad democrática en los países y las tendencias, actos y circunstancias que atentan contra los elementos esenciales de la democracia. Como ejemplos, dentro del marco de la OEA de esta forma de seguimiento se señalan, entre otros: a) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que entrega anualmente informes de distintos países, así como

13 RAMACCIOTTI, Beatriz M. Señala: “Entendemos que los primeros(Art. 3), por ser esenciales-

respeto a las libertades y los derechos humanos; acceso al poder y su ejercicio conforme al estado de derecho; elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto, un y la separación e independencia de los poderes públicos-y los segundos(Art. 4), por constituir componentes coadyuvantes de un orden democrático- probidad y transparencia en las actividades de gobierno; responsabilidad en la gestión pública; respeto a los derechos sociales; libertad de expresión y de prensa; subordinación general a la autoridad civil-aunque ambos deban ser respetados, se diferencian en el grado de impacto que puedan generar en el orden democrático si llegaran a incumplirse; por ello su relación directa con las medidas de acción colectiva que puedan adoptarse por parte de la OEA con respecto a la ocurrencia de estas violaciones en un determinado Estado miembro. La ventaja de la enunciación diferenciada es que se proporciona un medio para identificar unos y otros, y así apreciar colectivamente, en el marco de las funciones de los órganos competentes de la OEA, el grado de afectación del orden democrático en un país determinado para luego proceder o no, a aplicar alguna de las medidas graduales previstas en el Capítulo IV; o de ser el caso, activar el mecanismo de acción colectiva y aplicar la sanción correspondiente”, op. cit., p. 183-184.

un Informe Anual a la Asamblea General; b) La misma CIDH evalúa a través de relatorías especiales otros aspectos de la CDI vinculados a los derechos humanos, como la libertad de expresión, los derechos de la mujer, de los pueblos indígenas; los de los afro descendientes; y la condición de las personas privadas de libertad; c) La Primera reunión del Comité creado por la Convención para Evitar la Discriminación contra las Personas con Discapacidad acordó realizar también un seguimiento del cumplimiento por los países miembros de las obligaciones de la Convención; d) La Subsecretaría de Asuntos Políticos realiza, a través de sus Misiones de Observación Electoral, efectuadas de conformidad con las normas de la CDI (Cap.V), evaluaciones a posteriori de los procesos y sistemas electorales de los países miembros.

b. La creación de una Comisión Observadora Permanente que monitoree periódicamente con parámetros objetivos y genéricos, acordados previamente por los Estados miembros de la OEA, la calidad y el estado de la democracia en la región. En este marco, surge como propuesta también la creación de un Consejo de la Democracia, formado por personalidades del continente.

c. Como alternativa a la existencia de un mecanismo de evaluación global de la democracia en los Estado Miembros, surge la de realizar evaluaciones multilaterales específicas acordados entre los Estados a áreas hasta ahora no consideradas, como por ejemplo partidos políticos o sistemas judiciales. Se aduce que un procedimiento de este tipo, tendría como ventaja el eliminar las suspicacias de intervención que podría acarrear la pretensión de una evaluación de la democracia de manera general.

d. La propuesta del Gobierno de Perú con ocasión del V Aniversario de la suscripción de la CDI (2006) de crear con carácter voluntario un mecanismo de revisión inter-pares como los existentes en OEA, como por ejemplo, el mecanismo anticorrupción del MESICIC o del control de drogas en la CICAD, en materia de violencia contra la mujer, etc. Existe también la experiencia de las Naciones Unidas y, en particular, del Consejo de Derechos Humanos, en lo que se llama la revisión periódica y universal que se viene realizando desde hace ciertos años y que toca ciertos países cada cuatro años. En esa revisión, participan otros países y es lo que se llama una revisión de pares (peer review). Este mecanismo facilitaría la identificación de deficiencias, brechas y déficit y de áreas a fortalecer, privilegiando la cooperación horizontal y técnica para abordarlas. El mecanismo de evaluación inter pares de la democracia involucraría expertos propuestos por los gobiernos, debería aceptar aportes de la sociedad civil y compartir su informe con el Consejo Permanente, ofreciendo recomendaciones a los gobiernos. Este ejercicio no puede visualizarse como una calificación de un Gobierno o las instituciones de un país. Por el contrario, debe ser visto desde la perspectiva de un foro de participación voluntaria en el que conjuntamente se identifiquen aspectos de las instituciones nacionales que deben ser fortalecidos, incluyendo el fortalecimiento legal. Podría constituir una buena manera de iniciar el sistema, un plan piloto de países dispuestos, voluntariamente, a permitir que se evalúen elementos específicos de su democracia.

e. La creación de un Relator Especial para la Democracia siguiendo el esquema y práctica vigente en el sistema interamericano de derechos humanos, dependiente del Secretario General, postulando algunos como variante la creación de una relatoría de tiempo completo sobre derecho a la democracia de acuerdo con el artículo 1 de la CDI en el seno de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, similar a la relatoría sobre libertad de asociación e independencia judicial adoptadas por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

f. La creación de un Ombudsman para la Democracia o un Enviado Especial para la democracia independiente que desempeñe funciones y tareas preventivas efectuando un seguimiento sistematizado e informado de los procesos políticos de cada país, generando espacios de diálogo y canales de interlocución con diferentes actores políticos, sociales, económicos en cada país, con criterio de prevención y con capacidad para hacer recomendaciones de asistencia y acción a la Secretaría General o al Consejo Permanente. Asimismo, podría ser concebido además con funciones de promoción de la democracia y no sólo de defensa o promoción de la democracia.

g. Con características similares a la propuesta anterior, es la creación de la figura de un Alto Comisionado para la Defensa de la Democracia, cuya principal virtud o característica sería la de no comprometer necesariamente a la Organización como un todo ni, por otra parte, debilitar las facultades del Secretario General.

h. Otra propuesta, pensando justamente en no debilitar el rol del Secretario General, plantea la posibilidad-en lugar de tener una figura permanente con uno u otro nombre- de generar designaciones ad hoc por acuerdo o por resoluciones del Consejo Permanente para informar a este cuando se produzcan situaciones que lo ameriten. Una variante de lo anterior, es la creación de un Enviado para la Democracia, sujeto a la Secretaría General, pero con el encargo de actuar con un rol eminentemente preventivo, centrado en el diálogo discreto y de buenos oficios para la prevención de crisis institucionales.

Respecto de todas estas figuras ya expuestas, surge la propuesta que debieran contar con una invitación abierta de los Estados Miembros para visitar los países en cualquier momento, sin requerir autorización previa del gobierno de turno, para poder reunirse sin restricciones con autoridades gubernamentales y actores sociales.

4. Fortalecimiento de la capacidad de apoyo de la OEA en la promoción y consolidación

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