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II. ALGORITHM ENHANCEMENTS FOR IMPROVEMENT OF LOCALIZED

3. EXPERIMENTS AND RESULTS ANALYSIS

2. Confirmar para el caso del Personal de apoyo adicional puedo utilizar el Formulario A- 8.2 y no considerarlo en el organigrama

Respuesta No. 518:

1. Se confirma. Ver Enmienda N° 1

2. Ceñirse a lo indicado en las bases. Se aclara que el Personal de Apoyo Adicional no debe detallar en el Formulario A-8.2.

Pregunta No. 519:

Referencia(s) de las bases

Sección: DOCUMENTACION TECNICA -9.4.3 Capacidad para la prestación del servicio Numeral : 9.4.3.1 Personal Clave

Página: 18-19

Las bases indican lo siguiente:

Así mismo, si la entidad o empresa contratante del servicio que emite la documentación de acreditación de experiencia de los profesionales, resulta ser:

El Proponente individual o en consorcio del presente concurso, o

Si el profesional presenta un certificado emitido por él mismo o por una empresa de la cual es propietario o representante, o

Si un profesional propuesto presenta certificado emitido por otro profesional propuesto en el mismo equipo

En cualquiera de estos tres casos, los documentos de acreditación, deben estar acompañados de copias de las constancias o documentos suscritos por la Entidad Contratante del Servicio que certifiquen que dicho profesional participó en el correspondiente servicio.

Además de dichas acreditaciones, se deberá presentar copia del contrato suscrito entre la Entidad Contratante del Servicio y el citado proponente o empresa o profesional

Consulta :

Para el primer caso : Si la empresa integrante de presente Consorcio emite un Certificado a un profesional de planta que realizo el trabajo, se solicita que solo sea necesario acreditar mediante un contrato entre la ENTIDAD(dueño de la obra) y el integrante del Consorcio, afín de poder acreditar que el integrante del consorcio superviso la obra, adicionando a ello de ser necesario el contrato entre el profesional y el empleador (Integrante del consorcio), porque no es común tener certificados emitidos a profesionales por la ENTIDAD(dueña de la obra), esto implicaría un impedimento a la mayoría de empresas nacionales y extranjeras, porque las entidades no emiten certificados a profesionales debido a que no tiene vínculo contractual con ellos sino con las empresas prestadoras del servicio, si es incorrecta nuestra apreciación sírvase aclarar.

Respuesta No. 519:

Ver respuesta a la Consulta N° 12

Pregunta No. 520:

Consulta y/u Observación Nº 01 Referencia(s) de las Bases

Literal: B – Documentos de las Bases de Concurso Numeral: 7.0 – Consultas y Aclaraciones

Páginas: 10

Consulta y/u Observación:

En el cronograma del proceso se establece que la fecha de presentación de las propuestas será el 14.10.2014, considerando la importancia de este proyecto y la concurrencia de empresas de prestigio internacional especializados y teniendo en cuenta el volumen de información a presentarse para acreditar la experiencia del postor y de los profesionales, solicitamos se prorrogue la fecha de presentación de propuestas por un plazo no menor a treinta (30) días

Respuesta No. 520:

Ver respuesta a la Consulta N° 1

Pregunta No. 521:

Consulta y/u Observación Nº 02 Referencia(s) de las Bases

Literal: C – Preparación de Propuestas

Numeral: 9.0 – Documentos que conforman la Propuesta, sección 9.2 g)

Páginas: 13

En el Numeral 9.2 de las Bases del Proceso, se está solicitando que el postor que obtenga la Buena Pro a la firma del contrato cuente con el Registro Nacional de Proveedores vigente. Considerando que los servicios de supervisión solicitados requieren de la concurrencia de Empresas Extranjeras especializadas en el rubro, y teniendo en cuenta que un proceso de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores puede demandar de un plazo mayor al establecido entre el otorgamiento de la Buena Pro y la suscripción del contrato. Solicitamos para que el Postor que obtenga la Buena Pro, presente para la suscripción del contrato, el documento que demuestre el inicio del trámite para su inscripción en el RNP.

Respuesta No. 521:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 522:

Consulta y/u Observación Nº 03 Referencia(s) de las Bases

Literal: A – Generalidades Numeral: 4.1.2 (13)

Páginas: 08

Consulta y/u Observación:

En el Numeral 4.1.2 (13) de las Bases se señala que no podrán participar en el presente concurso “Si la empresa supervisora participo contratada por el Estado en la evaluación de este proyecto de concesión, en el análisis de su modalidad de ejecución, ó en su diseño”. Al respecto, agradeceremos aclaren sobre esta restricción y precisen a que se refieren con evaluación del proyecto de concesión. Cabe precisar que las experiencias de empresas nacionales contribuyen a la mejora en la Etapa de Supervisión del Presente concurso; además, la naturaleza de la presente convocatoria es la concurrencia o búsqueda del mejor postor y con mejor experiencia. Asimismo, de acuerdo al Literal I – Contratación del Servicio, no se establecen disposiciones como lo señalado en el párrafo precedente.

Respuesta No. 522:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 523:

Referencia(s) de las Bases

Literal: C – Preparación de Propuestas

Numeral: 9.0 – Documentos que conforman la propuesta, 9.4.3.1 Personal Clave

Páginas: 19

Consulta y/u Observación:

En el Numeral 9.4.3.1 – Personal Clave, de las Bases del Proceso se indica “El proponente que resulte adjudicado deberá presentar copia de Certificado de Habilidad Vigente del Colegio Profesional respectivo para cada uno de los profesionales asignados”. Considerando que la participación efectiva de los profesionales en el servicio será gradual en función a su especialidad, solicitamos que esta acreditación se presente al inicio de su efectiva participación en la supervisión y no necesariamente de todos los profesionales a la firma del contrato.

Respuesta No. 523:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 524:

Referencia(s) de las Bases

Literal: C – Preparación de Propuestas

Numeral: 9.0 – Documentos que conforman la Propuesta, 9.2 e) Documentación Legal

Páginas: 12

Consulta y/u Observación:

Se solicita que la Carta Fianza Bancaria de Garantía de Seriedad y Validez de Propuesta a favor de UNOPS, sea emitida proporcional a los porcentajes de participación en caso de Consorcio que sumados den el importe solicitado.

Respuesta No. 524:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 525:

Referencia(s) de las Bases

Sección: VI – Modelo del Contrato Numeral: 9.4

Páginas: 78 y 79

Consulta y/u Observación:

En el Numeral 9.4 se indica que las valorizaciones son trimestrales, asimismo en el Numeral 9.8 se indican que “OSITRAN tiene un plazo de 15 días hábiles siguientes a la recepción de cada informe, para emitir la respectiva aprobación, siempre y cuando no se encuentra observado. Una vez aprobado los informes correspondientes al trimestre el pago se efectuara dentro de los 30 días calendario siguientes”. Lo indicado prevé un escenario de ausencia de valorizaciones de aproximadamente 5 meses, lo cual resulta peligroso para el equilibrio económico, por lo que solicitamos que los pagos sean mensuales y se reduzca los plazos de aprobación a 5 días hábiles y los pagos dentro de los 15 días calendario siguientes a la aprobación.

Similar situación se observa en la Sección 7.0 Términos de Referencia, Numeral 9.0 – Formas de Pago, Páginas 91 y 92.

Respuesta No. 525:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 526:

A fin de fomentar una mayor participación y pluralidad de postores que cumplan con las altas exigencias solicitadas en las bases de contratación, y, teniendo en cuenta la complejidad de la materia, es necesario contar con un mayor espacio de tiempo, de modo que los equipos técnicos y legales de los ofertantes cuenten con un periodo mayor de tiempo para el desarrollo de sus propuestas. En este sentido, se consulta la posibilidad de ampliar la fecha de presentación de la propuesta por un período mínimo de 30 días desde la absolución de las consultas hasta la presentación de la oferta.

Respuesta No. 526:

Ver respuesta a la Consulta N° 1

Pregunta No. 527:

Bajo los principios de razonabilidad, eficiencia y economía, resulta incongruente la solicitud de un perfil como el JEFE DE MATERIAL RODANTE con experiencia en el diseño o supervisión de la fabricación; puesto que la función de dicho profesional está relacionada directamente con la operación de los coches, más no con la fabricación de los mismos, por lo que desde nuestro punto de vista no existe afinidad y/o concordancia con el objeto del servicio. En dicha medida, resultaría desproporcionado que una empresa dedicada a la supervisión se le exija cuente con un personal que se haya dedicado a la comercialización de MATERIAL RODANTE desde la fabricación, por lo que consideramos necesario suprimir dicha exigencia del perfil del profesional en mención.

Respuesta No. 527:

Ceñirse a lo indicado en la base.

Pregunta No. 528:

Referencia(s) de las Bases

Sección I: Instrucciones para los Proponentes Numeral 4.1.1: Requisitos para participar Página: 5 y 6

En el segundo párrafo de la pág. 6 indican que: “Esto significa que las firmas participantes deberán contar con experiencia demostrada en los servicios solicitados, de acuerdo con lo señalado en el numeral 9 de las Instrucción para los Proponentes”.

Al respecto y teniendo en cuenta que la evaluación en caso de consorcio, será de forma conjunta, sírvanse confirmar que no necesariamente cada una de las empresa conformante de un consorcio deba cumplir con los requisitos mínimos obligatorios del perfil de la Empresa Supervisora, solicitados en el numeral 11, de la Sección VII - Términos de Referencia. Respuesta No. 528:

Se confirma

Pregunta No. 529:

Referencia(s) de las Bases

Sección I: Instrucciones para los Proponentes Numeral 9.2 Documentación Legal (c)

Página: 12

Teniendo en cuenta el corto tiempo otorgado para presentar una propuesta de tal magnitud y a ello los plazos de ley que tiene el Organismo Supervisor de las Contrataciones de Estado para

certificar la inscripción de un proponente en el Registro Nacional de Proveedores, solicitamos lo siguiente:

- Ampliar la fecha límite de presentación de propuesta.

- Los proponentes que deseen participar en la presente convocatoria no deberán contar necesariamente, en esta etapa, con su RNP vigente, el cual será solicitado al momento de la suscripción del contrato.

Respuesta No. 529:

Ver respuesta a la Consulta No. 1

Ver respuesta a la Consulta No. 2. Se aclara que la respuesta a la consulta solamente aplica a empresas no domiciliadas en el Perú.

Pregunta No. 530:

Numeral 4. CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS 4.1 PARTICIPANTES

4.1.2 Incompatibilidades, prohibiciones y/o impedimentos para la participación en el presente Concurso

Sub numeral 1, Pagina 6 de las Bases

Las bases indican que: “Si la empresa supervisora o el Jefe de la Supervisión propuesto ha prestado, en los doce meses anteriores a la fecha de la convocatoria, servicios al concesionario o a sus accionistas o filiales o sucursales”.

Según nuestro parecer este impedimento para ser participante es muy restrictivo y genérico sobre todo limita la participación de potenciales postores que pueden hacer más competitivo este proceso de selección en vista que limita el derecho a participar en un proyecto tan importante como el presente solo por el simple hecho que la empresa supervisora no previo con anticipación constituir algún vínculo contractual con el actual concesionario más aun cuando no se sabía que este concesionario o sus empresas que la constituyen iban a ser beneficiados con la Buena Pro. Asimismo nos parece totalmente restrictivo en vista que el concesionario es una persona jurídica distinta al de sus accionistas así como en el caso de la posible Empresa Supervisora seleccionada se presente en Consorcio con otras empresas ya que conformarían una persona jurídica distinta al de sus consorciados, que sería autónoma y con sus propios estatutos para el presente proceso.

Otro aspecto que es debatible es el término generalizado es el de “servicios al concesionario” sin especificar el tipo de servicio prestado que puede ser ajeno al objeto del presente proceso cuyos alcances se encuentran descritas en la Sección II, Prestaciones a Cargo del Supervisor y que tampoco cuantifican si el “servicio prestado” es por un valor que resulta ínfimo con respecto del presupuesto del presente proceso de selección de supervisión.

Asimismo, se debe mencionar que, en anteriores procesos de selección para supervisión de obra efectuados por UNOPS, no se mencionaba este tipo de impedimento, por lo que se aprecia que ha sido particularizado las bases del presente proceso.

Por lo expuesto, solicitamos que con respecto a la experiencia del material rodante, se especifique el tipo de servicio prestado así como se limite el valor de facturación para que en caso se tenga algún vínculo con el concesionario en los últimos doce meses, el impedimento sea por algún contrato significativo (por ejemplo, mayor a US $ 100,000.00) y por el mismo objeto del presente proceso; nuestra solicitud se basa en que, en el mercado internacional de material rodante, las empresas son contadas y existe mucha probabilidad que se haya efectuado algún tipo de trabajo no significativo a las Empresas que conforman el Concesionario, que también, muchas veces, conforman otras concesiones de este tipo de proyectos.

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 531:

Numeral 4. CONDICIONES PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS 4.1 PARTICIPANTES

4.1.2 Incompatibilidades, prohibiciones y/o impedimentos para la participación en el presente Concurso

Sub numeral 7, Pagina 7 de las Bases

Las bases indican que: “Si la empresa supervisora hubiese tenido en los últimos dos (2) años relación de servicio o de subordinación o un proyecto de concertación de negocios en curso con el Concesionario, aun cuando no se concrete posteriormente. No se considerará que existe tal incompatibilidad si la empresa supervisora únicamente hubiese postulado a algún concurso convocado por el Concesionario”.

Según nuestro parecer, este impedimento para ser participante es muy restrictivo y genérico sobre todo limita la participación de potenciales postores que pueden hacer más competitivo este proceso de selección en vista que limita el derecho a participar en un proyecto tan importante como el presente solo por el simple hecho que la empresa supervisora no previo con anticipación constituir algún vínculo contractual o de concertación de negocios con el actual concesionario más aun cuando no se sabía que este concesionario o sus empresas que la constituyen iban a ser beneficiados con la Buena Pro. Asimismo nos parece totalmente restrictivo en vista que el concesionario es una persona jurídica distinta al de sus accionistas así como en el caso de la posible Empresa Supervisora seleccionada y que se presente en Consorcio con otras empresas, en vista que conformarían una persona jurídica distinta al de sus consorciados y que sería autónoma y con sus propios estatutos para el presente proceso.

Otro aspecto que es debatible es el término generalizado es el de “servicios al concesionario” sin especificar el tipo de servicio, subordinación o proyecto de concertación iniciado que puede ser ajeno al objeto del presente proceso cuyos alcances se encuentran descritas en la Sección II, Prestaciones a Cargo del Supervisor y que tampoco cuantifican si el “servicio prestado” es por un valor que resulta ínfimo con respecto del presupuesto del presente proceso de selección de supervisión.

Asimismo, se debe mencionar que, en anteriores procesos de selección para supervisión de obra efectuados por UNOPS, no se mencionaba este tipo de impedimento, por lo que se aprecia que ha sido particularizado las bases del presente proceso.

Por lo expuesto, solicitamos que con respecto a la experiencia del material rodante, se especifique el tipo de servicio prestado así como se limite el valor de facturación para que en caso se tenga algún vínculo con el concesionario en los últimos dos años, el impedimento sea por algún contrato significativo (por ejemplo, mayor a US $ 200,000.00) y por el mismo objeto del presente proceso; nuestra solicitud se basa en que, en el mercado internacional de material rodante, las empresas son contadas y existe mucha probabilidad que se haya efectuado algún tipo de trabajo no significativo a las Empresas que conforman el Concesionario, que también, muchas veces, conforman otras concesiones de este tipo de proyectos.

Respuesta No. 531:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 532:

Sección II Prestaciones a cargo del Supervisor Numeral 2 Personal requerido

Sub numeral 26. Jefe de material rodante Pag 33 y. Pag. 109

Numeral 2.3.2 Experiencia Especifica – Experiencia Mínima Pag.40 y 41

Con respecto a la similitud de experiencia solicitada para el material rodante, tanto para la empresa supervisora como para el Jefe de Material Rodante, se está exigiendo experiencia en trenes de 7 coches cada uno. Si revisamos las bases del concurso para la elección del concesionario convocado por Proinversión, se exigían como experiencia específica para el material rodante, la ejecución de 700 coches de trenes urbanos, sin restringirlos en una cantidad específica de coches por cada tren, lo cual resulta acertado cuantificar la experiencia de suministro de coches independiente de la cantidad de trenes y por tanto, consideramos que los criterios fueron más razonables para evaluar la experiencia con respecto al material rodante. Por lo expuesto, solicitamos, que en vez de exigir 30 trenes con 7 coches como mínimo en cada tren, se exija 210 coches como mínimo en total (cantidad que resulta de la multiplicación de 30 por 7) o, en su defecto, se soliciten 60 trenes de 4 coches cada uno como mínimo por tren para generar la mayor participación de postores. Se debe precisar que, tanto la fabricación como la inspección de los coches, se hacen individualmente para que, posteriormente, se hagan las pruebas respectivas una vez acoplados los coches remolque con los coches de impulsión.

Respuesta No. 532:

Ver respuesta a Consulta No. 35.1

Pregunta No. 533:

Con respecto a la fabricación y ensamblaje del equipamiento rodante, sírvanse confirmar y/o en su defecto aclarar :

a. Si las unidades serán fabricadas por : Ansaldo Breda ?

b. Si los bogies y equipos de tracción serán manufacturados en las instalaciones de Ansaldo Breda en Nápoles?

c. Si Las carrocerías serán ensambladas y probadas como vagones individuales y trenes completos en las instalaciones de Ansaldo Breda en Calabria?

d. Confirmar si los principales proveedores para este contrato serán:

- Carrocerías, bogies, inversores, motores de tracción y equipamiento de diagnóstico serán diseñados y producidos por Ansaldo Breda?

- HVAC y puertas producidos por Knorr Bremse y/o Faiveley? - Fuelles articulados por Hubner y/o Ultimate?

- Acoples por Delner, Voith, y/o Faiveley? - Interiores por Ultimate y/o Ciesse - Cojinetes por ZF?

De la lista de proveedores de partes de material rodante arriba indicada, sírvanse indicar la ubicación de las plantas donde serán producidos los componentes.

Respuesta No. 533:

Refíerase a la documentación pública de la oferta técnica presentada por el concesionario, aceptada y firmada en el enlace

http://www.proyectosapp.pe/modulos/JER/PlantillaProyecto.aspx?ARE=0&PFL=2&JER=5695&S EC=24 Documentos del Proceso > Contrato > Apéndice N° 1 - Anexo N° 3 de 28 de abril de 2014

Pregunta No. 534:

Considerando que el Vol.23 es parte de la propuesta técnica del postor Consorcio Nuevo Metro de Lima.

a. Sírvase indicarnos si además de los volúmenes de la Propuesta Técnica existen otros documentos contractuales en donde se estipulan los requerimientos técnicos relativos a la provisión del material rodante que el Consorcio Nuevo Metro de Lima se compromete a entregar ?

b. De ser así, existe algún orden de prevalencia entre ellos ?

c. A nivel general existen otros documentos del Consorcio Nuevo Metro de Lima diferentes, como el Anexo 3 de la propuesta técnica consistente en 38 volúmenes y del Anexo 9, que modifiquen las condiciones de la propuesta original del Concesionario; u otras adendas que se hayan generado y que pudieran tener incidencia en la elaboración de la propuesta del Supervisor ?

De ser así, podríamos tener copia de estos documentos para conocimiento y preparación de nuestra propuesta?

d. Cuál es el documento contractual del Consorcio Nuevo Metro de Lima y OSITRAN en donde se puede tomar conocimiento de las condiciones comerciales relacionadas a la provisión del equipamiento mecánico? Podrían proporcionarnos copia del mismo para elaborar nuestra propuesta?

Respuesta No. 534:

La documentación pública contractual consiste en 38 tomos de la oferta técnica y todos los demás documentos contenidos en el Contrato de Concesión.

Ambos documentos están disponibles en los enlaces proporcionados en la respuesta a la consulta N° 373.

Pregunta No. 535:

Ha proporcionado el proveedor de carrocerías

a. Un cronograma de diseño, revisión de diseño, producción y pruebas? En el Gantt en el volumen 23 de la Propuesta del Concesionario, no se indican las actividades de diseño,

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