Chapter 6: Evaluation II: Understanding the Design Space
6.2 Explaining the Efficiency of Wiser
constitución
La constitución es una ley que tiene dos características exclusivas: es ley suprema y es una norma fundamental:
Suprema: es la ley de mayor nivel, importancia o jerarquía de todo el sistema jurídico.
Fundamental: es la norma que sirve como base para crear el sistema jurídico, defi nir los derechos humanos y organizar los órganos y funciones de gobierno.
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Constitución suprema
La constitución es la ley suprema: ocupa máxima jerarquía jurídica. La supremacía constitucional signifi ca que todas las demás normas e instituciones son inferiores a la constitución.
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Constitución fundamental
La constitución es una norma fundamental, ya que es el origen, la fuente, la base o el fundamento del orden jurídico. Esto quiere decir que todas las demás normas e instituciones son creadas y deben estar de acuerdo con la constitución.
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Contenido de la
constitución
La constitución contiene los principios rectores, los valores fundamentales y las normas supremas de los mexicanos.
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Estructura de la
constitución
El contenido de la constitución se puede dividir en tres partes: ideológica, personal e institucional:
Ideológica o histórica: sintetiza los principios y valores fundamentales, adoptados por los mexicanos a lo largo de la historia.
Dogmática o personal: contiene los derechos humanos y las garantías constitucionales de las personas.
Orgánica o institucional: establece las bases para la organización y las reglas para el funcionamiento de los órganos de gobierno.
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Parte Ideológica
de la Constitución
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Ideología constitucional
Toda constitución tiene una ideología. La ideología constitucional es el conjunto de principios políticos, valores culturales y normas jurídicas que fueron creados a lo largo de la historia del país y que son aceptados por la mayoría de la sociedad. La ideología de la constitución es parte de la identidad nacional y defi ne el proyecto de nación.
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Proyecto de país
De acuerdo con la ideología de la constitución, México debe ser un estado social y democrático de derecho, que se inspira en los valores y principios de la igualdad, la libertad, la democracia, la legalidad y la justicia.
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Fuentes ideológicas
de la constitución
En México, los valores y principios de la constitución de 1917 se encuentran en cuatro documentos:
Exposición de Motivos del Proyecto de Constitución.
Diario de los Debates del Congreso Constituyente de Querétaro.
Texto de la Constitución.
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Valores de nuestra
constitución
La constitución tiene tres tipos de valores: fundamentales, derivados e instrumentales: a) los fundamentales se refi eren a la justicia, seguridad y bien común; b) los derivados a la libertad, igualdad y paz; c) los instrumentales a las garantías jurídicas.
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Principios
constitucionales
Los principios se clasifi can en tres categorías: ideológicos, programáticos y políticos: los ideológicos se derivan de la fi losofía del pueblo; los programáticos se refi eren al desarrollo del país; los políticos defi nen los derechos humanos y la forma de gobierno.
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Parte Dogmática
de la Constitución
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Derechos de las
personas
La constitución establece y protege un conjunto de derechos esenciales para todas las personas: igualdad, libertad, seguridad, justicia, democracia y bien común.
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Derechos humanos
A los derechos humanos que han sido reconocidos y están protegidos o garantizados por la constitución, se les llama derechos fundamentales o derechos constitucionales.
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Suspensión o limitación
de derechos y garantías
De acuerdo con los artículos 1 y 29 de la carta magna, los derechos humanos y las garantías constitucionales, sólo se pueden suspender o limitar en situaciones extraordinarias que hagan peligrar al país, que afecten la paz pública o que pongan en riesgo a la población. En todas las demás circunstancias, las autoridades tienen obligación de respetar los derechos y garantias constitucionales.
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Derechos y garantías
intocables
Aun en casos de emergencia o desastre, tanto la Constitución Mexicana como la Convención Americana de Derechos Humanos, han prohibido limitar o suspender los siguientes derechos humanos:
No discriminación
Reconocimiento de la personalidad jurídica Vida Integridad personal Protección a la familia Nombre Nacionalidad Derechos de la niñez Políticos
Libertades de pensamiento y conciencia Libertad religiosa
Principio de legalidad, irretroactividad Prohibición de pena de muerte
Prohibición de esclavitud y servidumbre Prohibición de desaparición forzada Prohibición de tortura
Derecho a las garantías judiciales para la protección de estos derechos.
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Tipos de derechos
humanos
Los derechos humanos previstos en la constitución mexicana se clasifi can en tres tipos: individuales, políticos y sociales.
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Derechos
individuales
Los derechos humanos de tipo individual, son aquellos derechos que tienen todas las personas y que están protegidos o garantizados por la constitución. Cuando una autoridad viola algún derecho individual, la persona afectada puede solicitar que se le proteja por medio del juicio de amparo, por una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, por un juicio ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y, en el caso de derechos humanos locales, por los sistemas de justicia constitucional existentes en los estados.
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Derechos individuales
universales
Todas las personas que nacieron, viven o se encuentran en México, disfrutan los mismos derechos esenciales de tipo individual, que fueron establecidos, han sido reconocidos y están protegidos por la constitución, a través del sistema de justicia constitucional.
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Clasifi cación de los
derechos individuales
Los derechos individuales que están protegidos o garantizados por la constitución, son de tres tipos: igualdad, libertad y seguridad.
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Derechos de igualdad
Los derechos de igualdad son aquellos que prohíben cualquier tipo de privilegio o discriminación y conceden los mismos derechos y obligaciones a todas las personas. Los derechos y garantías de igualdad se establecen en los artículos 1, 2, 4, 12, 13, 31 y 33 de la constitución mexicana.
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Derechos de libertad
Los derechos de libertad permiten a las personas tomar sus propias decisiones, sin violar la ley ni afectar los derechos de otros. Los derechos y garantías de libertad se encuentran en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 11, 24 y 28 de la constitución.
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Derechos de seguridad
Los derechos de seguridad establecen la obligación del gobierno de proteger a las personas y defi nen los requisitos legales que deben cumplir las autoridades cuando pretendan afectar los derechos y bienes de alguien. Las garantías de seguridad se encuentran en los artículos 6, 8, 10, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 27, 34 y 133 de la ley fundamental.
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40
Derechos políticos
Los derechos políticos son los privilegios o derechos exclusivos de los ciudadanos; es decir, de aquellos mexicanos mayores de edad que tienen un modo honesto de vida. Los derechos políticos se encuentran previstos en los artículos 5, 8, 9, 21, 26, 27, 30, 32, 35 y 41 de la constitución nacional.
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41
Derechos económicos,
sociales, culturales y
ambientales
Los derechos sociales protegen a las personas como integrantes de los grupos más débiles y les aseguran –a través de la acción del Estado--, las condiciones mínimas de bienestar. Los derechos y garantías de contenido social están previstos en los artículos 3, 4, 25, 26 27, 28 y 123 de la carta magna.
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42
Derecho a la educación
El Artículo 3º constitucional establece el derecho de todos los mexicanos a recibir una educación laica, gratuita y obligatoria, basada en los principios humanistas y en los avances científi cos.
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Derecho a la cultura
Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y a disfrutar de los bienes y servicios culturales de la federación, el estado o el municipio.
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Protección de la salud
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, a través de los servicios de atención médica, salud pública y asistencia social.
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45
Derecho al medio
ambiente
Todas las personas tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente saludable y adecuado para su bienestar personal y su desarrollo social.
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Derechos de la niñez
La constitución establece la igualdad de todas las personas ante la ley, al mismo tiempo que garantiza determinados derechos específi cos para la niñez y protege el desarrollo integral de la familia.
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Parte Orgánica de la
Constitución
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Forma de gobierno
La forma de gobierno es el conjunto de bases y principios que establece la constitución para organizar los poderes públicos del país. La forma de gobierno defi ne el tipo de estado y las características de gobierno.
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Principios de
gobierno en México
Los artículos 3, 39, 40 y 41 de la constitución defi nen la forma del gobierno mexicano: soberanía, república, régimen representativo, democracia, división de poderes y federalismo.
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Soberanía popular
La constitución establece que la soberanía o poder supremo pertenece desde su origen al pueblo y se crea para benefi cio de la sociedad.
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República
Nuestro país es una república: el poder pertenece al pueblo, por lo que los ciudadanos participan en la vida pública y eligen a los gobernantes que servirán a la comunidad.
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Régimen representativo
De acuerdo con nuestro régimen constitucional,
los gobernantes son representantes de los
ciudadanos, por lo que deben cumplir la ley y
servir al pueblo.
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Democracia
La democracia signifi ca gobierno del pueblo. Nuestra constitución establece que la democracia debe ser una estructura jurídica, un régimen político y un sistema de vida, basado en el mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.
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División de poderes
De acuerdo con la constitución, el gobierno federal y los gobiernos de los estados están divididos en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.
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Poder legislativo
El poder legislativo se encarga de expedir las leyes, aprobar el presupuesto público y vigilar al gobierno. El Congreso de la Unión está formado por dos cámaras: 500 diputados y 128 senadores, electos cada tres y seis años, respectivamente.
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Poder ejecutivo
El poder ejecutivo está a cargo del presidente de la república, y es electo cada seis años por la mayoría de los mexicanos, sin posibilidad de volver a ocupar el puesto. El ejecutivo es el encargado de dirigir al país, de encabezar al gobierno y de realizar obras y servicios de benefi cio general.
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Poder judicial
El poder judicial está formado por diversos tribunales: suprema corte, tribunales de circuito y juzgados de distrito. El poder judicial es el encargado de proteger la constitución, de interpretar la ley y de aplicar justicia en los juicios legales.
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Federalismo
En México existe un sistema integrado por la federación, los estados y los municipios. Cada uno de los tres niveles de gobierno realizan sus propias funciones y todos se coordinan entre sí para servir a los mexicanos.
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Funciones del
gobierno federal
El gobierno federal, a través de los poderes de la unión, se encarga de la seguridad de la nación, las relaciones con otros países, la dirección de la economía, el cuidado de los recursos naturales y del bienestar de la población, entre otras funciones.
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Gobiernos estatales
En México existen 31 estados y el Distrito Federal. En cada entidad federativa existen tres poderes locales: legislativo (congreso), ejecutivo (gobernador) y judicial (tribunales).
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