Section 7 Technical Details: Data Entry and Editing
7.3 Extending the keyboard
VISTO lo actuado en el presente expediente; y Considerando:
QUE según informe de la Secretaría Legal y Técnica, corresponde designar en calidad de becario en el ámbito de las Fiscalías del Departamento Judicial de San Isidro, al Sr. Ramiro Gossn –DNI Nº 40.392.673 a partir del 4 de septiembre de 2017, y a la Srta. Valentina Ortells –DNI Nº 40.543.463 a partir del 31 de agosto de 2017;
QUE asimismo informa que corresponde dar de baja en calidad de becarias a Josefina Pulvirenti a partir del 24 de agosto de 2017 y a Candela Torres Obeid también a partir del 24 de agosto del corriente año;
QUE, por lo expuesto, procede al dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja en calidad de becarias, en el ámbito de las Fiscalías del ************* Departamento Judicial de San Isidro, a Josefina Pulvirenti y a Candela Torres Obeid ambos a partir del 24 de agosto del corriente año.-
ARTÍCULO 2º.- Designar a partir de la fecha indicada en cada caso, en calidad de ************* becarios en el ámbito de las Fiscalías del Departamento Judicial de San Isidro a:
Ramiro Gossn -DNI Nº 40.392.673 a partir del 4 de septiembre de 2017.- Valentina Ortells - DNI Nº 40.543.463 a partir del 31 de agosto de 2017.-
112
Ref.: Expte. N º 10125-D-2003. Alcance Nº 3.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
113
Ref.: Expte. N° 921-A-2016.-
SAN ISIDRO, 21 de septiembre de 2017
DECRETO NÚMERO:
2 2 6 1
VISTO el reclamo efectuado por la Sra. Viviana Paola Abate DNI 31.314.594 a fojas 1, por los daños que manifiesta haber sufrido en el vehículo de su propiedad, por la caída sobre el mismo de una columna de alumbrado ubicada en la calle Vicente Fidel López al 434, entre Estrada y Paunero de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido el día 2 de enero de 2016; y
Considerando:
QUE acompaña como documental fotografías, fotocopias de presupuesto, título de propiedad, formulario 08, DNI y constancia de compañía de seguro, todo lo que obra a fojas 3/20 de estas actuaciones;
QUE la peticionante adjudica la responsabilidad del hecho a la Comuna, reclamando el pago de los daños materiales sufridos;
QUE consultada la Subsecretaría General de Espacio Público a través de la Dirección de Alumbrado Público, informa a fojas 24, que no existen registros de reclamos de columnas caídas en la fecha y lugar señalado, como tampoco existen registros de actuaciones en ese sentido de la empresa contratista del mantenimiento de alumbrado;
QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal Municipal, la misma se expide mediante Dictamen n° 8833 obrante a fojas 28, manifestando que los elementos recabados en el expediente de marras, no alcanzan para dar por acreditados los hechos denunciados, ni una eventual responsabilidad del Municipio en los mismos, por lo que debe rechazarse el reclamo incoado;
QUE este Departamento Ejecutivo comparte en un todo los criterios vertidos por las diferentes reparticiones que intervienen en autos, por lo que procede dictar el pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- RECHÁZASE el reclamo efectuado por la Sra. Viviana Paola Abate -DNI ************* 31.314.594 a fojas 1, por los daños que manifiesta haber sufrido en el
114
Ref.: Expte. N° 921-A-2016.-
//…
vehículo de su propiedad, por la caída sobre el mismo de una columna de alumbrado ubicada en la calle Vicente Fidel López al 434, entre Estrada y Paunero de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido el día 2 de enero de 2016.-
ARTÍCULO 2º.- Déjase constancia de que en el expediente de marras no se encuentra ************* acreditada la existencia de los hechos denunciados ni de los derechos invocados por la peticionante, ni circunstancia de la que derive responsabilidad alguna de parte del Municipio.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
115
Ref.: Expte. Nro. 10932-S-2017
SAN ISIDRO, 21 de septiembre de 2017
DECRETO NÚMERO:
2 2 6 2
VISTO lo informado a fojas 1 por la Subsecretaría Administrativa de Tránsito; y
Considerando:
QUE en la misma solicita se reintegre al Señor Omar Arcángel Francos DNI Nº 13.512.268, el monto correspondiente que se consignó por error en concepto de Derechos de Oficina;
QUE a fojas 10 la Tesorería General informaque ha verificado el efectivo ingreso de los recibos según constancias de fojas 7 a 9;
QUE, de conformidad, este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Reintegrar al Sr. Omar Arcángel Francos DNI Nº 13.512.268, la suma ************* de PESOS CIENTOS SETENTA Y UNO ($ 171,00), en concepto de Derechos de Oficina.-
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk
116
Ref.: Expte. Nro. 11497-B-2017.-
SAN ISIDRO, 21 de septiembre de 2017
DECRETO NÚMERO:
2 2 6 3
VISTO el pedido efectuado por la Señora Susana Biscotti obrante a fojas 1, solicitando una quita en los accesorios por mora generados en la deuda correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, Cuenta Corriente N° 612.391; y
Considerando:
QUE la contribuyente manifiesta que a falta de trabajo su situación económica fue mala generando varias deudas;
QUE el inmueble al que hace referencia era de su madre ya fallecida;
QUE es la única forma de regularizar las acreencias;
QUE el Artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente, faculta al Departamento Ejecutivo a disponer descuentos en los accesorios por mora cuando las causas lo justifiquen;
QUE en virtud de ello, corresponde el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;
POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Eximir del pago del 50% de los recargos e intereses y la exención total ************* de la multa por mora generados en la deuda correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el período 1996/6B hasta 2017/4B inclusive, en la Cuenta Corriente Nº 612.391.-
ARTÍCULO 2°.- La beneficiaria deberá regularizar el pago del porcentaje no eximido ************* dentro de los diez (10) días de notificado al valor de la cancelación de la deuda origen.-
117
Ref.: Expte. Nro. 11497-B-2017.-
//…
ARTÍCULO 3º.- En caso de no cumplimentar lo indicado en el término previsto en el ************* artículo anterior, el beneficio otorgado por el presente se conservará desde el día posterior al vencimiento de dicho plazo hasta el término de los sesenta (60) días corridos posteriores, debiendo abonar los accesorios de la deuda con los valores correspondientes al día de su cancelación.-
ARTÍCULO 4º.- Transcurridos los plazos previstos en los dos artículos anteriores sin ************* acreditarse el cumplimiento de lo indicado por parte del beneficiario, el monto abonado se acreditará a la deuda con el total de los accesorios sin descuentos, calculados a la fecha del pago de la deuda de origen.-
ARTÍCULO 5º.- Tome intervención la Dirección General de Rentas para su ************* conocimiento.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
118