VISTO las actuaciones de la referencia a ésta Dirección Legal y Técnica de Obras Públicas a fin de tomar intervención en la solicitud de Reconsideración presentada a fs. 34 por el Sr. Oscar Alberto Aramayo; vecino del Bº Limache de ésta ciudad, respecto del pedido de realización de un paseo peatonal, que el solicitante denomina “Paseo Papa Francisco”, en predio de su vecindad; y,
CONSIDERANDO
QUE conforme surge de las actuaciones agregadas el planteo se presentó en reiteradas oportunidades; y asimismo fue rechazado con fundamentos de peso legal suficiente; y que representan una imposibilidad jurídica insalvable para ésta Administración.
QUE a fs. 13 obra copia de informe de la entonces Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos; que da cuenta que la Dirección General de Planificación Urbana; se ha expedido en el sentido que no es viable considerar la construcción de un paseo peatonal por cuanto la zona en cuestión, formará parte de la trama vial futura necesaria como conexión del sector.
QUE a fs. 18, obra copia de informe de dependencia municipal, que manifiesta lo siguiente; que la zona donde se ha proyectado la ejecución del paseo peatonal no es de uso público, y corresponde a matrícula nº 150924, de titularidad del Instituto Provincial de la Vivienda.
QUE asimismo a fs. 22; obra copia de informe del IPV que da cuenta que tal espacio es necesario para uso institucional, es decir para afectación a entidades y organismos oficiales; por lo que resulta imposible realizar transferencia a favor del Municipio Capitalino. QUE aún habiéndosele notificado al solicitante de todas las circunstancias antedichas; y que constituyen una imposibilidad jurídica insalvable; y no un mero capricho; ya que el terreno en cuestión es de titularidad de otro organismo y además forma parte de una planificación mayor urbanística; el Sr. Aramayo presenta nueva solicitud a fs. 34, reiterando en todos sus términos el pedido primigenio.
QUE las circunstancias no han variado, por lo que los fundamentos que sirvieron para rechazar el anterior pedido, se encuentran plenamente vigentes; y asimismo el recurrente no ha presentado nuevos elementos que sirvan a ser considerados.
QUE en las presentes actuaciones obra dictamen de la Dirección Legal y Técnica, opinando No Hacer Lugar al recurso de reconsideración interpuesta a fs. 34; y en su mérito dictar el instrumento que así lo resuelva notificándosele al interesado.-
QUE, es necesaria la emisión del instrumento legal respectivo; POR ELLO:
LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DESESTIMAR el Recurso de Reconsideración interpuesto a fojas 34/36 por el señor Oscar Alberto Aramayo, de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR al Sr. OSCAR ALBERTO ARAMAYO del contenido de la presente Resolución.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
BLANCO
SALTA, 26 de Julio de 2016.- RESOLUCION Nº____248______.-
REF: Expte. Nº 51635-FX-2006.-
VISTO el expediente de referencia, relacionado a Sumario Administrativo Nº 2968/07, en causa Penal Nº 529/06 Expte Nº 5273/06, caratulado Hurto c/escalamiento a Borja, Sergio Juan, y;
CONSIDERANDO
QUE mediante Resolución 193/06 emitida por la entonces Secretaria de Obras y Servicios Públicos, que obra a fs. 21, se ordena la instrucción de Sumario Administrativo en el citado expediente;
QUE a fs. 74 la Instructora Sumariante de la Dirección General de Sumarios, dispone dar por concluido el presente sumario administrativo, en los términos del artículo 91 del Decreto Nº 0842/10;
QUE a fs. 75 rola nota emitida por el Director General de Sumarios, a fin de elevar las presentes actuaciones, criterio compartido por el Procurador General;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente, donde se resuelva clausurar archivar las presentes actuaciones; POR ELLO
LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE
ARTICULO 1º.- DAR POR CONCLUIDO, el Sumario Administrativo Nº 2968/07 dictado por Resolución Nº 193/06 emitida por la entonces Secretaria de Obras y Servicios Públicos, con encuadre en lo dispuesto en el Art. 91 del Decreto Nº 842/10, ello en virtud a lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 2º.- DISPONER EL ARCHIVO de las presentes actuaciones, conforme lo preceptúa el artículo citado precedentemente.- ARTÍCULO 3°.- TOMAR razón la Sub Secretaria de Obras Publicas y Dirección General de Sumarios, con sus dependencias pertinentes.- ARTÍCULO 4°.- COMUNICAR, publicar en el boletín Oficial Municipal y archivar.- BLANCO *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 26 de Julio de 2016.- RESOLUCION Nº____249______.- REF: Expte. Nº 43961-FX-2004.-
VISTO el expediente de referencia, relacionado a Sumario Administrativo Nº 2815/04, en causa Penal Nº 1148/04 por el Delito de Hurto en perjuicio de José Antonio Sánchez, y;
CONSIDERANDO
QUE mediante Resolución 060/04 emitida por la entonces Secretaria de Obras y Servicios Públicos, que obra a fs. 06, se ordena la instrucción de Sumario Administrativo en el citado expediente;
QUE a fs. 97 la Instructora Sumariante de la Dirección General de Sumarios, dispone dar por concluido el presente sumario administrativo, en los términos del artículo 6 del Decreto Nº 0222/16;
QUE a fs. 98 rola nota emitida por el Director General de Sumarios, a fin de elevar las presentes actuaciones, criterio compartido por el Procurador General;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente, donde se resuelva clausurar archivar las presentes actuaciones; POR ELLO
LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE
ARTICULO 1º.- DAR POR CONCLUIDO, el Sumario Administrativo Nº 2815/04 dictado por Resolución Nº 060/04 emitida por la entonces Secretaria de Obras y Servicios Públicos, con encuadre en lo dispuesto en el Art. 6 del Decreto Nº 0222/16, ello en virtud a lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 2º.- DISPONER EL ARCHIVO de las presentes actuaciones, conforme lo preceptúa el artículo citado precedentemente.- ARTÍCULO 3°.- TOMAR razón la Sub Secretaria de Obras Publicas y Dirección General de Sumarios, con sus dependencias pertinentes.- ARTÍCULO 4°.- COMUNICAR, publicar en el boletín Oficial Municipal y archivar.- BLANCO *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 26 de julio de 2016.- RESOLUCION Nº ___250_____.- REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 12052-SG-2014 – 12025-SG-2014 – 12044-SG-2014 – 12066-SG-2014 – 53935-SG-2015 – 52141-SG- 2015.-
VISTO los presentes expedientes, relacionados con los pliegos de diversas obras de “Bacheo y Repavimentación con hormigón en arterias principales y secundarias de la Ciudad de Salta”, y;
CONSIDERANDO:
QUE la Dirección General de Asuntos Legales, emitió dictamen jurídico considerando que no existiría objeción alguna para que se aprueben dichos Pliegos;
QUE habiendo transcurrido un tiempo prudencial y que no se contratara dicha Obra;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente; POR ELLO:
LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA
MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones Nº 121/14 correspondiente al Expediente Nº 12052-SG-2014, Resolución Nº 117/14 correspondiente a Expte Nº 12025-SG-2014, Resolución Nº 137/14 correspondiente a Expte. Nº 12044-SG-2014, Resolución Nº 109/14 correspondiente al Expte. Nº 12066-SG-2014, Resolución Nº 561/15 correspondiente a Expte. Nº 53935-SG-2015, Resolución Nº 512/15 correspondiente a Expte Nº 52141-SG-2015, emitidas por la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, y la ex Secretaria de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTICULO 2º.- PROCEDASE a desafectar la partida presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3º.- TOMAR razón las Dependencias de esta Secretaria y de la Secretaria de Hacienda.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.- BLANCO *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 26 de julio de 2016.- RESOLUCION Nº ____251______.- REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 36413-SG-2016 – 36414-SG-2016.- VISTO los presentes expedientes, relacionados con los pliegos de diversas obras de “Bacheo y Repavimentación con hormigón en arterias principales y secundarias de la Ciudad de Salta”, y;
CONSIDERANDO:
QUE la Dirección General de Asuntos Legales, emitió dictamen jurídico considerando que no existiría objeción alguna para que se aprueben dichos Pliegos;
QUE habiendo transcurrido un tiempo prudencial y que no se contratara dicha Obra;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente; POR ELLO:
LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA
MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones N° 205/16 correspondiente al Expte N° 36413-SG-2016 y Resolución Nº 206/16 correspondientes al Expedientes Nº 36414-SG-2016, emitidas por la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, y la ex Secretaria de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTICULO 2º.- PROCEDASE a desafectar la partida presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3º.- TOMAR razón las Dependencias de esta Secretaria y de la Secretaria de Hacienda.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
BLANCO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 27 de julio de 2016.- RESOLUCION Nº ___252____.-
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA