Notes to the Financial Statements
MFRS 13 Fair Value Measurement
4.1 Presentada nuestra conclusión básica y los fundamentos en que se apoya, explicamos a continuación cuanto se refiere a la causalidad del creci- miento de la deuda externa del país. Lo haremos sin ánimo de agotar la enumeración de todas y cada una de las causas que han llevado a la si- tuación de imposibilidad de pago, pues esa tarea no es necesaria al efecto de confirmar cuanto expresamos en el primer punto de dicha conclusión. 4.2 Con ese criterio, definimos a continuación un conjunto de proposiciones que conduce, razonadamente, a precisar la causalidad aludida. Ade- más, ello es útil para comprobar los perjuicios que ha originado el
comportamiento de las autoridades económicas y financieras que actuaron entre 1976 y 1982. En efecto, en su actividad debe me-
recer juicio adverso:
1. Haber aumentado el endeudamiento en época en que crecían fuerte- mente las reservas internacionales y se obtenían o podían obtenerse im- portantes saldos positivos en la balanza comercial. Esto es, sin necesi- dad de destinar las divisas a efectuar pagos al exterior.
2. Haber colocado en el exterior las reservas internacionales y
divisas disponibles para obtener rendimientos inferiores a los
costos que originaba el endeudamiento. Con lo cual beneficiaron a
las entidades extranjeras donde se hicieron las colocaciones. 3. Haber permitido, o impulsado, la salida de fuertes sumas en moneda extranjera sin exigir se justificaran los motivos. Con lo
cual debilitaron la posición de cambios y crearon condiciones para que, posteriormente, fuera necesario acudir al endeudamiento externo. 4. Haber aceptado las recomendaciones del Fondo Monetario Inter-
nacional que llevaban, inexorablemente, a deteriorar la estruc- tura productiva del país, lesionar su armonía social y dañar el orden
político. Circunstancia que se agrava por cuanto, como autoridades de facto, ya manifestaban un apartamiento del ordenamiento institucional de la Nación. Por lo tanto, debieron haber ejercido sus funciones en for- ma prudente y muy cuidadosa en todo lo referente al endeudamiento ex- terno del país. Máxime cuando no podían ignorar que los compromisos que asumían eran susceptibles de interferir o postergar la normaliza- ción institucional, como también que tales obligaciones recaerían sobre quienes fueran elegidos democráticamente por el pueblo.
5. No haber previsto, conforme a las obligaciones que emanan de la ido- neidad requerida para ejercer las funciones públicas respectivas, los cambios en la economía internacional y en el sistema financiero y monetario mundial, cuyo efecto ha provocado serio deterioro a la
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economía del país. Tal imprevisión es injustificable, pues las tenden- cias difundidas públicamente sobre la posibilidad de tales cambios, los diagnósticos y los pronósticos de los organismos de cooperación económica internacional, las opiniones académicas, los debates en los foros especializados y la singular preocupación de los sectores del país vinculados con todo ello, constituía un llamado de atención que no era imposible desoír.
6. Haber decidido la adopción de un sistema financiero institucionaliza- do, al disponer su reforma en 1977, que, al actuar negativamente en los mercados del dinero y del crédito, discriminó en contra de los facto- res productivos de la economía y dinamizó los procesos y las actitudes proclives a la especulación. Todo lo cual convirtió a las tasas de interés activas y pasivas y a los costos financieros, en importantes elementos de propagación del mecanismo que llevó, progresivamente, a un excesivo endeudamiento con el exterior.
7. Haber instrumentado un régimen cambiarlo que desarticuló el sec- tor externo de la economía. En él, las cotizaciones de la moneda na- cional generaban inconvenientes serios al aparato productivo inter- no, máxime cuando el procedimiento de sobrevaluación artificial del signo monetario interno (la "tablita") se mantuvo pertinaz y tozuda- mente, no obstante que eran visibles las actitudes especulativas y
de general deshonestidad que ello provocaba. Esta causa ha teni-
do gran importancia en el agravamiento de la debilidad del sector externo de la economía del país, proyectándose, además, al desenvol- vimiento creciente y acumulativo del proceso inflacionario, simultá- nea con la recesión de la actividad económica (estanflación). 8. Haber alentado el endeudamiento externo del sector público por vía de
decisiones que lo hacían atractivo, ante necesidades de financiamien- to que se crearon introduciendo un cuadro de insuficiencia fi-
nanciera para el desenvolvimiento de sus actividades, principalmen-
te en el caso de las empresas públicas. Aunque también formó parte de ese marco general la metodología operativa impuesta para el finan- ciamiento de la Tesorería General, en cuanto los Bonos Externos y las Letras de Tesorería en moneda extranjera impulsaron activamente el proceso de endeudamiento externo o las necesidades de divisas para cancelar los compromisos que se hicieron adquirir al sector público. 9. Haber propagado intensamente la necesidad de modernizar y tecni-
ficar la estructura productiva del país mediante tecnologías y capi- tales provenientes del exterior, estimulando el financiamiento
crediticio y no la radicación permanente de tales capitales.
Podemos, en consecuencia, dar por probado que la actividad de los de- nunciados en esta causa fue directamente responsable del excesivo
endeudamiento externo del país. No interesa, al efecto de calificar el
comportamiento de esos funcionarios, que ello haya sido inspirado por una determinada concepción teórica de política económica, pues, si se aceptara ese razonamiento, se consagraría la impunidad o la au- sencia de posibilidades para deslindar responsabilidades en los casos
de mal desempeño de la función pública, con el simple expediente de de- rivar todo enjuiciamiento hacia niveles de conducción política. 4.4 Por otra parte, en nuestro ordenamiento institucional, esa responsabili-
dad política sólo alcanza, de los denunciados en esta causa, a quienes han ejercido el cargo de Ministro de Economía. Lo cual no puede ex- cluirlos, una vez que han cesado o se los ha apartado del cargo, de que-
dar sujetos al enjuiciamiento en sede penal, si con su actuación
han demostrado no haber satisfecho el requisito de idoneidad exigido para todos los que aspiran a ocupar empleos públicos. Y, conforme a to- do lo expuesto, es evidente que tal idoneidad no ha sido demostrada.
V. Consecuencias de la gestión cumplida
por las autoridades denunciadas
5.1 La hipótesis expuesta sobre la causalidad del exagerado endeudamiento del país debe relacionarse con el comportamiento evidenciado por los res- ponsables de su producción, principalmente con aquello que permita es- clarecer si tal comportamiento debe o no considerarse como lo presumen las denuncias que se sustancian en la causa. Además, es importante exa- minar, aunque sea brevemente, cuáles han sido las consecuencias del en- deudamiento para comprender en qué medida debe graduarse la respon- sabilidad de las autoridades económicas y financieras que actuaron entre 1976 y 1982, por haber producido los hechos y las situaciones que hemos calificado como perniciosos.
5.2 En tal sentido, reseñamos, seguidamente, el proceso cumplido desde la perspectiva que puede corresponderle a la luz de numerosas derivaciones que, en modo alguno, debieron ser imprevisibles para tales autoridades. Con lo cual, el juzgador enriquece su conocimiento del asunto al efecto de determinar la procedencia o no de la aplicabilidad de la ley penal que re- prime los aludidos comportamientos en el supuesto de tipificar delitos, pues se lo pone en condiciones de adquirir una información objetiva y ve-
raz, para verificar la imprudencia, la impericia o la negligencia de quie- nes asumieron las funciones directivas de la economía en el período estu- diado. Son tales consecuencias:
1. La Argentina carece de capacidad de pago para pagar su actual deu- da externa, situación a la que se llega por la evolución de ese endeu- damiento y por el desenvolvimiento de la economía del país a partir del 2 de abril de 1976.
2. Tampoco puede afrontar un reescalonamiento de los pagos de esa deu- da que le asegure no quedar expuesta a la voluntad de sus acreedores, públicos o privados, salvo que ejerza ahora una decidida acción ten- diente a corregir las fallas observadas en el proceso analizado. 3. El país ha quedado desguarnecido ante las modificaciones que
puede sufrir la tasa de interés en los mercados externos, cuya ten- dencia alcista ha aumentado las dificultades que provoca, por sí, el excesivo endeudamiento.
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4. También existe serio riesgo, ante las discrecionales modificaciones que pueden disponer en su legislación aplicable a los contratos y ope- raciones pendientes de pago, los países donde se encuentran radica- dos los acreedores.
5. El destino de los fondos que se han tomado en el exterior no ha me-
jorado el sistema productivo o la infraestructura del país, por lo cual no se ha generado mayor capacidad de pago para posibilitar el
cumplimiento puntual de las obligaciones asumidas.
6. El peso de la deuda externa gravita fuerte y negativamente en las perspectivas de obtener, en el corto plazo, una mejora sustancial en
la situación económica y social del país, dificultando, de ese modo, las tareas de reconstrucción que han puesto en marcha las autori- dades constitucionales. Además, afecta el ingreso per capita actual y futuro de la población del país.
7. La composición del endeudamiento y su discriminación con respecto a la naturaleza pública o privada de los acreedores, origina mayor ten- sión aún en el fluido desenvolvimiento del proceso de imperiosa modi- ficación de las condiciones pactadas por los denunciados en la causa. 5.3 Todo lo cual ratifica nuestra conclusión sobre el desacierto evidenciado al
concluir y ejecutar el endeudamiento que hemos examinado.
Resumen y consideraciones finales
I
1. Desde el punto de vista del examen pericial practicado, cuanto se ha de- nunciado en la causa merece la adopción de las medidas procesales co- rrespondientes para esclarecer los hechos y situaciones que han determi- nado nuestras conclusiones.
2. Los resultados de nuestra labor constituyen un anticipo que procura dar a conocer el estado actual de los trabajos cumplidos y la necesidad de prose- guirlos en forma que hemos propuesto en oportunidades anteriores. 3. Conviene ampliar la investigación hasta el día 9 de diciembre de 1983,
pues los actos que se han celebrado desde el 31 de diciembre de 1982 por las autoridades que estaban en funcionamiento a esta última fecha pre- sentan similitudes con los que dieron lugar a las denuncias.
II
• Nuestra tarea tuvo distinto ritmo de efectividad, según las alternativas que se nos fueron planteando en cada una de las tres etapas en que po- demos dividir el desarrollo de la pericia, a saber: la primera, desde la
aceptación del cargo hasta mayo de 1983; la segunda hasta agosto de
1983, y la tercera desde entonces hasta ahora.
&n la primera propusimos por intermedio del señor Decano del Cuerpo
"e Peritos Contadores Oficiales, la metodología necesaria para ejecutar la
6. En la segunda, constituidos en numerosas dependencias de la Adminis- tración Pública, avanzamos sostenidamente en la investigación que se nos encomendó. Como consecuencia, presentamos varios informes perió- dicos sobre nuestras tareas y tres estudios que contienen importantes con- clusiones sobre algunas de las cuestiones que estudiamos en ese lapso. 7. Y en la tercera, lamentablemente, volvieron a presentarse nuevos proble-
mas que incidieron negativamente en nuestra labor. Entre ellos, la au- sencia de información sobre las decisiones adoptadas con respecto a los estudios que habíamos entregado.
III
8. Nuestro estudio ha ratificado la necesidad de vincular los hechos y situa- ciones investigados con su significación política. Por lo tanto, en este as- pecto, compartimos la decisión de elevar al Congreso de la Nación
las constancias de estas actuaciones en cuanto ello favorece el juicio
que le corresponde conforme al artículo 45 de la Constitución Nacional y las otras cláusulas que obligan a su intervención en todo lo concerniente al endeudamiento externo de la Nación.
9. Desde luego, tal información al Congreso Nacional no puede paralizar
la investigación en sede penal, pues lo averiguado manifiesta la ne-
cesidad de que ésta se intensifique.
IV
10. Ha sido necesario efectuar un serio esfuerzo para progresar en nuestros tra- bajos, pues no siempre tuvimos el apoyo y la comprensión de todos los que han estado relacionados con ellos. Nos queda, empero, la satisfacción del de- ber cumplido y haber participado en una misión histórica y patriótica. 11. Pusimos al servicio de esa misión toda la dedicación que ella requería, co-
mo también la pasión ciudadana que es inherente a nuestra condición de habitantes de La Nación Argentina, nacidos en ella y vocacionalmente atraídos por la función docente que originó nuestra designación. Lo hici- mos, también, con la esperanza que lo sucedido sirva como ejemplo para que nunca más pueda repetirse en nuestro país.
12. El camino de la democracia y la afirmación de las instituciones políticas que se está empezando a recorrer constituyen las mejores vallas que se
pueden oponer a la discrecionalidad, la arbitrariedad, la clan- destinidad y el desprecio elitista por la opinión del pueblo. Sabe-
mos que el total acatamiento a las sabias disposiciones de la Constitu- ción Nacional sobre los poderes que deben tener a su cargo contraer y arreglar la deuda externa de la Nación dará adecuada, prudente y opor- tuna solución a los problemas que ha generado la actividad investigada.
Dr. Alberto Tandurella Dr. Sabatino Forin»
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CAPÍTULO