CHAPTER 6: RIDGE EVENT BASED FEATURE REPRESENTATION FOR BIRDCALL
6.2 Event Representation
6.2.3 Feature Extraction
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3.3 Conclusiones parciales del capítulo
El presente Informe Jurídico es el resultado de un proceso de investigación, el cual se ha llevado a cabo por varios meses, teniendo como resultado la presente Tesis previa a la obtención del título de Abogada de los Tribunales de la República del Ecuador.
Para poder obtener el Certificado de Viabilidad del Tema, fue muy importante plantear el problema y analizar la propuesta entre el investigador y la Magister Dila Benítez Calva, Presidenta del Patronato Provincial, desde los distintos puntos de vista, tomando en consideración que es un tema de actualidad, que necesita una solución de carácter urgente, la presidenta ha considerado acertada la propuesta y consecuentemente está de acuerdo en otorgar el presente Certificado de Viabilidad.
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4 CONCLUSIONES GENERALES
Luego de haber desarrollado el presente Trabajo Investigativo, se pueden destacar las siguientes conclusiones:
El presente Trabajo Investigativo tiene una necesidad inmensa de frenar la vulneración de los derechos de las personas con discapacidad y la incidencia en los derechos del Buen Vivir (Sumak Kawsay) de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, ya que muchas de estas personas desconocen sus derechos que la Ley les otorga.
Una vez que se ha planteado el problema desde sus inicios hasta la actualidad, se lo ha estudiado desde los diferentes puntos de vista, ratificando los resultados de la investigación objetiva, lo más importante a juicio del investigador, es la solución del problema, reflejado a una propuesta real, viable y aplicable desde el punto de vista de las diferentes opiniones de personas eruditas en el tema y las del investigador.
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5 RECOMENDACIONES GENERALES
De igual manera, es muy importante realizar las recomendaciones siguientes:
En todas partes del mundo se vulneran los derechos de las personas no por falta de Ley sino principalmente por el desconocimiento de los derechos, y aunque el desconocimiento de la Ley no exime a persona alguna de la responsabilidad, se debería difundir entre la población de alguna forma cuales son los derechos que nos amparan como ecuatorianos.
Una vez que las personas tienen conocimiento de cuáles son sus derechos, no tienen que dejar que estos sean vulnerados, y si así fuere, pues reclamar por la vulneración de los mismos, es por eso que según los resultados en la presente Investigación, se puede deducir que las personas no reclaman, no defienden sus derechos.
Que si bien es cierto La Ley Orgánica de Discapacidades trae disposiciones respecto a proteger a las personas con discapacidades pero no trae disposiciones de cómo eliminar la discriminación a las personas con discapacidades, es necesario recomendar a las personas con discapacidad de esta provincia sobre los derechos que tienen, y si ven que han sido vulnerados estos derechos, reclamar ante la autoridad competente.
6 BIBLIOGRAFÍA
Acosta, Alberto y Esperanza Martínez; (2009) El buen vivir. Una vía para el desarrollo. Quito.
Asamblea Constituyente, Constitución del Ecuador. 2008. El Buen Vivir (Sumak Kawsay).
Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Montecristi: Corporación de Estudios y Publicaciones.
Boletines Tributarios para las Personas con Discapacidades, Sempértegui Ontaneda, 2012.
Código del Trabajo. (2013). Código del Trabajo. Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones.
CONVENCIÓN sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Naciones Unidas 1993.
Discapacidades y su Calificación, Héctor Becerra, 2012.
Ley de Seguridad Social, H. José Cordero Acosta Andrés Aguilar Moscoso Presidente Secretario General, 2013.
LEY Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, "El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Última reforma publicada DOF 20-03-2014.
Ley Orgánica de Comunicación, Asamblea Nacional Constituyente Tercer Suplemento -- Registro Oficial Nº 22 -- Martes 25 de junio de 2013.
Ley Orgánica de Discapacidades 2 Suplemento -- Registro Oficial Nº 796 - Martes 25 de septiembre del 2012.
ANEXO Nº 1: FORMULARIO DE LA ENCUESTA APLICADA.
CUESTIONARIO
Señores encuestados rogaría de la manera más comedida me ayuden a atendiendo el pliego de preguntas que se relaciona con mi trabajo de tesis
titulado: VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD Y LA INCIDENCIA DE LOS DERECHOS DEL BUEN VIVIR (SUMAK KAWSAY)”, sus respuestas me serán de mucha ayuda para la culminación del presente trabajo investigativo.
1.- ¿Ha sufrido (usted o un familiar o persona con discapacidad a su cargo) en alguna ocasión discriminación por medio de su discapacidad?
Si______ No______
2.- ¿Conoce usted sobre las medidas de protección que existen a favor de las personas discapacitadas que se encuentran en la Ley Orgánica de Discapacidades?
Si______ No______
3.- ¿Sabía usted que la accesibilidad en el transporte es un derecho de las personas discapacitadas?
Si______ No______
4.- ¿Conoce usted en que consiste la discriminación por discapacidad?
Si______ No______
5.- ¿Conocía usted que la discriminación por discapacidad, no solo puede ser en personas particulares, sino en la propia familia?
6.- ¿Conoce usted las clases de discapacidades?
Si______ No______
7.- ¿Tiene usted conocimiento si en nuestro país, existen organismos de protección, defensa y accesibilidad de derechos de las personas discapacitadas?
Si______ No______
8.- ¿Denunciaría usted a las autoridades competentes, si ve que los derechos de las personas discapacitadas están siendo vulnerados?
Si______ No______
9.-¿ Está usted de acuerdo que se presente un Informe Jurídico sobre la vulneración de los derechos de las personas con discapacidad?
Si______ No______
10.- ¿Considera que en nuestra legislación y en nuestra práctica administrativa, hay dispositivos eficaces para luchar contra la discriminación de las personas con discapacidad?
ANEXO Nº 2: FORMULARIO DE LA ENTREVISTA APLICADA.
Pregunta 1.- ¿La Constitución de la República del Ecuador protege los derechos de las personas con discapacidad?
Pregunta 2.- ¿La Ley Orgánica de Discapacidades protege los derechos de las personas con discapacidad?
Pregunta 3.- ¿Hay algún procedimiento para sancionar la vulneración de los derechos constitucionales de las personas con discapacidad?
Pregunta 4.- ¿Cuáles son los derechos de las personas con discapacidad?
Pregunta 5.- ¿Según su experiencia como Presidenta ha conocido casos de vulneración de los derechos de las personas con discapacidad?
Pregunta 6.- ¿Estaría usted de acuerdo que se presente un Informe Jurídico a fin de que se evidencie la vulneración de los derechos de las personas con discapacidad?
Pregunta 7.- ¿Qué sugerencia le haría a una persona como yo que está preparando una tesis sobre el tema para que lo incorpore en el texto de la misma?
ANEXO Nº 6: PUBLICACIÓN DE PRENSA.
Cuenca, jueves 9 de octubre de 2014
Discapacitados con más derechos
Juan Pablo Vélez, uno de los beneficiarios con la Ley Orgánica de Discapacidad. Liseth Vacacela El Tiempo
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La implementación de la Ley Orgánica que fue publicada en le Registro
Oficial del 17 de diciembre del 2013 permite modificar la realidad de las
personas con discapacidad, estableciendo reducciones de costos y otras
ventajas de las que ahora gozan. Pero este grupo de personas aún esperan
obtener más beneficios.
Fecha de Publicación: 2014-03-16 00:00
A lo largo de la historia humana, la discapacidad, en sus diversas manifestaciones ha sido
Dentro de los derechos humanos se menciona que todos los miembros de la sociedad tienen los mismos derechos, que incluyen los civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. Dentro de esto, las personas con discapacidad pueden gozar, sin discriminación alguna, de todos ellos. En el país existe la Ley Orgánica de Discapacidades, que tiene por objeto asegurar la prevención, detección oportuna, habilitación y rehabilitación de la discapacidad y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos de estas personas, establecidos en la Constitución, tratados e instrumentos internacionales, así como, aquellos que se derivaren de leyes conexas, con enfoque de género, generacional e intelectual.
Esta Ley ampara a las personas con discapacidad, sean ecuatorianos o extranjeros, que se encuentren en el territorio ecuatoriano, así como a las y los ecuatorianos que estén en el exterior, sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, su cónyuge, pareja en unión de hecho y/o representante legal y las personas jurídicas públicas, semipúblicas y privadas sin fines de lucro, dedicadas a la atención, protección y cuidado de las personas con discapacidad.
Daniel Villavicencio, coordinador provincial del Consejo Nacional de Discapacidades, Conadis, expresó que “los artículos que contempla la ley alivian en gran medida la condición económica de las personas con discapacidad, quienes tienen que gastar recursos en tratamientos médicos, prótesis y accesorios para sobrellevar su condición”.
Carnet
Para que una persona con discapacidad pueda hacer uso, o pleno ejercicio de estos derechos tiene que disponer de la condición de discapacidad legalmente reconocida, para eso tiene que acercarse a las diferentes Unidades de Calificación de Discapacidad que ahora están a cargo del Ministerio de Salud Pública, MSP.
En el Azuay, este ministerio tiene algunas unidades de atención, en Cuenca está en las Áreas de Salud 1, 2, 3 y 4; en la provincia, está en los centros de salud de Nabón y Ponce Enríquez, también en los hospitales de Gualaceo, Girón, Paute, Santa Isabel y Sígsig, en donde las personas de los cantones aledaños a ellos pueden acercarse a obtener el carnet.
Una vez que son legalmente conocidas como personas con discapacidad tienen derecho a todo lo que determina la Ley, pero el único requisito es que la persona tenga una discapacidad mínima del 40 por ciento.
Beneficiario
Juan Pablo Vélez es uno de los beneficiarios, menciona que dentro de lo que es la nueva disposición legal es muy buena, aunque hay que revisar algunas situaciones que están pasando en este momento dentro de los reglamentos de la Ley Orgánica. Espera que la Asamblea lo haga y que en los próximos días salga aprobado el nuevo reglamento.
En lo referente al tema del carnet dice que ha existido un abuso con respecto a la calificación, pero ahora se está tomando con delicadeza esta calificación que la hace el MSP. (LVC)
Derechos que tienen los discapacitados
Dentro de los derechos que tienen los discapacitados se menciona los siguientes:
Atención prioritaria sin hacer fila, en todas las entidades del sector público y privado, con
celeridad y agilidad.
Descuentos hasta de un 50 por ciento en el pago de las planillas de los servicios básicos que estén a nombre de usuarios con discapacidad o de la persona natural o jurídica sin fines de
lucro que la represente legalmente.
Gratuidad en las tasas y/o tarifas notariales, consulares y de registro civil, identificación y cedulación.
Devolución del Impuesto al Valor Agregado, IVA, en las adquisiciones de bienes y servicios de uso y consumo de las personas con discapacidad.
Descuentos en el impuesto anual a la propiedad de vehículos y exoneración del impuesto
ambiental a la contaminación vehícular.
Tarifa preferencial del 50 por ciento en el transporte público y comercial, para las personas con discapacidad, en los servicios de transporte terrestre, aéreo, ferroviario y fluvial.
Tarifas especiales del 50 por ciento en todos los espectáculos, sean organizados y ejecutados por instituciones públicas o privadas o personas naturales.
Exoneración de los impuestos y aranceles en la importación y compra de vehículos ortopédicos y no ortopédicos para personas con discapacidad.
Exoneración de impuestos y aranceles en la importación de bienes a ser utilizados por personas
con discapacidad.
Exoneración del 50 por ciento en el pago del impuesto predial municipal, de bienes inmuebles de las personas con discapacidad, organizaciones sobre discapacidades y representantes legales
de personas con discapacidad.
Tarifa cero del Impuesto a la Renta de los ingresos anuales de las personas con discapacidad hasta el equivalente al doble de la fracción básica imponible.
Dotación gratuita de medicamentos, insumos y ayudas técnicas por parte del Ministerio de Salud Pública y la Misión Manuela Espejo.
Jubilación especial por vejez, para las personas con discapacidad intelectual con 20 años de aportaciones al IESS, y las otras discapacidades con 25 años.
Inclusión laboral.
Becas, Afiliación voluntaria al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS
Crédito prefente
Crédito para vivienda.
Derecho a la Salud, e Identificación y permiso de circulación de automotores emitidos gratuitamente.