2. REVIEW OF RELATED LITERATURE
2.4 FINANCING AS A GENERIC ADMINISTRATIVE FUNCTION
El estado de naturaleza es la suposición de un "estado original58", en la que partiendo del análisis básico de la condición humana se llega a derivar el orden jurídico
54
Cita Bobbio que ese pasaje se encuentra en la Epístola dedicatoria del De Cive, que contiene el programa de la política "geometrico more demonstrata".
55 Althusius, J. Politica methodice digesta, Cap.V,8; citado por Bobbio, N. Op.cit.pag.99. 56
Bobbio, N. Op.cit., pag.99.
57
El título exacto, anota Bobbio, es "Elementa philosophica de cive", cuya primera edición es de 1642 y la destinada a la difusión pública de 1647, del que es un anticipo muy elaborado el "The Elements of Law Natural and Politic" de 1640.
58 Esta idea va a ser recreada por autores del siglo XX como John Rawls quien en su Teoría de la Justicia,
postula imaginar una “situación originaria" bajo cuyas condiciones se realizaría el pacto social de atribución de beneficios y cargas.
natural, es decir si la condición original es la vida pacífica y bucólica del buen pastor de Rousseau (idea que de algún modo ya estaba en Pufendorf) o lo es por el contrario el bellum omnium contra omnes del hombre lobo del hombre de Thomas Hobbes.
De esas suposiciones iniciales se "concluyen" determinadas "necesidades" de regulación/no regulación de derecho positivo. Mientras que en Hobbes esta idea es una mera hipótesis de la razón que probablemente nunca haya existido, para Rousseau es un estado histórico, así por ejemplo lo sostiene en el Discurso sobre el origen de la Desigualdad de 1753.
Aunque, como muy bien señala Bobbio59, también Rousseau está jugando con una idea regulativa, abstracta y por lo tanto racionalista, pues la idea del orden natural primitivo no deja de ser una suposición, no obstante que luego engarce con ella una historia de la sociedad con caracteres propiamente históricos. También Locke describe al estado de naturaleza como un estado de paz, rechazando expresamente la tesis hobbesiana, pero en rigor va a parar al mismo lugar cuando admite que como no todos los hombres son racionales (lo que plantea un problema epistemológico de graves consecuencias), a falta de un juez sobre las partes, se degenera en guerra y la guerra, la que una vez iniciada continúa y se hace necesario el Estado. A iguales consecuencias llega Kant que llama al estado de naturaleza, estado provisorio60. La posición de Rousseau es algo más compleja, dice Bobbio, su movimiento es triádico: estado de naturaleza, sociedad civil, república (fundada en el contrato social), el hombre era feliz y pacífico en el estado original, pero desde la institución de la propiedad privada y otra serie de innovaciones derivó en sociedad civil o civilizada, en donde se produce el choque del que habla Hobbes, la posesión de los bienes, el progreso, la escasez, la división del trabajo degeneran en el estado de guerra permanente:
"en realidad, lo que Rousseau le reprocha a Hobbes no es tanto haber concebido la idea de un estado de guerra total, sino el haberlo atribuido al hombre natural y no al civil61".
La discusión sobre si una teoría racional de la sociedad y del Estado debía tomar como punto de partida el hombre individual o alguna forma de sociedad fue objeto de debate y este puede ser otro punto de separación entre la escuela del derecho natural
59 Bobbio, N. Op.cit.pag.108. 60 Bobbio, N. Op.cit.pag.110. 61 Bobbio. N. Op.cit.pag.111.
racional, llamémosle del modelo "hobbesiano" y el modelo antiguo, historicista, "aristotélico". En aquellos la sociedad aparece más como producto del cálculo racional individual (estamos en los orígenes del capitalismo) que como producto del "instinto" gregario. El dato originario que contraponen es: el instinto de conservación en la escuela del derecho natural racional, el instinto de socialización en la aristotélica.
3.5.2 El contrato social.
Para la Escuela del Derecho natural la legitimidad sólo se alcanza a través del consenso, Locke sostiene que el error proviene de confundir la sociedad doméstica o la sociedad señorial, con la política.
Refiere Bobbio que la teoría del contrato social había sido ampliamente utilizada por los legistas del medioevo pero será recién con esta escuela que se empezará a ser el punto de partida obligado de la teoría política. Pero también entre los autores que defienden esta tesis hay variantes, que nuevamente tienen relación con una cuestión epistémica, análoga a la del estado de naturaleza: el pacto tiene carácter histórico o no?.
Para Rousseau existe diferencia entre contrato como hecho histórico y como presupuesto de legitimación racional del orden político: el pacto entre ricos y pobres que históricamente ha dado origen al Estado, tal y como es, es un pacto logrado mediante el engaño (por lo tanto viciado de nulidad), en tanto que el "contrato social" mediante el cual se permite alcanzar la libertad limitando los efectos nocivos de la sociedad civil desarrollada hasta entonces es una idea regulativa de la razón, aunque realizable.
Para Pufendorf, como para otros autores de la Escuela, no existe un pacto sino dos: el pactum societatis por el que un grupo se transforma en sociedad y el pactum subiectonis, en base al cual los individuos así reunidos se someten a un poder común, en el segundo pacto es en el que deciden la forma de gobierno a la que han de someterse, si monárquica, aristocrática o democrática: "Ya en Hobbes aparece la diferencia que se revelará grávida
de consecuencias, entre el pacto originario de la forma democrática de gobierno y el de las otras dos formas (aristocráticas y monárquicas). En un pasaje del De Cive afirma: «Un Estado democrático no se constituye en virtud de pactos celebrados entre individuos particulares, por un lado, y el pueblo, del otro, sino en virtud de pactos recíprocos de cada uno con todos los demás». Se confirma esta idea cuando se dice del Estado aristocrático que «tiene su origen en la democracia» y del monárquico, que deriva «deriva de la
autoridad del pueblo, en cuanto éste transfiere su propio derecho, es decir, el poder soberano, a un individuo»62".
A su tiempo me parece importante destacar la transversalidad de ciertas ideas en la Escuela, tales como la del origen popular del poder, que se corresponden también con la Escolástica española de Suárez y Mariana y que se opone a la teoría del poder divino de los reyes, aunque las diferentes maneras de ver el estado de naturaleza los llevara como a Hobbes a proclamar la necesidad del pacto de sujeción, pacto del que ya no se podía retornar, y que poseía un poder legitimador de la monarquía absoluta similar a la tesis de Bodin.
3.5.3 La sociedad civil.
Esta cuestión está naturalmente afectada por las anteriores, y las oposiciones anteriores también derivaran en este aspecto: los problemas, dice Bobbio, pueden agruparse en tres: a) si el poder soberano es absoluto o limitado; b) si es divisible o indivisible y c) si es irresistible o no.
En la primera cuestión debe entenderse que estamos hablando sobre si se entiende que el soberano está no sujeto a las leyes civiles, las leyes que el mismo crea, en esto mientras que Hobbes, Spinoza, Kant y el mismo Rousseau se inclinan por la tesis del poder absoluto, como se sigue de lo que expusimos en el punto anterior, esto implica adherir a un orden monárquico. Sin embargo, para explicar la inclusión de Rousseau en este grupo, partiendo de sus propias expresiones, entiende que el cuerpo político dirigido por la voluntad general tiene un poder absoluto, pero si ese cuerpo es el resultado de esa misma voluntad, no hay posibilidad lógica de que el cuerpo viole sus leyes porque cada vez que haga algo estará dictando una orden general, de donde se puede seguir la incorporación de Rousseau en el grupo "democrático".
Esto permite explicar la aparente paradoja de Rousseau que por un lado sostiene la teoría de la indivisibilidad de la soberanía (como Hobbes) con la división del poder en ejecutivo y legislativo (como Locke), en tanto que Hobbes rechaza enérgicamente la teoría del gobierno mixto. La tesis de Locke y Rousseau, en tanto ha sido también acompañada por Kant.
3.5.4 A modo de conclusión.
Tal como afirmaba Massimo Piatelli Palmarini, en el debate entre Chomsky y Piaget, acerca de las ideas innatistas y constructivistas en el lenguaje y el aprendizaje, tal como he podido afirmarlo respecto de las discusiones entre realistas y formalistas, coincidiré una vez más con Bobbio en que no pueden extraerse conclusiones directas de las teorías: "Lo que aún hay que aclarar es que entre la estructura de un modelo y su función
ideológica no subsiste ese paralelismo perfecto que alguien puede haber tenido la tentación de imaginar: un mismo modelo puede servir para tesis políticas opuestas, así como una misma tesis política puede presentarse mediante distintos modelos63".
4 El Positivismo. 4.1 Introducción.
El término positivismo fue acuñado por el filósofo y matemático francés del siglo XIX Auguste Comte, aunque debemos reconocer que la idea positivista nace del empirismo que se forja en las enseñanzas de los ya mencionados Roger y Francis Bacon, pero principalmente en la obra de David Hume, quien también influenciara el desarrollo teórico de Kant.
En su obra principal, el Curso de Filosofía Positiva, sostenía que cada una de las ciencias o ramas del saber deben pasar por "tres estadios teoréticos diferentes: el teológico
o estadio ficticio; el metafísico o estadio abstracto; y por último, el científico o positivo".
En el primer estadio (el teológico) los acontecimientos se explican apelando a la voluntad de los dioses o de un dios, lo que no constituye una explicación suficiente. En el segundo estadio (el metafísico) se recurre a categorías filosóficas abstractas (se corresponde con el modo cartesiano, o more geométrico, propio de la matemáticas o la geometría, y de la Escuela del Derecho Natural). El último estadio es el positivo, entronca con el empirismo desde que pretende explicar todos los hechos a partir de la experiencia y la idea de causalidad (se corresponde con el método científico, del que la física newtoniana es la más fiel expresión).
El método consiste en describir, a partir de la observación repetida, con instrumentos de medición, cómo se producen los fenómenos con la intención de llegar a generalizaciones, que se sujetan, a su vez, a verificaciones (ensayo y error).
El positivismo es ante todo una actitud, una actitud que consiste en enfrentar todos los objetos con ese método, considerado como la única vía al conocimiento serio. Más tarde en el siglo XX, con otras herramientas, pero con la misma actitud Hans Kelsen fundará epistemológicamente la teoría general del derecho.
Comte sostenía que cada estadío tenía un correlato en sistemas políticos, el teológico en las monarquías absolutas, fundadas en la teoría del derecho divino de los reyes (Bodin). El metafísico se correspondía con las nacientes ideas republicanas basadas en las ideas afines a la Escuela del Derecho Natural, como el contrato social, la igualdad o la soberanía popular. El propio Comte caía, pese a su método (y no era su única contradicción) en un cierto elitismo o aristocraticismo cientificista que podría emparentarse
con la idea platónica del gobierno de los filósofos. Los nuevos filósofos de Comte eran los científicos que resolverían los problemas sociales empleando el método científico.
El siglo XIX, estuvo atravesado por el debate entre el discurso dogmático de la religión y la crítica escéptica del cientificismo, entre lo "metafísico" y lo "físico", en suma entre el saber especulativo y el saber empírico. La ciencia aplicada produce enormes vuelcos tecnológicos.
También es el siglo de la proclama del irracionalismo, de la desconfianza en la razón, y la apuesta por el sentimiento y la intuición que se cristalizaron en el movimiento romántico.