Part Two What Happened to the Children Since My Involvement
DIAGRAM 1 FLOW CHART FOR RESEARCH DESIGN (PART ONE)
3. Findings from Part One, Themes and Patterns Across Cases
La situación de la traducción e interpretación en el marco de la Justicia europea resulta bastante diferente. Dentro de este ámbito multilingüe e internacional, Ortega Arjonilla (2010: 2) señala que la traducción e interpretación debe adaptarse a las nuevas exigencias y contextos internacionales y multiculturales desarrollados por algunos fenómenos tales como la globalización de la economía a escala planetaria, la globalización propiciada por las tecnologías de la información y comunicación, la configuración de nuevos bloques de influencia política a nivel mundial y la creación de organismos que dan respuesta a las necesidades derivadas de la eliminación de fronteras en la Unión Europea (UE). En este entorno, la traducción y la interpretación constituyen dos servicios distintos, es decir, dos profesiones independientes la una de la otra (RITAP, 2011: 76). Esta visión de la T/ISSPP contrarresta con la realidad que se produce tanto en España como en Francia en donde, como hemos visto, la T/ISSPP se convierte en una única disciplina. Otras diferencias que se observan son la formación
universitaria, el reconocimiento profesional correspondiente con el nivel de formación y la calidad que se ofrece en los servicios realizados (RITAP, 2011: 76-78).
De acuerdo con Šarčević (2010: 36), los traductores de la UE poseen un cierto
grado de libertad a la hora de realizar sus traducciones, en comparación con otros colegas del mismo sector en otros organismos internacionales. Esto se debe a que han de adaptar el lenguaje de origen del que traducen al lenguaje meta de su propia lengua de tal forma que suene con naturalidad. Es más: los traductores de la UE deben seguir unos estándares y pautas (recogidos en una guía - Manual of Precedents - de cada lengua oficial) cuando realizan sus traducciones tanto en lo que se refiere a la estructura del documento como al estilo tipográfico a adoptar, puesto que todas las versiones
deben contener la misma información (Šarčević, 2010: 38). En palabras de esta misma
autora:
As a result, the visual appearance of the authentic texts of a given act is basically the same in all language versions, and even the pagination is identical in each language version of the Official Journal. As in all legal translations, EU translators must observe the golden rule of terminological consistency. The same term must be used to translate a particular EU concept not only in a given legislative text, but also
whenever that concept is used in the context of EU law (Šarčević, 2010: 38).
Por otra parte, tal como nos asegura Koskinen, los servicios de traducción en la Dirección General de Traducción (DGT) de la Comisión Europea se han ido
remodelando con el tiempo y ahora es posible encontrar “telephone translation, oral and written summaries, machine translation, hotline translation services for urgent translations needs, and linguistic consultation” (Koskinen, 2010: 68). Además, y por fortuna, los traductores de la UE disponen de las últimas tecnologías con las que poder resolver sus problemas terminológicos. De esta forma, la DGT posee un sitio web de traducción particular en el cual es posible traducir y editar páginas webs combinando, incluso, estas dos actividades al mismo tiempo (Koskinen, 2010: 67). Además la DGT, tal como se indica en el Libro Blanco de la traducción e interpretación institucional:
“no solo presta servicios de traducción en sentido estricto sino que, además de textos para internet o destinados a públicos locales, ofrece un servicio de mejora de la calidad
de los originales o hace resúmenes de los documentos recibidos por la Comisión”
(RITAP, 2011: 78).
El objetivo de estos traductores es preservar la unidad de un texto o documento coordinando la terminología y la sintaxis de los textos de origen siendo lo más cercanos
y fieles posibles al mismo (Šarčević, 2010: 32). Sin embargo, Šarčević señala que en la
práctica “translators are required to achieve the highest possible linguistic concordance in all language versions so as to prevent any ambiguity that could result in legal uncertainty and lead to unnecessary litigation” (Šarčević, 2010: 35).
A este nivel europeo, desde hace varios años se viene fomentando una serie de programas propuestos por la DGT de la Comisión Europea y los establecimientos de enseñanza superior para la formación en traducción. Se trata de un conjunto de másteres
incluidos en la llamada “Red de másteres europeos en traducción” (European Master’s in Translation, EMT) que permiten la formación de especialistas y la adquisición de conocimientos y competencias en materia de traducción en el ámbito europeo e internacional para fomentar esta profesión en la UE dentro de los SSPP (Šarčević, 2010:
40; Valero-Garcés, 2014: 50; Comission Européenne, 2015).
De manera paralela, cuando hablamos del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE), debemos recordar que esta institución europea está compuesta por tres órganos. El primero de ellos (y el que nos interesa especialmente) es el Tribunal de Justicia, órgano
encargado de emitir dictámenes preliminares, estudiar algunos de los recursos presentados por los países miembros de la UE contra las instituciones europeas, conocer los recursos contra el Tribunal General, dictaminar sobre asuntos relacionados con la libertad, la seguridad y la justicia, dictar resoluciones relativas a la cooperación policial y judicial en materia penal, y estudiar cuestiones relacionadas con la interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales. El segundo órgano, el Tribunal General, se ocupa de los recursos interpuestos por los ciudadanos o por los países de la UE contra las instituciones europeas, así como de las apelaciones a las resoluciones del Tribunal de la Función Pública. Y el tercer órgano es el Tribunal de la Función Pública encargado únicamente de los litigios laborales entre la UE y sus funcionarios (Eur-Lex, 2016b). Como afirma Šarčević (2010: 37), cuando se propone una ley europea y es interpretada
en el TJUE, ésta debe implementarse en los Estados Miembros y aplicarse en las cortes nacionales.