Austin, J. L. (1962) Cómo hacer cosas con palabras, Barcelona: Paidós, 1988. Prólogo de Genaro Carrió y Eduardo Rabossi.
Fuente complementaria
Levinson, S. (1983) "Actos de habla", en Pragmática, Barcelona: Teide, 1989. 217-270.
El profesor oxoniano John Langshaw Austin es una figura destacada de la filosofía del siglo XX. Al igual que en el caso de Ferdinand de Saussure, la obra que analizamos se publicó después de su muerte. El libro titulado (no sin sentido poético) Cómo hacer
cosas con palabras presenta la serie de "Conferencias William James" que Austin dictó en la Universidad de Harvard. Su colega y discípulo J. O. Urmson recopiló las notas y finalmente presentó la versión final del libro tal como la conocemos. La novedosa teoría de Austin trascendió los límites de la filosofía y es el punto de partida de toda una tendencia de estudios lingüísticos. A continuación se desarrolla un resumen de la creativa e intrigante argumentación de Austin.
1.1. El primer planteo de Austin: enunciados realizativos vs. enunciados constatativos. En la Conferencia I, Austin presenta una tesis provocativa. Dice que los filósofos atribuyeron generalmente un carácter privilegiado a los enunciados declarativos o descriptivos, conocidos en la lógica tradicional como proposiciones (Austin 1962: 41- 42). Para Austin, esta mal encaminada jerarquización se basó el supuesto erróneo de que los enunciados descriptivos o declarativos (es decir, las proposiciones) son los únicos enunciados que presentan interés filosófico. Esta creencia llevó a que la filosofía se interesara exclusivamente por los llamados enunciados descriptivos y dejara de lado otros enunciados. La causa de este error teórico es que las proposiciones parecen monopolizar el valor de verdad, i.e., los enunciados descriptivos o declarativos parecen los únicos de los que se puede decir que son verdaderos o falsos.
En esta línea de razonamiento, Austin (amante de los neologismos) llama
constatativos a esos enunciados descriptivos o declarativos. El nombre constatativo significa "que se puede constatar", es decir, que tiene valor de verdad. En síntesis, Austin ataca la creencia de que sólo los enunciados descriptivos presentan interés teórico. Esta creencia es lo que él llama "falacia descriptiva".
La lógica tradicional es clara al señalar que expresiones como (1), (2) y (3) poseen valor de verdad (son verdaderas o falsas, más allá de que ninguno de nosotros o nadie sepa si efectivamente son verdaderas o falsas).
(1) Racing derrotó a Independiente el 8 de octubre de 1998. (2) El calor dilata los metales.
(3) Hoy hay treinta y dos grados centígrados en Mar del Plata. .
Austin se pregunta qué ocurre, en cambio, con expresiones como (4), (5) y (6).
(4) Prometo que vendré la semana que viene. (5) Lamento que hayas perdido.
Las respuestas iniciales con respecto a (4), (5) y (6) son las siguientes: 1º) son enunciados
2º) no describen nada
3º) no poseen valor de verdad 4º) tienen sentido
Pero más allá de estas respuestas iniciales parece que lo más interesante es que quien emite (4), (5) o (6) realiza una acción, una acción verbal que no coincide simplemente con el acto de la pronunciación sino algo más. Ese "algo más" es, en el caso de (4), la acción de prometer, en el caso de (5) la acción de lamentar, y en el caso de (6) la acción de pedir.
Estos enunciados en los que el hablante realiza (del inglés, perform) una acción que trasciende el mero acto de pronunciar son llamados enunciados realizativos (o, con otro neologismo austiniano, performativos). Son enunciados en los que hablante expresa verbalmente lo que está haciendo. Los enunciados performativos se caracterizan gramaticalmente por estar expresados en primera persona del singular del presente del indicativo en la voz activa. Las oraciones (7)-(10) constituyen ejemplos en este sentido.
(7) Lo nombro caballero de la Mesa Redonda. (8) Dudo que Racing pueda ganar el campeonato. (9) Me disculpo por mi error.
(10) Los declaro marido y mujer.
(11) Por medio de la presente determino que usted está despedido.
Lo más interesante de estos ejemplos, para Austin, es que no sólo describen situaciones sino que se usan de forma activa para hacer cosas. La tabla que aparece a continuación determina la acción que lleva a cabo el hablante de cada uno de esos enunciados.
Tabla 8.1.1. Acciones realizadas por medio de los enunciados realizativos
Ejemplo de enunciado realizativo Acción realizada por medio de las palabras (4) Prometo que vendré la semana que viene. Prometer
(5) Lamento que hayas perdido. Lamentar(se)
(6) Te pido que me escuches. Pedir
(7) Lo nombro Caballero de la Mesa Redonda. Nombrar
(8) Dudo que Racing pueda ganar el campeonato. Dudar o plantear una duda
(9) Me disculpo por mi error. Disculparse
(10) Los declaro marido y mujer. Declarar (formalmente) (11) Por medio de la presente determino que usted está
despedido. Determinar (formalmente)
En efecto, como se explica en la tabla 8.1.1., las oraciones (4)-(11) no son ni verdaderas ni falsas, pero expresan las acciones que los hablantes realizan justamente al producir los enunciados. Además de una acción verbal, declarar "marido y mujer" a una pareja es hacer que ese hombre y esa mujer estén casados: en este caso el acto de habla crea un estado de cosas.
Aunque los enunciados realizativos no tienen valor de verdad se encuentran sujetos a ciertas condiciones de empleo satisfactorio. En este sentido, Austin dice que
hay que superar la falacia descriptiva y transformarlos en una una unidad de estudio digna de la filosofía. Efectivamente, los enunciados realizativos no son verdaderos o falsos, pero pueden salir mal si no se cumplen ciertos requisitos contextuales. Así surge la "doctrina de los infortunios", que especifica las condiciones de fortuna para que un enunciado realizativo sea feliz (i.e., apropiado). Declarar marido y mujer a una pareja exige ciertas disposiciones institucionales, sin las cuales la acción que el enunciado realizativo produce sería nula. Por ejemplo, el que declara debe ser un sacerdote o un juez, esta declaración debe hacerse en el registro civil o en la iglesia, la documentación de los contrayentes debe estar completa, etc.
En síntesis, los enunciados constatativos están sujetos al valor de verdad y, por su parte, los enunciados realizativos también revisten de interés filosófico porque están sujetos a las condiciones de "felicidad". Durante las Conferencias II, III y IV, Austin se pregunta acerca de la adecuación contextual de un enunciado realizativo. Las condiciones que debe cumplir un enunciado realizativo para adecuarse al contexto de emisión (para ser feliz) son las siguientes:
A.1) Tiene que haber un procedimiento convencional aceptado, que posea cierto efecto convencional ... A.2) ... las personas y las circunstancias deben ser las apropiadas para recurrir al procedimiento particular que se emplea.
B.1) El procedimiento debe llevarse a cabo por todos los participantes en forma correcta y, B.2) en todos sus pasos.
G.1) En aquellos casos en que, como sucede a menudo, el procedimiento requiere que quienes lo usan tengan ciertos pensamientos o sentimientos, o está dirigido a que sobrevenga cierta conducta correspondiente de algún participante, entonces quien participa en él y recurre así al procedimiento debe tener en los hechos tales pensamientos o sentimientos, o los participantes deben estar animados por el propósito de conducirse de una manera adecuada, y, además
G.2) los participantes tienen que comportarse efectivamente así en su oportunidad (Austin 1962: 56).
Analizando los alcances de la regla A.1., Levinson (1983: 220) señala que en las culturas musulmanas un hombre puede emitir tres veces seguidas un enunciado con el significado de Por la presente me divorcio de vos y así se constituye legalmente un divorcio. Ese enunciado, en un país musulmán, cumple con las reglas A, B y G. En Argentina viola abiertamente la regla A.1 porque no existe un procedimiento convencional aceptado mediante el cual un enunciado consolide institucionalmente un divorcio. Si un sacerdote bautiza a un niño con el nombre equivocado no se está cumpliendo la regla A.2 y ya por eso el enunciado realizativo es desafortunado o "infeliz".
El ejemplo que aparece a continuación expone una violación de la regla B. Juan y María están jugando al truco.
Ejemplo de violación de la regla B Juan: Envido.
María: Bueno.
Como saben los jugadores de truco, cualquier aceptación formal en el juego tiene que hacerse por medio de la expresión quiero. La emisión de bueno no cumple con el procedimiento en forma correcta y en todos sus pasos.
La regla G involucra el concepto de sinceridad, que es fundamental para las teorías pragmáticas de origen filosófico (actos de habla e implicaturas conversacionales). Un ministro de economía aconseja a la población que no compre
dólares pero sabe que ese consejo beneficiará a las entidades financieras y perjudicará a la mayor parte de la población en condiciones de invertir en algo. En este caso, el ministro viola la regla G.1.
El candidato político que promete algo que no tiene la intención de cumplir viola descaradamente la regla G.2.
Austin señala que las violaciones A y B causan desaciertos: las acciones que los hablantes piensan ejecutar no tienen éxito porque falla alguna de las condiciones. En cambio, las violaciones de G son abusos porque los hablantes están cometiendo un engaño. Los desaciertos pueden advertirse con bastante facilidad en el momento de la emisión pero los abusos se dan de forma premeditada y oculta. De todas formas, cualquier distinción que se base en la doctrina de los infortunios no tiene una base demasiado sólida para Austin porque luego de desarrollar su primera versión de los actos de habla (la de la oposición entre realizativos y constatativos) terminará por refutarla. En este sentido Austin nos recuerda al narrador de novela policial que provee pistas falsas o a Pierre Menard, aquel prolífico personaje de Borges, que además de intentar escribir el Quijote, ejecutó la siguiente pieza:
Un artículo técnico sobre la posibilidad de enriquecer el ajedrez eliminando uno de los peones de torre. Menard propone, recomienda, discute y acaba por rechazar esa innovación (Borges 1974: 445).
El sentido del humor académico de Austin se parece al de Borges. Cómo hacer
cosas con palabras comienza con una propuesta que es primero defendida y luego desestimada. Sin embargo esa desestimación no será total porque la primera versión servirá de base para una segunda y definitiva.
En síntesis, el balance inicial de esta primera versión sostiene que:
1) los enunciados constatativos (descriptivos) deben evaluarse en términos de verdad/falsedad.
2) los enunciados realizativos deben evaluarse en términos de felicidad/infelicidad. 1.2. Enunciados realizativos explícitos y enunciados realizativos implícitos Austin pasa a cuestionar su propia argumentación. Él mismo pone a prueba sus postulados. En la Conferencia VI problematiza el criterio gramatical para distinguir enunciados realizativos. En los ejemplos de realizativos analizados hasta el momento hay un verbo realizativo propiamente dicho que expresa la acción que se lleva a cabo por medio del enunciado. Estos casos paradigmáticos de enunciados realizativos son oraciones activas en primera persona del presente del indicativo.
(12) Prometo que bajaré los impuestos. (13) Te aconsejo que estudies Gramática. (14) Lo declaro culpable.
(15) Denuncio que los datos presentados por el diputado X son falsos. (16) Sostengo que la tierra gira alrededor del sol.
(17) Te apuesto un peso a que Racing pierde con Mandiyú.
Sin embargo, se dan muchos otros usos de oraciones activas en primera persona del singular.
Como hay enunciados con verbos en primera persona del presente del indicativo que no son realizativos, entonces hace falta otro criterio para definir con precisión esta clase de enunciados. Así, se sugiere que un enunciado realizativo es aquel en el cual el presente puede estar acompañado del adverbio hereby (por la presente)
(19) Por la presente, lo declaro ministro de educación.
(20) ? Por la presente, estudio francés y decoración de interiores. (21) ? Por la presente, camino tres kilómetros todas la tardes.
El signo de pregunta indica que (20) y (21) son por lo menos anómalas. Este criterio permite determinar, pues, que declarar es un verbo realizativo mientras que estudiar y
caminar no lo son. De todas maneras, el criterio gramatical va a terminar siendo insuficiente porque puede considerarse que enunciados como (22) y (23) son realizativos al igual que (14).
(14) Lo declaro culpable. (22) Usted es culpable (23) Culpable
En las Conferencias VI y VII, Austin pasa a proponer que ejemplos como (14) son del tipo de realizativo paradigmático: es un realizativo explícito, con el verbo realizativo en primera persona del singular. Por su parte, ejemplos como (22) y (23) son casos de realizativos implícitos. La tabla que aparece a continuación compara enunciados realizativos en los que aparece el verbo realizativo con otros en los cuales ese verbo no está presente. En ambos casos se realiza una acción verbal que demuestra el carácter realizativo del enunciado.
Tabla 8.1.2. Comparación de enunciados realizativos explícitos e implícitos Realizativo explícito Realizativo implícito
correspondiente
Acción ejecutada (12) Prometo que bajaré los impuestos. (12´) Bajaré los impuestos. Prometer (13) Te aconsejo que estudies Gramática. (13´) Estudiá Gramática. Aconsejar
(14) Lo declaro culpable. (14´) Culpable. Declarar
(15) Denuncio que los datos presentados
por el diputado X son falsos. (15´) Los datos presentados por el diputado X son falsos. Denunciar / afirmar (16) Sostengo que la tierra gira alrededor
del sol. (16´) La tierra gira alrededor del sol. Sostener / afirmar (17) Te apuesto un peso a que Racing
pierde con Mandiyú.
(17´) Un peso a que Racing pierde con Mandiyú.
Apostar
El verbo realizativo primario (explícito) tiene una importancia teórica fundamental porque, aunque no esté presente, sirve para expresar cuál es el "acto de habla" ejecutado por el hablante. En (13´) Estudiá Gramática, la acción ejecutada es la aconsejar o quizá
ordenar; obviamente no es estudiar, que aparece como contenido del consejo. Nótese además que (16´) es, en términos de la oposición manejada hasta el momento, un constatativo. Austin observa que todos los enunciados, incluso los llamados constatativos, presuponen un realizativo que los hace posibles.
La conclusión cae por su propio peso: todo enunciado supone una acción verbal (afirmar, preguntar, ordenar, suplicar, declarar, etc.). Por lo tanto, la oposición realizativo/constatativo es inútil. También es desechada la oposición tajante entre el
valor de verdad y las condiciones de felicidad. En la Conferencia V Austin explica que un enunciado llamado realizativo puede presuponer un valor de verdad para ser adecuado. Por ejemplo:
(24) Confieso que yo robé la limosna.
El contenido de la confesión de (24) (yo robé la limosna)es verdadero o es falso. Del mismo modo, un enunciado llamado constatativo está sujeto a condiciones de felicidad. Por ejemplo:
(25) El examen de Pérez alcanzó la calificación de sobresaliente.
El enunciado (25) es verdadero o falso, pero para ello (para que la calificación de Pérez conste en una acta o en un boletín) el enunciado debe ser emitido por una autoridad académica. Ese enunciado no puede ser verdadero o falso si es emitido por otro alumno. Concretamente, los constatativos pueden presuponer condiciones felicidad y los realizativos valor de verdad.
Lo fundamental puede resumirse en pocas palabras: todo enunciado es un acto de habla. Esto nos lleva a analizar el segundo planteo de Austin.
1.3. El segundo planteo: los actos de habla
Tenemos entonces que todo enunciado es realizativo. Los llamados constatativos no serían otra cosa que un tipo particular de realizativo, como las advertencias, las preguntas o las declaraciones formales. Una vez que Austin hubo demostrado que todos los enunciados ejecutan acciones (hacen cosas con palabras) pasa a desarrollar la teoría de los actos de habla propiamente dicha.
En este sentido, Austin propone que todo enunciado (cualquiera de los ejemplos vistos o cualquiera que se nos ocurra) es la combinación de tres fuerzas simultáneas. Como decir es hacer, todo enunciado consiste en la realización de tres actos.
1) El acto locucionario es la emisión concreta de un enunciado, con un sentido y una