Quick Reference for Common Ornamental Weed Control Options
FORESTRY HERBICIDES USED FOR HERBACEOUS WEED CONTROL: ESTIMATE OF POTENTIAL CONTROL
Debe cumplir íntegramente con la norma técnica NTMD 0084 – A2 y con las siguientes aclaraciones que se deben tener en cuenta para la elaboración del overol de trabajo de la Armada Nacional.
El overol se debe confeccionar con pretina en la cintura, acuerdo la nota 1 del numeral 3.1.1 Diseño y confección de la NTMD – 0084
- El cierre del overol debe ser con botones
- El overol debe ser confeccionado en manga larga - El cuello tipo camisa del overol debe terminar en punta
- El color del overol debe ser azul y debe cumplir con las coordenadas CIELAB de la tabla No 4 del numeral 3.2.5.1 de la NTMD – 0084 A2
- Las cantidades por tallas para la elaboración de los overoles serán suministrado al adjudicatario del proceso, quien deberá acercarse al Almacén General de la Dirección de Abastecimientos de la Armada Nacional, máximo dos días después de su adjudicación.
- El overol debe llevar estampado la siglas A.R.C. en color blanco ubicadas en la parte superior del bolsillo porta esfero, en el lado izquierdo del overol. El largo total del estampado, medido horizontalmente, debe ser de 10 cm +/- 0.5 cm, las letras deben tener las siguientes dimensiones:
Base: 2.5 cm + / - 0.5 cm Altura: 4 cm + / - 0.5cm.
- Los overoles se deben empacar individualmente debidamente doblados en bolsas plásticas de polietileno trasparentes de tal forma que se asegure que no va sufrir daños ni deterioros durante su transporte y/o almacenamiento. El empaque colectivo debe ser en cajas de cartón corrugado de doble pared con capacidad para 20 unidades, todos los empaques deben ser nuevos, para el caso de empaque colectivo todas las cajas deben ser del mismo tamaño. - Rotulado: Los bienes a entregar también se deben marcar de acuerdo a las especificaciones suministradas por el Almacén General de la Dirección de Abastecimientos de la Armada Nacional y Boletín SILOG Nº 5-A1
CODIGO: F06-PGN-S02 VERSION: 03 FECHA VIGENCIA: 01/09/2010 47 de 50 ¾ RECEPCIÓN DEL LOTE
Para la recepción de los bienes, el contratista debe cumplir con los siguientes requisitos:
Para la recepción de lotes de los bienes para los ítems que sean mayores a los 100 salarios mínimos legales mensuales (SMLMV), el contratista debe presentar el Certificado de Conformidad de Lote, original, vigente, de acuerdo a las Normas Técnicas y/o Especificaciones Técnicas correspondientes, expedido por un Organismo Certificador acreditado ante la ONAC
(organización Nacional de Acreditación de Colombia), y/o acreditación vigente ante la SIC, con sus respectivos resultados de Laboratorio, acreditado ante la ONAC.(organización Nacional de Acreditación de Colombia), y/o acreditación vigente ante la SIC, evaluados por el respectivo
Organismo Certificador que respalde el informe de resultados de Laboratorio que emite la certificadora, si al presentarlos no cumplen con lo exigido en las Normas Técnicas y/o Especificaciones Técnicas ó no es concordante con los resultados de laboratorio no se aceptará y se rechazara el lote. No se debe excluir pruebas ordenadas por las Normas Técnicas y/o Especificaciones Técnicas tanto en Requisitos generales, Requisitos específicos, Empaque y Rotulado.
Para la recepción de lotes, el contratista al hacer entrega de los bienes para los ítems que sean menores a los 100 salarios mínimos legales mensuales (SMLMV), entregará informes de resultados de laboratorio de los Requisitos de acuerdo a las Normas Técnicas y/o Especificaciones Técnicas correspondientes, expedidos por un laboratorio acreditado anta la (ONAC) Organización Nacional de Acreditación de Colombia y/o acreditación vigente anta la (SIC) Superintendencia de Industria y Comercio, si al presentarlos no cumplen con lo exigido en las Normas Técnicas y/o Especificaciones Técnicas no se aceptara y se rechazará el lote. No debe excluir pruebas ordenadas por las Normas Técnicas y/o Especificaciones Técnicas.
El contratista debe ceñirse a las condiciones de identificación por código de barras establecidas en el BOLETÍN SILOG 5 A1
La Armada Nacional por intermedio de la Dirección de Abastecimientos, realizará el seguimiento para la evaluación de la conformidad de los bienes a adquirir, para lo cual el adjudicatario deberá contactarse con la División de Calidad de DIABA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la legalización del contrato.
En cuanto al seguimiento para la evaluación de la conformidad de los bienes en la etapa de recepción de lotes que hará la Armada Nacional por intermedio de la Dirección de Abastecimientos, ésta se acogerá a los procedimientos establecidos en la Guía Técnica GTMD 0004 Actualización Vigente.
Cualquier incumplimiento de los requisitos antes descritos será causal de rechazo del lote por lo que el contratista procederá al retiro del bien y se aplicarán las sanciones jurídicas que deriven de dicho rechazo.
CODIGO: F06-PGN-S02 VERSION: 03 FECHA VIGENCIA: 01/09/2010 48 de 50 4. El FORMULARIO Nº 7 “ORIGEN DE LOS BIENES. CUMPLIMIENTO LEY 816 DE
2003. "PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL", así:
Aplica para los ítems No. No. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25)
Declaramos bajo nuestra responsabilidad personal y comprometiendo a las personas jurídicas que representamos que:
1. OFRECIMIENTO DE BIENES NACIONALES O IMPORTADOS SIN ACREDITACIÓN:
Este punto lo deben diligenciar los oferentes cuyos bienes sean elaborados (fabricados) así:
a.-) En
Colombia:
9 Cuando se utilicen insumos y mano de obra 100% colombiana: Marcar (X) y anexar Registró Producción Nacional. (Donde la descripción del registro debe corresponder al objeto a contratar).
Si ( )
Aplica para los ítems No.
9 Cuando se utilicen insumos y/o materia prima importada cuyos valores CIP sean iguales o inferiores al 60% del valor en fábrica del bien: Marcar (X), indicar el % del componente colombiano y anexar Registro Producción Nacional. (Donde la descripción del registro debe corresponder al objeto a contratar)
Si ( )
Aplica para los ítems No.
Porcentaje ( )% de componente colombiano
b.-) En el Exterior:
9 Para los BIENES correspondiente al objeto a contratar en los cuales no utilizan insumos y/o mano de obra colombiana, y los países en donde se fabrican hacen parte de Convenios o Tratados Internacionales celebrados con Colombia para compras estatales: Marcar (X), indicar el nombre del Convenio o Tratado, deberá allegar Formulario No. xx de la certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Si ( ) Convenio o Tratado: Aplica para los ítems No.
9 Para los BIENES correspondiente al objeto a contratar en los cuales no utilizan insumos y/o mano de obra colombiana y en los países donde se fabrica el BIEN aplica la RECIPROCIDAD: Marcar (X), deberá allegar Formulario No. xxx de la certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos
CODIGO: F06-PGN-S02 VERSION: 03 FECHA VIGENCIA: 01/09/2010 49 de 50
Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores. Si ( )
Aplica para los ítems No.
Nota 1: Los oferentes que demuestren el cumplimiento de cualquiera de las condiciones exigidas en los literales a) o b) obtendrán la asignación del 20%.
Nota 2: Los oferentes que hayan diligenciado el numeral 1, en cualquiera de sus literales, no deberán diligenciar lo exigido en el numeral 2.
Nota 3: Para el caso de adjudicaciones totales, el oferente deberá allegar lo(s) Registro(s) de Productor Nacional con la descripción de la totalidad de los elementos que componen el objeto a contratar. Para el caso de adjudicaciones por Ítem(s) deberá allegar el Registro de Productor correspondiente a cada Ítem(s).
2. OFRECIMIENTOS DE BIENES IMPORTADOS ACREDITADOS:
Este punto lo deben diligenciar los oferentes cuyos bienes sean elaborados (fabricados) así:
a.-) En
Colombia:
9 Cuando se utilicen insumos y/o materia prima importada y su valor CIP sea superior al 60% del valor en fábrica del BIEN a contratar, garantizando como mínimo de componente colombiano el 10% del valor del BIEN a contratar en fábrica: Marcar (X) e indicar el % del componente colombiano. (EL BIEN SERÁ CATALOGADO EXTRANJERO)
Si ( )
Aplica para los ítems No.
Porcentaje ( )% de componente colombiano
b.-) En el Exterior:
9 Cuando se utilicen insumos y/o materia prima y/o servicios en cualquier porcentaje, garantizando como mínimo de componente colombiano el 10% del valor del BIEN a contratar en fábrica: Marcar (X) e indicar el % del componente colombiano. (EL BIEN SERÁ CATALOGADO EXTRANJERO). Si ( )
Aplica para los ítems No.
Porcentaje ( )% de componente colombiano
Nota 1: Los oferentes que demuestren el cumplimiento de cualquiera de las condiciones exigidas en los literales a) o b) obtendrán la asignación del 5%, por la incorporación de componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos, deberá allegar la afiliación a la seguridad social, contratos de trabajo, comprobante de los pagos de nómina.
CODIGO: F06-PGN-S02 VERSION: 03 FECHA VIGENCIA: 01/09/2010 50 de 50
Nota 2: Dentro de la fabricación de los BIENES a contratar en el presente proceso, que se suministren se debe incluir insumos y/o servicios y/o materia prima colombiana en el porcentaje mínimo exigido.
Nota 3: En el momento de diligenciar el formulario XXX Ley 816 de 203, el oferente no podrá marcar para el mismo bien o servicio los literales a y b de los numerales 1 y 2. Declaramos que conocemos que el anterior ofrecimiento queda como obligación en nuestra oferta y por lo tanto el incumplimiento de ello, acarrea las sanciones de ley contempladas en el contrato.
__________________________ ____________________
Firma Representante legal y/o Firma del APODERADO
Nombre: Nombre:
Atentamente,