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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2007, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Córdoba y Cardeña (Córdoba). (PP. 5591/2007).

Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las compe- tencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

CONCEPTO IVA excluido

CUOTA VARIABLE 1. Consumo doméstico Bloque I

Hasta 30 m³/vivienda/bimestre 0,7059 euros/m³ Bloque II

Más de 30 m³/vivienda/bimestre 0,9177 euros/m³ Bloque III

Exceso de 42 m³/vivienda/bimestre 1,0941 euros/m³ Los consumos domésticos que no sobrepasen los 14 m³/ vivienda/bimestre se bonificarán en 0,2056 euros/m³.

Bonificación para familias numerosas. Conforme a lo es- tablecido en el acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 11 de octu- bre de 2007 que se transcribe a continuación:

«A las familias numerosas que cumplan con las siguien- tes condiciones:

1. Estar en posesión del correspondiente título de familia numerosa.

2. Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual, se les aplicarán las siguientes bonificaciones:

a) Bonificación del 30% del precio del primer bloque, apli- cado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

b) Bonificación del 30% del precio del segundo bloque, apli- cado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.» 2. Consumos industriales y comerciales

Bloque I

Hasta 30 m³/bimestre 0,7059 euros/m³

Bloque ll

Más de 30 m³ hasta 60 m³/bimestre 0,8824 euros/m³ Bloque III

Exceso de 60 m³/bimestre 1,0589 euros/m³ 3. Organismos oficiales

Cualquier consumo 0,7059 euros/m³

4. Dependencias y servicios municipales

Cualquier consumo 0,7059 euros/m³

5. Otros usuarios

Cualquier consumo benéfico 0,6000 euros/m³ CUOTA DE SERVICIO

Cuota unitaria bimestral euros

Diámetro contador en mm.

Suministro bajo contador individual (medición a una sola vivienda o local)

Suministro bajo contador colectivo (medición a más de una vivienda o local)* Hasta 13 7,57 7,57 + (2 x núm. Inmuebles) 15 16,65 16,65 + (2 x núm. Inmuebles) 20 27,71 27,71 + (2 x núm. Inmuebles) 25 38,83 38,83 + (2 x núm. Inmuebles) 30 55,56 55,56 + (2 x núm. Inmuebles) 40 110,90 110,90 + (2 x núm. Inmuebles) 50 166,46 166,46 + (2 x núm. Inmuebles) 60 204,01 204,01 + (2 x núm. Inmuebles) 65 222,03 222,03 + (2 x núm. Inmuebles) 80 277,52 277,52 + (2 x núm. Inmuebles) 100 388,49 388,49 + (2 x núm. Inmuebles) 125 610,52 610,52 + (2 x núm. Inmuebles) 150 1.496,21 1.496,21 + (2 x núm. Inmuebles) 200 2.663,96 2.663,96 + (2 x núm. Inmuebles) 250 4.173,57 4.173,57 + (2 x núm. Inmuebles)

* Si durante el ejercicio 2008 el suministro mediante contador colec- tivo pasara a ser realizado por contadores individuales, EMACSA considerará aplicable la Tarifa bajo contador individual desde la entrada en vigor de la presente tarifa y, en consecuencia, abonará al cliente la diferencia que proceda.

DERECHOS DE ACOMETIDA Parámetro A = 17,70 euros/mm. Parámetro B = 125,58 euros/l/seg. CUOTAS DE CONTRATACIÓN Y RECONEXIÓN

Diámetro del contador en mm euros

Hasta 15 35,36 20 60,60 25 78,63 30 96,66 40 132,73 50 168,79 65 222,88 80 276,97 100 y superiores 349,09 FIANZAS

Diámetro del contador en mm euros

Hasta 15 6,00 20 24,00 25 34,00 30 170,00 40 500,00 50 y mayores 600,00

Esta Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucia.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el ti- tular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 19 de diciembre de 2007.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se hace público el calendario de subastas ordina- rias del Programa de Emisión de Pagarés de la Junta de Andalucía para el año 2008 y se convocan las co- rrespondientes subastas a realizar dentro del mismo. El Decreto 157/1997, de 17 de junio, autoriza en su apar- tado tercero al Director General de Tesorería y Política Finan- ciera a emitir o contraer Deuda de la Comunidad Autónoma dentro del Programa de Emisión de Pagarés, de conformidad con las características fundamentales fijadas en el mismo. La duración del mencionado Programa ha sido ampliada hasta el 29 de mayo del año 2011, mediante el Decreto 257/1999, de 27 de diciembre.

El Decreto 239/2004, de 18 de mayo, por el que se re- gula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, crea la Dirección General de Tesorería y Deuda Pú- blica, incluyendo entre sus funciones, en su artículo 12.3, las atribuciones que en materia de endeudamiento le correspon- dan a la Consejería.

Por otro lado, de acuerdo con lo preceptuado en el apar- tado quinto del citado Decreto 157/1997, la Orden de la Con- sejería de Economía y Hacienda de 2 de agosto de 2001, re- gula actualmente el diseño y funcionamiento del Programa de Emisión de Pagarés.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 6 de la Or- den antes mencionada, se ha considerado oportuno llevar a efecto la publicidad del calendario de subastas ordinarias de Pagarés de la Junta de Andalucía a celebrar durante el año 2008, así como proceder a la convocatoria de las mismas.

En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas por la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 2 de agosto de 2001, esta Dirección General resuelve:

1. Aprobar y hacer público el calendario de subastas ordi- narias de Pagarés de la Junta de Andalucía para el año 2008, que se incluye como Anexo.

En dicho calendario, se determinan las fechas de celebra- ción y resolución de las subastas, las fechas de emisión de los pagarés, que serán las de desembolso de los fondos, así

como las fechas de amortización de los pagarés emitidos a los distintos plazos. No obstante, si con posterioridad a la puesta en circulación de los pagarés, la fecha fijada para su amorti- zación resultase ser día inhábil a efectos de la utilización del sistema TARGET, ésta se trasladará al siguiente día hábil para dicho sistema.

2. Convocar las subastas ordinarias de pagarés a tres, seis, nueve, doce y dieciocho meses, dentro del Programa de Emisión de Pagarés de la Junta de Andalucía autorizado por el Decreto 157/1997, de 17 de junio, parcialmente modificado por los Decretos 237/1998, de 24 de noviembre, 1/1999, de 12 de enero, y 72/1999, de 23 de marzo, así como por el De- creto 257/1999, de 27 de diciembre, por el que se amplía la duración del Programa de Emisión de Pagarés de la Junta de Andalucía. Dichas subastas habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 2 de agosto de 2001, y de conformidad con el calendario aprobado en esta Resolución.

2.1. Los pagarés de la Junta de Andalucía que se emitan como resultado de estas subastas tendrán las características establecidas en el Decreto 157/1997, de 17 de junio, modifi- cado parcialmente por los Decretos antes citados, y en la Or- den de la Consejería de Economía y Hacienda de 2 de agosto de 2001.

2.2. Los miembros del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones presentarán sus ofertas en el Banco de España entre las 8,30 y 10,30 horas del día de presentación de peti- ciones fijado en el calendario para cada una de las subastas. Las ofertas se formularán a través de la red informática de comunicaciones del Servicio de Liquidación del Banco de Es- paña. En caso de no disponer de conexión con la citada red, deberán efectuar la comunicación de sus peticiones por telé- fono entre las 8,30 y 10,00 horas de dicho día.

2.3. La celebración y resolución de las subastas se reali- zarán antes de las 12,30 horas de la fecha establecida en el calendario de subastas ordinarias.

2.4. No se fija objetivo alguno de colocación para las su- bastas que se convocan en la presente Resolución. La Direc- ción General de Tesorería y Deuda Pública podrá fijar dicho objetivo, previa consulta con las entidades que ostenten la condición de Creadores de Mercado, antes de la fecha de cele- bración de la subasta.

2.5. Las segundas vueltas, en caso de convocarse, se desarrollarán conforme a lo previsto en el artículo 13 de la Orden de 2 de agosto de 2001 anteriormente mencionada. La presentación de peticiones, que no excederán de cinco por entidad en las segundas vueltas a precios libres y de tres en el supuesto de segundas vueltas a precio tasado, se realizarán mediante los mecanismos que establezca el Banco de España a tal efecto.

2.6. El resto de las condiciones aplicables a la presente convocatoria de subastas serán las establecidas en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 2 de agosto de 2001.

Sevilla, 14 de diciembre de 2007.- La Directora General, Julia Núñez Castillo.

A N E X O

CALENDARIO DE SUBASTAS ORDINARIAS DE PAGARÉS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA QUE SE CELEBRARÁN DURANTE EL AÑO 2008

Fecha de presentación de ofertas y resolución Fecha de emisión y desembolso Fecha de amortización 3 meses Fecha de amortización 6 meses Fecha de amortización 9 meses Fecha de amortización 12 meses Fecha de amortización 18 meses 08/01/2008 11/01/2008 25/04/2008 25/07/2008 31/10/2008 30/01/2009 31/07/2009 22/01/2008 25/01/2008 25/04/2008 25/07/2008 31/10/2008 30/01/2009 31/07/2009 12/02/2008 15/02/2008 30/05/2008 29/08/2008 28/11/2008 27/02/2009 28/08/2009 26/02/2008 29/02/2008 30/05/2008 29/08/2008 28/11/2008 27/02/2009 28/08/2009 11/03/2008 14/03/2008 27/06/2008 26/09/2008 19/12/2008 27/03/2009 25/09/2009 25/03/2008 28/03/2008 27/06/2008 26/09/2008 19/12/2008 27/03/2009 25/09/2009 08/04/2008 11/04/2008 25/07/2008 31/10/2008 30/01/2009 24/04/2009 30/10/2009 22/04/2008 25/04/2008 25/07/2008 31/10/2008 30/01/2009 24/04/2009 30/10/2009 13/05/2008 16/05/2008 29/08/2008 28/11/2008 27/02/2009 29/05/2009 27/11/2009 27/05/2008 30/05/2008 29/08/2008 28/11/2008 27/02/2009 29/05/2009 27/11/2009 10/06/2008 13/06/2008 26/09/2008 19/12/2008 27/03/2009 26/06/2009 18/12/2009 24/06/2008 27/06/2008 26/09/2008 19/12/2008 27/03/2009 26/06/2009 18/12/2009 08/07/2008 11/07/2008 31/10/2008 30/01/2009 24/04/2009 31/07/2009 29/01/2010 22/07/2008 25/07/2008 31/10/2008 30/01/2009 24/04/2009 31/07/2009 29/01/2010 12/08/2008 14/08/2008 28/11/2008 27/02/2009 29/05/2009 28/08/2009 26/02/2010 26/08/2008 29/08/2008 28/11/2008 27/02/2009 29/05/2009 28/08/2009 26/02/2010 09/09/2008 12/09/2008 19/12/2008 27/03/2009 26/06/2009 25/09/2009 26/03/2010 23/09/2008 26/09/2008 19/12/2008 27/03/2009 26/06/2009 25/09/2009 26/03/2010 14/10/2008 17/10/2008 30/01/2009 24/04/2009 31/07/2009 30/10/2009 30/04/2010 28/10/2008 31/10/2008 30/01/2009 24/04/2009 31/07/2009 30/10/2009 30/04/2010 11/11/2008 14/11/2008 27/02/2009 29/05/2009 28/08/2009 27/11/2009 28/05/2010 25/11/2008 28/11/2008 27/02/2009 29/05/2009 28/08/2009 27/11/2009 28/05/2010 09/12/2008 12/12/2008 27/03/2009 26/06/2009 25/09/2009 18/12/2009 25/06/2010 23/12/2008 30/12/2008 27/03/2009 26/06/2009 25/09/2009 18/12/2009 25/06/2010

CONSEJERÍA DE EMPLEO

ORDEN de 18 de diciembre de 2007, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la Empresa Limpieza Pública de la Costa Tro- pical, S.A. (LIMDECO, S.A.), encargada de la limpieza viaria y recogida de residuos urbanos en Motril (Grana- da), mediante el establecimiento de servicios mínimos. Por el Comité de Empresa de la empresa Limdeco, S.A., y la Sección Sindical de CNT ha sido convocada huelga desde las 00,00 horas del día 25 de diciembre de 2007, con carácter de indefinida y que, en su caso, podrá afectar a los trabajado-

res de la mencionada empresa, encargada de la limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos de Motril (Granada).

Si bien la Constitución en su artículo 28.2 reconoce a los trabajadores el derecho de huelga para la defensa de sus in- tereses, también contempla la regulación legal del estableci- miento de garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, y el artículo 10 del Real Decreto 17/1977, de 4 de marzo, de Relaciones de Trabajo, faculta a la Administración para, en los supuestos de huelgas de empresas encargadas de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad, acordar las medidas ne- cesarias a fin de asegurar el funcionamiento de los servicios.

El Tribunal Constitucional en sus Sentencias 11, 26 y 33/1981, 51/1986 y 27/1989 ha sentado la doctrina en ma- teria de huelga respecto a la fijación de tales servicios esen- ciales de la comunidad, la cual ha sido resumida últimamente por la Sentencia de dicho Tribunal 43/1990, de 15 de marzo.

De lo anterior resulta la obligación de la Administración de velar por el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad, pero ello teniendo en cuenta que «exista una razonable proporción entre los servicios a imponer a los huel- guistas y los perjuicios que padezcan los usuarios de aquellos, evitando que los servicios esenciales establecidos supongan un funcionamiento normal del servicio y al mismo tiempo pro- curando que el interés de la comunidad sea perturbado por la huelga solamente en términos razonables».

Es claro que la empresa Limdeco, S.A., encargada de la limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos en Motril (Granada), presta un servicio esencial para la comunidad, cual es el mantenimiento de la salubridad, y por ello la Administra- ción se ve compelida a garantizar dicho servicio esencial me- diante la fijación de servicios mínimos, por cuanto que la falta de salubridad en la ciudad de Motril (Granada), en concreto en lugares tales como mataderos, mercados y hospitales, colisiona frontalmente con el derecho a la salud proclamado en el artícu- lo 43 de la Constitución Española.

Convocadas las partes afectadas por el presente conflicto a fin de hallar solución al mismo y, en su caso, consensuar los servicios mínimos necesarios, y no habiendo sido ello po- sible, de acuerdo con lo que disponen los preceptos legales aplicables, artículos 28.2 y 43 de la Constitución; artículo 10.2 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo; artículo 63.5.º del Estatuto de Autonomía de Andalucía; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre; Acuerdo del Consejo de Go- bierno de la Junta de Andalucía de 26 de noviembre de 2002; y la doctrina del Tribunal Constitucional relacionada,

D I S P O N E M O S

Artículo 1. La situación de huelga convocada desde las 00,00 horas del día 25 de diciembre de 2007, con carácter de indefinida y que, en su caso, podrá afectar a los trabajado- res de la empresa Limpieza Pública de la Costa Tropical, S.A. (Limdeco, S.A.), encargada de la limpieza viaria y recogida de residuos sólidos en Motril (Granada), deberá ir acompañada del mantenimiento de los servicios mínimos que figuran en el Anexo de la presente Orden.

Artículo 2. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo.

Artículo 3. Los artículos anteriores no supondrán limita- ción alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.

Artículo 4. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de An- dalucía.

Sevilla, 18 de diciembre de 2007

ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA Consejero de Empleo

Ilmo. Sr. Director General de Trabajo y Seguridad Social. Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Empleo en Granada.

A N E X O Recogida de residuos sólidos urbanos:

En hospitales y demás centros sanitarios, mataderos, mercados de abastos y mercadillos: 100% diario.

Recogida de residuos sólidos urbanos domiciliarios: 2 días a la semana.

Limpieza viaria:

30% de la plantilla de la empresa destinada a la limpieza viaria. Se deberá extremar esta limpieza en los alrededores de los contenedores.

Corresponde a la empresa y a la Administración responsa- ble, oído el Comité de Huelga, establecer los días que deben reali- zarse los servicios mínimos y el personal designado para ello.

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