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Chapter 7. CONCLUSION AND FUTURE WORK

7.2 Future Work

DR. GUSTAVO POSSE DR. RICARDO J. M. RIVAS

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Ref.: Expte. Nro. 2.943-D-2006.-

SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011

DECRETO NUMERO: 1 2 8 8

VISTO el contrato de locación obrante en autos; y

Considerando:

QUE corresponde registrar los mismos, dando

con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°.- REGISTRESE el Contrato de Locación celebrado con las señoras Severina ************* Licia FILOSA, DNI 93.146.980 y Norma TEDESCO, DNI 6.189.172, res pecto del inmueble ubicado en Lamadrid nro. 1395, de la localidad de Villa Adelina, jurisdic ción de este Partido, por el término de veinticuatro (24) meses, a partir del 1º de abril de 2011, por lo que su vencimiento se producirá el día 31 de mayo de 2013, cuyo texto pasa a formar parte del presente decreto.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Mtb

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Entre la Sra. Severina Licia Filosa, DNI 93.146.980 y la Sra. Norma Tedesco, DNI 6.189.172, ambos con domicilio en la calle Argerich N 1336, de la localidad de Villa Adeli- na, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, en adelante denominada "LA LOCA- DORA", por una parte, y la "MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO", representada por su Sr. Intendente Municipal Dr. Ángel Gustavo Posse, DNI 16.345.447, con suficientes facultades para este acto, cuya firma es refrendada para este acto por la del Secretario de Gobierno y Administración int. Dr. Ricardo J. M. Rivas, con domicilio en Av. Centenario Nro. 77, San Isidro, en adelante denominada "LA LOCATARIA", por la otra parte, se conviene en cele- brar el presente contrato de locación, sujeto a lo dispuesto en la materia por el Código Civil y la cláusulas que a continuación se detallan:

PRIMERA: OBJETO: "LA LOCADORA" da en locación a "LA LOCATARIA" quien

acepta de conformidad el inmueble ubicado en la calle Lamadrid N 1395, de la localidad de Villa Adelina, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires. La unidad se entrega en buen estado de uso y conservación, obligándose "LA LOCATARIA" a restituirlo al venci- miento, desocupado, libre de personas y/u objetos que no sean los que recibe, salvo el dete- rioro normal causado por el buen uso y la acción del tiempo.-

SEGUNDA: PLAZO: El presente contrato, se pacta por el término de VEINTICUATRO

(24) MESES contados a partir del día 01 de abril de 2011, por lo que su vencimiento se pro- ducirá el día 31 de mayo de 2013.-

TERCERA: "EL LOCATARIO" se obliga a no ceder, sub-alquilar o prestar el bien total o

parcialmente, aunque fuere a título gratuito, salvo autorización expresa de "LA LOCADO- RA", quedando "LA LOCATARIA" obligada a mantener tal destino durante el tiempo que permanezca en la locación, salvo conformidad expresa de "LA LOCADORA". "LA LOCA- TARIA" queda facultada por "LA LOCADORA" para realizar mejoras, siempre que no afecten la estructura y seguridad del inmueble.-

CUARTA: PRECIO: El precio de la locación se pacta en la suma de PESOS UN MIL

SEISCIENTOS ($ 1.600.-) mensuales para el primer año, pagaderos por adelantado del 1 al 10 de cada mes, en la Tesorería Municipal sita en la Av. Centenario Nro. 77, Piso 1ro., de la Localidad de San Isidro, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires. En atención a las circunstancias en que se desarrolla la economía del país a la firma del presente contrato, las partes acuerdan reunirse cada doce (12) meses, pudiendo modificar o no, de común acuerdo, el precio del alquiler, una vez producidos importantes cambios en las variables económicas que así lo determinen.

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QUINTA: "LA LOCATARIA" deberá poner a su nombre y abonar las facturas correspon-

dientes al consumo de electricidad, teléfono, gas natural y la factura de Aguas Argentinas, prestando conformidad en este acto "LA LOCADORA" para ello. "LA LOCATARIA" debe- rá abonar los recargos que por mora pudiesen aplicar los recaudadores de los servicios a su cargo. Estas obligaciones se extienden hasta tanto "LA LOCADORA" reciba de conformi- dad la unidad locada.

SEXTA: INCUMPLIMIENTO: La falta de cumplimiento por parte de "LA LOCATARIA"

de cualquiera de las obligaciones emergentes de este contrato o de aquellas obligaciones que el Código Civil pone a su cargo y especialmente la falta de pago en los plazos y condiciones pactadas, dará derecho a "LA LOCADORA" a: 1) exigir el cumplimiento del presente con- trato, más los daños y perjuicios ocasionados, o 2) resolver el presente contrato de pleno de- recho sin necesidad de reclamo ni interpelación previa, y exigir el inmediato desalojo del bien locado, con mas los daños y perjuicios causados, las costas del proceso de desalojo y el pago de los alquileres como se indica en la cláusula siguiente. Los efectos de la resolución serán retroactivos al momento en el cual "LA LOCATARIA" incurra en mora automática- mente independientemente del tiempo que hubiese podido mediar entre el incumplimiento y la resolución.-

SÉPTIMA: MANTENIMIENTO Y OBLIGACIONES: La Locadora no se responsabiliza

por los daños o perjuicios que pudiera sufrir La Locataria y/o terceros por accidentes, inun- daciones, filtraciones o desprendimientos provenientes de roturas o desperfectos en caños, techos, cables, veredas, etc., o por cualquier accidente o daño o incendio de cualquier natura- leza que pudiera producirse en el bien locado, o en sus vecinos o linderos que lo afecten de cualquier manera, cualquiera sea la causa interna o externa, visible u oculta que las produz- can. Asume "LA LOCATARIA" a su cargo el mantenimiento de la unidad locada, obligán- dose asimismo a permitir a "LA LOCADORA" un derecho de inspección, a avisar a "LA LOCADORA" cualquier novedad dañosa o perjudicial existente en la unidad alquilada, y efectuar por su cuenta la conservación para mantener en buen funcionamiento las instalacio- nes.

OCTAVO: COMPETENCIA: Para todos los efectos legales las partes constituyen domici-

lios especiales en los indicados en este contrato, donde se tendrán por válidas las notifica- ciones, citaciones e intimaciones judiciales o extrajudiciales en virtud del presente. Las par- tes se someten a la jurisdicción y competencia territorial de la Justicia de los Tribunales de San Isidro, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción.

NOVENO: RESCISIÓN: "LA LOCATARIA" podrá, una vez transcurridos los primeros

seis meses del contrato, rescindirlo avisando a "LA LOCADORA" de su decisión por medio fehaciente, con una antelación mínima de sesenta días, en caso de hacerlo antes del año, y de un mes, en caso de hacerlo con posterioridad.

DÉCIMO: MORA AUTOMÁTICA: Las partes pactan para todos los efectos del presente

contrato la mora automática, siendo entonces entendido que el mero vencimiento de los pla- zos convenidos hará incurrir en mora de pleno derecho, sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna.

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efec- to en la Ciudad de San Isidro, a los 10 días del mes de mayo de 2011.

FDO. Severina Licia Filosa y Norma Tedesco DR. GUSTAVO POSSE DR. RICARDO J. M. RIVAS

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Ref. Expte. Nro. 5800- P-2011.-

SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011.-

DECRETO NUMERO:

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VISTO los presentes actuados; y Considerando:

QUE por Decreto Nº 623/11, le ha sido aceptada

la renuncia al Doctor Gustavo César HIRSCH, a los efectos jubilatorios, a partir del 1º de junio de 2011, en su cargo y función de Secretario de Salud Pública;

QUE es deseo del mencionado continuar colabo rando con el Municipio, con carácter de “Ad Honorem”;

QUE el Departamento Ejecutivo, valora poder contar con su aporte de conocimientos, demostrados durante su trayectoria laboral hasta la fecha;

QUE corresponde dictar el acto administrativo que avale su continuidad en tal carácter;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Desígnase con carácter de Ad-Honorem al Doctor Gustavo César HIRSCH ************* (Legajo Nro. 80.480), con funciones de Secretario de Salud Pública, a partir del 1º de junio de 2011.-

ARTICULO 2º.- La presente designación esta exenta de retribución y no da derecho a recla **************mos posteriores.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. Cumplido, resérvese en la Direc ************* ción General de Personal.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Mtb

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 13359-T-2010

SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011

DECRETO NUMERO: 1290

VISTO el Decreto Nro. 271/2011 mediante el cual se establece que los agentes dependientes de la Tesorería General realizarán tareas de ensobrado y pago complementario de haberes; y

Considerando:

QUE en atención a la situación económica que atraviesa nuestro país, que no es ajena a los empleados que prestan servicio en las distintas dependencias municipales, es que corresponde adoptar un criterio amplio a los fines de no sólo mantener su nivel adquisitivo, sino también evitar una posible pérdida al sector privado de personas capacitadas en las funciones que desarrollan;

QUE por tal motivo y siguiendo los lineamientos establecidos respecto de la actualización de los sueldos acordados durante el presente año para la totalidad de los empleados municipales, es necesario incrementar las mismas;

QUE en virtud de la conformidad brindada por la Secretaría General de Gobierno y Administración, procede el dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 2º del Decreto 271/2011 quedando redactado de la ************** siguiente manera:

“ARTICULO 2°.- Fíjase en PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 456) **************** módulos mensuales la asignación por tareas extraordinarias prevista en el Artículo 11° de la Ordenanza N° 8573 -Presupuesto General para el Ejercicio 2011-, para los agentes afectados a las actividades de ensobrado y pago complementario de haberes, siendo su vigencia a partir del 1º de Mayo del año en curso.-”

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Ref.: Expte. Nro. 13359-T-2010

//….

ARTICULO 2º.- Mantiénese las restantes disposiciones del Decreto 271/2011.-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondien- te del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 14544-T-2006

SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011

DECRETO NUMERO: 1291

VISTO el Decreto Nro. 239/2011 por el cual se autoriza a continuar con el funcionamiento de un Centro de Llamadas con el objetivo de in- formar a los contribuyentes del Partido respecto de su situación fiscal con el Municipio; y Considerando:

QUE en atención a la situación económica que atraviesa nuestro país, que no es ajena a los empleados que prestan servicio en las distintas dependencias municipales, es que corresponde adoptar un criterio amplio a los fines de no sólo mantener su nivel adquisitivo, sino también evitar una posible pérdida al sector privado de personas capacitadas en las funciones que desarrollan;

QUE por tal motivo y siguiendo los lineamientos establecidos respecto de la actualización de los sueldos acordados durante el presente año para la totalidad de los empleados municipales, es necesario incrementar las mismas;

QUE en virtud de la conformidad brindada por la Secretaría General de Gobierno y Administración, procede el dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 2º del Decreto 239/2011, quedando redactado de la ************** siguiente manera:

“ARTICULO 2°.- ESTABLECESE a partir del 1º de Mayo de 2011, como retribución al **************** personal afectado a las tareas a que hace mención el artículo precedente, las sumas que se detallan a continuación:

Agente Operador telefónico: $ 8,64 por hora Agente Supervisor: $ 11,28 por hora

Límite Mensual

Agente Operador Telefónico $ 518,40 por mes Agente Supervisor $ 676,80 por mes

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Ref.: Expte. Nro. 14544-T-2006

//….

ARTICULO 2º.- Mantiénese las restantes disposiciones del Decreto Nº 239/2011.-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondien- te del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 4119-S-2009

SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011

DECRETO NUMERO: 1292

VISTO el Decreto Nro. 948/2009 por el cual se autoriza al personal de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, a realizar las tareas de evaluación, redacción y tipeado de las resoluciones correspondientes a los expedientes que se encuentran en dicha dependencia a la espera de su resolución definitiva; y

Considerando:

QUE en atención a la situación económica que atraviesa nuestro país, que no es ajena a los empleados que prestan servicio en las distintas dependencias municipales, es que corresponde adoptar un criterio amplio a los fines de no sólo mantener su nivel adquisitivo, sino también evitar una posible pérdida al sector privado de personas capacitadas en las funciones que desarrollan;

QUE por tal motivo y siguiendo los lineamientos establecidos respecto de la actualización de los sueldos acordados durante el presente año para la totalidad de los empleados municipales, es necesario incrementar las mismas;

QUE en virtud de la conformidad brindada por la Secretaría General de Gobierno y Administración, procede el dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 2º del Decreto 948/2009, quedando redactado de la ************** siguiente manera:

“ARTICULO 2º.- Dichas tareas deberán efectuarse fuera del horario normal de trabajo, por ************** cuatro (4) agentes, estableciéndose la suma de $ 60 por cada resolución, con un tope de $ 600 mensuales, siendo su vigencia a partir del 1º de Mayo del año en cur- so.-”

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Ref.: Expte. Nro. 4119-S-2009

//….

ARTICULO 2º.- Mantiénese las restantes disposiciones del Decreto Nº 948/2009.-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondien- te del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 1241-I-2007

SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011

DECRETO NUMERO: 1293

VISTO el Decreto Nro. 349/2011 por el cual se autoriza al personal dependiente de la Dirección General de Informática, a realizar las tareas de Emisión de Tasas, Avisos - Intimaciones - Recibos de Deuda y Limpieza de equipos de Computación; y

Considerando:

QUE en atención a la situación económica que atraviesa nuestro país, que no es ajena a los empleados que prestan servicio en las distintas dependencias municipales, es que corresponde adoptar un criterio amplio a los fines de no sólo mantener su nivel adquisitivo, sino también evitar una posible pérdida al sector privado de personas capacitadas en las funciones que desarrollan;

QUE por tal motivo y siguiendo los lineamientos establecidos respecto de la actualización de los sueldos acordados durante el presente año para la totalidad de los empleados municipales, es necesario incrementar las mismas;

QUE en virtud de la conformidad brindada por la Secretaría General de Gobierno y Administración, procede el dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 1º del Decreto 349/2011, quedando redactado de la ************** siguiente manera:

“ARTICULO 1º.- Autorízase al personal dependiente de la Dirección General de *************** Informática, a realizar las tareas de Emisión de Tasas, Avisos - Intima- ciones - Recibos de Deuda y Limpieza de equipos de computación, durante el corriente año, estimándose un importe anual de PESOS TREINTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 30.672), a erogar por dichas tareas, siendo su vigencia a partir del 1º de Mayo del año en curso.-

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Ref.: Expte. Nro. 1241-I-2007

//….

ARTICULO 2º.- Mantiénese las restantes disposiciones del Decreto Nº 349/2011.-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondien- te del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 12267-D-2010

SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011

DECRETO NUMERO: 1294

VISTO el Decreto Nro. 2651/2010 por el cual se autoriza al personal dependiente de la Dirección General de Despacho y Legislación a reali- zar la tarea de revisión, ordenamiento y actualización del Digesto Municipal (Ordenanza nro. 8504), tanto en soporte papel como informático; y

Considerando:

QUE en atención a la situación económica que atraviesa nuestro país, que no es ajena a los empleados que prestan servicio en las distintas dependencias municipales, es que corresponde adoptar un criterio amplio a los fines de no sólo mantener su nivel adquisitivo, sino también evitar una posible pérdida al sector privado de personas capacitadas en las funciones que desarrollan;

QUE por tal motivo y siguiendo los lineamientos establecidos respecto de la actualización de los sueldos acordados durante el presente año para la totalidad de los empleados municipales, es necesario incrementar las mismas;

QUE en virtud de la conformidad brindada por la Secretaría General de Gobierno y Administración, procede el dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 2º del Decreto 2651/2010 por el cual se autoriza al ************* personal dependiente de la Dirección General de Despacho y Legislación a realizar la tarea de revisión, ordenamiento y actualización del Digesto Municipal (Ordenanza nro. 8504), tanto en soporte papel como informático, el que queda redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2º.- Las tareas deberán efectuarse fuera del horario habitual de trabajo, y la **************** retribución mensual será de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 4.680.-), suma que será distribuida entre los agentes que integran el equipo de trabajo, siendo su vigencia a partir del 1 de mayo del año en curso.-”

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Ref.: Expte. Nro. 12267-D-2010

//….

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondien- te del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 3496-C-2008

SAN ISIDRO, 2 de Junio de 2011

DECRETO NUMERO: 1295

VISTO el Decreto Nro. 68/2011 por el cual se autoriza al personal dependiente de la Dirección General de Compras, a continuar los traba- jos complementarios que viene realizándose en el Depósito Municipal, como Inventario completo de los bienes que se encuentra en el mismo, Carga de datos en el sistema corres- pondiente; Depuración de artículos en sistema contable, Mantenimiento de datos una vez realizada la carga, Mantenimiento del padrón de proveedores y continuar con la capacitación del personal dependiente de otras oficinas administrativas; y

Considerando:

QUE en atención a la situación económica que atraviesa nuestro país, que no es ajena a los empleados que prestan servicio en las distintas dependencias municipales, es que corresponde adoptar un criterio amplio a los fines de no sólo mantener su nivel adquisitivo, sino también evitar una posible pérdida al sector privado de personas capacitadas en las funciones que desarrollan;

QUE por tal motivo y siguiendo los lineamientos establecidos respecto de la actualización de los sueldos acordados durante el presente año

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