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RESOLUCIÓN N.° 484/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

El EXPEDIENTE N° 1643826/2011 E INCORPORADOS, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 382-AGC-2011, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de la denuncia efectuada en sede judicial por el Señor Jorge Ricardo Opaso ante el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 24, a cargo del Dr. Juan M. Ramos Padilla, Secretaría N° 131, a cargo del Dr. Alfredo Godoy, respecto del local café bar sito en la Av. Rivadavia N° 10.699, denominado "Palo Alto";

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 340/11;

Que mediante el Dictamen IF-2014-16838220-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar el presente sumario...", ello en virtud de que los elementos colectados no resultan suficientes para atribuir y aplicar responsabilidad en el orden administrativo;

Que atento lo dictaminado, y no existiendo motivo para apartarse del criterio adoptado corresponde la clausura del sumario dispuesto mediante Resolución N° 382-AGC-2011 y en consecuencia disponer el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 382-AGC-2011 y archívase el Expediente N° 1643826/2011.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a la Dirección General de Fiscalización y Control de esta AGC y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 485/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

El EXPEDIENTE N° 1861067/2012 E INCORPORADO, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 329-AGC-2012, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de lo denunciado por la Sra. Filomena Curro Aguilar en relación al Expediente N° 22.306/2008 por irregularidades detectadas en el trámite del mismo;

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 207/12;

Que mediante el Dictamen IF-2014-16062615-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar el presente sumario...", ello en virtud de que no existe razón para atribuir responsabilidad en el ámbito administrativo;

Que atento lo dictaminado, y no existiendo motivo para apartarse del criterio adoptado corresponde la clausura del sumario dispuesto mediante Resolución N° 329-AGC-2012 y en consecuencia disponer el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 329-AGC-2012 y archívase el Expediente N° 1861067/2012.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 486/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 652-MGGC-2006, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de los hechos denunciados por la Dirección General Adjunta de Fiscalización y Control dependiente de la Subsecretaría de Control Comunal, relacionados con la habilitación del local sito en la Av. Córdoba N° 2415, 2°, 3° y 4° piso de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, toda vez que no hay registro en los padrones sistematizados de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, adjuntándose libro de Registro de Inspecciones de dicho local del que surge que Proesa Programas Especiales de Salud S.A.O. habría obtenido la habilitación mediante Expediente N° 1831/2001;

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 324/06;

Que mediante el Dictamen IF-2013-3734752-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar el presente sumario...", ello en virtud a que de las pruebas colectadas no se ha podido determinar la autoría de la falsificación de la documentación de habilitación del citado local, ni tampoco se pudo comprobar la comisión de una falta administrativa por parte de algún agente de esta Administración; Que atento lo dictaminado, y no existiendo motivo para apartarse del criterio adoptado corresponde la clausura del sumario dispuesto mediante Resolución N° 652-MGGC-2006 y en consecuencia disponer el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 652-MGGC-2006 y archívase el Expediente N° 54526/2006.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 487/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 378-AGC-2011, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de irregularidades verificadas en la carga de datos en los sistemas informáticos de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, referidos al inmueble sito en la calle Carlos Antonio López N° 3648/50/60/64/72, Planta Baja, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 337/11;

Que mediante el Dictamen IF-2014-11494028-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar el presente sumario...", ello en virtud de que no han surgido elementos suficientes para la imputación de responsabilidades disciplinarias por los hechos analizados;

Que atento lo dictaminado, y no existiendo motivo para apartarse del criterio adoptado corresponde la clausura del sumario dispuesto mediante Resolución N° 378-AGC-2011 y en consecuencia disponer el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 378-AGC-2011 y archívase el Expediente N° 1644286/2011.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGCl y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 488/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

El EXPEDIENTE N° 52690/2010 E INCORPORADOS, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 665-AGC-2009, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de la denuncia realizada por las señoras contribuyentes Lourdes Romero y Andrea Elizabeth Espíndola en relación al trámite de habilitación EX 2007-010222-MGEYA- del comercio sito en la calle Bulnes N° 1240, piso 1°, UF N° 2, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 11/10;

Que mediante el Dictamen IF-2014-11503321-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar el presente sumario...", ello en virtud de que no han surgido elementos suficientes para la imputación de responsabilidades disciplinarias a agentes del Gobierno de la Ciudad por los hechos analizados;

Que atento lo dictaminado, y no existiendo motivo para apartarse del criterio adoptado corresponde la clausura del sumario dispuesto mediante Resolución N° 665-AGC-2009 y en consecuencia disponer el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 665-AGC-2009 y archívase el Expediente N° 52690/2010.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 489/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

El EXPEDIENTE N° 1592384/2010 E INCORPORADOS, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 398-AGC-2010, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de la supuesta falsedad del Certificado de Aptitud Ambiental y la Disposición N° 887-DGPYEA/2007, correspondientes al trámite de la empresa Gráfica Platina S.A., titular del proyecto "Comercio mayorista de papel, cartón, envases de papel y cartón c/ depósito", sito en la calle Tabaré N° 1760/72, planta baja y entre piso de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 401/10;

Que mediante el Dictamen IF-2014-14688020-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar el presente sumario...", ello en virtud de que no han surgido elementos suficientes para la imputación de responsabilidades disciplinarias por los hechos analizados;

Que atento lo dictaminado, y no existiendo motivo para apartarse del criterio adoptado corresponde la clausura del sumario dispuesto mediante Resolución N° 398-AGC-2010 y en consecuencia disponer el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 398-AGC-2010 y archívase el Expediente N° 1592384/2010.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 490/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

El EXPEDIENTE N° 112597/2012 E INCORPORADOS, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 431-AGC-2011, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo del extravío de la Nota N° 4937-DGFYCO-2009;

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 25/12;

Que mediante el Dictamen IF-2014-15489820-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar este sumario (...) Dejar constancia en el legajo de la agente Socorro Julia Escurra Rosales (D.N.I. N° 93.694.775), que si hubiera revistado en la planta permanente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la época del hecho investigado, se la habría eximido de responsabilidad disciplinaria (...) Dejar constancia en el legajo de la agente María Cecilia Pontoni (D.N.I. N° 24.577.714), que si hubiera revistado en la planta permanente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la época del hecho investigado, se le habría aplicado una sanción suspensiva, en orden al siguiente cargo: "No haber adoptado las medidas necesarias a fin de evitar el extravío de la Nota 4.937-DGFyCO/09, que fuera recibida por remito de fecha 26 de marzo de 2010...";

Que atento lo dictaminado, y no existiendo motivo para apartarse del criterio adoptado corresponde la clausura del sumario dispuesto mediante Resolución N° 431-AGC-2011 y en consecuencia disponer el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 431-AGC-2011 y archívase el Expediente N° 112597/2012.

Artículo 2.- Instrúyase a la Unidad de Coordinación Administrativa de esta Agencia Gubernamental de Control a dejar constancia en el legajo de la agente Socorro Julia Escurra Rosales (D.N.I. N° 93.694.775), que si hubiera revistado en la planta permanente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la época del hecho investigado, se la habría eximido de responsabilidad disciplinaria en orden al cargo consistente en no haber adoptado las medidas necesarias a fin de evitar el extravío de la Nota N° 4937-DGFYCO-2009 y, en el legajo de la agente María Cecilia Pontoni (D.N.I. N° 24.577.714), que si hubiera revistado en la planta permanente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la época del hecho investigado, se le habría aplicado una sanción suspensiva, en orden al cargo no haber adoptado las medidas necesarias a fin de evitar el extravío de la Nota 4.937-DGFyCO/09, que fuera recibida por remito de fecha 26 de marzo de 2010.

Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de esta AGC, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase a la Unidad de Coordinación Administrativa de esta Agencia Gubernamental de Control para que por su intermedio se notifique a los interesados. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 493/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 364-AGC-2010, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de la Nota efectuada por la Dra. Stella Maris Carrascal, en su carácter de Agente Administrativa de Atención de Faltas Especiales N° 2, de la Dirección General de Control de Faltas Especiales de la Agencia Gubernamental de Control, en la que se refiere a la supuesta comisión de un delito de falsificación de documentación respecto de un certificado de aptitud ambiental presentado por la empresa "Estancia Sureña S.A.";

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 301/10;

Que mediante el Dictamen IF-2014-16062208-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar el presente sumario...", ello en virtud de que no existe razón para atribuir responsabilidad en el ámbito administrativo;

Que atento lo dictaminado, y no existiendo motivo para apartarse del criterio adoptado corresponde la clausura del sumario dispuesto mediante Resolución N° 364-AGC-2010 y en consecuencia disponer el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 364-AGC-2010 y archívase el Expediente N° 1225045/2010.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Administración de Infracciones y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 494/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

El EXPEDIENTE N° 112280/2012 E INCORPORADOS, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 438-AGC-2011, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo del extravío de la Nota N° 2149/DGFyCO/2008;

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien instruyó el Sumario N° 10/12;

Que mediante el Dictamen IF-2014-12092215-DGSUM, la Dirección de Sumarios Régimen General dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aconseja a la Agencia Gubernamental de Control (AGC) "... archivar las presentes actuaciones...", ello en virtud de que no ha podido determinarse las circunstancias en las que se produjo la desaparición de la mentada Nota;

Que atento lo dictaminado, en el sentido de lo expuesto corresponde la clausura del sumario y el archivo de las presentes.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Clausurase el Sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 438-AGC-2011 y archívase el Expediente N° 112280/2012, mediante el que tramitara el mentado sumario ordenado a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades con motivo del extravío de la Nota N° 2149/DGFyCO/2008.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control de esta AGC y a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 495/AGC/15

Buenos Aires, 11 de agosto de 2015

VISTO:

El EXPEDIENTE N° 2188/2009 E INCORPORADOS, Y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el sumario administrativo dispuesto mediante Resolución N° 6-AGC-2009, a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de la denuncia efectuada referida a irregularidades en el procedimiento inspectivo efectuado en el inmueble sito en la calle Honduras N° 4762/64/66 de esta Ciudad;

Que conforme lo dispuesto en el Decreto N° 3660/68, se ha dado la debida intervención a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General del

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