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En el apartado anterior se han listado los diversos factores que contribuyen a desencadenar una situación de exclusión laboral y que, por tanto, intervienen en la composición de este colectivo. Los niveles formativos muy bajos, el desempleo desprotegido, la falta de experiencia laboral a causa de la dedicación al trabajo doméstico, la precariedad económica del hogar y la

enfermedad o discapacidad son los más significativos. Muchos de los cuales se encuentran asociados a la edad, al género o a la nacionalidad y etnia.

El Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social del Reino de España 2008- 2010 contempla como colectivos afectados por las situaciones anteriormente descritas a los siguientes grupos:

Mujeres: Generalmente, las mujeres son más susceptibles de resultar excluidas. Siguen existiendo múltiples factores que penalizan a las mujeres en su acceso al mercado laboral, en sus posibilidades de promoción y en las condiciones en que trabajan.

Jóvenes y mayores: Los jóvenes encuentran grandes dificultades a la hora de acceder a su primer empleo y, más aún a un empleo estable y de calidad. Tanto el desempleo como la precariedad resultan dos factores que afectan seriamente a este colectivo.

En el otro extremo, encontramos las personas mayores de 55 años, quienes encuentran múltiples obstáculos para reinsertarse en el mercado laboral en caso de que hayan perdido su empleo, a pesar de la productividad y experiencia que avala a este colectivo (CEOE-CEPYME, 2011).

Discapacitados: Según informa la OIT, las personas en situación de discapacidad componen el 15% de la población mundial, constituyendo la minoría más grande del planeta. En la vida cotidiana de las personas en situación de discapacidad, la estigmatización, la discriminación y la falta de cuidados suelen implicar que éstas tengan más problemas de salud, un nivel de educación más bajo, unas tasas de participación en el empleo y en la fuerza de trabajo más reducidas y unos índices de pobreza más elevados que los del resto de la población.

A esta realidad no escapa el Uruguay. En nuestro país las personas en situación de discapacidad constituyen el 15,9% de la población y enfrentan los problemas antes mencionados. La desocupación en la población en situación de discapacidad es diez veces mayor que en el resto de la población; se estima que

un 80% de las personas en situación de discapacidad se encuentran desempleadas cuando el promedio nacional es de un 8%.

Atendiendo a esta situación, y siguiendo las experiencias desarrolladas en otros países de Latinoamérica, además de orientarse en las conclusiones de la OIT, es que se plantea un sistema de cuotas como estrategia para el fomento del empleo de personas en situación de discapacidad.

En la actualidad en nuestro país se encuentra vigente la Ley Nº 18.651, en cuyo artículo 49 define un 4% de las vacantes del sector público para la población en situación de discapacidad. La iniciativa de extender la aplicación del sistema de cuotas al sector privado no solo dará cumplimiento a lo sugerido por la OIT (la aplicación del sistema de cuotas en los sectores público y privado) sino que se espera potencie el cabal cumplimiento de la Ley Nº 18.651.

Actualmente se aprobó una ley (N° 19.691) que exige a empresas privadas de

25 o más empleados, deberán emplear a personas con discapacidad, en un

porcentaje mínimo del 4% de la totalidad de sus trabajadores en todo nuevo ingreso que se genere a partir de la presente ley.

En el capítulo II, artículo 4 define el concepto de empleo con apoyo.“Se entiende

por Empleo con Apoyo aquella metodología de inserción laboral que da apoyo continuado a las personas con discapacidad para acceder, sostener y promoverse en un empleo remunerado”.

Esto tiene como presupuesto que los individuos deben percibir un salario acorde al trabajo realizado en el mercado laboral. Las personas con discapacidad deben ser empleados regulares con los mismos salarios y condiciones que los demás empleados que trabajen ya sea en el sector público o en el privado. Cuando se habla de apoyo continuado se hace referencia a un apoyo laboral en su más amplio sentido mientras se está realizando un trabajo remunerado. En caso de personas con discapacidad mental el empleo con apoyo consistirá fundamentalmente en un conjunto de servicios y acciones centradas en la persona, fundamentalmente individualizadas, para que la persona con discapacidad y con especiales dificultades pueda acceder, mantenerse y promocionarse en una empresa ordinaria en el mercado de trabajo abierto, con el apoyo de profesionales y otros tipos de apoyos, realizando las modificaciones necesarias en la tarea y evaluación del rendimiento de la persona con discapacidad mental

Se fomentará el empleo con personas con declaración de incapacidad parcial en la que no se disponga la salvaguarda al derecho al trabajo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 12 y 27 de la Ley Nº 18.418, de 20 de noviembre de 2008, Convención de las Personas con Discapacidad (Nuñez & col., 2016).

Parados de larga duración y personas con baja cualificación: Están encontrando, de manera cada vez más acusada, impedimentos a la hora de acceder a un empleo y más aún a un empleo de calidad.

Inmigrantes y minorías étnicas: El país de origen o la diferenciación étnica resultan un factor cada vez más presente en nuestras sociedades. En el ámbito

laboral, además de soportar elevadas tasas de desempleo, estos colectivos tienen que hacer frente a numerosos casos de explotación laboral.

Por último, el plan considera que los emigrantes retornados y las personas

reclusas y ex reclusas son también dos grupos que comparten la dificultad de readaptación al contexto y acceso al mercado laboral.

Además, dado el contexto actual, no se puede ignorar el elevado nivel de destrucción de empleo al que estamos asistiendo y que está haciendo aflorar nuevos colectivos además de los tradicionalmente considerados como excluidos. De esta forma, esta situación está teniendo un fuerte reflejo en aquellos nuevos desempleados que tienen un mayor peso o responsabilidad en el sustento familia (CEOE-CEPYME, 2011).

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