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I/O-IMCs as a graph-based model

4.8 Confluence and determinism

5.8.3 I/O-IMCs as a graph-based model

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Nº 135-23663-Administrativa.—Dirección General de Migración y Extranjería, Subproceso de Valoración, al ser las quince horas con quince minutos, del día diecisiete de julio de dos mil seis.

Conoce esta Dirección solicitud de residencia presentada por la señor(a) María Elena Obregón Meza, expediente Nº 135-31193, ciudadana de Nicaragua.

Previo a resolver su solicitud debe aportar la interesada o apoderado(a), los siguientes documentos:

Debe de aportar escrito explicando las razones por la cuales no continuó con el trámite autenticado por abogado, nacimiento y antecedentes penales de su país debidamente legalizados.

Para tales efectos, si los documentos son emitidos en el país o en el extranjero se le concede un plazo improrrogable para su presentación de diez o treinta días hábiles respectivamente, contados a partir de la notificación de la presente resolución, so pena de rechazar por inadmisible la solicitud y ordenar su archivo, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Nº 30741-RE-G publicado en La Gaceta del 27 de setiembre del 2002.—Gestión Extranjera.—Lic. Mercedes Bevacqua González, Directora Técnica Operativa a. í.—(Solicitud Nº 0060).—C-23120.—(50125).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

COBRO ADMINISTRATIVO

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE GUANACASTE

Nº ED-DGT-ATG-003-2007.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de localización legalmente posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso “d” del artículo 137 y parte final del primer párrafo del artículo 144, ambos del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes que a continuación indican:

Requer. Nº Contribuyente Cédula Impuesto Documento Periodo Monto (*)

1911000896682 Avendaño Sanabria Alonso 1099300713 Ventas 1041049636654 03-2004 18.067,00

1911000896682 Avendaño Sanabria Alonso 1099300713 Ventas 1 041052132 355 04-2004 350.477,00

1911001018832 Avendaño Sanabria Alonso 1099307713 Ventas 1041052404217 07-2004 69.923,00

1911001018832 Avendaño Sanabria Alonso 1099307713 Ventas 1041052404183 08-2004 59.542,00

1911001018832 Avendaño Sanabria Alonso 1099307713 Ventas 1041052404174 09-2004 94.741,00

1911001018832 Avendaño Sanabria Alonso 1099307713 Ventas 1041052404147 10-2004 66.143,00

1911001276414 Avendaño Sanabria Alonso 1099307713 Sanciones 9222000056674 12-2004 243.034,50

1911001023495 Carrocería y Pintura 3101311296 Ventas 1043000901144 06-2003 209.123,00

el Lago S. A

1911001022086 Depósito de materiales

de construcción Callas S. A. 3101252394 Ventas 1041047623515 06-2004 91.243,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000070683 12-1999 1.894.919,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050532 10-2000 1.177.473,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050541 11-2000 294.281,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050557 12-2000 983.814,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000070692 12-2000 265.777,50

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050566 01-2001 726.971,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050575 02-2001 1.285.057,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050584 03-2001 142.976,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050593 4-2001 489.242,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050602 6-2001 253.998,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050611 7-2001 17.193,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050627 9-2001 44.503,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050882 10-2001 422.854,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050891 11-2001 876.441,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050873 12-2001 10.991.425,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050907 12-2001 1.085.100,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050916 1-2002 578.238,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050925 2-2002 669.077,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050934 3-2002 801.170,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050943 4-2002 454.435,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050952 5-2002 462.567,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050961 6-2002 309.743,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050977 7-2002 48.591,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050986 8-2002 307.197,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000050995 9-2002 62.103,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000051013 12-2002 11.170.866,00

1911001154124 Wilson Hidalgo Rodríguez 204960529 Sanciones 9222000033425 12-2003 306.000,00

(*) Más los recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábile de esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.—Lic. Francisco Fonseca Montero, Director General.—Lic. Roxana González Masís, Gerente.—1 vez.—(Solicitud Nº 34536).—C-64820.—(50601).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD BIENES INMUEBLES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a Luisa García Bolaños, cédula de identidad número 1- 525-767; que se le brinda audiencia por medio de edicto por desconocerse su domicilio exacto, a sus albaceas o a sus representantes legales, o a cualquier otra persona con interés legítimo, que la Dirección del Registro Público de Bienes Inmuebles, ordenó la apertura de Diligencias Administrativas de oficio, iniciada a partir del escrito firmado por la Registradora Patricia Chacón Argüello, grupo 2 número 13-5, presentado ante esta Dirección el día 30 de agosto del 2006, por medio del cual informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del Partido de Heredia, ciento treinta y nueve mil veintinueve (139029) y ciento cincuenta mil ciento cuarenta y tres (150143), que publicitan el mismo Plano Catastrado número H- ochocientos sesenta y ocho mil novecientos setenta y uno-mil novecientos noventa (H-868971-1990).

En lo que interesa, el escrito literalmente expresa:

“(...) Haciendo el respectivo estudio en la finca 4-150143-000 que es la que se hipoteca tiene asignado el plano 4-868971-1990 también aparece asignado a la finca 4-139029-000 (fincas que coinciden en la naturaleza, número de lote, situación, medida y linderos) también nacen de la misma finca, pero no pertenecen al mismo dueño (…)”

Debido a la devolución del acuse número RR 123043611 CR, a Luisa García Bolaños, cédula de identidad número 1-525-767, por parte de Correos de Costa Rica, por Resolución de las ocho horas del jueves treinta y uno de mayo del dos mil siete, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia, hasta por el término

de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene, que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley 3883 de 30 de marzo de 1967 y sus reformas, y el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. Exp. 280-2006). Notifíquese por medio de edicto.—Curridabat, 31 de mayo del 2007.—MSc. Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—(Solicitud Nº 16487).—C-59420.— (50580).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN OROTINA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Constructora H V División Prefabricados Alajuela S. A., número patronal 2-03101393042-002-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢192.006,00, correspondiente al mes de noviembre del 2006.—Orotina, 8 de junio del 2007.—Lic. Lilliam González Sancho, Administradora.—(50089).

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Arguedas Cortés Víctor Julio, número patronal 0-00401020723- 001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢323.242,00, correspondiente a los meses de mayo y junio del 2006.—Orotina, 8 de junio del 2007.—Lic. Lilliam González Sancho, Administradora.—(50090).

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Transportes Córdoba de Orotina S. A., número patronal 2- 03101362871-001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢110.180,00, correspondiente a los meses de febrero, marzo y abril del 2007.—Orotina, 8 de junio del 2007.—Lic. Lilliam González Sancho, Administradora.—(50091).

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Aguilar Sevilla Álvaro, número patronal 0-00103901492-001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢1.002.336,00, correspondiente a los meses de diciembre 1998 hasta junio del 2003.—Orotina, 8 de junio del 2007.—Lic. Lilliam González Sancho, Administradora.—(50092).

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Delgado Álvarez Martín Alonso, número patronal 0-006021102982- 001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢4.704.314,00, correspondiente a los meses de noviembre 1999 hasta noviembre del 2003.—Orotina, 8 de junio del 2007.—Lic. Lilliam González Sancho, Administradora.—(50093).