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Chapter 4. The analysis

A.3. ii Disconnected

Los procedimientos institucionales que se derivan de las funciones asignadas a cada una de las entidades gubernamentales que intervienen en la implementación de las políticas públicas a través de los planes y estrategias de seguridad revisadas anteriormente, serán objeto de estudio en este apartado con el propósito de evidenciar si la formulación de estas políticas es adecuada en cuanto a la asignación de funciones y coordinación entre entidades gubernamentales.

Las dificultades que se presentan en la implementación de las políticas públicas radica en el diseño de estas, que en el caso de la lucha contra CO exponen ciertos conflictos normativos en lo que concierne a la articulación entre la política de seguridad pública con la de seguridad nacional. En México los temas de seguridad pública son considerados materia policial que según el artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) es una función que

[...] tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo […]. (Montero 2012, pág. 14)

Paralelo a ello, la Ley de Seguridad Nacional señala que la lucha contra el CO es materia de seguridad nacional y combatirlo implica tareas de inteligencia que busquen fortalecer la acción policial a través de coordinar “[…] las acciones destinadas de manera

44 inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, […]”. (Montero 2012, pág. 14)

Adicionalmente, existe la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y la Ley de la Policía Federal en las que el CO es entendido como un asunto de seguridad pública que debe enfrentarse al igual que en la Ley de Seguridad Nacional con policía federal pero contando con el apoyo de la PGR que como ente rector tiene la facultad de apoyarse en otras dependencias gubernamentales del sistema fiscal o financiero. Sin embargo, esta ley no define la responsabilidad de la SSP, la SEDENA y SEMAR que como entidades gubernamentales que integran el Consejo de Seguridad Nacional, avalan los objetivos y las políticas de seguridad pública que son implementadas durante los planes de gobierno.

Así mismo, se evidencia una falla en el procedimiento institucional en cuanto a la coordinación entre entidades, ya que la seguridad nacional organiza las Fuerzas Armadas y su función junto con la Secretaria de Gobierno (SEGOB) y las entidades gubernamentales encargadas, caso contrario a la seguridad publica en la que la PGR y la SSP establecen los marcos de colaboración entre entidades en el combate contra el CO, las cuales entran en conflicto con la SEGOB ya que no es claro quién debería establecer las directrices de la política de seguridad pública y su coordinación con la seguridad nacional.

Este hecho se repite nuevamente entre las entidades federativas, pues aunque es claro que debe existir colaboración entre estas y los gobiernos subnacionales, respetando su soberanía y facultades legales, se contradice el sentido de una política de Estado, ya que no hay un órgano rector que articule la labor de las entidades gubernamentales y asigne responsabilidades, incluso las Fuerzas Armadas, la SSP, la SEDENA, la SEMAR, y la PGR carecen de funciones establecidas en documentos públicos que definan los compromisos de cada una de ellas y limite su marco de actuación, que en últimas las lleva casi que a competir entre sí. (Montero 2012, pág. 29)

Lo anterior permite evidenciar que las medidas policiales que se establecen en la implementación tanto de la política nacional como pública, reflejan que el fenómeno del CO es entendido como una amenaza en estos dos ámbitos y que la respuesta en ambos casos obedece exclusivamente a un ámbito público, que deja de manifiesto una carencia en lo que concierne a una visión integral de una política de Estado.

45 Así mismo, no existe una correspondencia entre políticas y la lucha se centra únicamente contra los delitos y la violencia que este fenómeno genera, dejando de lado acciones complementarias para la prevención del delito y la generación de oportunidades para el desarrollo, caso contrario al colombiano en el que los procedimientos institucionales contemplan una correspondencia entre políticas y la asignación de funciones a las entidades competentes.

En Colombia, la implementación de la PSD como política de Estado durante el periodo presidencial de Álvaro Uribe Vélez rompe los esquemas de los gobiernos anteriores en torno a la concepción de la seguridad nacional y la formulación de la política nacional y pública, ya que el eje rector de esta política entiende a la seguridad como la protección del ciudadano y la democracia por parte del Estado a través de la cooperación solidaria y el compromiso de toda la sociedad. (Ministerio de Defensa 2003, pág.13) Lo anterior, a partir de tres pilares fundamentales como la protección de los derechos de todos los ciudadanos, la solidaridad y la cooperación de toda la ciudadanía, además de la protección de los valores, la pluralidad y las instituciones democráticas.

En principio, el objeto de esta política nacional fijo sus esfuerzos hacia la recuperación del control del territorio estatal -como se revisó en el apartado anterior-, a partir de la creación de un circulo virtuoso de recuperación y consolidación que permitiese restablecer la seguridad y garantizar la presencia estatal a través de la autoridad de las instituciones.

De tal modo, los procedimientos institucionales que se derivaron de la implementación de esta política, al igual que en México, centraron la mayor responsabilidad de la seguridad nacional en las Fuerzas Armadas y de Policía, pero reflejando una coordinación entre las entidades tanto a nivel local como regional y nacional. Por ejemplo, el ciclo de recuperación de los territorios inició con operaciones adelantadas por la Fuerza Pública previa coordinación con los organismos de inteligencia estatal, quienes identificaban y localizaban las amenazas para luego restablecer el control en los territorios y mantenerlo a través de unidades conformadas por solados regulares, campesinos y carabineros de la Policía Nacional, quienes a su vez facilitaban el trabajo de los organismos de investigación criminal.

46 Lo anterior, soportado en una estructura de apoyo para la judicialización de criminales conformada por la Fuerza Pública, la Fiscalía, la Procuraduría, la Policía Nacional y el DAS. (Presidencia de la República 2003, págs. 14-16) Adicionalmente, fue evidente que la consolidación de esta política radicó en la personalización por parte del presidente en su función constitucional de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas y el orden público, con lo cual se logró un avance significativo en el legítimo uso de la fuerza en territorios que anteriormente eran dominados por grupos al margen de la ley.

Finalmente, es posible observar que los procedimientos institucionales que se derivan de la implementación de la política pública contra el CO en México y Colombia presenta divergencias, en tanto que, la coordinación institucional y las funciones asignadas mediante la ley a las entidades gubernamentales no es clara en México y no están reguladas bajo un ente rector, incluso funciones fundamentales para la efectiva implementación de una política pública, como la de las Fuerzas Armadas, la SSP, la SEDENA y la PGR, no están soportadas en documentos públicos, ocasionando que las entidades federativas y los gobiernos subnacionales desconozcan los límites de su actuación.

Por el contrario, la institucionalidad en Colombia frente al CO y el narcotráfico, refleja la efectiva vinculación de entidades gubernamentales y los marcos de colaboración entre ellas, resaltando la personalización de las Fuerzas Amadas en el presidente de turno, asegurando el éxito de las operaciones desarrolladas en coordinación con la ley en miras a la efectiva judicialización de los criminales.

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3. CONCLUSIONES

A través del análisis, caracterización y evaluación del fenómeno del Crimen Organizado (CO) en México y Colombia, y su incidencia en el proceso de cooperación adelantado entre estos países en un periodo comprendido entre el 2003 y el 2010, fue posible identificar las convergencias y divergencias que surgen de este proceso, así como evidenciar que la evolución de las estructuras criminales y su asociación en la comisión de delitos enmarcados en el tráfico de drogas, propician nexos entre estas estructuras que pese a la lucha gubernamental y el establecimiento de mecanismos de cooperación no desaparecen.

Durante el desarrollo del primer capítulo, fue posible identificar que la evolución y transformación del CO en los países de estudio, se traduce en la presencia de estructuras criminales como los carteles de droga en México, y grupos insurgentes, FARC y BACRIM en Colombia, que pese a las dinámicas internas de disputas por el poder y control territorial, transición en los mandos de las estructuras y la disolución de las mismas, permanecen en el tiempo controlando el monopolio del tráfico de drogas en cada uno de estos países.

Ahora bien, la existencia de nexos entre las estructuras criminales de México y Colombia, en cuanto al establecimiento de corredores estratégicos para el tráfico de drogas, instrucción militar y elaboración de drogas de diseño, permite concluir que la alianza entre estas organizaciones amplia y mantiene vigente el negocio de las drogas que no solo genera lucro, sino que incluso permite controlar otros territorios, como se evidencia con la presencia del cartel de Sinaloa y su control del negocio en Colombia, donde han establecido el precio de la cocaína y el manejo de la cadena de suministro.

La segunda parte de la investigación, permitió evidenciar que en México y Colombia existe una convergencia político estratégica, en cuanto al entendimiento gubernamental del fenómeno del CO y el tráfico de drogas, partiendo de la securitización que estos temas adquieren en la agenda política de ambos países, y la relevancia que se asigna al establecimiento de mecanismos de cooperación que faciliten enfrentar una problemática o amenaza identificada comúnmente entre las partes.

De allí, se deriva una convergencia operacional y táctica, ya que la creación del Grupo de Alto Nivel de Seguridad y Justicia (GANSJ) ha permitido compartir la

48 experiencia de estos países en temas de lucha contra el CO, así como recibir entrenamiento especializado con el propósito de fortalecer las capacidades militares y operacionales de la Fuerza Pública de cada uno de ellos. Sin embargo, se identifica que las líneas de acción establecidas en este Grupo a través del control efectivo de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas, presentan limitantes y restringen la cooperación bilateral, ya que son inexistentes las líneas encaminadas al establecimiento de mecanismos de colaboración en inteligencia y desarrollo de operaciones conjuntas que permitan el desarrollo de acciones estratégicas en contra de las estructuras criminales dedicadas al tráfico de drogas.

Finalmente, durante la tercera parte de la investigación fue posible identificar que las divergencias en la cooperación entre los países de estudio obedecen a tres factores dentro de los que se encuentran, la transformación del CO bajo la perspectiva criminal, seguido del abordaje de este en la formulación de la política pública, y los procedimientos institucionales que se derivan de su implementación.

En este sentido, se evidenció que la transformación del CO y su permanencia en estos países, han llevado a que la formulación de la política pública en la materia involucre un reconocimiento de la amenaza tanto a nivel público como nacional bajo una única respuesta al problema centrado en la militarización del mismo.

Lo anterior, ocasiona que la estrategia gubernamental para combatir la estructura de estas organizaciones no sea clara o concisa, ya que esta se centra únicamente en el fortalecimiento de los cuerpos policiales y aumento de las operaciones contra los delitos conexos del CO como el terrorismo, el negocio ilícito de las drogas, las finanzas ilícitas, el tráfico de armas, el secuestro y extorsión, el homicidio, entre otros.

Así mismo, fue posible identificar que los procedimientos institucionales que se derivan de la implementación de la política pública en México presenta inconsistencias en torno a las funciones asignadas a las entidades gubernamentales y los mecanismos de coordinación entre ellas, incluso no se identifica un ente rector a través del cual se puedan implementar las estrategias prevista en la lucha contra el CO, ni documentos públicos que soporten las responsabilidades de las entidades involucradas, que en últimas genera que la jurisdicción federativa y los gobiernos subnacionales desconozcan los límites de su actuación.

49 Por el contrario, en Colombia los procedimientos institucionales que se derivan de la política pública contra el CO y el narcotráfico, reflejan la efectiva vinculación de las entidades gubernamentales y los marcos de colaboración entre ellas, lo que nos permite evidenciar que las divergencias políticas e institucionales que se identifican internamente en cada uno de estos países incide en el establecimientos de marcos de cooperación bilateral, afectando el alcance de estos y las estrategias a implementar.

BIBLIOGRAFÍA