De entre los seis valores que se destacan en los Principios de Bangalore, la integridad es en el que menos aplicaciones se recogen81, a pesar de que también es considerado
esencial para el correcto desempeño de las funciones judiciales. La brevedad con la que es tratado este valor conlleva a que su definición resulte, en el mencionado texto, un tanto general. En su primera aplicación se hace referencia a la conducta del juez, que debe estar por encima de cualquier reproche a los ojos de un observador razonable. En su segunda aplicación, se incide en esta idea afirmando que la conducta y el comportamiento del juez deben “reafirmar la confianza del público en la integridad de la judicatura”. Se reconoce de este modo la importancia que tiene el comportamiento del juez no sólo en la confianza del público hacia él mismo sino hacia la institución de la judicatura en su conjunto. Se trata no solo de la obligación de impartir justicia, sino que también ha de observarse cómo se imparte.
El primer elemento que se desprende de esta consideración de integridad es que un juez debe respetar al máximo en su vida social y personal las leyes que afectan al conjunto de los ciudadanos de modo que no existan contradicciones entre aquello que dicta en sus actuaciones y el modo en el que actúa en su vida cotidiana. Entendemos, a modo de ejemplo, que sería visto como una falta de integridad de un juez que sanciona conductas de conducción temeraria fuese sorprendido incumpliendo el código de circulación. De hecho, el Código Modelo Iberoamericano se sitúa un paso más allá en
81 En el principio de integridad sólo se recogen dos aplicaciones, mientras que en otros principios como el
su definición de integridad y no la circunscribe únicamente al respeto escrupuloso de la legalidad sino que la sitúa en el ámbito de los valores y los sentimientos, considerando en su artículo 54 que: “El juez íntegro no debe comportarse de manera que un observador razonable considere gravemente atentatoria contra los valores y sentimientos predominantes en la sociedad en la que presta su función”.
El informe sobre Deontología judicial de la RECJ nos proporciona más indicios de lo que puede entenderse por integridad en el ámbito judicial. Se afirma que de dicho principio se “derivan el deber de honradez y el deber de dignidad y honor”. Dentro del deber de honradez se distingue el abuso de poder que un juez puede realizar para obtener beneficios, como conseguir un traslado, un nombramiento o una promoción, así como actuar para conseguir ventajas para sí mismo o para otros. Esta forma de falta de integridad se recoge en el artículo 417.7 de la LOPJ en el que se considera como falta muy grave “provocar el propio nombramiento para juzgados y tribunales” cuando se dan algunas de las circunstancias de incompatibilidades reconocidas en los artículos 391 a 393 de la misma ley82, así como mantenerse en el cargo sin informar al CGPJ de la
existencia de dicha situación de incompatibilidad o prohibición para que éste proceda al traslado forzoso previsto en el artículo 394.
El artículo 417.13 de la LOPJ también hace referencia al “abuso de la condición de juez para obtener un trato favorable e injustificado de autoridades, funcionarios o profesionales”, acción que también es considerada una falta muy grave y que, sin lugar a dudas, está relacionada con la integridad del mismo. La sentencia del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 2011/1984 ilustra lo que puede considerarse un abuso en la condición de juez para obtener un beneficio injustificado. Concretamente, en esta sentencia se utiliza el mencionado artículo para expedientar y sancionar con un traslado forzoso a un órgano distante a más de cien kilómetros, y con la prohibición de concursar
82 En dichos artículos se relacionan toda una serie de casos en los que un juez no debe ejercer su función
por tiempo de un año, a una jueza que, abusando de su poder, movilizó a agentes de policía en su propio beneficio para recuperar el importe de una compra realizada con anterioridad83.
El mencionado informe de la RECJ especifica otra acción que debe ser considerada una falta de integridad como es “aceptar regalos o beneficios en su favor o en favor de sus allegados por motivo del ejercicio de sus funciones jurisdiccionales”. Esta misma acción, no obstante, se considera en los Principios de Bangalore como una aplicación dentro del valor de la “corrección”, lo cual demuestra lo difícil que resulta en ocasiones trazar la línea entre las actuaciones que corresponden a uno u otro valor84.
Además de la obtención de regalos, entendemos que constituiría una falta de integridad en el comportamiento de un juez la acción señalada en el párrafo 11 del artículo 417 de la LOPJ, considerada como una falta muy grave y consistente en: “Faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos, autorizaciones, declaraciones de compatibilidad, dietas y ayudas económicas”. Curiosamente, no hemos encontrado ninguna sentencia mediante la cual se haya sancionado a un juez por este motivo.
Dentro del deber de defender la dignidad y el honor, el informe de la RECJ, señala que el juez debe mantener relaciones de cortesía y honradez con todos los profesionales de la justicia, como los secretarios judiciales, los funcionarios, los abogados, los procuradores, los magistrados o los justiciables, así como con los periodistas. Es decir, el juez íntegro es aquél que mantiene unas buenas relaciones con el resto de autoridades y con los ciudadanos. Una aplicación restringida de este tipo de actuación es la que se realiza en el párrafo 3 del artículo 417 de la LOPJ en el que se sanciona como falta muy grave “la provocación reiterada de enfrentamientos graves con
83 Fundamento Jurídico 1, Sentencia de 7 de marzo de 2011, RJ2011/1984.
84 Concretamente, se hace referencia a la imposibilidad por parte de un juez de obtener regalos en las
aplicaciones 14, 15 y 16 del valor de la corrección, en las que se extiende dicha imposibilidad a los miembros de su familia, así como al personal de los tribunales u otras personas sobre las cuales el juez pueda tener influencia, dirección o autoridad.
las autoridades de la circunscripción en que el juez o magistrado desempeñe el cargo, por motivos ajenos al ejercicio de la función jurisdiccional”. También se alude a la relación que debe mantener un juez con el resto de miembros de la judicatura en el párrafo 1 del artículo 418 de la LOPJ85, mediante el cual se sanciona que un juez no
muestre el debido respeto hacia sus superiores en el orden jerárquico.
En conjunto, la integridad de un juez puede definirse como el acto de mostrar el máximo respeto en el cumplimiento de las leyes que afectan a todos los ciudadanos, realizando un uso adecuado de sus poderes como juez, sin intentar obtener beneficio propio alguno para él o para los suyos y manteniendo una correcta relación con los ciudadanos y con el resto del personal de la judicatura.