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Initial Gain Computation and Gain Update Algorithms

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2.4 Motivation and Replicated HP Problem

4.1.3 Initial Gain Computation and Gain Update Algorithms

La intención de este capítulo es reflexionar sobre cómo fue legitimada la cárcel, y tantear

las primeras investigaciones que acabaron por culminar en el movimiento descarcelatorio, por

tanto, la crisis de la legitimación de la misma.

En el escenario de la Ilustración aparece la ―cárcel punitiva‖. Para sus defensores los que

transgredían los principios contractuales de convivencia deberían reparar su error con el bien

elegir entre el bien y el mal. Beccaria (2015) sostenía que el contrato social desarrollaría una

solidaridad donde todos los ciudadanos tenían la obligación de respetar sus deberes. No obstante,

esta tesis poseía una ambigüedad ideológica, puesto que había una igualdad de deberes y una

desigualdad de derechos.

Sin embargo, fue con el nacimiento del Positivismo en el siglo XIX cuando las cárceles

encuentran las bases para afianzarse en la sociedad moderna. El Positivismo se caracterizaba por

observar, conocer para prever y así dominar, negar el libre-albedrío y creer en el determinismo.

Esta corriente de pensamiento empezó a cuestionar si realmente el sujeto tenía el dominio de sus

acciones y actos, introduciendo nuevos conceptos como el de peligrosidad, perversión y

psicopatía.

La aparición del positivismo en la epistemología de la ciencia moderna y del positivismo jurídico en el derecho y en la dogmática jurídica pueden considerarse, en ambos casos, construcciones ideológicas destinadas a reducir el progreso societal al desarrollo capitalista, bien como a inmunizar a la racionalidad contra la contaminación de cualquier irracionalidad no capitalista, quiera ella que fuese Dios, la religión, la tradición, la metafísica o al ética, o aún las utopías o los ideales emancipatorios. (Santos, 2003, p. 158).

Con el positivismo surge la Criminología, y con ella una explicación científica del delito.

A principio, la explicación sobre la motivación de la conducta delictiva estaba basada en el

determinismo biológico, es decir creían que el origen del comportamiento delincuente tenía

implícita una base patológica que le conducía a cometer actos contra el Derecho.

Con el surgimiento de la criminología, el delincuente se convierte en objeto a ser

investigado por un experto y la cárcel un observatorio social, donde va a suceder la

transformación del criminal a través de la enseñanza de buenos hábitos. La criminología se va a

sobre la población carcelaria, de esa manera la cárcel se convierte en un laboratorio donde cada

gesto, cada señal de desconsuelo, de dolor, de impaciencia, cada intimidad, cada palabra podrá

ser descrita y su portador, clasificado, comparado, analizado, estudiado. Es más: la conformación

de los miembros, el color de los ojos, el perfil de la cara y cualquier otra señal que pueda

describir este objeto de estudio que es encarcelado será registrada atentamente.

La información adquirida será utilizada en el exterior de la penitenciaria, en la sociedad

libre, como ―ciencia indicativa‖ para individualizar a los potenciales infractores de la propiedad, los socialmente peligrosos, la criminología se ofrecerá así como saber práctico necesario a la

política de prevención y represión de la criminalidad.

No obstante, la criminología es también ciencia pedagógica y por tanto ciencia de la

transformación; donde los expertos: médicos, psiquiatras, trabajadores sociales, psicólogos

utilizan la información conseguida a través de la observación con el propósito de la sugerir

prácticas de manipulación, experimentar tratamientos.

Por estas razones el interés originario por la naturaleza retributiva de la pena (un

sufrimiento equivalente a la gravedad de la acción criminal) se sustituye por un juicio sobre la

peligrosidad del autor del delito, esto es, por un juicio-pronóstico sobre la predisposición a

cometer nuevos delitos.

Por eso, la finalidad de las cárceles del siglo XIX era alcanzar la readaptación de los

reclusos. Rivera Beiras (2008, p. 57) menciona tres acontecimientos que permitieron el

nacimiento de esta nueva cárcel: el desarrollo del Positivismo y El Congreso Nacional sobre la

disciplina de las Penitenciarías y Establecimientos de Reforma (Cincinatti), donde se establece el

principio general de la regeneración moral de los delincuentes. Surgen legislaciones donde el

Así las cárceles empiezan a operar alrededor del tratamiento penal. Para ello son

introducidas en las cárceles la figura del psiquiatra y psicólogo. Poco a poco, el sistema carcelario

se convierte en un espacio correctivo, más que castigar hay que proporcionar a ―cura del delincuente‖.

Como representantes de la entrada del Positivismo en las penitenciarías podemos

mencionar a Rafaelle Garófalo (1890) y a Cessare Lombroso (1896). Basados en el método

empírico, creían que el delito era fruto de una disfunción biológica, despreciando el entorno

social del que había cometido la infracción. Lombroso era símbolo de la escuela positivista

antropológica. Hizo una investigación que incluía el análisis de más de seis mil delincuentes

vivos y cuatrocientas autopsias, y concluyó que había seis grupos de delincuentes: el nato, el loco

moral (enfermo), el epiléptico, el loco, el ocasional, y el pasional. El creía que había una serie de

estigmas que se podían identificar y que eran transmitidas vía hereditaria.

Garófalo (1890), algo más moderado que Lombroso (1896), creía que la conducta

criminal era motivada por un déficit en la esfera moral de la personalidad del individuo, él se

centró en la explicación de la ausencia de sentimientos universales, tales como: solidaridad,

piedad, como factor motivador de la conducta delictiva. Garófalo (1890) afirmaba que el Estado

debería ―eliminar‖ al individuo que no se adapta al medio, y en algunas ocasiones defendía la pena de muerte.

La distinción que dejamos hecha tiene gran importancia desde el punto de vista de la ciencia penal, puesto que hace posible la justificación de la pena de muerte, la cual aparecería como una crueldad intolerable si se considerase a los criminales como seres que sufren y que, por lo mismo, tienen derecho a. que nos apiademos de ellos, y aun-á nuestra simpatía, puesto que el delito no es en ellos más que un accidente de su enfermedad, no el efecto de su carácter ó de su temperamento. (Garófalo, 1890, p. 133).

Aunque emergieron voces en contra a este reduccionismo biológico, como Tarde (1890),

y su contemporáneo Lacassagne7, que afirmaban que las causas del comportamiento delictivo

eran la imitación y el medio social, estas críticas también asumieron un carácter reduccionista

desde el punto de vista sociológico y psicológico. Tales doctrinas conllevaron el riesgo de colocar

el delincuente siempre a la disposición de diagnósticos y tratamientos, puesto que el

comportamiento de ser humano pasa a ser visto como determinado tanto social como

biológicamente.

Domínguez-Sánchez Pinilla (2016) sostiene que tras estas propuestas surgieron campos de

trabajo como el de la anormalidad patológica, el condicionamiento e incluso la determinación

psicológica en virtud de circunstancias más sólidas que la propia capacidad de autorregulación.

En efecto, los resultados de esta línea de pensamiento fueron:

La interpretación de causa a efecto del comportamiento humano partiendo del paradigma

etiológico; que hace posible la observación científica al conocimiento de los factores que van a

determinar los actos humanos, y con ello se recalca la etiología del delito y del hecho antisocial.

El carácter anormal, patológico, del comportamiento desviado que lleva a interpretar al

delincuente más como un enfermo que como un ser digno del castigo; concediendo todo un

cúmulo de concepciones médico-biológicas a la criminalidad.

El análisis de la conducta, del acto lesivo, como muestra de la anomalía de la

personalidad, genera una real constitución delictiva. Se construye un rasgo de personalidad que

aboca a la comisión del delito y que se caracteriza por la precocidad, el mantenimiento en la

delincuencia, muestras de crueldad, violencia, agresividad, etc.

El cruce de la frontera de la moral hacia el derecho, justificada por el poso de ―perversión moral‖ potencial e incluso manifiesto. El comportamiento desviado pasa a ser entendido como

fruto de una mala socialización y por tanto de circunstancias personales, cuyo grado de nocividad

no está siempre claro, o si de lo que se trata es una demanda de atención o un simple

apartamiento del grupo.

La posibilidad y legitimidad de manipular la consciencia para condicionar el

comportamiento futuro en el sentido interpretado como socialmente útil o bueno. Por ello, las

instituciones a las que se asigna esta función diseñan una reconversión del sujeto, y de ahí el

aspecto terapéutico de la intervención retributiva (Domínguez-Sánchez Pinilla, 2016).

La Criminología ha explicado en términos históricos y sociales la criminalidad en tanto

que asume su beneplácito de los valores sociales adoptados por el poderoso, como naturales. La

consideración de enfermo del criminal halló en esta simplificación su fundamento

epistemológico; y en cuanto el comportamiento delictivo se redujo a un problema de patología

individual, la reacción social respecto del crimen pierde su carácter problemático: las fuerzas

represoras serán así en todo caso legítimas. El fundamento no va a ser ya político – como en la

idea contractualista - sino natural: la parte adecuada de la sociedad que aleja de sí misma la mitad

inútil.

La interpretación de que el delito consta de un componente psicosocial y que, por tanto, el

fin del castigo debe ser la ayuda al penado por medio del tratamiento para su propia reeducación

y readaptación social, y también la aceptación de un Estado neutral, que agrade a todos, y una

forma de castigo que disuada al potencial delincuente sobre la comisión de delitos. Y así, el

encierro comienza a ser aceptado.

De acuerdo con Rivera Beiras (2008, p. 57), emergía la ideología de la resocialización a

través de un tratamiento, la cual desplegaría rápidamente todo su esplendor. Pues, fue en el siglo

XX cuando la eficacia de las cárceles pasan a ser objeto de investigación y blanco de críticas. El

transgresores de la norma, comienza a ser interpretado como una institución que deteriora la

personalidad del reo, y por ello, su legitimación revisada.

Como pionero de las investigaciones sobre los efectos deteriorantes de las cárceles

podemos citar Clemmer (1958). Tras haber realizado investigaciones durante muchos años en

varias prisiones, concluyó que el interno sufre un proceso de prisionización (término acuñado por

este mismo autor), es decir, el interno adopta en mayor o menor grado las tradiciones, usos,

costumbres y cultura en general de la cárcel, pasando por un proceso de socialización negativo.

Clemmer (1958) señala que todos los internos sufren los efectos de la prisionización, si

bien hay grados, es decir, hay factores que contribuyen para intensificar o paliar estos efectos.

Los factores paliativos son: una sentencia corta, personalidad estable; la continuidad de

relaciones positivas con personas externas a la cárcel, rechazo a incapacidad para integrarse en un

grupo primario mientras mantiene aún relaciones equilibradas con otras personas; rechazo a

aceptar ciegamente los dogmas y los códigos de la población penal y una disposición intentando

de esta manera identificarse con la comunidad libre; la oportunidad de ubicarse con compañeros

de celda o de trabajo que no posean cualidades de liderazgo y que tampoco estén completamente

integrados en la cultura de la prisión.

Los trabajos de Clemmer (1958) impulsaron la realización de otras investigaciones, pero

vale recordar, que para este autor los efectos de prisionización se deben a la personalidad del

interno y no cuestiona el aparato de control.

En 1961, Goffman publica el libro intitulado ―El Internado”, este libro es resultado de un trabajo etnográfico, dónde el autor intenta analizar la institución desde el punto de vista del

paciente. A través de este trabajo fue posible entender por qué los considerados ―enfermos

mentales‖ no se recuperaban. Aunque el autor centra sus estudios en hospitales psiquiátricos, podemos trasladar sus resultados a otros tipos de institución, como las cárceles, ya que, para

Goffman (2004) las instituciones totales son consideradas por él como ―un lugar de residencia y trabajo, donde un gran número de individuos en igual situación, aislados de la sociedad por un

período de tiempo, comparten en su encierro, una rutina diaria, administrada formalmente‖.

Goffman (2004) consideraba cinco tipos de institución total, a saber:

1- Instituciones que tienen como finalidad el cuidado de personas que parecen ser al

mismo tiempo incapaces e inofensivas: hogares para ciegos, abuelos, huérfanos e indigentes;

2- Instituciones que tienen como finalidad cuidar de aquellas personas que no puedan

cuidar de sí mismas y a los que la sociedad ve como una amenaza involuntaria potencial;

hospitales para enfermos, infecciosos, hospitales psiquiátricos y leproserías;

3- Instituciones que se han organizado con el fin de proteger la comunidad de aquellos

que voluntariamente suponen un peligro para ésta y cuya finalidad no prevé de manera inmediata

el bienestar de los reclusos; prisiones, presidios, campos de trabajo y campos de concentración;

4- Instituciones que tienen como objetivo hacer de la mejor manera posible una tarea de

carácter laboral; cuarteles, barcos, escuelas de internos, o como dice Goffman, mansiones

señoriales desde el punto de vista de los que viven en las dependencias como personal de

servicio;

5- Para acabar, encontraríamos aquellas instituciones que actúan como refugio del mundo

y que, a menudo también están involucradas en la formación de religiosos: abadías, monasterios,

conventos, etc.

Vale resaltar que estas definiciones se refieren al momento histórico que dicho autor

vivía, quizás estas definiciones no serían válidas en la actualidad. Lo más importante de este

trabajo, es que Gofman (2004) describe el fenómeno de la culturalización, que detalla el proceso

por el cual el paciente asimila normas institucionales y efectos que la institución produce sobre la

produce un viraje, las instituciones pasan a ser cuestionadas. La pregunta que moviliza sus

investigaciones es ¿a quién se define como desviado? ¿Qué acarrea al individuo esta definición?

Goffman (2004, p. 27) describe el proceso por lo cual el paciente modifica su identidad a

lo largo del encierro, calificándolo como de mortificación o mutilación del yo. La primera marca

para empezar este proceso es la barrera que separa el mundo interior del exterior. ―El aislamiento total ayuda a formar un grupo unificado de novatos, en sustitución de un conjunto heterogéneo de

personas de status superiores e inferiores‖.

Luego las ―ceremonias de ingreso‖ donde se le suele privar de sus pertenencias, sacarle fotos, cortarle el pelo, ―sufriendo un proceso de desfiguración personal‖.

Las normas de la institución les obligan a adaptarse a otra realidad, es decir, tienen que

reorganizar la vida cotidiana. Goffman (2004) señala que estas normas son obligaciones cuyo

objetivo es regular el tiempo, es decir, las tomas de decisiones son determinadas. Las decisiones

siempre son tomadas por los miembros del equipo que tiene la función de disciplinar a los

internos.

Los internos tienen que aprender a convivir con un nuevo sistema de vida que se traduce

en un sistema de privilegios y castigos, se produce una modificación de la identidad, que la

deteriora y la modifica de manera negativa. ―El sistema de privilegios y castigos se definen como la consecuencia del quebrantamiento de las reglas‖ (Goffman, 2004, p. 60).

Y por fin la estigmatización acaba por ―los procesos por los que se mortifica el yo de una

persona, los cuales son de rigor en las instituciones totales‖. Las barreras que imponen las instituciones totales marcan la primera mutilación del yo, en su diferenciación entre interior y

exterior Para este autor la asimilación de normas, costumbres, hábitos de la institución por parte

del interno no se acaba con el retorno a la sociedad, sino que perdura por toda la vida del

Goffman (2004) abrió una serie de puertas para nuevas investigaciones sobre el tema.

Estudios actuales identificaron un aumento del grado de dependencia, ya que el ingreso no toma

ya más decisiones, estas son impuestas lo que concurre con la disminución de la autoestima y la

mayor adhesión a valores carcelarios; algunos autores señalan que en el proceso de prisionización

también produciría el aumento en el nivel de ansiedad en los encarcelados.

En la actualidad estudios confirman que el aislamiento acarrea una serie de problemas.

Desde el punto de vista biológico, el confinamiento produce atrofia progresiva de los cinco

sentidos, la oscuridad de los espacios interiores y el contraste con la luz permanentemente

artificial producen también frecuentes dolores de cabeza, y en algunos casos incluso

deformaciones de la percepción visual, tales como la pérdida de la capacidad de distinguir formas

y colores. El oído también se va a ver afectado por las características de espacio arquitectónico.

Muchos internos sufren de carencia de energía, sensaciones de frío y afecciones de piel; tienen

una mayor probabilidad de contraer alguna enfermedad infecciosa.

Desde el punto de vista de la salud psíquica, Rivera Beiras (2008, p. 274), menciona la

concurrencia de las siguientes patologías: fobias que desembocan, si no se tratan, en un cuadro

psicótico, depresiones, que en forma grave desembocan en el suicidio; síntomas alucinantes,

trastornos psicosomáticos, como testimonio de la estrecha correlación a nivel sintomático del

sufrimiento físico y psíquico; disminución de las capacidades cognitivas; cuadros neuróticos.

Cuadros psicóticos relacionados con trastornos de la personalidad; trastornos del

comportamiento; trastornos de humor, síndrome de prisionización, dependencia y toxicomanía.

Pero, los peores efectos serán los de orden psíquica. Para, el jurista Zaffaroni (2005, p. 6)

la prisión genera una patología cuya característica más destacada es la regresión. Lesiona la

de otra manera. Para Zaffaroni (2005) este deterioro es permanente y perdura más allá de la

cárcel.

Baratta (2006), cree que la detención ejerce efectos contrarios a la reeducación y a la

reinserción del condenado. Para él la vida en cárcel tiene un carácter regresivo y uniformizador.

Cuando un interno retorna a la convivencia social los mecanismos psicológicos siguen siendo

impuestos por el régimen carcelario, es decir, toda una batería disciplinar que altera gravemente

la subjetividad del individuo preso. Baratta (2006) cree es imposible la resocialización a través de

la cárcel, sin embargo, la reintegración es un derecho del interno que vela por disminuir los

efectos negativos del encierro.

La justificación de la cárcel se ha basado desde su origen en el hecho de presentarla como

dispositivo capaz de resocializar a los individuos peligrosos, curarlos, devolviéndolos sanos e

inofensivos a la sociedad. Es allí donde se basa la idea de pena útil, siempre que sea administrada

correctamente (de acuerdo con los mandatos de la Ciencia Penitenciaria).

Por otro lado, mientras que dichos objetivos nunca se alcanzan, la cárcel en realidad se

mantiene al cumplir otras funciones sociales que tienen que ver con la producción.

Aún de acuerdo con Baratta (2006), la realidad penitenciaria plantea la necesidad de

cambios y alternativas, pues la finalidad de una reintegración del condenado en la sociedad no

debe nunca ser abandonada, sino que debe ser reinterpretada y reconstruida sobre una base

diferente, por lo cual la apertura de la cárcel a la sociedad y en sentido inverso resulta un

principio político importante, más aún si se considera que en la actualidad los muros de la cárcel

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