Stage I of the Article 8 test
2.2 If there has been an interference with an
2.2.3 Is the interference necessary
El Plan Nacional de Desarrollo establece que las acciones de plantación en el ámbito urbano tendrán como objetivo central una estrategia que permita la competitividad internacional del sistema urbano nacional, a la vez que haga posible incorporar al desarrollo a vastas regiones del país. Las ciudades requerirán adecuar los servicios y el equipamiento a las necesidades de la población y de las empresas; estimular la articulación de interrelaciones industriales o cadenas productivas; promover la construcción de infraestructura de alta tecnología; elaborar planes económico- urbanísticos funcionales; establecer una política de reservas y precios bajos de la tierra; diseñar e implantar esquemas administrativos y de normatividad urbana eficaces; capacitar sus recursos humanos; y promover la investigación rigurosa de las cuestiones de la ciudad. El Programa Nacional de Desarrollo Urbano es consecuente con estas directrices y con las estrategias de los objetivos rectores del Plan Nacional de Desarrollo, en particular con las siguientes:
Área de crecimiento con calidad:
Objetivos rectores del país:
9 Conducir responsablemente la marcha económica 9 Elevar y extender la competitividad del país 9 Promover el desarrollo
9 Crear condiciones para un desarrollo sustentable
Dentro de este programa se mencionan los criterios de desarrollo urbano con respecto a la actividad petrolera. El criterio marcado con la letra O, sobre ocupación del territorio, en su apartado 9 señala que no se deberá permitir el desarrollo urbano en zonas de extensión petrolera, previa determinación precisa de sus límites. El criterio U, sobre regulación general de los usos de suelo, en el apartado 3, indica las distancias mínimas para establecer cualquier uso habitacional. Si se trata de asentamientos industriales o de almacenamiento de alto riesgo, estarán separados del uso habitacional por cincuenta metros de distancia como mínimo; diez metros si son zonas industriales ligeras o medianas, y veinticinco metros, en el caso de zonas industriales pesadas y semipesadas o zonas de almacenaje a gran escala de bajo riesgo.
El proyecto que se pretende realizar actuará en pleno cumplimiento de lo establecido en este programa.
b) Plan Veracruzano de Desarrollo (PVD) 2005-2010
El Plan Veracruzano, en pleno conocimiento de la importante participación del Estado al PIB Nacional en materia energética, considera entre las acciones prioritarias de la estrategia de desarrollo, “…apoyar y participar en el proceso de licitación para construir y operar sistemas de distribución de gas natural en las principales ciudades del Estado…”, en esa mismo tenor, da apertura a dos proyectos de desarrollo, la explotación petrolera en Chicontepec y la de gas natural en Lankahuasa.
El PVD considera que el desarrollo de la industria no solo de PEMEX, debe cumplir con los objetivos sectoriales propiciando el uso racional de los recursos naturales y la protección al ambiente, por tanto en materia de medio ambiente ejecuta directamente una disposición para la paraestatal manejando que en este periodo de gobierno deberá establecerse un programa de prevención y control del deterioro ambiental, en coordinación con el Gobierno Federal y PEMEX.
c) Programa Veracruzano de Desarrollo Regional y Urbano 2005-2010
La Ley de Desarrollo Regional y Urbano del Estado de Veracruz Llave, publicada en la gaceta del 17 de abril de 1999, tiene por objeto entre otros el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y la planeación del desarrollo regional y urbano; en su artículo 11 establece que el Programa de Desarrollo Regional, es un instrumento para realizar el Ordenamiento territorial de la entidad, el cual deberá ser congruente con los objetivos, políticas, estrategias y metas establecidos señalados en la Ley de Planeación del Estado.
La vigencia del Programa Veracruzano de Desarrollo Regional y Urbano 2005-2010 será igual al del periodo constitucional de la gestión gubernamental Estatal.
Entre las políticas urbanas de ordenación del territorio que tienen correlación con el proyecto, se encuentra establecido que el fomento y creación de programas de prevención y seguridad relacionados con la infraestructura de PEMEX asentada en la región, deben considerar su ejecución de manera conjunta: paraestatal-Gobierno del Estado.
Ante este riesgo potencial, el Programa Veracruzano de Desarrollo Regional Urbano, propone el establecimiento de normas específicas para el control de fallas en gasoductos y similares, así como el establecimiento de Planes de Contingencia y la paraestatal por su parte da cumplimiento a la legislación aplicable en materia ambiental.
d) Programa de Desarrollo Regional de Sotavento
Como antecedente en materia de planeación regional, en 1999 se elaboró el Programa de Desarrollo Regional de Sotavento (PDRS), abarcando un total de 28 Municipios entre los que se encuentra Tierra Blanca, puntos de interés para el desarrollo del proyecto en mención, sin embargo a pesar de dictaminar las prioridades en materia de ordenamiento, se encuentra en proceso de vigencia. En materia de oleoductos e instalaciones de PEMEX, el PDRS menciona que estas empresas (considerándolas como industrias de riesgo) deberán establecer un programa de verificación de instalaciones y procesos industriales con el objetivo de identificar el nivel de riesgo y
establecer el área adecuada de salvaguarda. Así mismo, estas industrias deberán contar con un programa para la atención de emergencias en donde se defina claramente la participación de la población o bien las acciones de seguridad que se deben implementar. El uso del suelo en el trazo del proyecto de acuerdo a este ordenamiento, es de Aprovechamiento, razones que avalan la realización del proyecto en este punto, por lo que se da cumplimiento a la normatividad con la elaboración del manifiesto de impacto ambiental del proyecto de construcción del gasoducto de 10” ∅ x 3.4 Km. de punto de venta San Pablo Rincón Pacheco a gasoducto troncal de 30” Ø de PGPB.
II.3. Programas de recuperación y restablecimiento de las zonas de restauración ecológica