1. INTRODUCTION
1.3. Material Culture: Historiography and Debates
1.3.2. Debates and Approaches
1.3.2.3. The (intrinsic) meaning of objects
──── ACUERDO DE LA MESA DE LA DIPUTACIÓN PERMENTENTE DE LA ASAMBLEA, SOBRE CONSEJO DE PERSONAL ────
La Mesa de la Diputación Permanente de la Asamblea, en sesión celebrada el día 23 de enero de 2017, una vez emitido informe favorable del Consejo de Personal del día 11 de enero de 2017,
ACUERDA
Primero.- Estimar la propuesta de calendario laboral.
Segundo.- Tomar conocimiento de la Resolución de convocatoria para la cobertura interina de
un puesto de trabajo reservado al Cuerpo de Redactores, Taquígrafos y Estenotipistas y formación de lista de espera, todo ello en los términos que se recogen en el Anexo al Acta.
Tercero.- Tomar conocimiento de la Resolución de convocatoria para la cobertura interina de
un puesto de trabajo reservado al Cuerpo Facultativo de Técnicos en Informática, Escala de Gestión de la Asamblea de Madrid, y constitución de lista de espera, todo ello en los términos que se recogen en el Anexo al Acta.
Cuarto.- Aprobar las bases de la convocatoria para su cobertura mediante concurso de méritos
de los puestos de trabajo núm. 123, "Administrativo del Negociado del Registro General" y núm. 254, "Administrativo del Negociado de Presupuestos, todo ello en los términos que se recogen en el Anexo al Acta, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.
Sede de la Asamblea, 23 de enero de 2017. La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER
──── RESOLUCIÓN NÚM. 1/2017 ──── DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA
CONSIDERANDO el escrito del Ilmo. Sr. Director de Gestión Parlamentaria de la Asamblea
de Madrid, de fecha 17 de enero de 2017, por el que solicita ante la vacante del puesto núm. 159, “Redactora” la adscripción provisional de Dña. Pilar Inmaculada Ramos Moreno para el desempeño temporal de las funciones de dicho puesto,
Al amparo de lo dispuesto en los artículos 6.2 j) y 38, párrafo segundo, del Estatuto de Personal de la Asamblea de Madrid, de conformidad con el Acuerdo de Mesa regulador del
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procedimiento de designación de funcionarios para la provisión de puestos de trabajo que no tengan carácter definitivo, según la nueva redacción dada mediante el Acuerdo de la Mesa de la Asamblea, de 8 de julio de 2010, esta Presidencia
RESUELVE1
Primero.- Asignar el desempeño temporal de las funciones del puesto de trabajo núm. 159,
“Redactora”, a Dña. Pilar Inmaculada Ramos Moreno, funcionaria de carrera del Cuerpo de Redactores, Taquígrafos y Estenotipistas de la Asamblea de Madrid.
Segundo.- La vigencia de esta adscripción temporal será desde la fecha de toma de posesión
de la interesada en el nuevo puesto de trabajo y por un periodo inferior a dos meses, sin que en ningún caso quepa prórroga alguna de esta situación y sin que el desempeño del puesto de trabajo durante este tiempo pueda computar a efectos de los concursos de méritos.
Tercero.- La incorporación del titular de este puesto de trabajo, dejará sin efecto la presente
Resolución de nombramiento, reingresando Dña. Pilar Inmaculada Ramos Moreno a su puesto de trabajo, (núm. 151, “Taquígrafa”).
Sede de la Asamblea, 19 de enero de 2017. La Presidenta de la Asamblea PALOMA ADRADOS GAUTIER
──── RESOLUCIÓN NÚM. 2/2017 ──── DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA
CONSIDERANDO que la lista de espera del Cuerpo Facultativo de Técnicos en Informática,
Escala de Gestión de la Asamblea de Madrid, aprobada mediante Resolución de esta Presidencia de 29 de abril de 2003, se encuentra agotada por la falta de candidatos disponibles,
CONSIDERANDO el artículo 8 y siguientes del Acuerdo de la Mesa de la Asamblea de
Madrid regulador de los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Asamblea de Madrid, de fecha 13 de diciembre de 2006,
Esta Presidencia, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 c) del Estatuto del Personal de la Asamblea de Madrid,
RESUELVE2
Primero.- Aprobar la convocatoria para la cobertura interina del puesto de trabajo reservado
al Cuerpo Facultativo de Técnicos en Informática, Escala de Gestión de la Asamblea de Madrid, que se detalla en el Anexo I de la presente Resolución.
El puesto de trabajo se encuentra vacante.
1 Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de su notificación ante la Excma. Sra. Presidenta de la Asamblea o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación o publicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
2 Contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de su notificación ante la Excma. Sra. Presidenta de la Asamblea o Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación o publicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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solicitudes:
2.1. Ser español.
2.2. Tener cumplidos los dieciocho años.
2.3. Estar en posesión de la Titulación Universitaria en Ingeniería Técnica, o grado universitario correspondiente, de Telecomunicaciones o Informática o Informática de Sistemas o Ingeniería de Tecnología y Servicios de Telecomunicación o Informática de Gestión, o en condiciones de obtenerlas en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes. 2.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
Todos los requisitos enumerados deberán poseerse en el día de expiración del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.
Tercero.- De conformidad con el artículo 11 punto 5 y 13 del Acuerdo de Mesa regulador de
los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Asamblea de Madrid, se constituirá una la lista de espera a partir de esta convocatoria con aquellos aspirantes que alcancen o superen el nivel mínimo suficiente que fije el Tribunal de Selección y que acredite la idoneidad de los candidatos.
Esta lista de espera mantendrá su vigencia hasta la aprobación de las nuevas listas surgidas de las pruebas selectivas de acceso a la Asamblea de Madrid o bien hasta que la misma se hubiese agotado.
Las siguientes bases se regirán por los dispuesto en las normas de funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el ámbito de la Asamblea de Madrid, aprobadas mediante Acuerdo de la Mesa de la Diputación Permanente de la Asamblea de fecha 17 de julio de 2002 (BOAM núm. 169 de 31 de julio de 2002).
Cuarto.- Los interesados podrán presentar solicitudes, conforme al modelo que figura como
Anexo II de esta Resolución, dentro de los siete días hábiles siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Registro de la Asamblea de Madrid, sito en la plaza de la Asamblea núm. 1, o en las Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
En la solicitud, se detallará el número de puesto de trabajo que se solicita, así como su denominación. Junto a la solicitud deberá adjuntarse el documento nacional de identidad, la titulación académica exigida para acceder al Cuerpo y certificación del Servicio de Personal correspondiente, en
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la que se especifique la duración y las tareas desempeñadas por el aspirante con el fin de valorar los méritos contemplados en la presente convocatoria.
Quinto.- Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Tribunal publicará en
el Tablón de anuncios y en la Página Web de la Asamblea, en el plazo de 7 días naturales, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos indicando las causas de inadmisión de los aspirantes excluidos.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos, ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Terminado dicho plazo el Tribunal dispondrá de dos días hábiles para publicar en el Tablón y en la Página Web de la Asamblea de Madrid, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y el lugar y la fecha de celebración del primer ejercicio.
Sexto.- El Tribunal procederá a la selección de los candidatos de conformidad con la
puntuación obtenida según los siguientes criterios objetivos de selección:
Prueba práctica
1.1. La prueba consistirá en la resolución, por escrito de dos supuestos prácticos relacionados con materias incluidas en el Programa (Bloques I, II, III y IV).
El tiempo para la realización de cada uno de los ejercicios será de cuatro horas. Las dos pruebas se realizarán en diversas sesiones.
Ambos ejercicios serán leídos ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo éste realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de quince minutos por cada uno de los ejercicios.
En esta prueba se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la consideración de cuestiones materiales relacionadas con los temas objeto de los ejercicios, la capacidad de análisis, y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.
1.2. Cada uno de los ejercicios se valorará de 0 a 50 puntos. La puntuación mínima para superar la prueba será de 25 puntos en cada uno de los ejercicios.
1.3. El programa sobre el que se propondrán las pruebas prácticas será el siguiente: