SPEAKING FROM THE FIELD
RESEARCH DESIGN, METHODS AND REFLEXIVE ANALYSIS
4.3. CASE STUDY APPROACH
4.5.1. Iterative research design
29. Condiciones y límites sobre la remuneración en acciones.- La estructura de remuneración de los administradores debería ponerse al servicio de dos principios fundamentales: la sostenibilidad de la empresa a largo plazo y la remuneración basada en resultados.268 Siguiendo estas premisas,
los componentes variables de la remuneración en acciones deben vincularse a criterios temporales y de rendimiento (financiero y no financiero) que funcionen a modo de condiciones de ejercicio de la adquisición y pleno derecho sobre las acciones.269 (a) La política de remuneraciones debería
restablecer que una parte del componente variable debe aplazarse durante un período de tiempo mínimo.270 En esta dirección, se proponen dos criterios de carácter temporal que pretenden vincular
la remuneración con el valor creado a largo plazo para la empresa.271 Uno, que la “propiedad de las
acciones no debe hacerse efectiva hasta transcurrido un plazo de al menos tres años desde su adjudicación”.272 Dos, que las “opciones sobre acciones y cualesquiera otros derechos que permitan
264 Recomendación 2009/385/CE § 2.2. Se definen los denominados pagos por rescisión como "cualquier importe que se abone a los consejeros ejecutivos o gerentes por la terminación anticipada de sus contratos, incluidas las sumas pagadas en relación con un plazo de preaviso o una cláusula de no competencia que figuren en el contrato".
265 Recomendación 2004/913/CE § 5.4. 266 Recomendación 2004/913/CE § 5.5.
267 Recomendación 2004/913/CE § 5.6. El ámbito subjetivo alcanza "a cualquier persona que en algún momento del ejercicio considerado haya desempeñado funciones directivas".
268 Recomendación 2009/385/CE EM § 6. V. supra, II.3, criterios sobre la remuneración variable. Buena parte de los Estados miembros consideran la remuneración en acciones como una forma de remuneración variable, por lo que frecuentemente la adjudicación de acciones y opciones sobre acciones se vincula a criterios de resultados (COM(2010) 285 § 3.2).
269 Recomendación 2009/385/CE EM § 6; COM(2010) 285 § 3.2. V. supra, II.3, criterios sobre la remuneración variable.
270 V. supra, II.3, criterios sobre la remuneración variable; estructura de la política de remuneraciones; § 34, contenido mínimo del informe de remuneraciones; infra III.2, principios especiales.
271 Recomendación 2009/385/CE EM § 8. 272 Recomendación 2009/385/CE § 4.1 y EM § 8.
adquirir acciones o ser remunerado en función de las variaciones de precios de estas no deben ejercitarse durante un plazo de al menos tres años desde su adjudicación”.273 (b) La segunda
condición de aplicación de la política de remuneración condiciona el pago de los componentes variables al cumplimiento de criterios de rendimiento o resultado.274 En este punto se concreta que
tanto la propiedad de las acciones, como la facultad de ejercitar las opciones sobre acciones y los derechos a la adquisición de acciones o respecto de otras remuneraciones “basada en las variaciones de sus precios deben quedar sujetas a unos criterios de rendimiento que estén predeterminados y sean medibles”.275 (c) La tercera condición de aplicación de la política de
retribución se establece para el momento en que ya se ha adquirido la plena propiedad de las acciones. En este supuesto, se obliga a los consejeros a retener cierto número de acciones hasta el final de su mandato.276 (d) En último término, se reserva el sistema de remuneración en opciones
sobre acciones a los ejecutivos, quedado excluidos los consejeros no ejecutivos de esta modalidad de remuneración.277
30. Aprobación previa por la junta general.- (1) Contenido.- Los sistemas de remuneración variable en virtud de los cuales se retribuye a los consejeros en acciones, opciones sobre acciones o cualquier otro derecho de adquisición de acciones o en función de la cotización de las acciones, así como cualquier cambio sustancial en dichos sistemas, "deben someterse a la aprobación previa de la junta general anual”.278 La aprobación debe referirse al sistema de remuneración y a las normas
aplicadas para calcular las remuneraciones individuales de acuerdo con dicho sistema, pero no a la atribución de las remuneraciones basadas en acciones y percibidas por los consejeros como resultado de la aplicación del sistema.279
(2) Nota informativa sobre la resolución.- Antes de la celebración de la junta general en la que se presente el proyecto de acuerdo de aprobación previa de los sistemas de remuneración variables basado en acciones, “se debe hacer pública a los accionistas una nota informativa sobre la resolución”.280 El contenido mínimo de la nota informativa debe contemplar diversos aspectos: a) “
texto íntegro de los sistemas de remuneración en acciones o una descripción de sus principales términos”; b) “la identidad de los participantes en los mismos”; c) “la relación de esos sistemas con la
273 Recomendación 2009/385/CE § 4.1 y EM § 8. 274 V. supra, II.3, criterios sobre la remuneración variable.
275 Recomendación 2009/385/CE § 4.2 y EM § 8; COM(2010) 285 § 3.2.
276 Recomendación 2009/385/CE § 4.3. A título de ejemplo, se establece que el número de acciones que debe retenerse equivaldrá "a dos veces el valor de la remuneración anual total (componente fijo más componentes variables)". La obligación de conservar las acciones titularidad de los consejeros hasta el final de su mandato, con el compromiso de no poder venderlas, responde a la finalidad de "evitar conflictos de intereses" (Id., EM § 8).
277 Recomendación 2009/385/CE § 4.3. COM(2009) 211 § II, justifica que los consejeros no ejecutivos no puedan recibir opciones sobre acciones como parte de su remuneración como medida para "para mitigar los posibles conflictos de intereses ".
278 Recomendación 2004/913/CE § 6.1 y EM 10.
279 Recomendación 2004/913/CE § 6.2. El contenido sujeto a aprobación previa reside en los siguientes aspectos: “a) la atribución a los consejeros de remuneraciones basadas en acciones, incluidas las opciones sobre acciones; b) la determinación del número máximo de acciones y de las condiciones principales para su atribución; c) el plazo durante el cual se podrán ejercer las opciones; d) las condiciones para cualquier modificación posterior del precio de ejercicio de las opciones, si dicha modificación es pertinente y está legalmente autorizada; e) cualquier otro sistema de incentivos a largo plazo al que tengan derecho los consejeros y que no se ofrezca en las mismas condiciones a los demás empleados”. Además de lo anterior, la junta general también “debe fijar el plazo del que dispondrá el órgano responsable de la remuneración de los consejeros para concederles este tipo de remuneraciones” (Id., § 6.3). La junta general debe autorizar cualquier “modificación sustancial de las condiciones de estos sistemas". En tales casos, "se debe informar detalladamente a los accionistas de las modificaciones propuestas y de sus efectos". Los contenidos anteriores referidos en los § § 6.1 a 6.4. Además, "no deben aplicarse a los sistemas en los que puedan participar, en las mismas condiciones, los empleados de la empresa con cotización en bolsa o los de cualquiera de sus filiales y que hayan sido aprobados por la Junta" (id. § 6.6). Finalmente, “debe someterse a la aprobación de los accionistas todo acuerdo de remuneración en opciones con descuento que dé derecho a suscribir acciones a un precio inferior a su valor de mercado en la fecha en que se fije el precio, o a su cotización media durante un determinado número de días previos a la fecha en que se fije dicho precio” (id. § 6.5).
política general de remuneración de los consejeros”; d) “sobre la manera en que la empresa se propone obtener las acciones necesarias para cumplir sus obligaciones en virtud del sistema de incentivos”, aclarando el particular de “si la empresa tiene intención de adquirir las acciones necesarias en el mercado, si las tiene en tesorería o si emitirá nuevas acciones”; y e) “un resumen de los costes que el sistema de incentivos tendría para la empresa de cara a su aplicación”.281 El
contenido de la nota informativa sobre la remuneración variable en acciones “puede incluirse en el sitio Web de la empresa con cotización en bolsa”.282
III.
ESPECIALIDADES DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO
1. Gobierno corporativo en relación con el control de riesgos