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Karp-Lipton Results for Zero-Error Exponential Time

6 Karp-Lipton Collapses for Probabilistic Classes 6.1 A Lemma About Learning with Advice

6.3 Karp-Lipton Results for Zero-Error Exponential Time

FEDERAL Y SE PROCEDA A LA MODIFICACIÓN DE LA LEY EN LA MATERIA’’.

2.- A estas Comisiones Unidas de Salud y Asistencia Social y de Presupuesto y Cuenta Pública, les fue turnada por la Mesa Directiva de esta H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, IV Legislatura, mediante oficios MDPPPA/CSP/1138/2006 y MDPPPA/CSP/1162/ 2006 ambos de fecha 21 de Noviembre de 2006, a fin de realizar su análisis y dictamen correspondiente de la propuesta de mérito.

3.- Las Comisión de Salud y Asistencia Social, previa convocatoria realizada en términos de los artículos 60, 62 fracciones XVII y XXIX y 64 de la de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, 28 y 32 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 8, 9 fracción I, 12, 20, 42, 50, 51, 52 y del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se reunió para la discusión, estudio y análisis de la Propuesta con Punto de Acuerdo en mención, el día 18 de Enero de 2007.

4.- Las Comisiones de Salud y Asistencia Social y de Presupuesto y Cuenta Pública, previa convocatoria realizada en términos de los artículos 60, 62 fracciones XXVII y XXIX, 63 y 64 de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 28, 29 y 32 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 8, 9 fracción I, 12, 19 fracción I, 42, 50, 51, 52, 58, 59, 60, 61, 62 y 63 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se reunió para la discusión, estudio y análisis de la Propuesta en estudio y dictamen, el día 20 de marzo de 2007.

5.- Estas Comisiones Unidas de Salud y Asistencia Social y de Presupuesto y Cuenta Pública han realizado el estudio y análisis de la propuesta presentada por el Diputado promovente, emitiendo el presente dictamen de conformidad con las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERO.- A estas Comisiones Unidas de Salud y Asistencia Social y Presupuesto y Cuenta Pública les compete atender, analizar y dictaminar la propuesta de mérito; en razón de lo dispuesto por los artículos 60 y 62, fracciones XXVII y XXIX, 63 y 64 de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 28, 29 y 32, del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal así como 8, 9 fracción primera, 12, 50, 58, 59, 60, 61, 62, 63 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

SEGUNDO.- Estas Comisiones Unidas después de analizar y valorar su contenido y fundamentos, consideran que el asunto materia de la proposición es procedente en términos generales y tiene la consistencia legal para darle a su propósito los elementos de viabilidad necesarios, lo cual se trata más adelante en el apartado correspondiente.

TERCERO.- Estas Comisiones Unidas estiman que el asunto materia de la proposición forma parte de un ámbito que se encuentra reconocido en las facultades legales atribuidas a los órganos de los poderes públicos del Distrito Federal, destacando lo que corresponde, por un lado, a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, conforme al inciso i) fracción V de la base primera del artículo 122 de la Constitución General de la República, la fracción XIII del artículo 42 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la fracción I del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; asimismo, tratándose de un exhorto a las Secretarías de Salud y de Finanzas del Poder Ejecutivo del Distrito Federal, de conformidad a los artículos 67 fracción XXIV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, de los artículos 29 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, así como del artículo 1 de la Ley de Salud para el Distrito Federal y del artículo 1 del Presupuesto de Egresos para el Distrito Federal 2007, por lo que el fundamento legal para conocer y para actuar en los ámbitos del asunto materia de la proposición es amplio y consistente.

CUARTO.- Las Comisiones Unidas coinciden en establecer que el asunto materia de la proposición, es de gran relevancia para el Distrito Federal, porque se refiere a un tema con un gran impacto en la salud de las personas, con efectos a toda la convivencia social, así como para el sano desarrollo del ser humano. Nuestra Carta Magna contempla en su artículo 4°, párrafo tercero, el derecho que toda persona tiene a la protección de la salud, por lo que el Estado es el encargado de salvaguardarla y fomentarla, en este caso de conformidad a lo expresado a continuación. QUINTO.- La donación de órganos, es un tema médico social relativamente nuevo en nuestro país, ya que no existen órganos y/o tejidos suficientes para poder ser transplantados, además, porque necesita de un proceso de aceptación cultural, donde la intención es dar un órgano y/o tejido interno a otra persona de manera altruista e incondicional, cuando otra persona no lo necesita.

Un trasplante, a través de la donación, es la sustitución de un órgano y/o tejido que ya no funciona con el objetivo de restituir las funciones perdidas. En muchos pacientes, el trasplante es la única alternativa que puede salvarles la vida y recuperar la calidad de la misma.

SEXTO.- Las personas con insuficiencia renal, hepática, cardiaca, pulmonar, ceguera, leucemia, etcétera, en fase terminal o irreversible, o se proceden de alguna de las llamadas enfermedades crónico degenerativas, son los principales receptores de la donación de órganos y/o tejidos, para poder ampliar su esperanza de vida y al hacerse un trasplante, su calidad se vea mejorada, estos se obtienen de personas que en vida han decidido que después de su muerte sus órganos y/o tejidos salven o mejoren la vida de otros; también los donadores pueden ser personas vivas que gozan de buena salud, pero sólo de aquellos órganos que no afecten las funciones que el organismo requiere para mantener la vida o salvarla.

Los órganos y tejidos que se pueden donar, gracias a los avances tecnológicos, científicos y médicos existentes son la médula ósea, la córnea, la piel, el hígado, el hueso, el riñón, el corazón y el pulmón, empero, el problema real es que no hay órganos y/o tejidos suficientes, debido a la poca cultura que existe sobre el tema entre las personas, que pueden ser donantes en nuestro país, los médicos se ven limitados en sus avances y la realización de estos, los cuales han demostrado ser una alternativa útil de sobrevida.

SÉPTIMO.- La Organización Mundial de la Salud aprobó en su Asamblea Mundial de Mayo de 2004 una Resolución que recomienda acciones concretas de promoción y desarrollo de programas de donación y trasplantes, donde se pretende aportar un marco legal y organizativo, para garantizar la calidad y seguridad de los procedimientos terapéuticos y ofrecer una mejor y más eficiente asistencia sanitaria en la donación y transplante de órganos y/o tejidos.

OCTAVO.- En México existe el Centro Nacional de Transplantes, órgano público federal encargado de llevar el registro de donadores y posibles receptores, además de coordinar la adecuada distribución y aprovechamiento de órganos y tejidos de seres humanos para transplantes a través de un Programa Nacional, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Salud.

Existe registrados hasta el año 2004, en el Programa Nacional de Transplantes 22 estados con 175 establecimientos, en 100 de los cuales se realizan transplantes de órganos, principalmente de riñón y en 75 se practican transplantes de tejidos, principalmente de cornea. Los transplantes de corazón, hígado, pulmón, páncreas y medula ósea se realizan en el IMSS, ISSSTE y otras instituciones.

NOVENO.- La situación en México para este año, sobre donación y transplante de órganos y/o tejidos, se puede ver reflejada a través de las siguientes gráficas, donde se puede observar el número exacto; además se muestra la situación actual de pacientes en espera, la cual, por mucho es muy alto.

6 0 7 2 0 7 0 1 5 4 6 3 3 9 1 0 6 2 2 B A J A C A L IF 5 S IN A LO A 9 4 1 4 C O L I M A 3 0 1 4 1 1 5 P U E B L A 1 3 6 1 6 V E R A C R U Z 2 0 1 0 1 0 C O A H U IL A 1 1 2 3 5 3 1 3 6 1 D F 1 0 1 1 6 1 8 4 A G U A S C A L IE N T E S 8 6 2 C H IH U A H U A 2 2 G U E R R E R O 3 7 1 6 5 1 6 S A N L U IS P O T O S I 1 4 6 2 6 Q U E R E T A R O 8 1 2 7 5 9 4 0 N U E V O L E O N 8 2 1 1 4 N A Y A R IT 2 2 8 2 1 2 M IC H O A C A N 7 6 2 6 1 9 4 0 J A L IS C O 4 2 1 2 3 2 7 G U A N A J U A T O 1 7 6 1 1 0 E D O . D E M E X IC O T O T A L E S R IÑ O N P U L M O N H U E S O H IG A D O C O R N E A S E S T A D O O R G A N O S Y T E J ID O S P R O C E D E N T E S D E D O N A C IO N C A D A V E R IC A P R IM E R S E M E S T R E D E 2 0 0 6 T O T A L D E P A C IE N T E S E N L A B A S E D E D A T O S = 2 8 ,3 0 7 T R A S P L A N T E

DÉCIMO.- Los números de casos de personas que requieren de la donación y/o transplante, ha aumentado de forma importante, incluso se observa que en el año 2006, el número de transplantes realizados disminuyó considerablemente, debido a que no existen órganos y/o tejidos, y donantes suficientes, por lo que es fundamental que la proposición del Diputado promovente se vea como una práctica aceptada, tal y como lo señala en sus consideraciones respectivas, para que sea, ahora sí, universal y culturalmente aceptado, lo cual además, esta bien respaldado por los estudios científicos de la OMS, que señalan que existen los avances sanitarios y legales para que se lleve a cabo dicha actividad.

DÉCIMO PRIMERO.- Estas Comisiones Unidas coinciden, tal y como lo señala el Diputado promovente, qué la salud es el don más preciado del ser humano y que el Estado debe garantizar el derecho a su protección, donde siempre se busca el bienestar físico y mental de los ciudadanos, con el fin de prolongar su vida; además de que, las políticas encaminadas a la protección de la salud deben formar parte de la Ley de Salud, pero que no se debe incluir como una modificación en la actual legislación de la materia, sino que se tiene que incluir un apartado especial en la Nueva Ley de Salud del Distrito Federal, la cual se encuentra en un análisis, amplio y serio, para su inserción y aprobación.

DÉCIMO SEGUNDO.- Cabe destacar que la donación de órganos y/o tejidos debe ser de manera altruista y de forma incondicional, ya que no se puede lucrar con estos; la misma Ley General de Salud lo prohíbe, e inclusive sanciona a quien lo haga; además se debe reconocer el mérito, tanto a los donadores vivos, como a los familiares de los donadores cadavéricos, por el hecho, de que por medio de estos, se podrá dar una esperanza de vida, más sana a quien la reciba.

DÉCIMO TERCERO.- De lo anteriormente señalado, se desprende que la necesidad de crear una campaña de donación de órganos y/o tejidos es muy importante, ya que la necesidad es significativa, pero la oferta es baja, por lo que la importancia radica en la creación de una cultura de donación, para así poder satisfacer la demanda que existe actualmente.

DÉCIMO CUARTO.- Las Comisiones Unidas manifiestan enfáticamente su interés por dejar sentado, que dentro de las acciones para generar y promover una cultura de donación de órganos entre los habitantes del Distrito Federal debe incluirse no sólo lo relacionado con los órganos que son más fácilmente referenciados por la población como son riñones, córneas, corazón o hígado, sino que deben incluirse todos aquellos que son susceptibles de ser transplantados especialmente aquellos que de acuerdo al avance del conocimiento médico representan una importante posibilidad de resolución de graves enfermedades o padecimientos como lo son los cordones umbilicales.

Al respecto, se tiene conocimiento de que en nuestro país únicamente existe cuatro bancos altruistas para la donación de cordones umbilicales, tres de ellos en el Distrito Federal, a través de los cuales, se reúnen poco más de 1,500 unidades, pero que son insuficientes para cubrir la demanda de entre 10,000 y 30,000 mil unidades de sangre de cordón umbilical que son requeridos para satisfacer la demanda nacional y para aprovechar las ventajas de atención a la salud de las personas que los cordones umbilicales ofrecen y cuyo uso no solamente se limita a los familiares directos, sino que pueden ser empleados en cualquier paciente que tenga los requisitos de compatibilidad.

El cordón umbilical es usualmente un producto de desecho en nuestro país y encontrar donadores debería ser más fácil, sin embargo, por falta de información y de una cultura de donación de órganos y/o tejidos, no se logra dicho objetivo.

Asimismo, en las unidades de atención no se les informa a los pacientes y familiares de esta opción de donación. DÉCIMO QUINTO.- Particularmente la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública establece que si bien, al momento de integrarse y poner a consideración de las

Comisiones Unidas el presente dictamen, el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para 2007 ha sido aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y el decreto respectivo publicado por parte del Gobierno de la ciudad, lo cual imposibilita la creación de una partida especial de manera etiquetada para las actividades sugeridas en la proposición que se analiza, reconoce en primer lugar que la Secretaria de Salud le fueron asignados recursos para la realización de los diversos programas y acciones en todos los ámbitos que tiene a su cargo, entre ellos, para la posible realización de actividades para la generación de una cultura de donación de órganos, a las que se refiere el diputado promovente, y coincide con la Comisión de Salud en establecer la concurrencia legislativa y de las autoridades de la capital de la República de realizar un esfuerzo preciso en el transcurso del ejercicio presupuestal del presente año para incrementar, vía las diversas formas que las normas presupuestales reconocen, los recursos destinados a las tareas referidas.

Debido a que el exhorto de la proposición no establece una asignación presupuestal determinada ni tampoco una fecha especifica, es que las coinciden en apoyar el texto en sus términos porque va dirigido a las Secretarias de Finanzas y de Salud del Distrito Federal en el ejercicio de sus facultades en materia presupuestal y no desde el punto de vista de las atribuciones de la Asamblea Legislativa en el mismo rubro, por lo que la expresión que hace de ‘‘destinar recursos del Presupuesto para 2007’’, se refiere, en este caso, no’ a un asunto del examen o aprobación del proyecto de presupuesto anual, sino a un ámbito de ejercicio presupuestal, durante el presente año, tarea que corresponde a ambas dependencias, con lo cual el propósito claro de la proposición como es el destino suficiente de recursos para las tareas señaladas en materia de donación de órganos, queda a salvo y debidamente respalda, no solo para las partes involucradas, sino para cumplir con una demanda social muy clara, como ha quedado establecido en el cuerpo del presente instrumento.

A su vez la Comisión de Salud acepta el compromiso de la proposición de revisar y hacer las adiciones y modificaciones legales para darle a la cultura de donación de órganos y/o tejidos la relevancia que debe tener en las normas respectivas.

Por lo expuesto en las consideraciones anteriores, estas Comisiones Unidas consideran emitir el siguiente:

RESOLUTIVO

Único.- Por lo anteriormente fundado y motivado en las consideraciones del presente dictamen, SE APRUEBA, la propuesta con punto de acuerdo para quedar como sigue:

‘‘LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO

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