1) Ranking based only on MM methods, using
3.3. KNIME Workflow for ranking
que el crecimiento considerable de China y su incursión en el mercado mexicano, ha terminado en una afectación con- siderable para los productores de arte nacionales.
Señala el proponente que los artículos de plástico de nula ca- lidad artesanal pero que resultan muy baratos están despla- zando la riqueza cultural que representan las artesanías me- xicanas. Esta situación, además de la importante afectación cultural que ocasiona repercute en un daño económico para miles de familias, poniendo en riesgo incluso su alimenta- ción toda vez que son artesanos que han aprendido a través de muchos años y generaciones el noble oficio de realizar es- te arte y con ello, mantener y dar sustento a sus familias. Que el desplome de las ventas y la competencia desleal de los productos de plástico de origen chino, así como la falta de material y el apoyo ínfimo de las autoridades estatales, amenazan gravemente acabar con los orfebres de Texcoco, así como con gran número de artesanos en el estado de Mé- xico.
Precisa la importancia de que el Instituto Nacional de An- tropología e Historia, en trabajo mutuo con el gobierno del estado de México, haga lo necesario para facilitar la ex- portación de trabajos realizados con las manos de los me- xiquenses.
Finalmente, el diputado propone que se exhorte al gobier- no del estado de México para que haga lo necesario para implantar políticas subsidiarias para incrementar la pro- ducción y la venta de los productos de los artesanos mexi- quenses.
III. Consideraciones
A este respecto, los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora nos permitimos señalar las siguientes consi- deraciones:
Del análisis a la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, en específico del artículo 2 de di- cho ordenamiento, se desprenden los objetivos generales del Instituto así como las funciones que le permiten cum- plir con los mismos. Para pronta referencia, nos permiti- mos transcribir a la letra lo señalado por el precepto de re- ferencia:
“Artículo 2o. Son objetivos generales del Instituto Na-
cional de Antropología e Historia la investigación cientí- fica sobre antropología e historia relacionada principal- mente con la población del país y con la conservación y restauración del patrimonio cultural arqueológico e his- tórico, así como el paleontológico; la protección, conser- vación, restauración y recuperación de ese patrimonio y la promoción y difusión de las materias y actividades que son de la competencia del Instituto.”
Para cumplir con sus objetivos, el Instituto Nacional de Antropología e Historia tendrá la .siguientes funciones:
I. En los términos del artículo 3o. de la Ley Federal so- bre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, aplicar las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos en las materias de su competencia.
II. Efectuar investigaciones científicas que interesen a la arqueología e historia de México, a la antropología y et- nografía de la población del país.
III. En los términos del artículo 7o. de la Ley Federal so- bre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, otorgar los permisos y dirigir las labores de restauración y conservación de los monumentos arqueo- lógicos e históricos que efectúen las autoridades de los estados y municipios.
IV. Proponer a la autoridad competente, la expedición de reglamentos que contengan normas generales y téc- nicas para la conservación y restauración de zonas y monumentos arqueológicos, históricos y paleontológi- cos, que sean aplicados en forma coordinada con los go- biernos estatales y municipales.
V. Proponer al secretario de Educación Pública la cele- bración de acuerdos de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, tendientes a la mejor protección y conservación del patrimonio histórico, ar- queológico y paleontológico de la nación y del carácter típico y tradicional de las ciudades y poblaciones.
VI. Promover, conjuntamente con los gobiernos de los es- tados y los municipios, la elaboración de manuales y car- tillas de protección de patrimonio arqueológico, histórico y paleontológico, en su ámbito territorial, que adecuen los lineamientos nacionales de conservación y restauración a las condiciones concretas del estado y del municipio. VII. Efectuar investigaciones científicas en las discipli- nas antropológicas, históricas y paleontológicas, de ín- dole teórica o aplicadas a la solución de los problemas de la población del país y a la conservación y uso social del patrimonio respectivo.
VIII. Realizar exploraciones y excavaciones con fines científicos y de conservación de las zonas y monumen- tos arqueológicos e históricos y de restos paleontológi- cos del país.
IX. Identificar, investigar, recuperar, rescatar, proteger, restaurar, rehabilitar, vigilar y custodiar en los términos prescritos por la Ley Federal sobre Monumentos y Zo- nas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, los respecti- vos monumentos y zonas, así como los bienes muebles asociados a ellos.
X. Investigar, identificar, recuperar y proteger las tradi- ciones, las historias orales y los usos, como herencia vi- va de la capacidad creadora y de la sensibilidad e todos los pueblos y grupos sociales del país.
XI. Proponer al Ejecutivo federal las declaratorias de zonas y monumentos arqueológicos e históricos y de restos paleontológicos, sin perjuicio de la facultad del ejecutivo para expedirlas directamente.
XII. Llevar el registro público de las zonas y monumen- tos arqueológicos e históricos de los restos paleontoló- gicos.
XIII. Establecer, organizar, mantener, administrar y de- sarrollar museos, archivos y bibliotecas especializados en los campos de su competencia señalados en esta ley. XIV. Formular y difundir el catálogo del patrimonio his- tórico nacional, tanto de los bienes que son del dominio de la nación, como de los que pertenecen a particulares. XV. Formular y difundir el catálogo de las zonas y mo- numentos arqueológicos e históricos y la carta arqueo- lógica de la República.
XVI. Publicar obras relacionadas con las materias de su competencia y participar en la difusión y divulgación de los bienes y valores que constituyen el acervo cultural de la nación, haciéndolos accesibles a la comunidad y promoviendo el respeto y uso social del patrimonio cul- tural.
XVII. Impulsar, previo acuerdo del secretario de Educa- ción Pública, la formación de consejos consultivos esta- tales para la protección y conservación del patrimonio arqueológico, histórico y paleontológico, conformados por instancias estatales y municipales, así como por re- presentantes de organizaciones sociales, académicas y culturales que se interesen en la defensa de este patri- monio.
XVIII. Impartir enseñanza en las áreas de antropología e historia, conservación, restauración y museografía, en los niveles de técnico-profesional, profesional, de pos- grado y de extensión educativa, y acreditar estudios pa- ra la expedición de los títulos y grados correspondien- tes.
XIX. Autorizar, controlar, vigilar y evaluar, en los tér- minos de la legislación aplicable, las acciones de explo- ración y estudio que realicen en el territorio nacional misiones científicas extranjeras.
XX. Realizar de acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores, los trámites necesarios para obtener la devo- lución de los bienes arqueológicos o históricos que es- tén en el extranjero.
XXI. Las demás que las leyes de la República le confie- ran.
De lo anteriormente transcrito, tenemos que dentro de las facultades otorgadas al INAH por su Ley Orgánica no se encuentra contemplado el que sea la instancia competente para facilitar la exportación de trabajos artesanales. Por otra parte, es necesario señalar que es la Secretaría de Desarrollo Social la instancia gubernamental responsable de formular y coordinar la política subsidiaria del gobierno federal, la cual debe ejecutarse en forma corresponsable con la sociedad.
Al respecto, cabe señalar que es a través del Fondo Nacio- nal para el Fomento de las Artesanías (Fonart), sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social, que el gobierno fede-
ral responde a la necesidad de promover el desarrollo hu- mano, social y económico de los artesanos de México. Su misión es apoyar a los artesanos para contribuir a la me- jora de sus niveles de vida y preservar los valores de su cul- tura tradicional, vinculando la creatividad del artesano con el consumidor final, mediante programas de apoyo y efec- tivas estrategias de comercialización que aseguren el posi- cionamiento de productos artesanales de calidad en los mercados nacionales e internacionales. Su principal objeti- vo es apoyar a los artesanos de México que preservan téc- nicas y diseños tradicionales, y que viven en condiciones de pobreza, para potenciar sus capacidades, a través del fi- nanciamiento y el estímulo a la creatividad mediante la asistencia técnica para desarrollar diseños nuevos y pro- mover estrategias comerciales eficaces que permitan la venta adecuada de sus productos.
Por otra parte, la Secretaría de Turismo del gobierno del es- tado de México, a través del Instituto de Investigación y Fomento a las Artesanías del Estado de México (IIFAEM) ha impulsado un programa que permite garantizar a los ar- tesanos la protección de sus productos y una mayor pro- moción, con el objetivo principal de contrarrestar el con- trabando a través de los registros de marca.
Además el IIFAEM cuenta con esquemas diversos de con- tacto con empresas comercializadoras de artesanías para dar capacitación a los artesanos antes de producir o antes de comercializar. Asimismo, el Instituto cuenta con un pro- grama de productos artesanales en el extranjero, por lo que también ofrece a los artesanos asesorías en materias de co- mercio exterior que les permitan realizar sus ventas y la promoción de sus productos más allá de las fronteras de nuestro país.
En estrecha relación con lo anterior, el gobierno del estado de México, por conducto de la Secretaría de Turismo, ha apoyado la instrumentación de nuevos esquemas para di- versificar los canales de venta de las artesanías mexiquen- ses, entre ellas ha impulsado las agrupaciones de artesanos a fin de obtener mayores beneficios en lo que se refiere a la promoción y venta de sus productos.
En ese sentido se estima que ya existen instancias guber- namentales por parte del gobierno federal y del gobierno del estado de México que se encargan de implementar e impulsar estrategias de política subsidiaria para fortalecer la producción y venta de los artesanos.
En ese orden de ideas y con base a las consideraciones que han quedado señaladas, esta dictaminadora, si bien coinci- de con la preocupación expresada por el diputado propo- nente y reconoce el trabajo y la intención del punto de acuerdo, con absoluto respeto al trabajo legislativo pro- puesto estima que el objetivo perseguido por el punto de acuerdo ya se encuentra atendido por diversas instancias gubernamentales.
En mérito de lo expuesto, esta Comisión de Cultura se per- mite someter a consideración el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo, materia del presente dictamen y que ha sido señalada en el capítulo de antecedentes en virtud de que el objetivo per- seguido por el punto de acuerdo ya se encuentra atendido por diversas instancias gubernamentales.
Segundo. Archívese el presente asunto como total y defi- nitivamente concluido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2009.
La Comisión de Cultura, diputados: José Alfonso Suárez del Real
y Aguilera (rúbrica), presidente; Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (rúbrica), María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil (rúbrica), María Beatriz Pagés Llergo Rebollar (rúbrica), Aurora Cervantes Ro- dríguez(rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica), secretarios; Víctor Aguirre Alcaide, María Mercedes Corral Aguilar (rúbrica), Marcela Cuen Garibi, Yolanda Mercedes Garmendia Hernández, María Gabrie- la González Martínez (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Pedro Landero López (rúbrica), Ramón Landeros González, Francis- co Martínez Martínez (rúbrica), José Francisco Melo Velázquez, Jo- sé Luis Murillo Torres (rúbrica), Concepción Ojeda Hernández (rú- brica), Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica), Víctor Ortiz del Carpio (rúbrica), Ana Elisa Pérez Bolaños (rúbrica), María Isabel Reyes García (rúbrica), Luis Alejandro Rodríguez (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Jaime Verdín Saldaña, Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Víctor Manuel Virgen Carrera, Sergio Rojas Carmona (rúbrica).»
«Dictamen de la Comisión de Cultura, por el que se dese- cha la proposión con punto de acuerdo para exhortar al je- fe del Gobierno del Distrito Federal a explicar la orden de destrucción de edificios considerados como monumentos históricos en el centro de la Ciudad de México
Honorable Asamblea:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Go- bierno Interior del Congreso General de los Estados Uni- dos Mexicanos, la Comisión de Cultura presenta a consi- deración de esta honorable asamblea proyecto de dictamen, conforme a los siguientes:
Antecedentes
La proposición con punto de acuerdo para exhortar al jefe de gobierno del Distrito Federal para que explique la orden de destrucción de edificios considerados como monumen- tos históricos ubicados en el Centro de la Ciudad de Méxi- co, fue presentada por los diputados Miguel Ángel Jiménez Godínez, Obdulio Ávila Mayo, Eduardo Sánchez Hernán- dez y Antonio Xavier López Adame, de los grupos parla- mentarios de los Partidos Nueva Alianza, Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de Méxi- co, en sesión celebrada el día 30 de abril de 2008 ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y turnada a la Comisión de Cultura, mediante oficio núme- ro D.G.P.L. 60-II-1-1653, suscrito por las Secretarias de la Mesa Directiva de la LX Legislatura, para su estudio y dic- tamen correspondiente.
Contenido del punto de acuerdo
Los proponentes, refieren que el Centro Histórico fue de- clarado por la UNESCO, como patrimonio cultural de la humanidad en 1987 y que a partir de 1980 existe un decre- to de zona de monumentos históricos que establece en su artículo primero que se declara como una zona de monu- mentos históricos, tomando en cuenta que es un núcleo que constituye parte del entorno cultural del país, siendo tam- bién un atractivo de captación turística por sus riquezas, lo que coloca en orden prioritario la conservación y preserva- ción de tal patrimonio monumental.
Indican también, que se tiene la presunción de que en la de- molición de 16 predios ubicados en las calles de Regina 97; República de Argentina 93 y 95; Meave 9, 9-A, 11, 11-A, 13, 13-A; República de Argentina 75; Manzanas 18; Repú- blica de El Salvador 184; Plaza Santísima; Plaza del Estu- diante 20; Mesones 27; y Apartado 8, se infringió la Ley Federal de Zonas y Monumentos Arqueológicos, Históri- cos y Artísticos, así como el decreto de 1980 que declaró
como zona de monumentos históricos el Centro Histórico de la Ciudad de México.
Consideraciones
Que esta comisión dictaminadora considera que se encuen- tra subsanado el presente punto de acuerdo, debido a que se instaló una mesa de coordinación de trabajo con las autori- dades involucradas relativa a los actos que son materia de la proposición.
En esta tesitura, del análisis que las y los integrantes de la Comisión de Cultura han llevado a cabo se concluye que el punto de acuerdo planteado por los promoventes no es de aprobarse, en virtud de que ha quedado sin materia. Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Cultura, con fundamento en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgáni- ca del Congreso General de los Estados Unidos Mexica- nos, y 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asam- blea el siguiente:
Acuerdo
Único. Se desecha la proposición con punto de acuerdo presentada por los diputados Miguel Ángel Jiménez Godí- nez, Obdulio Ávila Mayo, Eduardo Sánchez Hernández y Antonio Xavier López Adame, para exhortar al jefe de go- bierno del Distrito Federal para que explique la orden de destrucción de edificios considerados como monumentos históricos ubicados en el Centro de la Ciudad de México, toda vez que se integró una mesa de coordinación de tra- bajo con la aludida autoridad para atender ese asunto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2009.
La Comisión de Cultura, diputados: José Alfonso Suárez del Real y
Aguilera (rúbrica), presidente; Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (rúbrica), María Elena de las Nieves Noriega Blanco Vigil (rúbrica), María Beatriz Pagés Llergo Rebollar (rúbrica), Aurora Cervantes Ro- dríguez(rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica), secretarios; Víctor Aguirre Alcaide, María Mercedes Corral Aguilar (rúbrica), Marcela Cuen Garibi, Yolanda Mercedes Garmendia Hernández, María Gabrie- la González Martínez (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Pedro Landero López (rúbrica), Ramón Landeros González, Francisco Martínez Martínez (rúbrica), José Francisco Melo Velázquez (rúbrica), José Luis Murillo Torres, Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Héc- tor Hugo Olivares Ventura, Víctor Ortiz del Carpio, Ana Elisa Pérez
Bolaños (rúbrica), María Isabel Reyes García (rúbrica), Luis Alejandro Rodríguez (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López, Jaime Verdín Salda- ña, Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Víctor Manuel Virgen Carrera (rúbrica), Sergio Rojas Carmona (rúbrica).»
«Dictamen de la Comisión de Cultura, por el que se dese- cha la proposión con punto de acuerdo para exhortar al Ins- tituto Nacional de Antropología e Historia a establecer, en coordinación con el gobierno del estado de Puebla, los me- dios necesarios para proteger, conservar y difundir la zona arqueológica de Tepexi el Viejo, en el municipio de Tepexi de Rodríguez
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fue tur- nada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:
• Por el que se exhorta al INAH a implantar, en coordi- nación con el gobierno del estado de Puebla, las medi- das necesarias para la protección, conservación y difu- sión de la zona arqueológica de Tepexi el Viejo, municipio de Tepexi de Rodríguez, presentada por el di- putado José Luis Contreras Coeto, del Grupo Parlamen- tario del Partido Acción Nacional, el día 30 de abril del 2008.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 de la Ley Orgánica del Con- greso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Cultura, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente
Dictamen Antecedentes
1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionó anteriormente, y publi- cada en la Gaceta Parlamentaria del mismo día. 2. La proposición citada fue turnada a esta Comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen
previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Go- bierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Me- xicanos.
Consideraciones
Esta comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo aludida, a fin de valorar su contenido, de- liberar e integrar el presente dictamen.
Esta comisión atiende la preocupación del proponente, consistente en vigilar de manera permanente la conserva- ción de todos aquellos bienes considerados dentro del pa- trimonio cultural de la nación.
Especialmente, y al igual que el autor de la proposición con punto de acuerdo, esta dictaminadora subraya la importan- cia de los monumentos históricos y se adhiere a los plante- amientos del proponente por lo que se refiere a protección, conservación y difusión de la zona arqueológica Tepexi el Viejo, sin embargo; después de valorar las inquietudes ex- presadas por el diputado proponente, se considera que ca- da uno de los señalamientos han sido rebasados por el me- ro hecho de que el INAH y como reconoce el autor de la proposición ha tomado las medidas necesarias para la pre-